Duda con contrato
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ECO
RondadorNocturno
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- GrancanarioUsuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Duda con contrato
Miér 10 Feb 2021, 16:10
ECO escribió:Buenas.
Si tienes documentación y pruebas que demuestren tu antigüedad desde que citas sí. ¿Y por qué esperar a que te despidan? ¿ te van a despedir? De ser posible cuanto antes tengas reconocida tu antigüedad mejor; precisamente más indemnización ante un hipotético despido, y cuando llegues al segundo quinquenio antes le cobrarás, un año de antigüedad son más de 500 euros.
Un saludo.
Si tengo documentación,tanto los contratos cómo la vida laboral donde se ve el cambio, lo de despedir era un decir, toco madera que no toque eso xd...Cómo estan las cosas...
Gracias por tu respuesta...
- InvitadoInvitadoPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
Contrato
Dom 07 Mar 2021, 23:14
RD 2720/1998, articulo 8.3
Siempre que el contrato tenga una duración superior a un año, la parte que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días, excepto en el contrato de interinidad en el que se estará a lo pactado. No siendo su duración superior a un año, no tienen porque avisarte
Siempre que el contrato tenga una duración superior a un año, la parte que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días, excepto en el contrato de interinidad en el que se estará a lo pactado. No siendo su duración superior a un año, no tienen porque avisarte
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