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- ValkyriaMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroRecompensaRecompensa por la aportación al foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: duda cuadrante
Lun 23 Ene 2017, 16:02
andrerm escribió:Muchas gracias por tu gran y elaborado mensaje [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
La verdad es que grande es mi mensaje, si. No se lo que pasa pero se me alargan solos los post
andrerm escribió:
Si la verdad es que el finiquito (resulto ser 599e.) casi era mayor que la nomina (760). En ninguno de los dos veo la palabra horas extraordinarias, pero como bien dices imagino que lo habrán puesto en el finiquito como incentivos porque más o menos es la cantidad que has mencionado.
Pues será para no cotizar o algo de eso, así se ahorran las cotizaciones.
Y de paso ya, pues no se nota que has hecho tantas horas complementarias, ya que tendrías que haber firmado un pacto de horas complementarias y no lo has firmado. Aunque venga en una cláusula de tu contrato, que las horas que sobrepasen son complementarias, en el Estatuto pone que hay que firmar ese pacto. No parece que esa cláusula sea muy legal, pienso yo.
En tu nómina está la ""prueba"" de que algo extraño se han traído con las horas complementarias. Las han escondido entre el finiquito como incentivos.
Por cierto, dices que acabaste el día 5 de enero de trabajar. ¿Te preavisaron con 15 días de antelación ese despido?
Respuesta: NO (bola de cristal para jefes)
Preavisar es un papelito que tú firmas, no decirte tu jefe: "Oyeeee, que ya casi casi se acaba tu contrato ¿eh?"
Convenio escribió:
Art 40 del convenio:
La falta de preaviso por parte de la Empresa en casos de finalización del contrato, de quince días, según prevé la legislación vigente, dará lugar a la indemnización correspondiente o a la parte proporcional si el preaviso se hubiera efectuado en período inferior al previsto.
Según esto, si no te han preavisado correctamente de tu despido deberías cobrar una indemnización de 15 días en tu finiquito.
Esto son sobre 500 euros o más. No lo he calculado.
Convenio escribió:
Art 40 del convenio:
Las liquidaciones se pondrán a disposición de los trabajadores dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de la baja y el finiquito no tendrá carácter liberatorio hasta transcurridas 72 horas desde su entrega.
Según esto, pues pueden estar medio siglo sin pagarte.
andrerm escribió:
Sinceramente, podrías replantearte estudiar derecho o algo similar, por la universidad a distancia por ejemplo asi lo compaginas con lo laboral y familiar, madera de abogada no te falta, yo te contrataría!!
Más bien debería estudiar para detective privado, así no tendría que usar mi bola de cristal, je jeeee.
Y también debería ser tronista del Sálvame o algo así, porque hablar, seguro que hablaría dada la extensión de mis post.
Un saludo, y recuerda: Te faltan 15 días de indemnización en tu finiquito si no te han preavisado. Aunque eso, como no demandes dicha cantidad dalo por perdido.
- andrermPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: duda cuadrante
Mar 24 Ene 2017, 09:48
Valkyria escribió:andrerm escribió:Muchas gracias por tu gran y elaborado mensaje [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
La verdad es que grande es mi mensaje, si. No se lo que pasa pero se me alargan solos los postandrerm escribió:
Si la verdad es que el finiquito (resulto ser 599e.) casi era mayor que la nomina (760). En ninguno de los dos veo la palabra horas extraordinarias, pero como bien dices imagino que lo habrán puesto en el finiquito como incentivos porque más o menos es la cantidad que has mencionado.
Pues será para no cotizar o algo de eso, así se ahorran las cotizaciones.
Y de paso ya, pues no se nota que has hecho tantas horas complementarias, ya que tendrías que haber firmado un pacto de horas complementarias y no lo has firmado. Aunque venga en una cláusula de tu contrato, que las horas que sobrepasen son complementarias, en el Estatuto pone que hay que firmar ese pacto. No parece que esa cláusula sea muy legal, pienso yo.
En tu nómina está la ""prueba"" de que algo extraño se han traído con las horas complementarias. Las han escondido entre el finiquito como incentivos.
Por cierto, dices que acabaste el día 5 de enero de trabajar. ¿Te preavisaron con 15 días de antelación ese despido?
Respuesta: NO (bola de cristal para jefes)
Preavisar es un papelito que tú firmas, no decirte tu jefe: "Oyeeee, que ya casi casi se acaba tu contrato ¿eh?"Convenio escribió:
Art 40 del convenio:
La falta de preaviso por parte de la Empresa en casos de finalización del contrato, de quince días, según prevé la legislación vigente, dará lugar a la indemnización correspondiente o a la parte proporcional si el preaviso se hubiera efectuado en período inferior al previsto.
Según esto, si no te han preavisado correctamente de tu despido deberías cobrar una indemnización de 15 días en tu finiquito.
Esto son sobre 500 euros o más. No lo he calculado.Convenio escribió:
Art 40 del convenio:
Las liquidaciones se pondrán a disposición de los trabajadores dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de la baja y el finiquito no tendrá carácter liberatorio hasta transcurridas 72 horas desde su entrega.
Según esto, pues pueden estar medio siglo sin pagarte.andrerm escribió:
Sinceramente, podrías replantearte estudiar derecho o algo similar, por la universidad a distancia por ejemplo asi lo compaginas con lo laboral y familiar, madera de abogada no te falta, yo te contrataría!!
Más bien debería estudiar para detective privado, así no tendría que usar mi bola de cristal, je jeeee.
Y también debería ser tronista del Sálvame o algo así, porque hablar, seguro que hablaría dada la extensión de mis post.
Un saludo, y recuerda: Te faltan 15 días de indemnización en tu finiquito si no te han preavisado. Aunque eso, como no demandes dicha cantidad dalo por perdido.
en el contrato ponía hasta ''fin de servicio'' al ser un contrato de obra y servicio, me lo dijeron de palabra que acabaría el 5. He tenido que esperar casi un mes para cobrar, de hecho aún no he recibido nada, a la espera de que el banco haga el ingreso del cheque. No me gustaría saber que pasaría si en el banco me dijeran que esos cheques no tienen fondos, al haber firmado el finiquito no tendría derecho a reclamar nada, no?
por cierto, en sálvame ganarías más que de abogada o detective, eso seguro
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Re: duda cuadrante
Mar 24 Ene 2017, 19:33
andrerm escribió:
en el contrato ponía hasta ''fin de servicio'' al ser un contrato de obra y servicio, me lo dijeron de palabra que acabaría el 5.
Oye, por cierto:
¿Por qué se te ha acabado el contrato de obra o servicio determinado?
Quiero decir ¿Ha cogido tu servicio alguna empresa nueva?
¿O tus compañeros se han quedado en ese servicio con tu empresa y a ti te han echado?
¿Han dejado ese servicio sin seguridad?
Esto que te pregunto es importante. Cuando me respondas te digo por qué. Es que sin responderme, me extendería mucho explicándote todas estas cuestiones. Y quiero ir a lo concreto.
Por otra parte, en un contrato de obra o servicio también hay que preavisar el despido con 15 días de antelación.
¿Sabes por qué creo que no te han preavisado de ese despido con un papelito, y sí de palabra?
Porque esa finalización de contrato se ha producido de manera irregular.
Un contrato de obra y servicio determinado nunca termina SI NO SE HA ACABADO dicho servicio. Por eso no quieren que consten las causas de tu despido en ningún papel.
Todavía estarías a tiempo de reclamar ese despido, pues tendrías 20 días laborables (sin contar domingos ni fiestas) para demandar, desde el día 5 que causaste baja. Pero casi casi ya se te va acabando el plazo, está apunto de acabarse, y luego ya no puedes reclamar. Creo que se te acaba el plazo el día 1 de febreo, según he contado.
Bueno, tú contéstame a la pregunta de antes, sólo por confirmar ciertas sospechas, y así de paso, ya lo sabes para otra vez.
andrerm escribió:
He tenido que esperar casi un mes para cobrar, de hecho aún no he recibido nada, a la espera de que el banco haga el ingreso del cheque. No me gustaría saber que pasaría si en el banco me dijeran que esos cheques no tienen fondos, al haber firmado el finiquito no tendría derecho a reclamar nada, no?
¿Te ha entregado un cheque en mano a ti, esa empresa de seguridad?
¿A quién le han entregado ese cheque?
Lo digo porque si te lo dan en mano a ti, pues vas al banco y lo cobras directamente ¿no?
No entiendo eso del banco, ni de porqué tienes que esperar a que te haga el ingreso ningún banco.
Explica esto mejor porfi, así sabremos qué debes hacer, o algo.
Respecto a lo del finiquito, pues dependerá de lo que hayas firmado para poder reclamar o no.
Tendrías un año para reclamar cantidades, por eso no hay problema, hasta dentro de un año hay tiempo.
Pero hay que saber qué es lo que has firmado. Lo digo porque dices que te han entregado un cheque, bueno no se si a ti o a quien se lo han dado.
Si en tu finiquito pusiese:
"Le hacemos entrega de un cheque por tal cantidad a la señorita tal tal en mano".
Y tú has firmado como que lo has recibido en tu mano, pues a ver cómo demuestras que no lo has recibido. Lo único que constaría en la realidad es que no habrías ido al banco a cobrarlo. Podrías haberlo perdido por el camino ¿entiendes?
Dime qué es lo que ponía en tu finiquito sobre esta entrega y a quién le han dado el cheque ¿Tú has visto el cheque en sí?
Y lo de porqué te han despedido que te preguntaba al principio.
Sin esos datos no te podemos responder bien, hay que conocer esto.
- andrermPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: duda cuadrante
Mar 24 Ene 2017, 21:53
Valkyria escribió:andrerm escribió:Muchas gracias por tu gran y elaborado mensaje [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
La verdad es que grande es mi mensaje, si. No se lo que pasa pero se me alargan solos los postandrerm escribió:
Si la verdad es que el finiquito (resulto ser 599e.) casi era mayor que la nomina (760). En ninguno de los dos veo la palabra horas extraordinarias, pero como bien dices imagino que lo habrán puesto en el finiquito como incentivos porque más o menos es la cantidad que has mencionado.
Pues será para no cotizar o algo de eso, así se ahorran las cotizaciones.
Y de paso ya, pues no se nota que has hecho tantas horas complementarias, ya que tendrías que haber firmado un pacto de horas complementarias y no lo has firmado. Aunque venga en una cláusula de tu contrato, que las horas que sobrepasen son complementarias, en el Estatuto pone que hay que firmar ese pacto. No parece que esa cláusula sea muy legal, pienso yo.
En tu nómina está la ""prueba"" de que algo extraño se han traído con las horas complementarias. Las han escondido entre el finiquito como incentivos.
Por cierto, dices que acabaste el día 5 de enero de trabajar. ¿Te preavisaron con 15 días de antelación ese despido?
Respuesta: NO (bola de cristal para jefes)
Preavisar es un papelito que tú firmas, no decirte tu jefe: "Oyeeee, que ya casi casi se acaba tu contrato ¿eh?"Convenio escribió:
Art 40 del convenio:
La falta de preaviso por parte de la Empresa en casos de finalización del contrato, de quince días, según prevé la legislación vigente, dará lugar a la indemnización correspondiente o a la parte proporcional si el preaviso se hubiera efectuado en período inferior al previsto.
Según esto, si no te han preavisado correctamente de tu despido deberías cobrar una indemnización de 15 días en tu finiquito.
Esto son sobre 500 euros o más. No lo he calculado.Convenio escribió:
Art 40 del convenio:
Las liquidaciones se pondrán a disposición de los trabajadores dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de la baja y el finiquito no tendrá carácter liberatorio hasta transcurridas 72 horas desde su entrega.
Según esto, pues pueden estar medio siglo sin pagarte.andrerm escribió:
Sinceramente, podrías replantearte estudiar derecho o algo similar, por la universidad a distancia por ejemplo asi lo compaginas con lo laboral y familiar, madera de abogada no te falta, yo te contrataría!!
Más bien debería estudiar para detective privado, así no tendría que usar mi bola de cristal, je jeeee.
Y también debería ser tronista del Sálvame o algo así, porque hablar, seguro que hablaría dada la extensión de mis post.
Un saludo, y recuerda: Te faltan 15 días de indemnización en tu finiquito si no te han preavisado. Aunque eso, como no demandes dicha cantidad dalo por perdido.
bueno el contrato era para la campaña de navidad en una tienda, después del día 5 la tienda ya no tenia seguridad. En cuanto al finiquito, firme el papel con sus conceptos fijos, variables, ect. tipo nomina vamos, pero no ponía nada respecto ambas partes acordan no deberse nada y dar de mutuo acuerdo la finalización etc etc.
y respecto a lo del cheque me refiero a que no me lo ingresaron en el banco si no que me lo dieron en dos cheques, que normalmente el banco suele tardar 2-3 días hábiles en ingresarlos en tu cuenta.
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Re: duda cuadrante
Lun 08 Oct 2018, 23:00
Yo la verdad es que mi duda es que mi responsable de servicios se niega a darme libre en nochebuena ya que dice que cae entre semana y por tanto no me corresponde. Yo soy el que hace el turno de noche en mi servicio. Gracias.
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Re: duda cuadrante
Miér 10 Oct 2018, 00:51
sargon escribió:Yo la verdad es que mi duda es que mi responsable de servicios se niega a darme libre en nochebuena ya que dice que cae entre semana y por tanto no me corresponde. Yo soy el que hace el turno de noche en mi servicio. Gracias.
Te he contestado en otro hilo pero lo repito aqui por si no lo ves, y para quien vea tu pregunta sepa la respuesta:
Convenio nacional
Art 52 Jornada de trabajo
Tanto para cuadrantes mensuales, como anuales pone ésto:
En ambos cuadrantes en el apartado d) de ambos pone:
d) El trabajador librará, al menos, uno de las dos siguientes noches: 24 de diciembre o 31 de diciembre.
Por convenio debes librar uno de los dos dias.
Nada de que si trabajas por semana no puedes, no señor, si hombre. El convenio no distingue nada de eso
Libras uno de esos dias y punto.
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
- Como nos has conocido? : Grano a grano, se hace el granero.
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Re: duda cuadrante
Miér 10 Oct 2018, 12:33
"Art 52 Jornada de trabajo
d) El trabajador librará, al menos, uno de las dos siguientes noches: 24 de diciembre o 31 de diciembre."
Por convenio tiene que librar al menos una de las dos siguientes noches, pero esto no quiere decir que tenga que librar el dia entero, pues bien puede trabajar de mañana o de tarde, el dia que libra la noche.
d) El trabajador librará, al menos, uno de las dos siguientes noches: 24 de diciembre o 31 de diciembre."
Por convenio tiene que librar al menos una de las dos siguientes noches, pero esto no quiere decir que tenga que librar el dia entero, pues bien puede trabajar de mañana o de tarde, el dia que libra la noche.
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