- thebest190novato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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baja laboral
Sáb 11 Abr 2015, 09:19
Muchas gracias compañeros pero tengo otra consulta que haceros yo tengo todas mis pagas prorrateadas las tengo que seguir cobrando las mismas cantidades mensualmente que me pagaban o me pueden quitar algo es que este mes me han quitado la mitad y es el primer mes que estoy de baja muchas gracias un saludo a todos los del foro
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: baja laboral
Sáb 11 Abr 2015, 09:50
Hola [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], el amigo [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] ya te lo pone muy fácilmente el porcentaje de cobro que se tiene dependiendo de los días de baja que estes , por ejemplo si estas de uno a tres días te pagaran el cincuenta por ciento si mas , te pongo el comentario que el ya te explico en tu otra pregunta para que lo veas bien.
Las empresas complementarán hasta los porcentajes de la base de cotización por contingencias comunes, que se indican en cada uno de los tramos siguientes:
b.1) Del día 1 al 3, por una sola vez al año, el 50 % de la base de cotización. b.2) Del día 4 al 20, hasta el 80 % de la base de cotización. b.3) Del día 21 al 40, hasta el 100 % de la base de cotización. b.4) Del 41 al 60, hasta el 90 % de la base de cotización. b.5) Del 61 al 90, hasta el 80 % de la base de cotización b.6) Del 91 en adelante, si procede, como está legislado.
saludos
Las empresas complementarán hasta los porcentajes de la base de cotización por contingencias comunes, que se indican en cada uno de los tramos siguientes:
b.1) Del día 1 al 3, por una sola vez al año, el 50 % de la base de cotización. b.2) Del día 4 al 20, hasta el 80 % de la base de cotización. b.3) Del día 21 al 40, hasta el 100 % de la base de cotización. b.4) Del 41 al 60, hasta el 90 % de la base de cotización. b.5) Del 61 al 90, hasta el 80 % de la base de cotización b.6) Del 91 en adelante, si procede, como está legislado.
saludos
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