Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA

Unirse al foro, es rápido y fácil

Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA
Forodevigilantes.com
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada
Nuevo Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada Autor: José Martín Sosa Precio: 9,90 € (Disponible en PDF y EPUB)
Clica en la imagen para descargar el manual
sitio web seguro

NAVEGA CON TOTAL SEGURIDAD, ESTE FORO ES SEGURO.



Manual practico del vigilante de seguridad

MANUAL PRACTICO DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD

Este Manual Práctico del Vigilante de Seguridad está pensado para ofrecerte una guía completa sobre el trabajo de los vigilantes de seguridad, basado en más de 20 años de experiencia en el sector por solo 9.90 €. Clica en la imagen de arriba para redirigirte a la descarga. Ahora descargando este manual viene de regalo el manual de director de seguridad
MANUAL DE FORMACION PARA EL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA

MANUAL CURSO DE FORMACION DEL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA
Este programa ha sido diseñado para preparar a profesionales de la seguridad privada para asumir el papel de formadores, dotándolos de las habilidades, conocimientos y confianza necesarios para liderar a futuros profesionales en este dinámico campo.
Precio 9,90€
MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD

MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD
Con más de 90 Páginas de Contenido. Nuestro Manual Práctico del Director de Seguridad es una guía completa y detallada diseñada para proporcionar los conocimientos necesarios para el rol de Director de Seguridad.
CLICA SOBRE LA IMAGEN DEL MANUAL Y TE REDIRIGE AL PORTAL DE COMPRA.
Precio 9,90€
Últimos temas
ME PRESENTO A LOS COMPAÑEROS!Ayer a las 22:59Alpha_SurvivorLa Seguridad Privada tendrá reducción de jornada laboral a 37'5 horas semanales?Ayer a las 22:58Alpha_SurvivorME NIEGAN RECICLAJE EN HORARIO DE TRABAJOAyer a las 18:14josepmartiCompatibilidad de VS en una empresa y delegación de funciones del JS en otra Ayer a las 16:44josepmartiSi no lo digo revientoMar 19 Nov 2024, 23:39josepmartiDescuelgue del convenio.Mar 19 Nov 2024, 15:18rewolucionNuevo por aquí pero con bastantes años en el sector Mar 19 Nov 2024, 07:59Alpha_SurvivorUn placer entrar en un grupo que soluciona dudas..Dom 17 Nov 2024, 22:12VayaJaleo94Publicaciones en los temas del foroDom 17 Nov 2024, 20:12Alpha_SurvivorCuadrantes Excell planillaDom 17 Nov 2024, 20:00Grancanario
DESCARGA PLANOS PARA TU TFC CON SIMBOLOGIA

Si te encuentras realizando el TFC para director de seguridad y tienes que realizar los planos tu mismo aquí tienes una variedad de todos los gremios de planos completos con simbología realizada sobre estos.
Clica sobre el siguiente enlace
Clica aquí para la descarga
Buscar
Resultados por:
Búsqueda avanzada

Ir abajo
josepmarti
josepmarti
Administrador
Administrador
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Masculino Mensajes : 23051
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona

Informe UCSP  2016/011   Fecha 01-03-2016   Asunto Obligación de los vigilantes de seguridad de los servicios de transporte de fondos de identificar a los intervinientes en cada operación.   Empty Informe UCSP 2016/011 Fecha 01-03-2016 Asunto Obligación de los vigilantes de seguridad de los servicios de transporte de fondos de identificar a los intervinientes en cada operación.

Jue 26 Ene 2017, 22:58
Informe UCSP 2016/011 Fecha 01-03-2016 Asunto Obligación de los vigilantes de seguridad de los servicios de transporte de fondos de identificar a los intervinientes en cada operación.
ANTECEDENTES
Consulta formulada por un de Jefe de Seguridad de una empresa, sobre la obligación que pudieran tener los vigilantes de seguridad que realizan el transporte de fondos de identificar a aquellas personas que intervienen en cada operación, allí donde éstas se realicen.
CONSIDERACIONES
Con carácter previo se participa que, los informes o respuestas que emite esta Unidad, tienen un carácter meramente informativo y orientativo -nunca vinculante- para quien los emite y para quien los solicita, sin que quepa atribuir a los mismos otros efectos o aplicaciones distintos del mero cumplimiento del deber de servicio a los ciudadanos. El transporte, depósito y distribución de fondos u otros objetos que, por su valor económico, histórico o cultural, y expectativas que generen, requieran vigilancia y protección especial, así como los de armas, cartuchería, sustancias, mercancías o cualquier tipo de objeto que por su peligrosidad requiera este tipo de vigilancia y protección, son actividades de seguridad privada definidas en el artículo 5 de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
El servicio de transporte y distribución de los objetos y sustancias a que se refiere el párrafo anterior, según el artículo 45 de la citada Ley, consistirá en: “…su traslado material y su protección durante el mismo…”, que se llevará a efecto mediante vehículos acondicionados para cada tipo de transporte (artículo 10 de la Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada), u otros elementos de seguridad específicos homologados para el transporte.
Las empresas de seguridad autorizadas para la prestación de estos servicios, deberán sujetarse a lo estipulado en otras legislaciones sectoriales, como la Ley 10/2010, de 28 de abril, sobre Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, que las considera sujetos obligados a identificar a cuantas personas físicas o jurídicas establezcan relaciones de negocio o intervengan en cualquier operación, planteándose la posibilidad de que dicha obligación de identificación se lleve a cabo por los vigilantes de seguridad que prestan servicio en el transporte de fondos.

- 2 - MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA
Las funciones de los vigilantes de seguridad y su especialidad vienen determinadas en el artículo 32 de la LSP, que en su apartado b), dice: “Efectuar controles de identidad…en el acceso o interior de inmuebles o propiedades donde presten servicios…”, es decir, en aquellos inmuebles o propiedades objeto de su protección, mientras que en su apartado e), dice: “Proteger el almacenamiento¨, recuento, clasificación, transporte y dispensado de dinero, obras de arte y antigüedades….y demás procesos inherentes a estos servicios”, funciones claramente atribuibles a los vigilantes de seguridad que prestan sus servicios en transporte de fondos.
CONCLUSIONES
Por lo tanto, a criterio de esta Unidad Central, en cumplimiento de la legislación de seguridad privada, no sería función de los vigilantes de seguridad que prestan su servicio en el transporte de fondos identificar a todas las personas que intervienen en una operación, dicha función correspondería a los vigilantes que realizan el control de accesos, si lo hubiere, o a aquellos que estuvieran prestando los servicios de vigilancia y protección de la instalación, puesto que la función principal de los vigilantes de seguridad en servicio de transportes es el traslado material de los fondos y su protección durante el mismo.
Este tipo de servicios, por su naturaleza, entrañan un riesgo considerable y deben realizarse en el menor tiempo posible en aras de la seguridad de todos los que intervienen, tiempo que se vería alargado si fueran los propios vigilantes de seguridad del servicio de transportes los que tuvieran la obligación de identificar a las personas participantes en cada operación.
Este informe se emite en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.g) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre derecho de información al ciudadano, y fija la posición y el criterio decisor de las Unidades Policiales de Seguridad Privada, en relación con el objeto de la consulta sometido a consideración. No pone fin a la vía administrativa ni constituye un acto de los descritos en el artículo 107 de la citada ley, por lo que, contra el mismo, no cabe recurso alguno.
UNIDAD CENTRAL DE SEGURIDAD PRIVADA

************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.