Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
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Jaime Juramentado
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- RodmanovicExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Sáb 28 Ene 2017, 13:50
bokeron escribió:se modifica la placa ? , alguien sabe algo.
Si, en lo que ha subido el otro dia Jaime viene como va a ser.
Fondo blanco y de color azul, ha dicho que parecida a la de los Mossos.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23052
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Localización : Tarragona
Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Sáb 28 Ene 2017, 20:18
A mi la actual placa ya me he hecho a ella y me esta gustando por lo que es lo que menos me preocupa sinceramente.
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- InvitadoInvitadoPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Dom 29 Ene 2017, 00:00
No es preciosa la lata de sardinas, pero la que puede venir la veo peor. Yo con que cambiasen la uniformidad de los 80 que llevamos , por polos y pantalones de campaña sería feliz. (odio los pantalones de la rayita)
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23052
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Dom 29 Ene 2017, 00:54
Yo tengo lso de campaña y los jerseys son muy comodos con cuellos altos y cremalleras, abrigan un monton y debajo puedes poner una camiseta interior , no hace falta ponerte camisa ni nada ya que no se veria de llevarla.
Creo que es una de las mejores cosas que tiene la empresa en la que estoy , la uniformidad muy comoda para los vvss, creo que si un dia consigo irme echare de menos esta uniformidad.
Saludos
Creo que es una de las mejores cosas que tiene la empresa en la que estoy , la uniformidad muy comoda para los vvss, creo que si un dia consigo irme echare de menos esta uniformidad.
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- Jaime JuramentadoExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Fecha de inscripción : 29/05/2015
Localización : Cadiz
Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Lun 30 Ene 2017, 20:49
¿Porque dices que la ley dice una cosa y el reglamento otra?, ¿acaso la ley dice que tienes que estar junto o recibiendo instrucciones directas de las ffyccse?, pues no es así, la ley dice "Se considerarán agresiones y desobediencias a agentes de la autoridad las que se cometan contra el personal de seguridad privada, debidamente identificado, cuando desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.", en cooperación y bajo el mando se puede estar sin que estén las ffyccse a tu lado, y la Asociación Nacional de Directores de seguridad, te lo dice muy claro en el artículo que publiqué donde explica donde el reglamento (el reglamento es quien desarrolla la ley, osea, donde se aclara y se detalla lo que realmente se busca con dicha ley, y es lo que se aplica en la práctica en los juzgados) aclara en los supuestos que estamos en cooperación y bajo el mando delas ffyccse sin que ellos estén físicamente presentes en nuestros servicios, y son :bokeron escribió:espero no entenderlo mal ( que los mas seguro ) , pero si la ley en su artículo 31 , dice una cosa y el 41.3 del borrador otra supongo que como todo sera a interpretación .
- Los servicios de vigilancia y protección del artículo 41.2:
Requerirán autorización previa por parte del órgano competente los siguientes servicios de vigilancia y protección, que se prestarán en coordinación, cuando proceda, con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y de acuerdo con sus instrucciones:
La vigilancia en polígonos industriales y urbanizaciones delimitados, incluidas sus vías o espacios de uso común.
La vigilancia en complejos o parques comerciales y de ocio que se encuentren delimitados.
La vigilancia en acontecimientos culturales, deportivos o cualquier otro evento de relevancia social que se desarrolle en vías o espacios públicos o de uso común, en coordinación, en todo caso, con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
La vigilancia y protección en recintos y espacios abiertos que se encuentren delimitados.
Los servicios de vigilancia y protección del artículo 41.3:
Cuando así se decida por el órgano competente, y cumpliendo estrictamente las órdenes e instrucciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, podrán prestarse los siguientes servicios de vigilancia y protección:
La vigilancia perimetral de centros penitenciarios.
La vigilancia perimetral de centros de internamiento de extranjeros.
La vigilancia de otros edificios o instalaciones de organismos públicos.
La participación en la prestación de servicios encomendados a la seguridad pública, complementando la acción policial. La prestación de estos servicios también podrá realizarse por guardas rurales.
Los servicios de protección personal del artículo 43 de la misma ley, cuando se trate de autoridades públicas.
Aquellos servicios de seguridad privada en que se reciban órdenes o instrucciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, o bien se realicen en coordinación con éstos.
Aquellos servicios de seguridad privada que se estén integrados en planes operativos de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en los que se encomienden cometidos concretos al personal de seguridad privada.
Asimismo, el personal de seguridad privada tendrá la protección jurídica de agente de autoridad, respecto de las agresiones y desobediencias de que pueda ser objeto, cuando, debidamente identificado y en el ejercicio de sus funciones profesionales, actúe en alguna de las siguientes situaciones:
En evitación de la comisión de actos delictivos o infracciones administrativas, o con ocasión de flagrante delito, o cuando traten de llevar a cabo la detención de presuntos delincuentes, así como en las que ello viniera exigido por razones humanitarias.
En servicios de seguridad privada que se presten en infraestructuras críticas o en aquellos que tengan el carácter de esenciales para la comunidad, así como en aquellos que se hayan establecido como servicios mínimos con ocasión del ejercicio del derecho de huelga.
En servicios de seguridad privada que se presten con armas de fuego, conforme al artículo 40 de la citada ley.
Y siempre que el personal de seguridad privada actúe o acuda en auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, o en aquellos supuestos en que el personal de seguridad privada pudiera ser considerado funcionario público a efectos penales, tendrán la protección jurídica de agente de la autoridad, frente a las agresiones y desobediencias que pudieran cometerse contra ellos.
En fin, éso ya en el reglamento, aparte, yo soy de la opinión de que , como dice la ley en su artículo 1 :
Todas estas actividades (de seguridad privada) tienen la consideración de complementarias y subordinadas respecto de la seguridad pública., por lo que siempre que estamos de servicio, estamos en cooperación y bajo el mando de las ffyccse. Un saludo.
- bokeronUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 201
Fecha de inscripción : 31/07/2015
Localización : en algún punto de españa
Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Lun 30 Ene 2017, 22:59
Gracias por la aclaración Jaime .
Un saludo compi .
Un saludo compi .
- Jaime JuramentadoExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 2316
Fecha de inscripción : 29/05/2015
Localización : Cadiz
Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Mar 31 Ene 2017, 21:02
A mandar , para éso estamos compañerobokeron escribió:Gracias por la aclaración Jaime .
Un saludo compi .
- Jaime JuramentadoExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 2316
Fecha de inscripción : 29/05/2015
Localización : Cadiz
Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Mar 31 Ene 2017, 21:24
Es la que llevo en mi avatar, jeje, que soy un adelantaoRodmanovic escribió:bokeron escribió:se modifica la placa ? , alguien sabe algo.
Si, en lo que ha subido el otro dia Jaime viene como va a ser.
Fondo blanco y de color azul, ha dicho que parecida a la de los Mossos.
Es algo así :
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- Jaime JuramentadoExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 2316
Fecha de inscripción : 29/05/2015
Localización : Cadiz
Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Mar 31 Ene 2017, 21:32
No tientes a la suerteRanchera escribió:No la había mas fea
- raay2010Principiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23
Fecha de inscripción : 12/06/2016
Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Lun 06 Feb 2017, 22:37
la verdad, que no se que decirte... dudo que algún funcionario se queje por el "parecido" de la nueva placa de los VS
- nigomoPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Fecha de inscripción : 06/02/2017
Localización : Toledo
Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Vie 10 Feb 2017, 18:50
Respecto a la placa, como se ha dicho más arriba, podría ser peor, de ser la elegida, porque ya sabemos que hasta que no se apruebe, todo es especular. Por otro lado, no entiendo muy bien cual es el motivo de tanto retraso (se habla que para antes del verano, otros que después...) para aprobar un Reglamento en el que los socios de gobierno, hasta donde sé, están de acuerdo...Complejines varios?? es posible dado el desarrollo del partido mayoritario en el Gobierno los últimos años.
Saludos
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- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23052
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Vie 10 Feb 2017, 19:01
Yo en el tema de placas ya saben por aquí como pienso , sinceramente es lo que menos me preocupa, además también estoy acostumbrado ya a la actual y me parece hasta bonita jejejeje, a mi lo que me preocupa verdaderamente es la falta de consideración que tienen con nosotros los jueces a la hora de aplicar las leyes en temas de agresiones y amenazas , eso para mi es lo preocupante igual que cuando algún compañero recibe una brutal agresión, en los foros y en las redes solo se habla de convenios peo no hay nadie capaz de montar una gran manifestación frente a las puertas de los juzgados frente al congreso para protestar por la impunidad de los delincuentes y que la seguridad privada fuera regulada directamente por el ministerio sin pasar por policía alguna , que fuéramos iguales que ellos en nuestros respectivos servicios respetando las distancias sobre todo en cuanto a que cada uno tiene su parcela, seguridad publica y seguridad privada y que donde coincidiéramos por circunstancias de ayuntamientos fuéramos a la par con la policía municipal y en perfecta colaboración y no que te miren por encima del hombro constantemente.
Saludos
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- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Vie 10 Feb 2017, 19:28
Bueno ya se vera cuando salga aprobado, no se a que se especula tanto, cuando salga pues salio.
- nigomoPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Vie 10 Feb 2017, 19:35
Bueno, lo de que nos miren o no por encima del hombro...creo es algo más bien de la personalidad de cada uno. He visto compañeros ("coincidentes en destino" como decíamos en las FAS) que por el hecho de llevar arma, pensaban que los que no la llevaban en el mismo servicio, eran más o menos unos parias y VVSS de segunda, así que creo que todas las familias tienen lo suyo.
Lo de la falta de consideración de la sociedad perteneciente al "Poder" Judicial en general... creo hay de todo, pero parte de culpa de esa poca consideración la tenemos nosotros. Debemos conocer un poco más nuestras funciones y como defenderlas ante tribunales, y eso sólo se consigue formándose y dejando a un lado complejos qué a estas alturas deberían de estar superados...o casi.
Bien es cierto que luego cada juez o cada fiscal es un mundo y es difícil que no estén influenciados por sus ideas de base o la Sociedad en la que se mueven. No es lo mismo un juez en la Meseta que en las Vascongadas...por no hablar de Cataluña con la que está cayendo. Pero, según mi criterio, deberíamos aprender para no quedar como unos parguelas y en nuestras argumentaciones jurídicas de turno no dejar al abogadillo de la empresa solo y sólo para llevar nuestro caso; la mayoría de las veces querrá que todo acabe rápido, y eso no nos interesa.
Lo de manifestaciones, etc, etc,... Ojalá amigo Josep!! ojalá!! lo veo complicado hoy en día, la tan traida falta de unión, sabemos que es una contradicción en la época en la que vivimos del Internet y redes varias. Parece raro no conseguir unanimidad y fuerza en este sector, tan atomizado por otro lado, pero... es lo que hay como dicen los jóvenes de ahora. Podemos discutir y valorar quien o quienes deberían iniciar y guiarnos en esas concentraciones, pero eso sería quizá en otro post supongo.
Confianza en uno mismo y ganas de aprender, lo demás llegará.
Saludos.
Lo de la falta de consideración de la sociedad perteneciente al "Poder" Judicial en general... creo hay de todo, pero parte de culpa de esa poca consideración la tenemos nosotros. Debemos conocer un poco más nuestras funciones y como defenderlas ante tribunales, y eso sólo se consigue formándose y dejando a un lado complejos qué a estas alturas deberían de estar superados...o casi.
Bien es cierto que luego cada juez o cada fiscal es un mundo y es difícil que no estén influenciados por sus ideas de base o la Sociedad en la que se mueven. No es lo mismo un juez en la Meseta que en las Vascongadas...por no hablar de Cataluña con la que está cayendo. Pero, según mi criterio, deberíamos aprender para no quedar como unos parguelas y en nuestras argumentaciones jurídicas de turno no dejar al abogadillo de la empresa solo y sólo para llevar nuestro caso; la mayoría de las veces querrá que todo acabe rápido, y eso no nos interesa.
Lo de manifestaciones, etc, etc,... Ojalá amigo Josep!! ojalá!! lo veo complicado hoy en día, la tan traida falta de unión, sabemos que es una contradicción en la época en la que vivimos del Internet y redes varias. Parece raro no conseguir unanimidad y fuerza en este sector, tan atomizado por otro lado, pero... es lo que hay como dicen los jóvenes de ahora. Podemos discutir y valorar quien o quienes deberían iniciar y guiarnos en esas concentraciones, pero eso sería quizá en otro post supongo.
Confianza en uno mismo y ganas de aprender, lo demás llegará.
Saludos.
- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Vie 10 Feb 2017, 19:40
nigomo escribió:Bueno, lo de que nos miren o no por encima del hombro...creo es algo más bien de la personalidad de cada uno. He visto compañeros ("coincidentes en destino" como decíamos en las FAS) que por el hecho de llevar arma, pensaban que los que no la llevaban en el mismo servicio, eran más o menos unos parias y VVSS de segunda, así que creo que todas las familias tienen lo suyo.
Lo de la falta de consideración de la sociedad perteneciente al "Poder" Judicial en general... creo hay de todo, pero parte de culpa de esa poca consideración la tenemos nosotros. Debemos conocer un poco más nuestras funciones y como defenderlas ante tribunales, y eso sólo se consigue formándose y dejando a un lado complejos qué a estas alturas deberían de estar superados...o casi.
Bien es cierto que luego cada juez o cada fiscal es un mundo y es difícil que no estén influenciados por sus ideas de base o la Sociedad en la que se mueven. No es lo mismo un juez en la Meseta que en las Vascongadas...por no hablar de Cataluña con la que está cayendo. Pero, según mi criterio, deberíamos aprender para no quedar como unos parguelas y en nuestras argumentaciones jurídicas de turno no dejar al abogadillo de la empresa solo y sólo para llevar nuestro caso; la mayoría de las veces querrá que todo acabe rápido, y eso no nos interesa.
Lo de manifestaciones, etc, etc,... Ojalá amigo Josep!! ojalá!! lo veo complicado hoy en día, la tan traida falta de unión, sabemos que es una contradicción en la época en la que vivimos del Internet y redes varias. Parece raro no conseguir unanimidad y fuerza en este sector, tan atomizado por otro lado, pero... es lo que hay como dicen los jóvenes de ahora. Podemos discutir y valorar quien o quienes deberían iniciar y guiarnos en esas concentraciones, pero eso sería quizá en otro post supongo.
Confianza en uno mismo y ganas de aprender, lo demás llegará.
Saludos.
Estoy de acuerdo, formacion y dejarse de complejos, pero si uno quiere peces se tendra que bien a poner a pescar con las incomodidades que eso lleva o comprar lo que no esta fresco en la pescaderia y aguantarse. Creo que la historia lo demuestra lo que no se prepara ni se dirige (normalmente quien prepara y dirige tiene unos fines personales) es mas positivo. Yo la verdad no creo en salvadores ni descubridores de nada, Cada uno tiene que aportar algo, grano no hace granero pero ayuda al compañero.
- brennosUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? :
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Localización : Ancha es Castilla
Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Vie 21 Abr 2017, 22:33
Hola a todos
Buen esto he encontrado hoy sobre el reglamento.A ver como sale al final.
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Nueva estructura del Reglamento de Seguridad Privada
Previsiblemente a principios de 2018 se publicará el nuevo reglamento de Seguridad Privada, cuya estructura se ha dado ya a conocer, tal y como especificó hace unos días el Comisario Principal de la Policía Nacional, Jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada, Esteban Gándara, en una conferencia que ofreció en Córdoba con motivo de la celebración del Día de la Seguridad Privada.
Desde el año 2014, se ha producido una paulatina simplificación de este reglamento, que ha pasado de 537 artículos durante dicho año 2014 a 390 en julio de 2015, 261 artículos en julio de 2016, y finalmente, 251 artículos, con los que quedaría la nueva configuración anunciada este abril de 2017.
De esta forma, la estructura se aprobaría de la siguiente forma:
Disposiciones Generales (Artículo 1 al 10)
Coordinación y Colaboración (Artículo 11 al 17)
Empresas de Seguridad (Artículo 18 al 66)
Despachos de Detectives (Artículo 67 al 79)
Personal de Seguridad (Artículo 80 al 118)
Servicios de Seguridad (Artículo 119 al 189)
Medidas de Seguridad (Artículo 190 al 205)
Disposiciones Complementarias (Artículo 206 al 227)
Control e Inspección (Artículo 228 al 239)
Régimen Sancionador (Artículo 240 al 251)
Anexos
Más en detalle, el nuevo Reglamento de Seguridad Privada se dispondría de la siguiente manera:
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I Disposiciones Comunes
Capítulo II Registro Nacional Seguridad Privada
COORDINACIÓN, COLABORACIÓN Y PARTICIPACIÓN
Capítulo I Sistemas de coordinación
Capítulo II Participación Institucional y Reconocimiento Social
EMPRESAS DE SEGURIDAD
Capítulo I Otorgamiento de la autoridad
Sección 1ª Requisitos Generales
Sección 2ª Expedición e Inscripción
Sección 3ª Procedimiento de Obtención
Capítulo II Modificaciones y Extinción de la Autorización ó de la Declaración
Sección 1ª Deberes Generales
Sección 2ª Infraestructuras y Logística
Sección 3ª Contratación
Sección 4ª Disposiciones Específicas
DESPACHOS DE DETECTIVES
Capítulo I Apertura y Cierre de Despachos
Capítulo II Funcionamiento
Sección 1ª Deberes Generales
Secciòn 2ª Contratación
PERSONAL DE SEGURIDAD
Capítulo I Habilitación Profesional
Capítulo II Ejercicio de Funciones Profesionales
Sección 1ª Disposiciones comunes
Sección 2ª Vigilantes de Seguridad, sus especialidades y escoltas
Sección 3ª Vigilantes rurales y sus especialidades
Sección 4ª Jefes de Seguridad y Directores de Seguridad
Sección 5ª Detectives privados
Capítulo III Uniformidad
Capítulo IV Armas
Capítulo V Ejercicio del derecho de huelga
SERVICIOS DE SEGURIDAD
Capítulo I Disposiciones comunes
Capítulo II Servicios de seguridad armados
Capítulo III Servicios de vigilancia y protección
Sección 1ª Disposiciones comunes
Sección 2ª Servicios en régimen de comunicación
Sección 3ª Servicios en régimen de autorización
Sección 4ª Servicios en régimen de decisión
Capítulo IV Servicios de protección de personas
Capítulo V Servicios de depósitos de seguridad
Capítulo VI Servicios de transporte de seguridad
Sección 1 Disposiciones comunes
Sección 2 Disposiciones específicas para cada tipo de transporte de seguridad
Capítulo VII Servicios de instalación y mantenimiento
Capítulo VIII Servicios de alarma de seguridad
Sección 1ª Disposiciones comunes
Sección 2ª Centrales receptoras de alarmas
Sección 3ª Verificación y comunicación de alarmas de seguridad
Sección 4ª Tipos de servicios de alarmas de seguridad
Capítulo IX Servicios de investigación privada
MEDIDAS DE SEGURIDAD
Capítulo I Disposiciones comunes
Capítulo II Sujetos obligados
Capítulo III Disposiciones específicas
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Capítulo I Aspectos documentales
Capítulo II Formación de seguridad
Sección 1ª Formación previa
Sección 2ª Formación de actualización y especialización
Sección 3ª Centros de Formación
Capítulo III Reconocimiento de cualificaciones profesionales
Capítulo IV Personal acreditado
Capítulo V Seguridad informática
CONTROL E INSPECCIÓN
Capítulo I Disposiciones comunes
Capítulo II Inspección policías
Capítulo III Auditoría externa
RÉGIMEN SANCIONADOR
Sección 1ª de las empresas, sus representantes legales, de los despachos de detectives y de las CRAs de uno propio.
Sección 2ª Del personal que desempeñe funciones de seguridad privada y del personal acreditado.
Sección 3ª De los usuarios contratantes de servicios de seguridad privada y los cuerpos y fuerzas de personal de seguridad privada.
1- Grupo de Trabajo
2- Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior
3- Audiencia Pública
4- Comisión Nacional de Seguridad Privada
5- Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación
Ministerio de Educación Cultura y Deporte
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Ministerio de Fomento
Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Ministerio de Energía, Industria y Agenda Digital
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
ANEXOS
I Empresas
II Personal
III Servicios
IV Medidas
V Formación
VI Documentación
VII Norma
Buen esto he encontrado hoy sobre el reglamento.A ver como sale al final.
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Nueva estructura del Reglamento de Seguridad Privada
Previsiblemente a principios de 2018 se publicará el nuevo reglamento de Seguridad Privada, cuya estructura se ha dado ya a conocer, tal y como especificó hace unos días el Comisario Principal de la Policía Nacional, Jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada, Esteban Gándara, en una conferencia que ofreció en Córdoba con motivo de la celebración del Día de la Seguridad Privada.
Desde el año 2014, se ha producido una paulatina simplificación de este reglamento, que ha pasado de 537 artículos durante dicho año 2014 a 390 en julio de 2015, 261 artículos en julio de 2016, y finalmente, 251 artículos, con los que quedaría la nueva configuración anunciada este abril de 2017.
De esta forma, la estructura se aprobaría de la siguiente forma:
Disposiciones Generales (Artículo 1 al 10)
Coordinación y Colaboración (Artículo 11 al 17)
Empresas de Seguridad (Artículo 18 al 66)
Despachos de Detectives (Artículo 67 al 79)
Personal de Seguridad (Artículo 80 al 118)
Servicios de Seguridad (Artículo 119 al 189)
Medidas de Seguridad (Artículo 190 al 205)
Disposiciones Complementarias (Artículo 206 al 227)
Control e Inspección (Artículo 228 al 239)
Régimen Sancionador (Artículo 240 al 251)
Anexos
Más en detalle, el nuevo Reglamento de Seguridad Privada se dispondría de la siguiente manera:
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I Disposiciones Comunes
Capítulo II Registro Nacional Seguridad Privada
COORDINACIÓN, COLABORACIÓN Y PARTICIPACIÓN
Capítulo I Sistemas de coordinación
Capítulo II Participación Institucional y Reconocimiento Social
EMPRESAS DE SEGURIDAD
Capítulo I Otorgamiento de la autoridad
Sección 1ª Requisitos Generales
Sección 2ª Expedición e Inscripción
Sección 3ª Procedimiento de Obtención
Capítulo II Modificaciones y Extinción de la Autorización ó de la Declaración
Sección 1ª Deberes Generales
Sección 2ª Infraestructuras y Logística
Sección 3ª Contratación
Sección 4ª Disposiciones Específicas
DESPACHOS DE DETECTIVES
Capítulo I Apertura y Cierre de Despachos
Capítulo II Funcionamiento
Sección 1ª Deberes Generales
Secciòn 2ª Contratación
PERSONAL DE SEGURIDAD
Capítulo I Habilitación Profesional
Capítulo II Ejercicio de Funciones Profesionales
Sección 1ª Disposiciones comunes
Sección 2ª Vigilantes de Seguridad, sus especialidades y escoltas
Sección 3ª Vigilantes rurales y sus especialidades
Sección 4ª Jefes de Seguridad y Directores de Seguridad
Sección 5ª Detectives privados
Capítulo III Uniformidad
Capítulo IV Armas
Capítulo V Ejercicio del derecho de huelga
SERVICIOS DE SEGURIDAD
Capítulo I Disposiciones comunes
Capítulo II Servicios de seguridad armados
Capítulo III Servicios de vigilancia y protección
Sección 1ª Disposiciones comunes
Sección 2ª Servicios en régimen de comunicación
Sección 3ª Servicios en régimen de autorización
Sección 4ª Servicios en régimen de decisión
Capítulo IV Servicios de protección de personas
Capítulo V Servicios de depósitos de seguridad
Capítulo VI Servicios de transporte de seguridad
Sección 1 Disposiciones comunes
Sección 2 Disposiciones específicas para cada tipo de transporte de seguridad
Capítulo VII Servicios de instalación y mantenimiento
Capítulo VIII Servicios de alarma de seguridad
Sección 1ª Disposiciones comunes
Sección 2ª Centrales receptoras de alarmas
Sección 3ª Verificación y comunicación de alarmas de seguridad
Sección 4ª Tipos de servicios de alarmas de seguridad
Capítulo IX Servicios de investigación privada
MEDIDAS DE SEGURIDAD
Capítulo I Disposiciones comunes
Capítulo II Sujetos obligados
Capítulo III Disposiciones específicas
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Capítulo I Aspectos documentales
Capítulo II Formación de seguridad
Sección 1ª Formación previa
Sección 2ª Formación de actualización y especialización
Sección 3ª Centros de Formación
Capítulo III Reconocimiento de cualificaciones profesionales
Capítulo IV Personal acreditado
Capítulo V Seguridad informática
CONTROL E INSPECCIÓN
Capítulo I Disposiciones comunes
Capítulo II Inspección policías
Capítulo III Auditoría externa
RÉGIMEN SANCIONADOR
Sección 1ª de las empresas, sus representantes legales, de los despachos de detectives y de las CRAs de uno propio.
Sección 2ª Del personal que desempeñe funciones de seguridad privada y del personal acreditado.
Sección 3ª De los usuarios contratantes de servicios de seguridad privada y los cuerpos y fuerzas de personal de seguridad privada.
1- Grupo de Trabajo
2- Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior
3- Audiencia Pública
4- Comisión Nacional de Seguridad Privada
5- Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación
Ministerio de Educación Cultura y Deporte
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Ministerio de Empleo y Seguridad Social
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Ministerio de Energía, Industria y Agenda Digital
Ministerio de Hacienda y Función Pública
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ANEXOS
I Empresas
II Personal
III Servicios
IV Medidas
V Formación
VI Documentación
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Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Sáb 22 Abr 2017, 10:00
Ya sabía que se había reducido el número de artículos a más de la mitad y se quedaba en 251, pero me habían dicho que saldría éste verano aprobado, por lo visto se retrasa hasta el año que viene.
- assurPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Vie 12 Mayo 2017, 10:27
En esta jornada, se informo por parte de los ponentes, de algunas de las novedades incluidas en el borrador (casi definitivo), del NUEVO REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA, que de no haber ningún contratiempo, se espera salga publicado hacia finales de este mismo año.
Entre estas novedades se encontrarían:
– Reglamento mucho mas amplio, (mas de 250 Art. y 7 anexos)
– Nuevas medidas y sanciones para combatir el intrusismo profesional en el sector,
– Modificaciones en los requisitos para la obtención de la TIP.
– Mayor control sobre las academias de formación .
– Modificación y control de los requisitos para la habilitación como director y jefe de seguridad.
– Modificación de las horas de formación de reciclaje obligatorio (10 horas, de las cuales el 50% puede ser teleformación).
– Supresión del ejercicio de tiro anual para aquellos VS, que no realicen servicio armado, quedando en depósito la licencia y pudiendo ser activadas realizando un solo ejercicio de tiro.
– Autorización a los directores y jefes de seguridad, para validar instalaciones y servicios de seguridad mediante declaración responsable, lo cual incluiría los inicios de actividad empresarial.
– Relación de instalaciones y servicios que no podrían ser validados mediante declaración responsable.
– Listado de delitos por los que las empresas pueden ser castigadas penalmente.
Este articulo parcial esta en la pagina de un sindicato . Por derechos de autor no lo publico total .
Entre estas novedades se encontrarían:
– Reglamento mucho mas amplio, (mas de 250 Art. y 7 anexos)
– Nuevas medidas y sanciones para combatir el intrusismo profesional en el sector,
– Modificaciones en los requisitos para la obtención de la TIP.
– Mayor control sobre las academias de formación .
– Modificación y control de los requisitos para la habilitación como director y jefe de seguridad.
– Modificación de las horas de formación de reciclaje obligatorio (10 horas, de las cuales el 50% puede ser teleformación).
– Supresión del ejercicio de tiro anual para aquellos VS, que no realicen servicio armado, quedando en depósito la licencia y pudiendo ser activadas realizando un solo ejercicio de tiro.
– Autorización a los directores y jefes de seguridad, para validar instalaciones y servicios de seguridad mediante declaración responsable, lo cual incluiría los inicios de actividad empresarial.
– Relación de instalaciones y servicios que no podrían ser validados mediante declaración responsable.
– Listado de delitos por los que las empresas pueden ser castigadas penalmente.
Este articulo parcial esta en la pagina de un sindicato . Por derechos de autor no lo publico total .
- Jaime JuramentadoExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Vie 12 Mayo 2017, 16:30
Cuando dices "En ésta jornada", ¿a que fecha te refieres?, vamos, que de cuando es ése artículo, si puedes decirlo, claro.
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Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Sáb 13 Mayo 2017, 02:08
Buenas.
Esta próxima semana, el día 17, se presentará finalmente el Borrador del Reglamento de Seguridad Privada en el Security Forum, haciendo en el acto un repaso del contenido que trae dicho borrador.
La presentación correrá a cargo de Juan Antonio Puigserver, Secretario General Técnico del Ministerio del Interior.
Esto es lo que me ha llegado.
Veremos si es verdad.
Esta próxima semana, el día 17, se presentará finalmente el Borrador del Reglamento de Seguridad Privada en el Security Forum, haciendo en el acto un repaso del contenido que trae dicho borrador.
La presentación correrá a cargo de Juan Antonio Puigserver, Secretario General Técnico del Ministerio del Interior.
Esto es lo que me ha llegado.
Veremos si es verdad.
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Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Sáb 13 Mayo 2017, 15:51
Jaime Juramentado escribió:Cuando dices "En ésta jornada", ¿a que fecha te refieres?, vamos, que de cuando es ése artículo, si puedes decirlo, claro.
Ayer día 10/5/2017 a las 16:00 Horas, tuvo lugar la JORNADA INFORMATIVA DE SEGURIDAD PRIVADA, organizada por la AsociaciónValenciana de Directores de Seguridad (AVADISE), a la misma han asistido como invitados y en representación de la FTSP-USOCV, la compañera Mila Albert, Secretaria Autonómica de Igualdad y el compañero Vicente José Climent Benyto, Delegado de la USO en el Comite de Empresa de Clece Seguridad S.A.U.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
A este día 10 de mayo de 2017 se refiere el artículo de [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Jaime JuramentadoExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Sáb 13 Mayo 2017, 21:05
Ok, gracias Val, tampoco había motivo para no ponerlo, como decía [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo].Valkyria escribió:Jaime Juramentado escribió:Cuando dices "En ésta jornada", ¿a que fecha te refieres?, vamos, que de cuando es ése artículo, si puedes decirlo, claro.
Ayer día 10/5/2017 a las 16:00 Horas, tuvo lugar la JORNADA INFORMATIVA DE SEGURIDAD PRIVADA, organizada por la AsociaciónValenciana de Directores de Seguridad (AVADISE), a la misma han asistido como invitados y en representación de la FTSP-USOCV, la compañera Mila Albert, Secretaria Autonómica de Igualdad y el compañero Vicente José Climent Benyto, Delegado de la USO en el Comite de Empresa de Clece Seguridad S.A.U.
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A este día 10 de mayo de 2017 se refiere el artículo de [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- assurPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Lun 15 Mayo 2017, 12:56
Es que me dijo una vez un compañero , que si publicas o reproduces un cosa sin el consentimiento del titular. Te puedes buscar un problema . ?????????
- Jaime JuramentadoExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Mar 16 Mayo 2017, 10:42
Hombre assur, si es una noticia lo puedes publicar siempre que pongas el link de donde lo has copiado, como hizo Val, donde puedes pinchar e ir al origen de donde se ha publicado dicha noticia.assur escribió:Es que me dijo una vez un compañero , que si publicas o reproduces un cosa sin el consentimiento del titular. Te puedes buscar un problema . ?????????
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Re: Borrador del NUEVO REGLAMENTO, te rogamos Señor.
Mar 16 Mayo 2017, 20:44
assur escribió:Es que me dijo una vez un compañero , que si publicas o reproduces un cosa sin el consentimiento del titular. Te puedes buscar un problema . ?????????
Bueno, la verdad es que lo que se debería hacer es copiar/pegar una parte de la noticia.
Y dejar otra parte sin pegar. Y después poner el link.
Entonces la gente leería aquí una parte de la noticia y tendría que hacer click en el link para leer lo que falte.
Así en la página de la noticia tendrían visitas, y nosotros con eso les ayudaríamos a ello. Un quid pro quo o como se escriba.
Pero siendo la página de un sindicato cualquiera, pues imagino que no les importa que peguemos toda su noticia y después pongamos su link. Ya que con esto se les da también algo de publicidad. Sin querer, ya que aquí no hacemos publi de ningún sindicato, solo pegamos sus noticias. Sea cual sea el sindi.
Lo que no se puede hacer es poner el link de algunos periódicos conocidos, por cuestiones de derechos y cosas. En este caso, si se duda, pues mejor no poner su noticia y buscar la misma noticia en algún periódico menos conocido o en la página de algún sindicato que la haya escrito también.
Pero [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], has hecho bien si dudabas. Siempre se puede buscar la noticia de donde viene, pegando un trozo del texto en google, como he hecho yo para ver cuál era el link de la que pusiste.
Ante la duda, mejor no meter la pata, je jeeeeeee
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