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Si el trabajador acude a Hacienda para hacer su declaración de la Renta ¿tiene derecho a un permiso retribuido?
Sáb 12 Nov 2016, 09:49
PREGUNTA:
Una de nuestras trabajadoras nos ha comentado que tiene cita la semana que viene para ir a hacer la declaración de la Renta en su delegación de Hacienda durante su jornada laboral. ¿Estamos obligados a concederle un permiso retribuido?
RESPUESTA:
Su empresa no está obligada a conceder al trabajador un permiso retribuido para acudir a hacer su declaración de la Renta, ya que no se trata de ninguno de los supuestos encuadrados en la lista de permisos retribuidos del Estatuto de los Trabajadores. Ahora bien, consulte su convenio colectivo, ya que algunos, por ejemplo, conceden días por asuntos propios, que el trabajador podría utilizar para este fin.
Tampoco se considera un deber inexcusable de carácter público y personal, puesto que no es necesario que acuda el propio trabajador a hacer la declaración, ya que puede hacerlo a través de un representante, aparte de que es posible hacerla directamente a través de internet o encargar su elaboración a una gestoría. Además, el trabajador está obligado a presentar la declaración de la Renta (siempre y cuando supere una retribución determinada), pero en ningún caso existe la obligación de acudir a una oficina de la Agencia Tributaria para que le ayuden a elaborarla.
Por tanto, su empresa puede descontar de la nómina el tiempo invertido por el trabajador en ir a hacer su declaración de la renta o bien pedirle que recupere ese tiempo en otro momento.
Una de nuestras trabajadoras nos ha comentado que tiene cita la semana que viene para ir a hacer la declaración de la Renta en su delegación de Hacienda durante su jornada laboral. ¿Estamos obligados a concederle un permiso retribuido?
RESPUESTA:
Su empresa no está obligada a conceder al trabajador un permiso retribuido para acudir a hacer su declaración de la Renta, ya que no se trata de ninguno de los supuestos encuadrados en la lista de permisos retribuidos del Estatuto de los Trabajadores. Ahora bien, consulte su convenio colectivo, ya que algunos, por ejemplo, conceden días por asuntos propios, que el trabajador podría utilizar para este fin.
Tampoco se considera un deber inexcusable de carácter público y personal, puesto que no es necesario que acuda el propio trabajador a hacer la declaración, ya que puede hacerlo a través de un representante, aparte de que es posible hacerla directamente a través de internet o encargar su elaboración a una gestoría. Además, el trabajador está obligado a presentar la declaración de la Renta (siempre y cuando supere una retribución determinada), pero en ningún caso existe la obligación de acudir a una oficina de la Agencia Tributaria para que le ayuden a elaborarla.
Por tanto, su empresa puede descontar de la nómina el tiempo invertido por el trabajador en ir a hacer su declaración de la renta o bien pedirle que recupere ese tiempo en otro momento.
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