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Contrato de Obra y Servicio y Kilometraje cuando cambia a Indefinido
Jue 10 Mar 2022, 22:45
Buenas noches, me ha surgido un caso y no sé como enfocarlo. Es el siguiente:
Vigilante contratado por un Obra y Servicio, que le pilla a 40 kilometros, al cabo de 3 años, conversión a indefinido. Está claro que en el Obra y Servicio no le corresponde kilometraje, ha sido contratado para ese servicio y por tanto no le corresponde, pero una vez que se convierte a indefinido, y no está vinculado por un obra y servicio a un centro de trabajo concreto, puede pedir el kilometraje, puesto que ya no figura en su contrato la adscripción a un servicio concreto, sino que simplemente es indefinido ¿Qué opináis? Un saludo
Vigilante contratado por un Obra y Servicio, que le pilla a 40 kilometros, al cabo de 3 años, conversión a indefinido. Está claro que en el Obra y Servicio no le corresponde kilometraje, ha sido contratado para ese servicio y por tanto no le corresponde, pero una vez que se convierte a indefinido, y no está vinculado por un obra y servicio a un centro de trabajo concreto, puede pedir el kilometraje, puesto que ya no figura en su contrato la adscripción a un servicio concreto, sino que simplemente es indefinido ¿Qué opináis? Un saludo
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Re: Contrato de Obra y Servicio y Kilometraje cuando cambia a Indefinido
Vie 11 Mar 2022, 01:08
Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad para el año 2022.
Artículo 58. Lugar de Trabajo.
Dadas las especiales circunstancias en que se realiza la prestación de los servicios de seguridad y vigilancia, la movilidad del personal vendrá determinada por las facultades de organización de la Empresa, que procederá a la distribución de su personal entre sus diversos lugares de trabajo de la manera más racional y adecuada a los fines productivos dentro de una misma localidad. A estos efectos se entenderá por localidad tanto el municipio de que se trate, como a las concentraciones urbanas o industriales que se agrupen alrededor del mismo y que formen con aquél una Macroconcentración urbana o industrial, aunque administrativamente sean municipios distintos siempre que estén comunicados por medios de transporte públicos a intervalos no superiores a media hora, a la entrada y/o salida de los trabajadores. El personal de las Empresas que desempeñen tareas de vigilancia podrá ser cambiado de un centro de trabajo a otro, de acuerdo con las facultades expresadas, dentro de una misma localidad, destinando a ser posible, para cada lugar de trabajo, a aquellos trabajadores del servicio de seguridad y vigilancia que residan más cerca de aquél.
Los trabajos realizados dentro de la zona definida como localidad no darán lugar a dietas para ninguno de los trabajadores de las Empresas incluidas en el ámbito de aplicación del presente Convenio Colectivo, y sí a los correspondientes pluses de distancia y transporte pactados.
Se acuerda constituir Comisiones Paritarias a los efectos de determinar los límites de cada una de las Macroconcentraciones urbanas o industriales a que se refiere este Artículo.
Tales Comisiones habrán de constituirse en el plazo de 1 mes a contar desde la fecha en que una de las partes requiera a la otra con tal finalidad, el domicilio a efectos de citaciones de la Comisión Paritaria será el de la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad.
Artículo 59. Desplazamientos.
Cuando un trabajador tenga que desplazarse por necesidad del servicio fuera de la localidad, entendida en los términos del Artículo 58 donde habitualmente presta sus servicios o cuando salga de la localidad para la que haya sido contratado, tendrá derecho al percibo de dietas salvo que dicho desplazamiento no tenga perjuicios económicos para el trabajador. En el caso de que no se desplace en vehículo de la Empresa, tendrá derecho a que se le abone, además el importe del billete en medio de transporte idóneo.
Si el desplazamiento se realizase en un vehículo particular del trabajador, se abonará, a razón de 0,30 euros el kilómetro.
/
Lo primero sería comprobar que dirección figura como centro de trabajo en dicho contrato. Habitualmente se suele poner la dirección de la delegación.
A partir de aquí, si las direcciones de la delegación y del servicio están dentro de la misma localidad dentro de los términos que especifica el convenio colectivo, teóricamente, poco habría que rascar, pero si fuesen localidades diferentes, teóricamente, correspondería el abono del desplazamiento.
Aquí la clave es el tema de la localidad.
Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
Artículo 58. Lugar de Trabajo.
Dadas las especiales circunstancias en que se realiza la prestación de los servicios de seguridad y vigilancia, la movilidad del personal vendrá determinada por las facultades de organización de la Empresa, que procederá a la distribución de su personal entre sus diversos lugares de trabajo de la manera más racional y adecuada a los fines productivos dentro de una misma localidad. A estos efectos se entenderá por localidad tanto el municipio de que se trate, como a las concentraciones urbanas o industriales que se agrupen alrededor del mismo y que formen con aquél una Macroconcentración urbana o industrial, aunque administrativamente sean municipios distintos siempre que estén comunicados por medios de transporte públicos a intervalos no superiores a media hora, a la entrada y/o salida de los trabajadores. El personal de las Empresas que desempeñen tareas de vigilancia podrá ser cambiado de un centro de trabajo a otro, de acuerdo con las facultades expresadas, dentro de una misma localidad, destinando a ser posible, para cada lugar de trabajo, a aquellos trabajadores del servicio de seguridad y vigilancia que residan más cerca de aquél.
Los trabajos realizados dentro de la zona definida como localidad no darán lugar a dietas para ninguno de los trabajadores de las Empresas incluidas en el ámbito de aplicación del presente Convenio Colectivo, y sí a los correspondientes pluses de distancia y transporte pactados.
Se acuerda constituir Comisiones Paritarias a los efectos de determinar los límites de cada una de las Macroconcentraciones urbanas o industriales a que se refiere este Artículo.
Tales Comisiones habrán de constituirse en el plazo de 1 mes a contar desde la fecha en que una de las partes requiera a la otra con tal finalidad, el domicilio a efectos de citaciones de la Comisión Paritaria será el de la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad.
Artículo 59. Desplazamientos.
Cuando un trabajador tenga que desplazarse por necesidad del servicio fuera de la localidad, entendida en los términos del Artículo 58 donde habitualmente presta sus servicios o cuando salga de la localidad para la que haya sido contratado, tendrá derecho al percibo de dietas salvo que dicho desplazamiento no tenga perjuicios económicos para el trabajador. En el caso de que no se desplace en vehículo de la Empresa, tendrá derecho a que se le abone, además el importe del billete en medio de transporte idóneo.
Si el desplazamiento se realizase en un vehículo particular del trabajador, se abonará, a razón de 0,30 euros el kilómetro.
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Lo primero sería comprobar que dirección figura como centro de trabajo en dicho contrato. Habitualmente se suele poner la dirección de la delegación.
A partir de aquí, si las direcciones de la delegación y del servicio están dentro de la misma localidad dentro de los términos que especifica el convenio colectivo, teóricamente, poco habría que rascar, pero si fuesen localidades diferentes, teóricamente, correspondería el abono del desplazamiento.
Aquí la clave es el tema de la localidad.
Saludos.
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Re: Contrato de Obra y Servicio y Kilometraje cuando cambia a Indefinido
Vie 11 Mar 2022, 19:58
Si, es la paradoja de esta forma de enfocar el kilometraje, puedes estar trabajando a 50 kilómetros de tu domicilio, y no cobrar en concepto de kilometraje ni un duro, porque has sido contratado para ese servicio, pero hete aquí que unos días, le hace falta a la empresa que vayas a trabajar a otro servicio que está a la mitad de distancia, 25 - 30 kilómetros y sí te corresponde porque te han movido de tu lugar habitual de trabajo. Es una situación que no es fácil de asimilar, pero bueno así está regulada.
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Re: Contrato de Obra y Servicio y Kilometraje cuando cambia a Indefinido
Vie 11 Mar 2022, 20:36
Por cierto, muy claramente explicado, no queda lugar a dudas, gracias.
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Re: Contrato de Obra y Servicio y Kilometraje cuando cambia a Indefinido
Vie 11 Mar 2022, 23:06
Seguimos tirando del hilo en cuanto a la "localidad ".
Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad para el año 2022.
Artículo 46. Indemnizaciones o Suplidos.
a) Plus de Distancia y Transporte. Se establece como compensación a los gastos de desplazamiento y medios de transporte dentro de la localidad, así como desde el domicilio a los centros de trabajo y su regreso. Su cuantía, en cómputo anual, será de 1.413,96 euros, y redistribuida en doce mensualidades, según se establece en la columna correspondiente del Anexo Salarial.
/
A partir de aquí, lo que se debería tener en cuenta a la hora de firmar un contrato laboral, y la dirección de trabajo que figure en el mismo.
Hoy en día, básicamente hay dos supuestos.
Que figure la dirección de la delegación como centro de trabajo o que figure específicamente la del servicio concreto.
En líneas generales, en ambas casos y mientras se trabaje dentro de la "localidad " entendida en los términos establecidos en el Convenio Colectivo, la compensación por desplazamiento es la establecida en el artículo 46.a, arriba mencionado.
En caso de salir a trabajar fuera de la "localidad " que figure en nuestro contrato, correspondería aplicar el artículo 59 del Convenio Colectivo, pero con la salvedad de que si dicha causa es por un traslado, en tal caso sería de aplicación el artículo 61 del Convenio Colectivo.
Artículo 61. Traslados.
Los traslados del personal serán aquellos desplazamientos fuera de la localidad de origen que exijan o impliquen cambio de residencia, y podrán estar determinados por alguna de las siguientes causas:
....
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Saludos.
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Artículo 46. Indemnizaciones o Suplidos.
a) Plus de Distancia y Transporte. Se establece como compensación a los gastos de desplazamiento y medios de transporte dentro de la localidad, así como desde el domicilio a los centros de trabajo y su regreso. Su cuantía, en cómputo anual, será de 1.413,96 euros, y redistribuida en doce mensualidades, según se establece en la columna correspondiente del Anexo Salarial.
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A partir de aquí, lo que se debería tener en cuenta a la hora de firmar un contrato laboral, y la dirección de trabajo que figure en el mismo.
Hoy en día, básicamente hay dos supuestos.
Que figure la dirección de la delegación como centro de trabajo o que figure específicamente la del servicio concreto.
En líneas generales, en ambas casos y mientras se trabaje dentro de la "localidad " entendida en los términos establecidos en el Convenio Colectivo, la compensación por desplazamiento es la establecida en el artículo 46.a, arriba mencionado.
En caso de salir a trabajar fuera de la "localidad " que figure en nuestro contrato, correspondería aplicar el artículo 59 del Convenio Colectivo, pero con la salvedad de que si dicha causa es por un traslado, en tal caso sería de aplicación el artículo 61 del Convenio Colectivo.
Artículo 61. Traslados.
Los traslados del personal serán aquellos desplazamientos fuera de la localidad de origen que exijan o impliquen cambio de residencia, y podrán estar determinados por alguna de las siguientes causas:
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Re: Contrato de Obra y Servicio y Kilometraje cuando cambia a Indefinido
Vie 11 Mar 2022, 23:20
Y para continuar tirando del hilo.
Porqué suele haber tantos problemas con el tema del abono de los desplazamientos fuera de la "localidad ".
Bajo mi punto vista, pocas empresas se preocupan en abonar dichos desplazamientos de motu propio cuando así corresponde. Y en gran parte de las ocasiones, hay que reclamarlos. Y aquí está la cuestión.
Porqué en gran número de ocasiones no se reclaman.
Porque quien depende de horas, comenencias o demás intereses propios, si encabrona a la empresa, sabe que se va a quedar sin ellos, y prefiere ser servil aun a costa de tener los miolos pillados y estar perjudicando a quien si los reclama.
Mientras, la gran beneficiada es la empresa a costa de algun@s de sus emplead@s.
Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
Porqué suele haber tantos problemas con el tema del abono de los desplazamientos fuera de la "localidad ".
Bajo mi punto vista, pocas empresas se preocupan en abonar dichos desplazamientos de motu propio cuando así corresponde. Y en gran parte de las ocasiones, hay que reclamarlos. Y aquí está la cuestión.
Porqué en gran número de ocasiones no se reclaman.
Porque quien depende de horas, comenencias o demás intereses propios, si encabrona a la empresa, sabe que se va a quedar sin ellos, y prefiere ser servil aun a costa de tener los miolos pillados y estar perjudicando a quien si los reclama.
Mientras, la gran beneficiada es la empresa a costa de algun@s de sus emplead@s.
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Re: Contrato de Obra y Servicio y Kilometraje cuando cambia a Indefinido
Vie 18 Mar 2022, 11:48
Hola, no te confundas. Aunque hayas sido contratado para ese servicio, te tienen que pagar el kilometraje si sales de la localidad. La distancia se mide dependiendo de donde este la sede de la empresa de Seguridad y no de la empresa del servicio.
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