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josepmarti
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Cuando hay que pagar por trabajar Empty Cuando hay que pagar por trabajar

Miér 08 Oct 2014, 02:16

Los afectados trabajaron durante un año y medio como auxiliares en el museo San Pio V y en el Centre del Carme de Valencia por un sueldo de 600 euros al mes. La empresa que les contrató en verano de 2005, Provinen Servicios, les encomendó una serie de tareas que, según el expediente sancionador de la Subdelegación del Gobierno, sólo pueden ejercer los vigilantes de seguridad. La Subdelegación del Gobierno impuso treinta mil euros de sanción a la empresa y tres mil a cada uno de los trabajadores. El responsable de recursos humanos de Provinen, Fernando Ricondo, explicó que han recurrido las sanciones y que luego "ya se verá quién paga las multas".
La firma denunciada ganó la adjudicación para llevar los servicios de seguridad y de personal auxiliar de los dos museos a través de las sociedades Provinen Seguridad -que emplea a vigilantes privados- y Provinen Servicios. El 25 de marzo de 2006 agentes de la Jefatura Superior de Policía -que se encarga de velar por el cumplimiento de la ley de seguridad privada- constataron que en el museo San Pío V se encontraban prestando servicio cinco vigilantes de la empresa Provinen Seguridad. Junto a ellos trabajaban dieciocho auxiliares que vestían un uniforme similar al de los vigilantes, pero con anagrama de la empresa Provinen Servicios.
La policía inspeccionó el 2 de abril de 2006 el Centre del Carme y comprobó que había dos vigilantes y doce auxiliares en las mismas condiciones que en el museo San Pío V. Los auxiliares confirmaron a la policía que dependían del jefe de equipo de los vigilantes de seguridad. El expediente sancionador concluyó que realizaban funciones de vigilante al "dar vueltas por las salas" para que la gente no tocara ni atentara contra las piezas.
Uno de los trabajadores sancionados apuntó ayer que "la empresa no nos informó de que podíamos meternos en un lío. En una exposición temporal incluso nos hicieron recoger el DNI de los visitantes cuando está expresamente prohibido por la ley. Cuando nos pusieron la denuncia nos dijeron que se harían cargo, pero al final nos ha tocado a nosotros pagar los 3.000 euros. Me han impuesto una sanción muy grave por trabajar de pie diez horas al día".

fuente  levante-emv.com


Última edición por josepmarti el Miér 08 Oct 2014, 02:19, editado 1 vez

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josepmarti
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Cuando hay que pagar por trabajar Empty Re: Cuando hay que pagar por trabajar

Miér 08 Oct 2014, 02:18
Que lastima que no se impongan mas sanciones ejemplares como las contadas en este articulo del 2008.

saludos

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Cuando hay que pagar por trabajar Empty Re: Cuando hay que pagar por trabajar

Miér 08 Oct 2014, 13:25
He leído  detenidamente el articulo y no me queda otra que decir que bien hecho y bien por la policía de aquellos tiempos que parece que si hacia su trabajo, vamos a ver que no hacen seguridad y están  a las ordenes de un jefe de equipo con los walkies de seguridad algo prohibido , menos mal que la policía estuvo fina y consiguió una sanción para estos que nos roban el trabajo, pudiendo haber mas compañeros meten a auxiliares haciendo lo mismo , ¿no te fastidia?

un saludo
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Cuando hay que pagar por trabajar Empty Re: Cuando hay que pagar por trabajar

Miér 08 Oct 2014, 20:53
Ser desconocedores de lal ley no nos exime de su cumplimiento. Es una pena que noticias como esta no salgan a diario. Sería mucho trabajar para los encargados de provocar esos titulares.
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Cuando hay que pagar por trabajar Empty Re: Cuando hay que pagar por trabajar

Miér 08 Oct 2014, 20:55
aberron escribió:Ser desconocedores de lal ley no nos exime de su cumplimiento. Es una pena que noticias como esta no salgan a diario. Sería mucho trabajar para los encargados de provocar esos titulares.

Totalmente de acuerdo compañero, ojala fuera como tu dices , otro gallo nos cantaría

un saludo
juanfernandez
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Cuando hay que pagar por trabajar Empty Re: Cuando hay que pagar por trabajar

Jue 09 Oct 2014, 11:28
Si ahora actuaran asi haciendo revisiones periódicas en lugares donde trabajan auxiliares y a través de un interrogatorio exaustivo descubrir sus verdaderas funciones y sus contradicciones si trabajara mas de uno por servicio el paro estaría resuelto para muchos vigilantes
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Cuando hay que pagar por trabajar Empty Re: Cuando hay que pagar por trabajar

Miér 15 Oct 2014, 12:28
Sin conocer todos los detalles, a pesar de que conozco alguno más de los que presenta el extracto, comento lo siguiente.

La sanción está bien propuesta, pero mal atacada por los presuntos abogados (si es que los hubo) de los auxiliares. Como poco, era más que sencillo reducir el impacto económico de la misma; en algún caso concreto, anularla.


Ser desconocedores de lal ley no nos exime de su cumplimiento

En efecto, pero en determinadas ocasiones el trabajador se halla privado de sus capacidades volitivas y no tiene la posibilidad de eludir las órdenes directas de la empresa. hay jurisprudencia al respeto.

Por otro lado, no es la policía de aquellos tiempos. Estadísticamente hablando, la posibilidad de que un servicio sea sancionado depende de los contactos que tenga el Jefe de Seguridad, el tipo de servicios al que suela acceder la empresa, la coincidencia espacio-temporal del servicio a sancionar con los Concursos Públicos que haya ganado la empresa en esa misma Comunidad Autónoma, lo adiestrado que esté el intruso o, en su defecto, el grado de presunción de veracidad que se otorgue al mismo a la hora de negar la mayor.

Eso, como aperitivo. XD

Un saludo.
leviski
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Cuando hay que pagar por trabajar Empty Re: Cuando hay que pagar por trabajar

Miér 15 Oct 2014, 16:10
Duro y a la cabeza a los infractores de la ley y a los que nos quitan el trabajo
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