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Vie 15 Mar 2019, 13:37
Buenas tardes, en junio del año pasado firme un contrato por circunstancias eventuales de la producción de 3 meses de duración, el 1 de septiembre se me prórroga otros 6 meses hasta el 1 de Marzo de este año. La empresa no me ha comunicado nada y yo sigo trabajando y dado de alta, dado que tengo entendido que este tipo de contrato solo se puede prorrogar una vez como fue en mi caso y dado que no se me ha comunicado nada mas puedo entender que soy indefinido??
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Vie 15 Mar 2019, 14:09
Buenas.

Mi profesor de Derecho Laboral decía (con acierto) que los contratos había que mirarlos justo en su momento, es decir, lo que hoy es legal mañana igual no lo es. Yo ahora no sé concretamente responderte, ni me quiero aventurararme a ello. Lo que te recomiendo, y saldrás de dudas de forma fehaciente, es que realices la consulta en una oficina de la Seguridad Social.

Un saludo.
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Vie 15 Mar 2019, 15:33
Yo entiendo que eres ya considerado fijo, porque ese contrato solo puede prorrogarse una vez.

Aparte, que seguro que serás ya fijo "por ley" por estar tu contrato en fraude, ya que seguramente no traerá BIEN ESPECIFICADA la causa de temporalidad para haberte hecho ese contrato.
¿Qué pone en tu contrato sobre tu causa de temporalidad? ¿Pone cual es la causa del aumento de "pedidos", que debe ser circunstancial e inesperada?
¿O pone que eres vigilante de seguridad en fábricas Pepe y ya está?

La causa de esta temporalidad según nuestro convenio puede ser: ferias, concursos, exposiciones, o vigilancia extraordinaria.

Si estás en un servicio normal "fijo", que no sea un evento, o algo extraordinario e inesperado... y en el que no sustituyas a nadie por vacaciones, ya eres indefinido "por ley" al ser falsa la razón de temporalidad.

Es decir que eres fijo por fin de prórrogas de tu contrato, pero tal vez tambien seas fijo por contrato en fraude (si es que estás en fraude, que yo creo que casi fijo lo estarás, ya que un evento o servicio extraordinario no dura 9 meses).

Contesta a esto y asi te aseguras de ser indefinido con seguridad total.
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Vie 15 Mar 2019, 15:39
El primer contrato era para cubrir las vacaciones de 3 compañeros, uno en junio,otro el julio y otro en agosto, uno de ellos dijo q no iba a volver asi q a mi me hicieron contrato de 6 meses para sustituir al que se iba.
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Vie 15 Mar 2019, 15:49
Pues si estás currando por otro que se fue ya no podrían hacerte el temporal de 6 meses que te hicieron. Eso ya no es temporalidad, ni servicio extraordinario. Es cubrir un puesto vacante.
Total: si te pone en este contrato de 6 meses que es temporal por circuntancias de la producción, es un contrato en fraude de ley y por tanto eres indefinido.

""Doblemente"" indefinido, por fin de prórrogas, y por contrato en fraude.
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Vie 15 Mar 2019, 15:57
Por cierto: como en convenio pone que como máximo los contratos temporales pueden durar 12 meses en total, pues igual la empresa interpreta esto a su manera esperando que a ti te cuele que cuando cumplas otros 3 meses se acabó: 3 + 6 + 3 = 12.
Que sepas que no sería cierto, ya que pueden durar 12 meses pero solo uno, o con una sola prórroga incluida, no con otra más, que sería la segunda.
A ti ya se te "caducó" la temporalidad el 1 de marzo.

Y además, tienes la segunda opción, de que estás en fraude. Asi que si llega junio y te echan, a denunciar el despido improcedente, y te llevas 33 dias de indemnizacion, en lugar de 12 que te daría la empresa fraudulentamente.
No creo que te echen pero podría ser.
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Vie 15 Mar 2019, 21:33
Buenas.

La única forma de tener contrato indefinido es tener un contrato que ponga de forma explícita la palabra indefinido.

En tu caso pudiera ser que tu contrato este en fraude de Ley o que fuera ilegal la concatenación de contratos que citas, ahora bien, esto solo lo puede decir un Juez previa presentación de una demanda por tu parte. Para estar seguro de que la citada demenda tuviera éxito tendrás que consultarlo con un abogado laboralista o con la Seguridad Social que es donde te dirán si lo que te han hecho es legal y posible. De ser afirmativas tus consultas antes de poner la demanda también puedes decírselo a la empresa y que ellos te conviertan tu contrato a indefinido.

Como ves estos temas no son simples y si farragoso.

Un saludo.

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Dom 17 Mar 2019, 11:26
Como te dicen eres fijo, lo que no se es porque la empresa no te ofrece firmar indefinido para obtener las primas o subvenciones que les puedan corresponder en SS y demás, raro es se les pase esto
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Lun 18 Mar 2019, 12:05
Buenos dias, gracias a todos por vuestras respuestas, esta mañana estuve consultando a un abogado laboralista, me ha confirmado que mi contrato no admite mas prórrogas y que por ley paso a ser indefinido, tambien me ha recomendado que ahora mismo no diga nada, si la intencion de la empresa era finalizar mi contrato y les comunico la situación el ser o no indefinido no cambia mucho la situación dado mi antiguedad con lo q me ha dicho q siga asi sin ningun problema y punto. Dice q es raro que a una empresa se le pase algo asi pero que ha tenido varios casos
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Lun 18 Mar 2019, 16:07
Gracias por informar de lo que dijo tu abogado.
Se me ocurre que consultes tu vida laboral a ver si hay algo nuevo, como que tengas ya un contrato indefinido por "transformación espontánea" o algo asi. Igual te lo han transformado.

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Miér 20 Mar 2019, 21:21
Valkyria escribió:Gracias por informar de lo que dijo tu abogado.
Se me ocurre que consultes tu vida laboral a ver si hay algo nuevo, como que tengas ya un contrato indefinido por "transformación espontánea" o algo asi. Igual te lo han transformado.

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Aqui lo puedes hacer facilmente con solo rellenar 4 datos y te mandan un sms con un código para que luego lo metas en la siguiente pantalla.

Y aqui tienes más opciones para hacerlo de varias maneras:

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haz esto compi, hay ves si el código contarto ha variado, se les puede pasar pero lo normal es que los conviertan por su interés en subvenciones
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Dom 07 Abr 2019, 16:33
Pues lo acabo de comprobar y a dia de hoy sigo con el código 402 lo que me lleva a una duda que queria exponeros, la empresa en diciembre de este año probablemente pierda el servicio y venga otra el caso es saber si yo sigo como a esta hora sin haber firmado ningun otro contrato la empresa que entrara tendría que subrogarme?
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Dom 07 Abr 2019, 18:23
Artículo 15.3 del Estatuto de los Trabajadores

3. Se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley.

Como ya habíamos dicho tú ya eres indefinido. Te he puesto éste artículo para que veas que ya se considera tu contrato como indefinido.
Tú sigues dado de alta con un 402, por tanto tu contrato está en fraude. O por decirlo de otra forma: se ha prorrogado indefinidamente él solo.
Además llevas en el servicio más de 7 meses, como marca el artículo del convenio sobre subrogaciones. Y de aquí a diciembre llevarás más aún.

Así que sí, te tienen que subrogar.

Incluso te tendrían que subrogar tuvieses el contrato que tuvieses, fuese temporal prorrogado bien hecho, o como fuese, ya que el art de subrogaciones del convenio dice:

En virtud de la subrogación de personal, la nueva adjudicataria está obligada a integrar en su plantilla, subrogándose en sus contratos de trabajo, a los trabajadores de la empresa cesante en el servicio, cualquiera que sea la modalidad de contratación y/o nivel funcional de los trabajadores, siempre que se acredite el requisito de antigüedad establecido en los artículos 15 y 16 de este Convenio para cada colectivo..... bla blaaaaa.

Es decir que tienen que subrogarte por narices.

Pd: ten cuidado si te subrogan y te dice la empresa nueva (o la vieja) que firmes un contrato indefinido para que esté todo muy bien hecho. Léete ese contrato muy bien, no vaya a ser que te pongan algo raro en él, o te empiecen a contar tu antigüedad de cero...etc. Como si te tiras 3 horas leyendo el contrato, no te pueden meter prisa, y si lo hacen es que algo hay.
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Miér 10 Abr 2019, 21:56
RondadorNocturno escribió:Pues lo acabo de comprobar y a dia de hoy sigo con el código 402 lo que me lleva a una duda que queria exponeros, la empresa en diciembre de este año probablemente pierda el servicio y venga otra el caso es saber si yo sigo como a esta hora sin haber firmado ningun otro contrato la empresa que entrara tendría que subrogarme?
Te subrogas por lo civil o penal a mi entender.

Si estas por obra y servicio esta claro

Si eres indefinido y llevas mas de 7 meses en el servicio igualmente
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Vie 26 Abr 2019, 03:53
Valkyria escribió:Artículo 15.3 del Estatuto de los Trabajadores

3. Se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley.

Como ya habíamos dicho tú ya eres indefinido. Te he puesto éste artículo para que veas que ya se considera tu contrato como indefinido.
Tú sigues dado de alta con un 402, por tanto tu contrato está en fraude. O por decirlo de otra forma: se ha prorrogado indefinidamente él solo.
Además llevas en el servicio más de 7 meses, como marca el artículo del convenio sobre subrogaciones. Y de aquí a diciembre llevarás más aún.

Así que sí, te tienen que subrogar.

Incluso te tendrían que subrogar tuvieses el contrato que tuvieses, fuese temporal prorrogado bien hecho, o como fuese, ya que el art de subrogaciones del convenio dice:

En virtud de la subrogación de personal, la nueva adjudicataria está obligada a integrar en su plantilla, subrogándose en sus contratos de trabajo, a los trabajadores de la empresa cesante en el servicio, cualquiera que sea la modalidad de contratación y/o nivel funcional de los trabajadores, siempre que se acredite el requisito de antigüedad establecido en los artículos 15 y 16 de este Convenio para cada colectivo..... bla blaaaaa.

Es decir que tienen que subrogarte por narices.

Pd: ten cuidado si te subrogan y te dice la empresa nueva (o la vieja) que firmes un contrato indefinido para que esté todo muy bien hecho. Léete ese contrato muy bien, no vaya a ser que te pongan algo raro en él, o te empiecen a contar tu antigüedad de cero...etc. Como si te tiras 3 horas leyendo el contrato, no te pueden meter prisa, y si lo hacen es que algo hay.

Buenos días,leyendo un poco por el foro me topé con esto,y tengo una duda al respecto,en 2013 firmé este mismo tipo de contrato (402) a los seis meses me renovaron otros 6, ya luego al cumplir el año (Noviembre 2014) firmé el indefinido,y ahora tengo una gran duda,al firmar el indefinido veo qué mi antiguedad pone qué es a partir de Noviembre del 2014 cuando firmé el indefinido,es esto así,o tiene qué poner antiguedad desde Noviembre de 2013?.

Saludos y gracias de antemano...
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Vie 26 Abr 2019, 16:36
Deberías tener antigüedad desde noviembre de 2013.
Aunque te hubiesen dado finiquitos de aquellos contratos temporales, o incluso si además hubiesen pasado unos días desde el último contrato temporal hasta la firma del indefinido. Puedes leerte éste artículo que lo explica mencionando sentencias.
No te mires el art 25 del Estatuto de los Trabajadores que mencionan porque ahora no es ese, ha cambiado a otro que yo creo es el 15.

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En noviembre de 2018 deberías haber empezado a cobrar quinquenios. 36,95 euros al mes en 2018 y 37,69 euros al mes en 2019.
Los quinquenios de 2018 dependen de la fecha de noviembre de tu contrato. Pero podrían ser un mes o dos de quinquenios. Voy a calcularlo con uno nada más por si acaso, pero podrían ser 2.

36,95 de 2018 + 37,69 x 4 meses (contando la nómina del 1 de mayo que ya vas a recibir en nada de tiempo) = 187,71 euros que llevas pispados ya. Y eso si no sumamos noviembre de 2018, ya que si tu contrato empezó el 1 noviembre de 2013 te corresponden 36,95 euros más.

Vas a tener que reclamar cantidades. Tienes un año para reclamarlas o las pierdes. Es decir, que antes del 1 de noviembre 2019 ya tienes que haber puesto la demanda, o perderás mes a mes la cantidad que no entre de un año hacia atrás en tu fecha de denuncia.

Tambien puedes ir reclamando ya cantidades, nada obliga a esperar un año. Reclamas desde noviembre de 2018.

O yo haría lo siguiente, ya que aún te sobra tiempo:

Yo iría a la inspección de trabajo a poner una denuncia, y escribiría:

- el día x de nov de 2013 firmé un contrato temporal de 6 meses modelo 402, que me fue renovado el x de mayo de 2014 por otro modelo 402 de duración 6 meses.

- el x de noviembre de 2014 firmé un contrato ya indefinido modelo tal (lo pone en tu contrato, será 100 supongo, aunque podría ser otro modelo).

- actualmente poseo una antigüedad de fecha x de noviembre de 2014, cuando en realidad me debería corresponder una antigüedad de fecha x de noviembre de 2013.

- a causa de esto aún no he empezado a cobrar los quinquenios especificados en el artículo 42.b del "convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad", cuyos valores mensuales son de 36,95 euros para el año 2018 y de 37,69 euros para 2019.

- solicito de su parte que me reconozcan la antigüedad desde el x de noviembre de 2013 para poder reclamar judicialmente, con total seguridad, las cantidades adeudadas por la empresa.

Y ya está. Yo denunciaría esto asi en la inspección de trabajo primero, para así ya tener la antigüedad reconocida fijo. Y en cuanto tengas el acta de la inspección presentas reclamación de cantidades judicial.
Aunque nada impide que reclames cantidades sin haber denunciado en inspección, pero yo lo veo mejor, ya que así no hay posibilidad de nada raro en el juicio, si es que sucediera algo. Y asi de paso si te despidiesen algún día ya tendrías la antigüedad reconocida, aunque tambien lo vería ya el juez, pero no se, yo veo mejor hacer las cosas bien desde ya y tener la antigüedad ya bien puesta para evitar posibles futuros problemas.
Recuerda que son 33 días por año trabajado la indemnización por despido improcedente, y 20 dias por año la del despido objetivo (por causas legales económicas de la empresa, o un ERE... etc), y perderías 33 o 20 días de salarios por tener un año menos de antigüedad, aunque en un juicio se podría ver igual ese fraude.

Pd: las denuncias protegen contra despidos improcedentes, sería declarado nulo por vulneración del derecho a la justicia. Y sería considerado una represalia por denunciar.
Tanto la denuncia a la inspe, como la reclamación de cantidades te protegerían.
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Vie 26 Abr 2019, 17:46
No reclamar no voy a reclamar,por suerte no estoy desde hace un año en esa empresa pirata,fuimos subrogados por Ilunion en un concurso de urgencia y este mes ha ganado el nuevo concurso nuevamente,aparte está en proceso de liquidación, esperaré ya y empezaré a cobrar el quinquenio a partir de Noviembre de este año, porque sería meterse en juicios para que me reconozcan la antigüedad a partir de Noviembre del 2013, porque cobrar cómo está esa empresa nada de nada,ya perdí 14.000€ al entrar en concurso,al pagarme de los 20.000€ reclamados por incumplimiento de convenio solo 6200€ el FOGASA.

Gracias por lla respuesta.
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Sáb 27 Abr 2019, 00:31
Valkyria escribió:Deberías tener antigüedad desde noviembre de 2013.
Aunque te hubiesen dado finiquitos de aquellos contratos temporales, o incluso si además hubiesen pasado unos días desde el último contrato temporal hasta la firma del indefinido. Puedes leerte éste artículo que lo explica mencionando sentencias.
No te mires el art 25 del Estatuto de los Trabajadores que mencionan porque ahora no es ese, ha cambiado a otro que yo creo es el 15.

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

En noviembre de 2018 deberías haber empezado a cobrar quinquenios. 36,95 euros al mes en 2018 y 37,69 euros al mes en 2019.
Los quinquenios de 2018 dependen de la fecha de noviembre de tu contrato. Pero podrían ser un mes o dos de quinquenios. Voy a calcularlo con uno nada más por si acaso, pero podrían ser 2.

36,95 de 2018 + 37,69 x 4 meses (contando la nómina del 1 de mayo que ya vas a recibir en nada de tiempo) = 187,71 euros que llevas pispados ya. Y eso si no sumamos noviembre de 2018, ya que si tu contrato empezó el 1 noviembre de 2013 te corresponden 36,95 euros más.

Vas a tener que reclamar cantidades. Tienes un año para reclamarlas o las pierdes. Es decir, que antes del 1 de noviembre 2019 ya tienes que haber puesto la demanda, o perderás mes a mes la cantidad que no entre de un año hacia atrás en tu fecha de denuncia.

Tambien puedes ir reclamando ya cantidades, nada obliga a esperar un año. Reclamas desde noviembre de 2018.

O yo haría lo siguiente, ya que aún te sobra tiempo:

Yo iría a la inspección de trabajo a poner una denuncia, y escribiría:

- el día x de nov de 2013 firmé un contrato temporal de 6 meses modelo 402, que me fue renovado el x de mayo de 2014 por otro modelo 402 de duración 6 meses.

- el x de noviembre de 2014 firmé un contrato ya indefinido modelo tal (lo pone en tu contrato, será 100 supongo, aunque podría ser otro modelo).

- actualmente poseo una antigüedad de fecha x de noviembre de 2014, cuando en realidad me debería corresponder una antigüedad de fecha x de noviembre de 2013.

- a causa de esto aún no he empezado a cobrar los quinquenios especificados en el artículo 42.b del "convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad", cuyos valores mensuales son de 36,95 euros para el año 2018 y de 37,69 euros para 2019.

- solicito de su parte que me reconozcan la antigüedad desde el x de noviembre de 2013 para poder reclamar judicialmente, con total seguridad, las cantidades adeudadas por la empresa.

Y ya está. Yo denunciaría esto asi en la inspección de trabajo primero, para así ya tener la antigüedad reconocida fijo. Y en cuanto tengas el acta de la inspección presentas reclamación de cantidades judicial.
Aunque nada impide que reclames cantidades sin haber denunciado en inspección, pero yo lo veo mejor, ya que así no hay posibilidad de nada raro en el juicio, si es que sucediera algo. Y asi de paso si te despidiesen algún día ya tendrías la antigüedad reconocida, aunque tambien lo vería ya el juez, pero no se, yo veo mejor hacer las cosas bien desde ya y tener la antigüedad ya bien puesta para evitar posibles futuros problemas.
Recuerda que son 33 días por año trabajado la indemnización por despido improcedente, y 20 dias por año la del despido objetivo (por causas legales económicas de la empresa, o un ERE... etc), y perderías 33 o 20 días de salarios por tener un año menos de antigüedad, aunque en un juicio se podría ver igual ese fraude.

Pd: las denuncias protegen contra despidos improcedentes, sería declarado nulo por vulneración del derecho a la justicia. Y sería considerado una represalia por denunciar.
Tanto la denuncia a la inspe, como la reclamación de cantidades te protegerían.

No reclamar no voy a reclamar ya qué no valdría de nada para cobrar esas cantidades,por suerte no estoy desde hace un año en esa empresa pirata,fuimos subrogados por Ilunion en un concurso de urgencia y este mes ha ganado el nuevo concurso nuevamente,aparte está en proceso de liquidación, esperaré ya y empezaré a cobrar el quinquenio a partir de Noviembre de este año, porque sería meterse en juicios para que me reconozcan la antigüedad a partir de Noviembre del 2013, porque cobrar cómo está esa empresa nada de nada,ya perdí 14.000€ al entrar en concurso,al pagarme de los 20.000€ reclamados por incumplimiento de convenio solo 6200€ el FOGASA.

O tú me recomiendas aunque ya no esté en esa empresa qué no se si se puede hacer ahora,reclamar en inspección de trabajo,aunque sea sólo qué se me reconozca la antiguedad desde Noviembre de 2013 (12) fue cuando firmé el primer contrato temporal (402) en vez de 12 Noviembre 2014 qué fué cuando empezé contrato indefinido (100).
Y también decir qué cuando pasé de temporal a Indefinido no cobré ningún finiquito,fué terminar el día 11 de Noviembre de 2014 el mismo y empezar el 12 de Noviembre el Indefinido.

Gracias por la respuesta.
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Duda con contrato Empty Re: Duda con contrato

Sáb 27 Abr 2019, 15:29
No hace falta que denuncies en la inspección si no quieres reclamar cantidades y prefieres esperar a cobrar quinquenios en noviembre.

La antigüedad que tienes real, si te despidiese alguien, sea Ilunion, o sea cualquier otra futura empresa que os subrogue, la puede ver cualquier juez si tú presentas en el posible juicio por despido (o ERE...etc) todos tus contratos desde noviembre de 2013 y añades a tu denuncia de despido que tienes una antigüedad desde esa fecha de 2013 en vez de la que figura en tus nóminas, para así cobrar más indemnización.
Si te llegase a ocurrir un despido futuro y lo tuvieses que denunciar, entonces ten en cuenta lo de tu antigüedad para contárselo a tu abogado y él sabrá qué hacer.

Lo de denunciar en la inspe era para que en un juicio de reclamación de cantidades fueses más seguro con un acta de la inspe que certificase que efectivamente tienes antigüedad desde 2013, o incluso fueses ya a ese juicio con tu antigüedad bien puesta y no hubiese dudas, aunque como ya te dije los jueces no son tontos y sólo con presentar tú tus contratos lo vería. Era una manera de asegurar algo, que ya de por si ve un juez, porque más vale llevar todo clarito y mascado, pero tampoco es necesario. Solo era por asegurar las cosas e ir con cierta ventaja a reclamar cantidades.

Realmente entonces si te subrogó Ilunion hace un año la que no te ha pagado los quinquenios es Ilunion.
En una subrogación la empresa cesante debe entregar a la nueva los papeles de cada trabajador, y yo creo que ahí vería Ilunion tu verdadera antigüedad, y si quisiera hacer las cosas bien te habría puesto bien tu antigüedad (supongo y creo).





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Duda con contrato Empty Re: Duda con contrato

Sáb 27 Abr 2019, 15:43
Valkyria escribió:No hace falta que denuncies en la inspección si no quieres reclamar cantidades y prefieres esperar a cobrar quinquenios en noviembre.

La antigüedad que tienes real, si te despidiese alguien, sea Ilunion, o sea cualquier otra futura empresa que os subrogue, la puede ver cualquier juez si tú presentas en el posible juicio por despido (o ERE...etc) todos tus contratos desde noviembre de 2013  y añades a tu denuncia de despido que tienes una antigüedad desde esa fecha de 2013 en vez de la que figura en tus nóminas, para así cobrar más indemnización.
Si te llegase a ocurrir un despido futuro y lo tuvieses que denunciar, entonces ten en cuenta lo de tu antigüedad para contárselo a tu abogado y él sabrá qué hacer.

Lo de denunciar en la inspe era para que en un juicio de reclamación de cantidades fueses más seguro con un acta de la inspe que certificase que efectivamente tienes antigüedad desde 2013, o incluso fueses ya a ese juicio con tu antigüedad bien puesta y no hubiese dudas, aunque como ya te dije los jueces no son tontos y sólo con presentar tú tus contratos lo vería. Era una manera de asegurar algo, que ya de por si ve un juez, porque más vale llevar todo clarito y mascado, pero tampoco es necesario. Solo era por asegurar las cosas e ir con cierta ventaja a reclamar cantidades.

Realmente entonces si te subrogó Ilunion hace un año la que no te ha pagado los quinquenios es Ilunion.
En una subrogación la empresa cesante debe entregar a la nueva los papeles de cada trabajador, y yo creo que ahí vería Ilunion tu verdadera antigüedad, y si quisiera hacer las cosas bien te habría puesto bien tu antigüedad (supongo y creo).






Gracias nuevamente por la respuesta,hombre yo creo pensando bien,qué Ilunion me reconoce la antiguedad desde 2014 en vez de 2013 porque así se lo informó Seguridad Integral Canaria,de todas formas me pasaré un día por la oficina de Ilunion con los 2 contratos temporales desde Noviembre de 2013 a 2014 (6 meses + 6 meses) a ver qué me dicen...También les llevaré la vida laboral para qué vean también qué desde 12 Noviembre de 2013 a 11 de Noviembre de 2014 tenía contrato mod. 402 y a partir de 12 Noviembre 2014  tengo el contrato mod. 100 (Indefinido).

Un saludo.

PD:Es más,acabo de mirar las nóminas de SIC y todo el año 2014 y las nóminas de Enero y Febrero de 2015,en fecha antiguedad me pone 12/11/2013 y a partir de Marzo 2015 en adelante aparece 12/11/2014, tu crees qué si reclamo a Ilunion con los contratos ,me deben reconocer la antiguedad de 2013,aunque no les vaya a reclamar esas cantidades de aquí atrás,pero si qué me lo empiecen a pagar desde el mes de Mayo?
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Duda con contrato Empty Re: Duda con contrato

Sáb 27 Abr 2019, 18:07
Yo creo que deberían reconocerte esa antigüedad de 2013. Es que es la que tienes, no es si les gusta o no reconocértela.
Yo es que creo que ya deben saber qué antigüedad tienes ¿o son tontos? Lo que pasa es que si cuela, pues cuela.

Porque en la subrogación la saliente entrega a la entrante los papeleos de los trabajadores, incluida la cartilla profesional. Y ahí digo yo que se verá la fecha de entrada en tu anterior empresa en 2013. Hace mucho que no veo mi cartilla, y ya no se ni lo que sellan, porque llevo 1000 años currando en la misma empresa y la tienen ellos.

Pero bueno, pongamos que no se hayan enterado por ser tontos.
Tú les llevas copia de todos tus contratos y de esas nóminas de 2015. Y vas en plan amigable a Ilunion, que sabes que ellos no han sido los culpables, pero que en realidad tu antigüedad es de 2013, por lo que solicitas a ver si es posible que te comiencen a pagar tu antigüedad a partir de mayo.

Graba todo a escondidas con tu móvil. No te digo que hagas escrito porque igual les sienta mal y veo que tú no quieres problemas. Puedes ir amigablemente primero, pero grabando. Nunca en bolas sin ninguna prueba.

Pero ya veo lo que te van a decir tratando que te cuele:
-"no, es que ya has perdido la antigüedad que no has reclamado a tu anterior empresa. Nosotros no podemos hacer nada ya, no es cosa nuestra.

Esto te van a decir, ya es que una se sabe todas las respuestas empresariales. Pero esto será falso. Si no se han enterado de tu antigüedad es su problema por no revisar papeles, cosa que dudo, pero bueno.

Es que ahora pierdes 37,69 euros al mes durante un año, pero cuando tengas 2 quinquenios (10 años de antigüedad real del 2013) vas a perder durante un año también el cobrar 37,69 x 2 al mes y solo cobrarás un quinquenio durante ese año y más euros serán dentro de 5 años cuando suba este dinerillo año tras año en el convenio.

Es decir que ahora pierdes este año, pero dentro de 5 perderás tambien otro año, y dentro de 10 otro año y asi sucesivamente hasta la jubilación. Ya que siempre cobrarás los quinquenios con un año de retraso.
O eso creo ahora mismo.


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Duda con contrato Empty Re: Duda con contrato

Sáb 27 Abr 2019, 18:38
Valkyria escribió:Yo creo que deberían reconocerte esa antigüedad de 2013. Es que es la que tienes, no es si les gusta o no reconocértela.
Yo es que creo que ya deben saber qué antigüedad tienes ¿o son tontos? Lo que pasa es que si cuela, pues cuela.

Porque en la subrogación la saliente entrega a la entrante los papeleos de los trabajadores, incluida la cartilla profesional. Y ahí digo yo que se verá la fecha de entrada en tu anterior empresa en 2013. Hace mucho que no veo mi cartilla, y ya no se ni lo que sellan, porque llevo 1000 años currando en la misma empresa y la tienen ellos.

Pero bueno, pongamos que no se hayan enterado por ser tontos.
Tú les llevas copia de todos tus contratos y de esas nóminas de 2015. Y vas en plan amigable a Ilunion, que sabes que ellos no han sido los culpables, pero que en realidad tu antigüedad es de 2013, por lo que solicitas a ver si es posible que te comiencen a pagar tu antigüedad a partir de mayo.

Graba todo a escondidas con tu móvil. No te digo que hagas escrito porque igual les sienta mal y veo que tú no quieres problemas. Puedes ir amigablemente primero, pero grabando. Nunca en bolas sin ninguna prueba.

Pero ya veo lo que te van a decir tratando que te cuele:
-"no, es que ya has perdido la antigüedad que no has reclamado a tu anterior empresa. Nosotros no podemos hacer nada ya, no es cosa nuestra.

Esto te van a decir, ya es que una se sabe todas las respuestas empresariales. Pero esto será falso. Si no se han enterado de tu antigüedad es su problema por no revisar papeles, cosa que dudo, pero bueno.

Es que ahora pierdes 37,69 euros al mes durante un año, pero cuando tengas 2 quinquenios (10 años de antigüedad real del 2013) vas a perder durante un año también el cobrar 37,69 x 2 al mes y solo cobrarás un quinquenio durante ese año y más euros serán dentro de 5 años cuando suba este dinerillo año tras año en el convenio.

Es decir que ahora pierdes este año, pero dentro de 5 perderás tambien otro año, y dentro de 10 otro año y asi sucesivamente hasta la jubilación. Ya que siempre cobrarás los quinquenios con un año de retraso.
O eso creo ahora mismo.


Muchas gracias,eso haré llevaré los documentos oportunos,vamos y no creo que me salgan con que he perdido la antigüedad,pq realmente tenía que haber empezado a cobrar el quinquenio en Noviembre de 2018 que fue cuando hice los 5 años de antigüedad y estaba ya con ellos,y no les voy a reclamar estos 6 meses,si no que empiecen a pagarmelo con la nómina de Mayo.

Un saludo
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Duda con contrato Empty Re: Duda con contrato

Miér 10 Feb 2021, 01:37
Buenas noches a todos,refloto este hilo porque he solicitado por escrito el pasado día 27 de Enero a Ilunion,que se me corrigiera la antiguedad a fecha Noviembre de 2013 en vez de 2014,y hoy he pasado por la empresa ya que me indicaron que pasara a informarme sobre mi solicitud,y me informan a traves de documento que no me rectifican la antiguedad a Noviembre de 2013 ya que la anterior empresa en sus documentos de subrogación les informo que era del 2014, y mi duda es si veis factible que denuncie en Trabajo para que se me reconozca ese año de más, o ya espero para cuando se me despida o haya algo lo tengo en cuenta para informar de ello?.

Saludos y gracias de antemano...
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Duda con contrato Empty Re: Duda con contrato

Miér 10 Feb 2021, 08:37
Buenas.

Si tienes documentación y pruebas que demuestren tu antigüedad desde que citas sí. ¿Y por qué esperar a que te despidan? ¿ te van a despedir? De ser posible cuanto antes tengas reconocida tu antigüedad mejor; precisamente más indemnización ante un hipotético despido, y cuando llegues al segundo quinquenio antes le cobrarás, un año de antigüedad son más de 500 euros.

Un saludo.

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Duda con contrato Empty Re: Duda con contrato

Miér 10 Feb 2021, 11:49
RondadorNocturno escribió:Buenas tardes, en junio del año pasado firme un contrato por circunstancias eventuales de la producción de 3 meses de duración, el 1 de septiembre se me prórroga otros 6 meses hasta el 1 de Marzo de este año. La empresa no me ha comunicado nada y yo sigo trabajando y dado de alta, dado que tengo entendido que este tipo de contrato solo se puede prorrogar una vez como fue en mi caso y dado que no se me ha comunicado nada mas puedo entender que soy indefinido??

Buenos días,

El derecho aplicable es el siguiente: El convenio (si es que te lo están aplicando) para este tipo de contrato, denominados 402 (eventuales por razón de producción blablabla..) establece (...) 2. Contrato eventual.

Será personal eventual aquél que ha sido contratado por las Empresas con ocasión de prestar servicios para atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la Empresa, tales como servicios de vigilancia o conducción extraordinaria, o los realizados para ferias, concursos-exposiciones, siempre que la duración máxima de estos contratos no sea superior a 12 meses en un plazo de 18 meses. En caso de que se concierte por un plazo inferior a 12 meses, podrá ser prorrogado mediante acuerdo de las partes, sin que la duración total del contrato pueda exceder de dicho límite máximo.
"

Me explico, en tu caso, y siempre según convenio, sigues en período de eventualidad. Es decir te han hecho 1 contrato de 3 meses, más otro de 6 que sigue en vigor. El resultante son 9 meses que es inferior a los 12 meses que establece el convenio en 1 plazo de 18. Por lo que, sin ser experto en la materia, me atrevería a decir que no estás indefinido.

Por otro lado, si no se te está aplicando el convenio, el plazo máximo son 6 meses y por lo tanto, si se entendería como un contrato en fraude de ley y adquirirías la condición de indefinido.

Saludos!
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