Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA

Unirse al foro, es rápido y fácil

Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA
Forodevigilantes.com
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada
Nuevo Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada Autor: José Martín Sosa Precio: 9,90 € (Disponible en PDF y EPUB)
Clica en la imagen para descargar el manual
sitio web seguro

NAVEGA CON TOTAL SEGURIDAD, ESTE FORO ES SEGURO.



Manual practico del vigilante de seguridad

MANUAL PRACTICO DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD

Este Manual Práctico del Vigilante de Seguridad está pensado para ofrecerte una guía completa sobre el trabajo de los vigilantes de seguridad, basado en más de 20 años de experiencia en el sector por solo 9.90 €. Clica en la imagen de arriba para redirigirte a la descarga. Ahora descargando este manual viene de regalo el manual de director de seguridad
MANUAL DE FORMACION PARA EL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA

MANUAL CURSO DE FORMACION DEL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA
Este programa ha sido diseñado para preparar a profesionales de la seguridad privada para asumir el papel de formadores, dotándolos de las habilidades, conocimientos y confianza necesarios para liderar a futuros profesionales en este dinámico campo.
Precio 9,90€
MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD

MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD
Con más de 90 Páginas de Contenido. Nuestro Manual Práctico del Director de Seguridad es una guía completa y detallada diseñada para proporcionar los conocimientos necesarios para el rol de Director de Seguridad.
CLICA SOBRE LA IMAGEN DEL MANUAL Y TE REDIRIGE AL PORTAL DE COMPRA.
Precio 9,90€
Últimos temas
Saludos a todos los compañeros, se presenta un novatoHoy a las 15:19DeividLHHoras nocturnasAyer a las 17:36Francisco1985ME PRESENTO A LOS COMPAÑEROS!Ayer a las 03:09J. J.La Seguridad Privada tendrá reducción de jornada laboral a 37'5 horas semanales?Miér 20 Nov 2024, 22:58Alpha_SurvivorME NIEGAN RECICLAJE EN HORARIO DE TRABAJOMiér 20 Nov 2024, 18:14josepmartiCompatibilidad de VS en una empresa y delegación de funciones del JS en otra Miér 20 Nov 2024, 16:44josepmartiSi no lo digo revientoMar 19 Nov 2024, 23:39josepmartiDescuelgue del convenio.Mar 19 Nov 2024, 15:18rewolucionNuevo por aquí pero con bastantes años en el sector Mar 19 Nov 2024, 07:59Alpha_SurvivorUn placer entrar en un grupo que soluciona dudas..Dom 17 Nov 2024, 22:12VayaJaleo94
DESCARGA PLANOS PARA TU TFC CON SIMBOLOGIA

Si te encuentras realizando el TFC para director de seguridad y tienes que realizar los planos tu mismo aquí tienes una variedad de todos los gremios de planos completos con simbología realizada sobre estos.
Clica sobre el siguiente enlace
Clica aquí para la descarga
Buscar
Resultados por:
Búsqueda avanzada

Ir abajo
josepmarti
josepmarti
Administrador
Administrador
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Masculino Mensajes : 23055
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona

Cuándo un Contrato de Obra o Servicio se Convierte en Indefinido? Empty Cuándo un Contrato de Obra o Servicio se Convierte en Indefinido?

Jue 25 Feb 2016, 20:59
Cuándo un Contrato de Obra o Servicio se Convierte en Indefinido?

Cada vez es más habitual que las empresas incorporen en sus plantillas a trabajadores con contratos de obra o servicio, es decir, aquellos que según su definición legal "se conciertan para la realización de una obra o prestación de un servicio determionado, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, sea en principio de duración incierta".

La duda de los trabajadores con este tipo de contrato es si en algún momento la empresa debería convertir a indefinido esa relación laboral. La respuesta es sí. Si el contrato de obra o servicio se concertó con anterioridad al 18 de junio de 2010, habrá que estar a la normativa legal o convencional vigente en la fecha en que se celebró el contrato.

Si por el contrario, se concertó con posterioridad, la duración máxima del contrato es de 3 años, ampliables hasta 12 meses más por convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos el trabajador se convierte en indefinido.

No obstante, con carácter general, el contrato también puede convertirse en indefinido por su uso injustificado o el incumplimiento de determinadas obligaciones exigidas para su contratación, o por su uso prolongado en el tiempo aunque su concertación cumpla todas las exigencias legales. En este último supuesto, para contratos temporales suscritos a partir del 18 de junio de 2010, adquieren la condición de indefinidos si se cumplen los siguientes requisitos:

Haber estado contratado temporalmente durante un plazo superior a 24 meses, con o sin solución de continuidad, dentro de un período de 30 meses.Queda excluido del cómputo del plazo de 24 meses y del periodo de 30, el tiempo transcurrido entre el 31-8-2011 y el 31-12-2012 (periodo en el que estuvo suspendida la adquisición de fijeza), haya existido o no prestación de servicios por el trabajador entre dichas fechas, computándose en todo caso los periodos de servicios transcurridos, respectivamente, con anterioridad o posterioridad a las mismas.
Que se hayan concertado dos o más contratos temporales, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada.
No computan a estos efectos los contratos formativos, de relevo e interinidad ni los contratos temporales cuyo objeto sea considerado como parte esencial de un itinerario de inserción personalizado:
celebrados en el marco de programas públicos de empleo-formación, y
los utilizados por empresas de inserción debidamente registradas.
Que los contratos se hayan celebrado con la misma empresa o grupo de empresas, sea directamente o a través de su puesta a disposición por ETT.
Es indiferente que los contratos hayan sido para el mismo o diferente puesto de trabajo.

Si se concertó con posterioridad al 18 de junio de 2010, la duración máxima del contrato es de 3 años, ampliables hasta 12 meses más por convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos el trabajador se convierte en indefinido.
En nuestro convenio no cabe la posibilidad de ampliación hasta los 4 años, así que entiendo que son sólo tres y llegado al final deberán hacerte fijo. También podrían despedirte pero con una indemnización de 12 días por año.


[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.