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Requisitos de la nueva ayuda para desempleados
Sáb 13 Dic 2014, 16:34
Según han comunicado los sindicatos CCOO y UGT en rueda de prensa, la nueva ayuda para desempleados de larga duración con cargas familiares, será de 426 euros durante 6 meses.
Destacamos los requisitos para poder solicitarla.
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¿Quién podrá recibir esta ayuda según la información publicada por los sindicatos?
Los desempleados que cumplan estas condiciones:
◾Ser parados de larga duración que hayan trabajado por cuenta ajena en algún momento
◾Estar inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014
◾Tener cargas familiares (cónyuge o hijos a cargo, al menos un miembro)
◾Tener carencia de rentas (ingresos inferiores al 75% del SMI), es decir, rentas que no superen los 483,98 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar.
◾Llevar al menos seis meses sin recibir ninguna prestación del Sistema Público de Empleo (prestación contributiva, subsidios, Plan Prepara, RAI, etc)
¿Cuánto se cobra en esta ayuda?
◾426 euros mensuales durante 6 meses como máximo
◾El programa podrá ser solicitado hasta el 15 de abril de 2016.
◾La ayuda será compatible con trabajar por cuenta ajena, de modo que del salario recibido por la empresa se descontarán los 426 euros de la ayuda.
◾Se beneficiarán de la ayuda entre 400.00 y 450.000 desempleados
El acuerdo se firmará el próximo 15 de diciembre en la Moncloa por los secretarios generales de CCOO y UGT, Ignacio Fernández Toxo y Cándido Méndez, los responsables de CEOE y Cepyme, Juan Rosell y Antonio Garamendy, respectivamente, y el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.
La ayuda aún no se ha publicado en el BOE de forma oficial y por lo tanto aún NO es posible solicitarla en las oficinas de empleo
Fuentes de información
◾Rueda de Prensa UGT
◾Rueda de Prensa de CCOO
◾Gaceta Sindical CCOO (pdf)
◾Audio de la valoración de UGT
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¿Quién podrá recibir esta ayuda según la información publicada por los sindicatos?
Los desempleados que cumplan estas condiciones:
◾Ser parados de larga duración que hayan trabajado por cuenta ajena en algún momento
◾Estar inscritos como demandantes de empleo a fecha 1 de diciembre de 2014
◾Tener cargas familiares (cónyuge o hijos a cargo, al menos un miembro)
◾Tener carencia de rentas (ingresos inferiores al 75% del SMI), es decir, rentas que no superen los 483,98 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar.
◾Llevar al menos seis meses sin recibir ninguna prestación del Sistema Público de Empleo (prestación contributiva, subsidios, Plan Prepara, RAI, etc)
¿Cuánto se cobra en esta ayuda?
◾426 euros mensuales durante 6 meses como máximo
◾El programa podrá ser solicitado hasta el 15 de abril de 2016.
◾La ayuda será compatible con trabajar por cuenta ajena, de modo que del salario recibido por la empresa se descontarán los 426 euros de la ayuda.
◾Se beneficiarán de la ayuda entre 400.00 y 450.000 desempleados
El acuerdo se firmará el próximo 15 de diciembre en la Moncloa por los secretarios generales de CCOO y UGT, Ignacio Fernández Toxo y Cándido Méndez, los responsables de CEOE y Cepyme, Juan Rosell y Antonio Garamendy, respectivamente, y el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.
La ayuda aún no se ha publicado en el BOE de forma oficial y por lo tanto aún NO es posible solicitarla en las oficinas de empleo
Fuentes de información
◾Rueda de Prensa UGT
◾Rueda de Prensa de CCOO
◾Gaceta Sindical CCOO (pdf)
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