Modificación de cuadrante
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Modificación de cuadrante
Jue 24 Feb 2022, 13:11
Hola, una consulta se puede modificar un cuadrante mensual, o hay que avisar con antelación. Me modifican el cuadrante sin previo aviso. En un mes me cambian el cuadrante 7 o 8 veces es normal. Gracias.
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Re: Modificación de cuadrante
Jue 24 Feb 2022, 23:37
Si la empresa puede demostrar que es por una razón de peso (cambio en el horario del servicio, bajas de trabajadores, fin de tu servicio y te tienen que reubicar en otro sitio, etc...) Sí.
Pero vamos que esas razones de peso se suelen dar tres veces al año. 7 u 8 veces en un mes dudo que sea justificable...
Lo que puedes hacer para defenderte de este abuso es, cuando recibes el cuadrante, responder que rechazas el nuevo, puesto que tienes tu derecho de conciliación familiar. Y seguir haciendo el cuadrante anterior al que te enviaron. Y si la empresa no cumple o no lo acepta puedes denunciar tranquilamente y que se espabilen para justificar que 8 veces seguidas tuvieron buenos motivos para cambiar el horario legalmente...
Y aunque consigan alegar bajas de compañeros y demás que es lo más habitual siempre puedes contraatacar alegando que existe la figura del retén para cubrir esos casos, que si tu empresa no tiene ningún retén (que ninguna suele tenerlo) es su problema. Además de que me apuesto los huevos y no los pierdo a que no te están pagando un plus de disponibilidad para que estés disponible para cubrir en esos días de fiesta que te quitan al modificar los cuadrantes.
Pero vamos que esas razones de peso se suelen dar tres veces al año. 7 u 8 veces en un mes dudo que sea justificable...
Lo que puedes hacer para defenderte de este abuso es, cuando recibes el cuadrante, responder que rechazas el nuevo, puesto que tienes tu derecho de conciliación familiar. Y seguir haciendo el cuadrante anterior al que te enviaron. Y si la empresa no cumple o no lo acepta puedes denunciar tranquilamente y que se espabilen para justificar que 8 veces seguidas tuvieron buenos motivos para cambiar el horario legalmente...
Y aunque consigan alegar bajas de compañeros y demás que es lo más habitual siempre puedes contraatacar alegando que existe la figura del retén para cubrir esos casos, que si tu empresa no tiene ningún retén (que ninguna suele tenerlo) es su problema. Además de que me apuesto los huevos y no los pierdo a que no te están pagando un plus de disponibilidad para que estés disponible para cubrir en esos días de fiesta que te quitan al modificar los cuadrantes.
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Re: Modificación de cuadrante
Vie 25 Feb 2022, 16:15
J27 escribió:En un mes me cambian el cuadrante 7 o 8 veces es normal.
En empresas con este o similares sistemas de trabajo, lo más aconsejable, es salir por patas en cuanto se tenga la más mínima oportunidad.
Saludos.
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Re: Modificación de cuadrante
Vie 11 Mar 2022, 09:21
Es una ilegalidad como un burro, la única forma de hacerse respetar en este sector es enseñando los dientes, y en esta profesión sólo lo conseguirás tirando de denuncia y dejando claro a los mandos de que no te dejas mangonear.
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Re: Modificación de cuadrante
Vie 11 Mar 2022, 11:26
Hola pueden modificar hasta un 10% de la jornada anual, con un preaviso de 5 días y siempre que esos cambios respeten los descansos, jornada de trabajo, etc
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Re: Modificación de cuadrante
Vie 11 Mar 2022, 12:17
Sobre el tema de cambios de cuadrantes/horarios, por aquí tenéis algo:
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Re: Modificación de cuadrante
Vie 11 Mar 2022, 12:32
Hay una sentencia del Tribunal Supremo sobre el tema, que algo aclara.
LA EMPRESA TIENE QUE NOTIFICAR LOS CAMBIOS EN CUADRANTE CON CINCO DIAS DE ANTELACION.
CUALQUIER CAMBIO SIN LOS CINCO DIAS DE PREAVISO ES ILEGAL.
Es muy común en nuestro sector, que recibamos WhatsApp, llamadas de teléfonos a deshoras etc... para cubrir días, descubiertos etc. Esas modificaciones si no son preavisadas con cinco días de antelación es ilegal, además si esas llamadas o WhatsApp se envían en horario de descanso también se vulnera el derecho a la desconexión digital.
El periodo de cinco días de que dispone la empresa para preavisar a determinados empleados de la inclusión de cambios en su jornada laboral por causas justificadas no puede ser reducido mediante negociación en el convenio colectivo con la representación de los trabajadores.
Así lo determina el Tribunal Supremo, en sentencia de 11 de diciembre de 2019 (STS 4305/2019), en la que anula un artículo del convenio de Renfe, por el que este periodo de preaviso se había reducido a tan solo las 48 horas previas de la modificación de la jornada laboral de los conductores de los trenes.
Por el contrario, la sentencia sí que admite una reducción del porcentaje de las horas de que la empresa puede disponer para poner en marcha jornadas irregulares en situaciones de necesidad.
La empresa puede distribuir de forma irregular hasta el 10% de la jornada anual sin necesidad de negociar
La reforma laboral del 2011 estableció que la empresa puede distribuir de forma irregular hasta el 10% de la jornada anual sin necesidad de que haya acuerdo con la representación de los trabajadores. (El artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores (ET) regula esta reducción de la jornada anual.)
El ponente, el magistrado Blasco Pellicer, razona que el artículo 34.2 del ET reconoce, en términos amplios, la posibilidad de que la autonomía colectiva establezca un sistema de distribución irregular del tiempo de trabajo, siempre que tal regulación respete la jornada anual aplicable, los descansos mínimos semanal y diario y se preavise al trabajador con cinco días de antelación del día y hora de la prestación laboral resultante de la distribución irregular.
El ponente razona que "en nuestra sentencia de la Sala de lo Social de 16 de abril de 2014, no sucede lo mismo en relación al plazo de preaviso porque, en un párrafo distinto de ese mismo precepto estatutario, junto a la garantía del descanso diario y semanal, se establece la garantía del preaviso de cinco días, y ese plazo, que, ampliándolo, igualmente podría haberse mejorado, no cabe empeorarlo, como hace el convenio, reduciéndolo hasta 48 horas".
Explica también en la sentencia que la previsión legal constituye "una disposición de derecho necesario relativo en cuanto contempla que el trabajador deberá conocer con un preaviso mínimo de cinco días el día y la hora de la prestación resultante. Y tal exigencia no se aplica, únicamente, a la distribución irregular que el artículo 34.2 del ET ha previsto que pueda utilizar el empresario, cuando no existe previsión convencional o pacto de empresa en la materia".
Por tanto, concluye Blasco Pellicer.
La necesidad del preaviso de cinco días que tiene que realizar la empresa, así como el respeto a los períodos mínimos de descanso diario y semanal de los trabajadores, se impone a toda distribución irregular de la jornada con independencia de cual sea su normativa reguladora.
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LA EMPRESA TIENE QUE NOTIFICAR LOS CAMBIOS EN CUADRANTE CON CINCO DIAS DE ANTELACION.
CUALQUIER CAMBIO SIN LOS CINCO DIAS DE PREAVISO ES ILEGAL.
Es muy común en nuestro sector, que recibamos WhatsApp, llamadas de teléfonos a deshoras etc... para cubrir días, descubiertos etc. Esas modificaciones si no son preavisadas con cinco días de antelación es ilegal, además si esas llamadas o WhatsApp se envían en horario de descanso también se vulnera el derecho a la desconexión digital.
El periodo de cinco días de que dispone la empresa para preavisar a determinados empleados de la inclusión de cambios en su jornada laboral por causas justificadas no puede ser reducido mediante negociación en el convenio colectivo con la representación de los trabajadores.
Así lo determina el Tribunal Supremo, en sentencia de 11 de diciembre de 2019 (STS 4305/2019), en la que anula un artículo del convenio de Renfe, por el que este periodo de preaviso se había reducido a tan solo las 48 horas previas de la modificación de la jornada laboral de los conductores de los trenes.
Por el contrario, la sentencia sí que admite una reducción del porcentaje de las horas de que la empresa puede disponer para poner en marcha jornadas irregulares en situaciones de necesidad.
La empresa puede distribuir de forma irregular hasta el 10% de la jornada anual sin necesidad de negociar
La reforma laboral del 2011 estableció que la empresa puede distribuir de forma irregular hasta el 10% de la jornada anual sin necesidad de que haya acuerdo con la representación de los trabajadores. (El artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores (ET) regula esta reducción de la jornada anual.)
El ponente, el magistrado Blasco Pellicer, razona que el artículo 34.2 del ET reconoce, en términos amplios, la posibilidad de que la autonomía colectiva establezca un sistema de distribución irregular del tiempo de trabajo, siempre que tal regulación respete la jornada anual aplicable, los descansos mínimos semanal y diario y se preavise al trabajador con cinco días de antelación del día y hora de la prestación laboral resultante de la distribución irregular.
El ponente razona que "en nuestra sentencia de la Sala de lo Social de 16 de abril de 2014, no sucede lo mismo en relación al plazo de preaviso porque, en un párrafo distinto de ese mismo precepto estatutario, junto a la garantía del descanso diario y semanal, se establece la garantía del preaviso de cinco días, y ese plazo, que, ampliándolo, igualmente podría haberse mejorado, no cabe empeorarlo, como hace el convenio, reduciéndolo hasta 48 horas".
Explica también en la sentencia que la previsión legal constituye "una disposición de derecho necesario relativo en cuanto contempla que el trabajador deberá conocer con un preaviso mínimo de cinco días el día y la hora de la prestación resultante. Y tal exigencia no se aplica, únicamente, a la distribución irregular que el artículo 34.2 del ET ha previsto que pueda utilizar el empresario, cuando no existe previsión convencional o pacto de empresa en la materia".
Por tanto, concluye Blasco Pellicer.
La necesidad del preaviso de cinco días que tiene que realizar la empresa, así como el respeto a los períodos mínimos de descanso diario y semanal de los trabajadores, se impone a toda distribución irregular de la jornada con independencia de cual sea su normativa reguladora.
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Re: Modificación de cuadrante
Mar 27 Dic 2022, 21:33
Hola a todos compañer@s.
He estado leyendo sobre el tema de los cambios de cuadrantes mensuales y sus cambios con poca o ninguna antelación, y básicamente me queda claro que la empresa anualmente puede modificar sin que los trabajadores estemos de acuerdo el 10% de la jornada anual y que los cambios impuestos por la empresa deben ser avisados con 5 días de antelación, corregirme si me equivoco pero creo que lo entendí bien.
Os expongo mi caso una vez aclarado lo anterior.
En mi servicio, nuestro Jefe de equipo, es el que cambia el cuadrante prácticamente 3/4 veces cada mes, a veces impuesto por la empresa (Ej: tengo que mandar a fulanito allí porque tiene que completar horas) otras veces porque el cliente solicita un servicio especial con poca antelación y otras por situaciones como que el vigilante A tiene un juicio a las 10.00h y hasta que el vigilante A ha avisado al jefe de equipo, ha podido ser con una antelación de horas o con suerte días antes, y se vuelve a cambiar el horario. La mayoría de las veces indiferentemente del motivo que sea, no cumplen el plazo de los 5 días de antelación.
Mi duda es la siguiente: ¿Qué debo hacer yo cuando éstos cambios se produzcan?
Muchas veces se producen éstos cambios y a mí personalmente no me afecta, afecta a otros compañeros, pero alguna vez he perdido mi día libre por estos cambios y ahora que vamos a empezar un nuevo año y se reinicia el contador de las horas anuales quiero tener claros mis derechos, porque a diferencia de muchos de mis compañeros, yo no permito que vulneren mis derechos laborales y aunque sea el único de los integrantes del servicio, voy a pelear por lo mío.
PD: El jefe de equipo, cuando quieres hablar con él, de buenas para aclarar éstos y otros temas, es de los que te esquiva, o te pone excusas lamentables, y cuando ya te pones un poco más serio encima se enfada.
Gracias de antemano a todos.
He estado leyendo sobre el tema de los cambios de cuadrantes mensuales y sus cambios con poca o ninguna antelación, y básicamente me queda claro que la empresa anualmente puede modificar sin que los trabajadores estemos de acuerdo el 10% de la jornada anual y que los cambios impuestos por la empresa deben ser avisados con 5 días de antelación, corregirme si me equivoco pero creo que lo entendí bien.
Os expongo mi caso una vez aclarado lo anterior.
En mi servicio, nuestro Jefe de equipo, es el que cambia el cuadrante prácticamente 3/4 veces cada mes, a veces impuesto por la empresa (Ej: tengo que mandar a fulanito allí porque tiene que completar horas) otras veces porque el cliente solicita un servicio especial con poca antelación y otras por situaciones como que el vigilante A tiene un juicio a las 10.00h y hasta que el vigilante A ha avisado al jefe de equipo, ha podido ser con una antelación de horas o con suerte días antes, y se vuelve a cambiar el horario. La mayoría de las veces indiferentemente del motivo que sea, no cumplen el plazo de los 5 días de antelación.
Mi duda es la siguiente: ¿Qué debo hacer yo cuando éstos cambios se produzcan?
Muchas veces se producen éstos cambios y a mí personalmente no me afecta, afecta a otros compañeros, pero alguna vez he perdido mi día libre por estos cambios y ahora que vamos a empezar un nuevo año y se reinicia el contador de las horas anuales quiero tener claros mis derechos, porque a diferencia de muchos de mis compañeros, yo no permito que vulneren mis derechos laborales y aunque sea el único de los integrantes del servicio, voy a pelear por lo mío.
PD: El jefe de equipo, cuando quieres hablar con él, de buenas para aclarar éstos y otros temas, es de los que te esquiva, o te pone excusas lamentables, y cuando ya te pones un poco más serio encima se enfada.
Gracias de antemano a todos.
- VS76ColaboradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Modificación de cuadrante
Mar 27 Dic 2022, 22:00
Denunciar, denunciar y denunciar
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Modificación de cuadrante
Jue 29 Dic 2022, 12:54
La mayoría de empresas van de este palo pero Securitas Tarragona se lleva la palma, muchos cambios de cuadrante cada mes, una vergüenza y me consta que en Barcelona pasa lo mismo cuando se tiene un delegado territorial que solo viaja pero no aprete nada pasan estas cosas y unos mandos intermedios incapaces de plantar cara a la dictadura de Securitas y se bajan los pantalones ante el comité de empresa dejándoles que se liberen ilegalmente en el mes de diciembre y en todas las fiestas a los señoritos del comité apaga y vámonos, para ser mando intermedio hay que tener menos palabrería y mas bemoles.
Lastima que me ha pillado muy tarde el tema pero si hubiera sido mas joven ya habría dicho adiós a esta empresa de incompetentes.
Ahora si no me despiden antes , algo que firmaría encantado me tendrán que aguantar estos dos años hasta que me jubile y en cuanto a denuncias ya empiezan a estar en camino, a mi nadie me ningunea, cuando sucede hay castigo
Lastima que me ha pillado muy tarde el tema pero si hubiera sido mas joven ya habría dicho adiós a esta empresa de incompetentes.
Ahora si no me despiden antes , algo que firmaría encantado me tendrán que aguantar estos dos años hasta que me jubile y en cuanto a denuncias ya empiezan a estar en camino, a mi nadie me ningunea, cuando sucede hay castigo
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- MafertoColaboradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Modificación de cuadrante
Mar 03 Ene 2023, 15:59
josepmarti escribió:La mayoría de empresas van de este palo pero Securitas Tarragona se lleva la palma, muchos cambios de cuadrante cada mes, una vergüenza y me consta que en Barcelona pasa lo mismo cuando se tiene un delegado territorial que solo viaja pero no aprete nada pasan estas cosas y unos mandos intermedios incapaces de plantar cara a la dictadura de Securitas y se bajan los pantalones ante el comité de empresa dejándoles que se liberen ilegalmente en el mes de diciembre y en todas las fiestas a los señoritos del comité apaga y vámonos, para ser mando intermedio hay que tener menos palabrería y mas bemoles.
Lastima que me ha pillado muy tarde el tema pero si hubiera sido mas joven ya habría dicho adiós a esta empresa de incompetentes.
Ahora si no me despiden antes , algo que firmaría encantado me tendrán que aguantar estos dos años hasta que me jubile y en cuanto a denuncias ya empiezan a estar en camino, a mi nadie me ningunea, cuando sucede hay castigo
Yo llevo 41 años de Vigilante y eso pasaba y pasara toda la vida, la empresa te dice que por necesidades del servicio y a correr y si no quieres, abro el cajon que tengo 400 solicitudes.
Hay que darle las gracias a los sindicatos que solo miran su c***
- Corsario72novato Nivel 1
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Re: Modificación de cuadrante
Sáb 14 Ene 2023, 22:13
La sentencia esta es de los conductores de Renfe... No sé si nos afecta en algo...
- lobeznoUsuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Modificación de cuadrante
Lun 16 Ene 2023, 19:45
Maferto escribió:josepmarti escribió:La mayoría de empresas van de este palo pero Securitas Tarragona se lleva la palma, muchos cambios de cuadrante cada mes, una vergüenza y me consta que en Barcelona pasa lo mismo cuando se tiene un delegado territorial que solo viaja pero no aprete nada pasan estas cosas y unos mandos intermedios incapaces de plantar cara a la dictadura de Securitas y se bajan los pantalones ante el comité de empresa dejándoles que se liberen ilegalmente en el mes de diciembre y en todas las fiestas a los señoritos del comité apaga y vámonos, para ser mando intermedio hay que tener menos palabrería y mas bemoles.
Lastima que me ha pillado muy tarde el tema pero si hubiera sido mas joven ya habría dicho adiós a esta empresa de incompetentes.
Ahora si no me despiden antes , algo que firmaría encantado me tendrán que aguantar estos dos años hasta que me jubile y en cuanto a denuncias ya empiezan a estar en camino, a mi nadie me ningunea, cuando sucede hay castigo
Yo llevo 41 años de Vigilante y eso pasaba y pasara toda la vida, la empresa te dice que por necesidades del servicio y a correr y si no quieres, abro el cajon que tengo 400 solicitudes.
Hay que darle las gracias a los sindicatos que solo miran su c***
Ese el.el tema esperamos nos lo solucionen.
Hay herramientas de sobra para hacer valer tus derechos otra cosa queramos usarlas.
Hasta desde casa con certificado digital te metes en Inspección trabajo,denuncia acción inspectora y listo.
Pones tu nombre y apellidos, el asunto en este caso jornada de trabajo.
Cuentas que te pasa,escaneas y subes cuadrantes como prueba de los cambios.
Apelada a conciliación familiar etc voila
Luego claro después de esta ya no esperes horas extra,palmaditas etc serás muy malo malísimo y si implantan cuadrante anual de aquella tus compis te maldeciran.
Semos asín , pero traga el que quiere y asume
Salutti
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Re: Modificación de cuadrante
Miér 18 Ene 2023, 00:20
lobezno escribió:Maferto escribió:josepmarti escribió:La mayoría de empresas van de este palo pero Securitas Tarragona se lleva la palma, muchos cambios de cuadrante cada mes, una vergüenza y me consta que en Barcelona pasa lo mismo cuando se tiene un delegado territorial que solo viaja pero no aprete nada pasan estas cosas y unos mandos intermedios incapaces de plantar cara a la dictadura de Securitas y se bajan los pantalones ante el comité de empresa dejándoles que se liberen ilegalmente en el mes de diciembre y en todas las fiestas a los señoritos del comité apaga y vámonos, para ser mando intermedio hay que tener menos palabrería y mas bemoles.
Lastima que me ha pillado muy tarde el tema pero si hubiera sido mas joven ya habría dicho adiós a esta empresa de incompetentes.
Ahora si no me despiden antes , algo que firmaría encantado me tendrán que aguantar estos dos años hasta que me jubile y en cuanto a denuncias ya empiezan a estar en camino, a mi nadie me ningunea, cuando sucede hay castigo
Yo llevo 41 años de Vigilante y eso pasaba y pasara toda la vida, la empresa te dice que por necesidades del servicio y a correr y si no quieres, abro el cajon que tengo 400 solicitudes.
Hay que darle las gracias a los sindicatos que solo miran su c***
Ese el.el tema esperamos nos lo solucionen.
Hay herramientas de sobra para hacer valer tus derechos otra cosa queramos usarlas.
Hasta desde casa con certificado digital te metes en Inspección trabajo,denuncia acción inspectora y listo.
Pones tu nombre y apellidos, el asunto en este caso jornada de trabajo.
Cuentas que te pasa,escaneas y subes cuadrantes como prueba de los cambios.
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Luego claro después de esta ya no esperes horas extra,palmaditas etc serás muy malo malísimo y si implantan cuadrante anual de aquella tus compis te maldeciran.
Semos asín , pero traga el que quiere y asume
Salutti
Si señor muy bien dicho, ahora mismo voy a meterme a ver que tal es la web y como se puede navegar en ella para una denuncia.
Gracias Lobezno, me has abierto la luz
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