- Apayert88novato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Duda contrato obra o servicio - indefinido
Jue 04 Ene 2018, 10:14
Hola buenos dias.
Tengo una serie de dudas respecto a cuando cambia el contrato por obra o servicio a indefinido. Os cuento
Tengo antigüedad de abril de 2014, y ya desde el segundo mes de trabajo me asignaron a otros servicios de forma esporádica. Yo calculo que en total habré estado en unos 20 servicios diferentes en todo este tiempo. Sin embargo en mi informe de vida laboral figura que sigo con la modalidad de obra o servicio. Tambien he leído en el nuevo convenio que la duracion maxima es de 4 años. La empresa cambio de nombre en julio de 2015. (Manteniendo antigüedad y todo)
Aqui van mis preguntas.
1.- Debería tener ya contrato indefinido?
2.- Debería reclamar que me cambien el contrato? O me espero simplemente a que se cumplan esos 4 años.
3.- El cambio de nombre deberia afectarme?
Muchisimas gracias
Tengo una serie de dudas respecto a cuando cambia el contrato por obra o servicio a indefinido. Os cuento
Tengo antigüedad de abril de 2014, y ya desde el segundo mes de trabajo me asignaron a otros servicios de forma esporádica. Yo calculo que en total habré estado en unos 20 servicios diferentes en todo este tiempo. Sin embargo en mi informe de vida laboral figura que sigo con la modalidad de obra o servicio. Tambien he leído en el nuevo convenio que la duracion maxima es de 4 años. La empresa cambio de nombre en julio de 2015. (Manteniendo antigüedad y todo)
Aqui van mis preguntas.
1.- Debería tener ya contrato indefinido?
2.- Debería reclamar que me cambien el contrato? O me espero simplemente a que se cumplan esos 4 años.
3.- El cambio de nombre deberia afectarme?
Muchisimas gracias
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Duda contrato obra o servicio - indefinido
Jue 04 Ene 2018, 10:37
El contrato de obra y servicio como dice su propio nombre es para un servcio en concreto y tiempo que dure el mismo sin que la empresa te pueda sacar de ahi y ponerte en otros servicios sin tu consentimiento.
Se queda uno fijo en la empresa estando de obra y servcio a los 4 años de antiguedad en el mismo servicio.
Si te subrogan a otra empresa esta debe mantener tus derechos adquiridos en la ultima que estuviste y dejarte en el mismo servicio que estabas, por eso es muy importante que no te muevan de servicios salvo que estes adjudicado a uno en concreto y los otros sean de relleno por que tu quieras.
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Se queda uno fijo en la empresa estando de obra y servcio a los 4 años de antiguedad en el mismo servicio.
Si te subrogan a otra empresa esta debe mantener tus derechos adquiridos en la ultima que estuviste y dejarte en el mismo servicio que estabas, por eso es muy importante que no te muevan de servicios salvo que estes adjudicado a uno en concreto y los otros sean de relleno por que tu quieras.
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- Apayert88novato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Duda contrato obra o servicio - indefinido
Jue 04 Ene 2018, 12:24
El servicio por el que me hicieron el contrato finalizo en septiembre de 2015 y desde entonces he estado en varios sitios de forma alterna (siempre en la misma empresa) hasta enero de 2017 donde me metieron en un servicio de forma mas permanente
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Re: Duda contrato obra o servicio - indefinido
Jue 04 Ene 2018, 13:18
Con un contrato de obra o servicio no te pueden mandar a otros lugares de trabajo. Porque para eso te han hecho ese tipo de contrato para un trabajo y lugar DETERMINADO.
Si querian mandarte de acá para allá tenian que haberte hecho un contrato indefinido. Lo que pasa es que con un contrato de obra o servicio, el dia que "se te acabe" el contrato en abril de 2018 te pagarían una indemnización de 12 dias por año y a la calle. Esto si no "te pasaran" a indefinido y tú no demandases.
Por otra parte un contrato de obra no acaba a los 4 años si esa obra o servicio no ha terminado, sino que se transforma en indefinido. Cuando llegue abril de 2018 tú serías considerado indefinido sin necesidad de que tu empresa te cambie el contrato, si siguieras trabajando.
Por ahora tenemos que:
-En abril de 2018 te despiden con una indemnización de 12 dias año sin venir a cuento porque el servicio continúa.
-En abril de 2018 sigues trabajando como si nada, entonces ya eres considerado indefinido automàticamente y se acaba tu problema.
Si pasa lo segundo y continúas trabajando eres indefinido ya y punto. Es como si ya tuvieses ese contrato.
Si pasa lo primero y te despiden y te pagan una indemnización de 12 dias por año, pones en el finiquito "no conforme".
Luego te vas a presentar una demanda por despido improcedente antes de que pasen 20 dias laborables porque si se pasan ya no puedes demandar por despido.
En el juicio saldria que la obra de tu contrato no ha terminado pues el servicio continúa abierto, con lo cual tu despido es improcedente. Y tu empresa podria elegir entre pagarte 33 dias por año de indemnización y a la calle, o readmitirte como indefinido pagàndote los salarios de tramitacion, que son los sueldos que no hubieses cobrado mientras estabas "despedido" y salia el juicio.
Lo mas seguro es que la empresa eligiese los 33 dias de indemnización y a la calle, pues asi ahorraria y ademas evitaría que te convirtieses en un vigilante que cobra quinquenios por antigüedad.
-------------------
Eso es lo que podria pasar en abril de 2018.
Respecto a que hayas estado yendo a otros servicios fuera de tu contrato:
Como tienes contrato por obra o servicio determinado la empresa no podía mandarte a esos servicios.
Por lo tanto desde la primera vez que fuiste a uno de ellos, tu contrato por obra pasó a formar parte de lo que se llaman "contratos en fraude de ley", que obviamente significa contrato fraudulento pues su propósito fue simplemente no hacerte el contrato correcto indefinido desde el principio si querian mandarte por ahi.
Por este fraude de ley tú ahora mismo puedes ya considerarte indefinido desde ese primer servicio fuera.
¿Este fraude a tí te sirve para algo ahora mismo o te hubiese servido para algo desde el primer dia que curraste fuera?
Pues te hubiese servido por ejemplo si el cliente de tu contrato por obra hubiese cerrado sus puertas para siempre.
Si hubiese cerrado, un contrato por obra habria finalizado y el trabajador estaria despedido correctamente con 12 dias por año. Pues acabada la obra, acabado el contrato.
Pero en tu caso de fraude de ley, si el cliente hubiese cerrado, tu contrato no se habría acabado ahi. Sino que si demandases y demostrases que curraste fuera pues en el juicio pasaria lo mismo que te dije que pasaria en abril de 2018 en caso de despido: o la empresa te daba 33 dias por año y a la calle, o te readmitía como indefinido pagando los salarios de tramitación.
Esto del fraude de ley aún lo tienes ahi hasta abril de 2018. Es decir que si el cliente cierra o deja de querer vigilantes en enero, febrero o marzo, y te echan por "acabarse la obra" tú demandas por fraude de ley y pasa lo dicho en el pàrrafo anterior.
Digamos que tu contrato en fraude te habría protegido desde el primer dia que curraste fuera hasta abril de 2018, de cualquier despido por cierre del cliente o por dejar de querer vigilantes, o por reducir el numero de vigilantes.
Tus preguntas:
1 - Ya eres indefinido a ojos de la ley por haber currado fuera y por ello tener contrato en fraude.
2 - No hace falta que reclames tu contrato indefinido ni ahora ni en abril. En abril ya se te considera indefinido si sigues trabajando. Y ahora, pues ya lo eres por ese fraude de ley.
Supongo que solo deberias reclamar tu contrato indefinido en abril si piensas pagar una hipoteca o pedir créditos grandes. Para que en el banco vean que tienes contrato indefinido. Pero si no, no hace falta pedir el contrato, pues se transforma él solito.
3 - El cambio de nombre de la empresa no te afecta en nada.
PD: si tienes dudas pregunta sin miedo.
Un saludo
Si querian mandarte de acá para allá tenian que haberte hecho un contrato indefinido. Lo que pasa es que con un contrato de obra o servicio, el dia que "se te acabe" el contrato en abril de 2018 te pagarían una indemnización de 12 dias por año y a la calle. Esto si no "te pasaran" a indefinido y tú no demandases.
Por otra parte un contrato de obra no acaba a los 4 años si esa obra o servicio no ha terminado, sino que se transforma en indefinido. Cuando llegue abril de 2018 tú serías considerado indefinido sin necesidad de que tu empresa te cambie el contrato, si siguieras trabajando.
Por ahora tenemos que:
-En abril de 2018 te despiden con una indemnización de 12 dias año sin venir a cuento porque el servicio continúa.
-En abril de 2018 sigues trabajando como si nada, entonces ya eres considerado indefinido automàticamente y se acaba tu problema.
Si pasa lo segundo y continúas trabajando eres indefinido ya y punto. Es como si ya tuvieses ese contrato.
Si pasa lo primero y te despiden y te pagan una indemnización de 12 dias por año, pones en el finiquito "no conforme".
Luego te vas a presentar una demanda por despido improcedente antes de que pasen 20 dias laborables porque si se pasan ya no puedes demandar por despido.
En el juicio saldria que la obra de tu contrato no ha terminado pues el servicio continúa abierto, con lo cual tu despido es improcedente. Y tu empresa podria elegir entre pagarte 33 dias por año de indemnización y a la calle, o readmitirte como indefinido pagàndote los salarios de tramitacion, que son los sueldos que no hubieses cobrado mientras estabas "despedido" y salia el juicio.
Lo mas seguro es que la empresa eligiese los 33 dias de indemnización y a la calle, pues asi ahorraria y ademas evitaría que te convirtieses en un vigilante que cobra quinquenios por antigüedad.
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Eso es lo que podria pasar en abril de 2018.
Respecto a que hayas estado yendo a otros servicios fuera de tu contrato:
Como tienes contrato por obra o servicio determinado la empresa no podía mandarte a esos servicios.
Por lo tanto desde la primera vez que fuiste a uno de ellos, tu contrato por obra pasó a formar parte de lo que se llaman "contratos en fraude de ley", que obviamente significa contrato fraudulento pues su propósito fue simplemente no hacerte el contrato correcto indefinido desde el principio si querian mandarte por ahi.
Por este fraude de ley tú ahora mismo puedes ya considerarte indefinido desde ese primer servicio fuera.
¿Este fraude a tí te sirve para algo ahora mismo o te hubiese servido para algo desde el primer dia que curraste fuera?
Pues te hubiese servido por ejemplo si el cliente de tu contrato por obra hubiese cerrado sus puertas para siempre.
Si hubiese cerrado, un contrato por obra habria finalizado y el trabajador estaria despedido correctamente con 12 dias por año. Pues acabada la obra, acabado el contrato.
Pero en tu caso de fraude de ley, si el cliente hubiese cerrado, tu contrato no se habría acabado ahi. Sino que si demandases y demostrases que curraste fuera pues en el juicio pasaria lo mismo que te dije que pasaria en abril de 2018 en caso de despido: o la empresa te daba 33 dias por año y a la calle, o te readmitía como indefinido pagando los salarios de tramitación.
Esto del fraude de ley aún lo tienes ahi hasta abril de 2018. Es decir que si el cliente cierra o deja de querer vigilantes en enero, febrero o marzo, y te echan por "acabarse la obra" tú demandas por fraude de ley y pasa lo dicho en el pàrrafo anterior.
Digamos que tu contrato en fraude te habría protegido desde el primer dia que curraste fuera hasta abril de 2018, de cualquier despido por cierre del cliente o por dejar de querer vigilantes, o por reducir el numero de vigilantes.
Tus preguntas:
1 - Ya eres indefinido a ojos de la ley por haber currado fuera y por ello tener contrato en fraude.
2 - No hace falta que reclames tu contrato indefinido ni ahora ni en abril. En abril ya se te considera indefinido si sigues trabajando. Y ahora, pues ya lo eres por ese fraude de ley.
Supongo que solo deberias reclamar tu contrato indefinido en abril si piensas pagar una hipoteca o pedir créditos grandes. Para que en el banco vean que tienes contrato indefinido. Pero si no, no hace falta pedir el contrato, pues se transforma él solito.
3 - El cambio de nombre de la empresa no te afecta en nada.
PD: si tienes dudas pregunta sin miedo.
Un saludo
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Re: Duda contrato obra o servicio - indefinido
Jue 04 Ene 2018, 13:28
Muchisimas gracias Valkyria.
Has resuelto todas mis dudas. Espero que cuando llegue abril no me lleve ninguna sorpresa y mantenga mi puesto de trabajo.
Gracias
Has resuelto todas mis dudas. Espero que cuando llegue abril no me lleve ninguna sorpresa y mantenga mi puesto de trabajo.
Gracias
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Re: Duda contrato obra o servicio - indefinido
Jue 04 Ene 2018, 13:29
Apayert88 escribió:El servicio por el que me hicieron el contrato finalizo en septiembre de 2015 y desde entonces he estado en varios sitios de forma alterna (siempre en la misma empresa) hasta enero de 2017 donde me metieron en un servicio de forma mas permanente
Mientras escribia yo mi anterior mensaje has puesto tú esto, que cambia todo.
Olvidate del contrato por obra o servicio porque ya no lo tienes ni de coña.
Tu contrato de obra acabó cuando cerró el servicio en 2015. En ese momento tenian que haberte pagado 12 dias por año de finiquito, y haberte hecho otro contrato.
Como has continuado currando eres indefinido ya.
Y bueno, si llega abril puede pasar lo que te conté en el anterior mensaje. O no pasar nada porque ya eres indefinido.
¿No te han hecho mas contratos? ¿Te pagaron el finiquito de 12 dias por año?
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Re: Duda contrato obra o servicio - indefinido
Jue 04 Ene 2018, 13:38
Cuando acabó el servicio recuerdo que firmé otro para el nuevo sitio donde me iban a mandar. Alli estuve unos 8-9 meses y me volvieron a cambiar otra vez ( ya sin firmar ningun otro contrato) y desde entonces no he firmado ningun nuevo contrato. (Y he estado en bastantes servicios)
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Re: Duda contrato obra o servicio - indefinido
Jue 04 Ene 2018, 13:41
No firmé ningun finiquito, simplemente cambiaron el lugar de trabajo
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Re: Duda contrato obra o servicio - indefinido
Jue 04 Ene 2018, 14:11
¿Qué contrato nuevo firmaste en el 2015 cuando acabó tu primer servicio? ¿Otro de obra o servicio?
Si firmaste otro contrato nuevo entonces ya no tienes que mirar que tu primer contrato del 2014 finalice en abril, pues ahora tienes otro contrato nuevo y si es de obra finalizarà en 2019, pues fue firmado por ti en sept de 2015.
De todas maneras con tanto fraude de ley en 2014 y despues desde 2015 para ahora, ya serias considerado indefinido si alguien te despidiera.
Pero te han arramplao con la indemnizacion del primer contrato si es que era de obra o servicio, o de cualquier otro tipo temporal, que ya no se ni que contrato tenias antes ni cual tienes ahora.
¿El de obra era el anterior o este nuevo? O los dos.
Tienes que saber qué contrato tenias y tienes ahora.
Pero si todo es como dices, te estàn haciendo fraude igualmente porque no respetan tus lugares de trabajo por contrato y ya serias indefinido.
Si firmaste otro contrato nuevo entonces ya no tienes que mirar que tu primer contrato del 2014 finalice en abril, pues ahora tienes otro contrato nuevo y si es de obra finalizarà en 2019, pues fue firmado por ti en sept de 2015.
De todas maneras con tanto fraude de ley en 2014 y despues desde 2015 para ahora, ya serias considerado indefinido si alguien te despidiera.
Pero te han arramplao con la indemnizacion del primer contrato si es que era de obra o servicio, o de cualquier otro tipo temporal, que ya no se ni que contrato tenias antes ni cual tienes ahora.
¿El de obra era el anterior o este nuevo? O los dos.
Tienes que saber qué contrato tenias y tienes ahora.
Pero si todo es como dices, te estàn haciendo fraude igualmente porque no respetan tus lugares de trabajo por contrato y ya serias indefinido.
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Re: Duda contrato obra o servicio - indefinido
Jue 04 Ene 2018, 15:21
Solo firmé un papel como que cambiaba la clausula del contrato donde figura el servicio, del cliente antiguo, al nuevo
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Re: Duda contrato obra o servicio - indefinido
Jue 04 Ene 2018, 16:00
Ay, aaaaaaaaay, claro hombre, ahora se cambian los contratos de obra o servicio de acá para allá
De oca en oca y tiro porque me toca
Eso que has firmado es... no se ni lo que es pero desde luego que no es normal.
Cuando un cliente se termina, el contrato de obra también, y te tienen que dar el finiquito y una indemnización de 12 días por año trabajado.
Si dices que ese cliente terminó en septiembre de 2015 y empezaste en abril de 2014 tu contrato, la indemnización de 12 días por año trabajado para ti sería de unos 18 días ya que estuviste año y medio.
Te han mangado 18 días de indemnización, que son aproximadamente unos 700/800 euros así sin calcular bien. Tal vez más.
Y después si te quieren mandar a otro servicio tienen que hacerte otro contrato nuevo, nuevo del todo, sea temporal, indefinido o lo que quieran.
Me gustaría ver por una mirilla ese papel que has firmado en el que cambian el nombre del nuevo servicio.
¿Ese papel no será un contrato? ¿Un folio escrito a máquina por la empresa?
Yo que tú me acercaría al INEM o SEPE o como se llame el paro en tu ciudad y pediría una copia de tu contrato, bueno de todos los contratos que ellos tengan ahí desde el 2014 que empezaste. Vas al SEPE y dices que quieres todos tus contratos desde el 2014.
Si es uno te darán uno, si son dos, pues dos...
Y entonces verás ahí qué contrato tienes realmente y desde cuando lo tienes y para qué servicio.
Esto si no tienes esos ""dos contratos"" en casa ya, porque se supone que deberías tener copia de los dos, sean lo que sean, ya que al firmar un contrato te deben dar a ti la copia. Pero si no las tienes vete al INEM o SEPE a por ellas.
Menudo chanchulleo veo yo en esa empresa que te están haciendo. Por ahora te han soplado 800 euros de la finalización de tu anterior contrato si es que era de obra o servicio.
Vete al SEPE a por tus contratos y cuando los tengas ya nos cuentas a ver qué es lo que tienes o no tienes.
Por ahora según lo que has contado esa empresa tiene un morro que se lo pisa. Pero vamos, sigo pensando que estás en fraude de ley clarísimo, y por tanto si te echasen serías considerado indefinido siempre y cuando demandases por despido improcedente, claro.
De oca en oca y tiro porque me toca
Eso que has firmado es... no se ni lo que es pero desde luego que no es normal.
Cuando un cliente se termina, el contrato de obra también, y te tienen que dar el finiquito y una indemnización de 12 días por año trabajado.
Si dices que ese cliente terminó en septiembre de 2015 y empezaste en abril de 2014 tu contrato, la indemnización de 12 días por año trabajado para ti sería de unos 18 días ya que estuviste año y medio.
Te han mangado 18 días de indemnización, que son aproximadamente unos 700/800 euros así sin calcular bien. Tal vez más.
Y después si te quieren mandar a otro servicio tienen que hacerte otro contrato nuevo, nuevo del todo, sea temporal, indefinido o lo que quieran.
Me gustaría ver por una mirilla ese papel que has firmado en el que cambian el nombre del nuevo servicio.
¿Ese papel no será un contrato? ¿Un folio escrito a máquina por la empresa?
Yo que tú me acercaría al INEM o SEPE o como se llame el paro en tu ciudad y pediría una copia de tu contrato, bueno de todos los contratos que ellos tengan ahí desde el 2014 que empezaste. Vas al SEPE y dices que quieres todos tus contratos desde el 2014.
Si es uno te darán uno, si son dos, pues dos...
Y entonces verás ahí qué contrato tienes realmente y desde cuando lo tienes y para qué servicio.
Esto si no tienes esos ""dos contratos"" en casa ya, porque se supone que deberías tener copia de los dos, sean lo que sean, ya que al firmar un contrato te deben dar a ti la copia. Pero si no las tienes vete al INEM o SEPE a por ellas.
Menudo chanchulleo veo yo en esa empresa que te están haciendo. Por ahora te han soplado 800 euros de la finalización de tu anterior contrato si es que era de obra o servicio.
Vete al SEPE a por tus contratos y cuando los tengas ya nos cuentas a ver qué es lo que tienes o no tienes.
Por ahora según lo que has contado esa empresa tiene un morro que se lo pisa. Pero vamos, sigo pensando que estás en fraude de ley clarísimo, y por tanto si te echasen serías considerado indefinido siempre y cuando demandases por despido improcedente, claro.
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Re: Duda contrato obra o servicio - indefinido
Vie 05 Ene 2018, 09:51
Ok pues me acercaré la semana que viene a ver. Alomejor tambien me acerco a la empresa a preguntar y listo. A ver si ellos me lo aclaran. Gracias
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