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vigilancia7000
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Lun 19 Ene 2015, 19:29
Hola a todos. Tengo una duda. Si una persona amenaza de muerte a un vigilante, pero no tiene ningún arma, es decir, todo de palabra, ni toca al vigilante ni produce ningún desperfecto en la tienda, pero está claramente fuera de si, ¿Se le puede reducir y engrilletar? ¿podría tener después problemas el vigilante?. Espero vuestras respuestas. Saludos.
josepmarti
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Lun 19 Ene 2015, 20:03
Buena pregunta, En mi opinión , no puedes hacer nada, puedes invitarle a salir de la tienda,detencion bajo ningún concepto , pues delante del juez te crujirán ,al no existir delito alguno, otra cosa es que le puedas obligar a salir del establecimiento porque al insultarte esta alterando el orden y entonces por un método u otro sin detención, le expulsas, pero seguramente al intentarle expulsar se produzca forcejeo o agresión por su parte con lo que ya tienes la justificacion para la detención, aunque lo mejor en estos casos , sabiendo como acabara el asunto es tirar de teléfono y llamar a la policía y que ellos actúen en consecuencia y asi te ahorras todo ese marron, en el que seguramente el peor parado seas tu mismo.

saludos


Última edición por josepmarti el Lun 19 Ene 2015, 20:40, editado 1 vez

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Lun 19 Ene 2015, 20:38
josepmarti escribió:Buena pregunta, En mi opinión , no puedes hacer nada, puedes invitarle a salir de la tienda,detencion bajo ningún concepto , pues delante del juez te crujirán ,al no existir delito alguno, otra cosa es que le puedas obligar a salir del establecimiento porque al insultarte esta alterando el orden y entonces por un método u otro sin detención, le expulsas, pero seguramente al intentarle expulsar se produzca forcejeo o agresión por su parte con lo que ya tienes la justificacion para la detención, aunque lo mejor en estos casos , sabiendo como acabara el asunto es tirar de teléfono y llamar a la policía y que ellos actúen en consecuencia y asi te ahorras todo ese marron, en el que seguramente el peor pardo seas tu mismo.

saludos

Muy bien dicho josepmarti , es justo lo mismo que yo pensaba. Solo un apunte

Artículo 169

El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:


1.º Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.
Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.


2.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional

Luego , entiendo que las amenazas si son delito , pero debido a que se nos ha acostumbrado ( Sociológicamente ) a soportarlas o incluso a profesarlas , no les solemos dar mas importancia .

Pero en todo lo demás estoy de acuerdo en la forma de proceder que expones.

Saludos
josepmarti
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Lun 19 Ene 2015, 20:46
Gracias por la aclaración amigo palopiedra, es asi como dices, pero en la practica
ya sabes, su palabra contra la tuya, vendrán testigos al juicio?, crees que algún cliente vendrá?, el director de seguridad del establecimiento si lo hubiere vendrá?
En el juzgado por desgracia, tu palabra contra la suya , un juicio de faltas a lo máximo puedes conseguir, creeme , llevo unos cuantos de estos y la conclusión es que lo mejor , teléfono y que se enmarronen los polis, otra cosa es que sufras una agresión, ahí ya cambia, parte de lesiones una muy buena prueba, además desde donde te atienden tienen que mandar copia de atención primaria al juzgado obligatoriamente en las primeras curas y eso ya es la prueba que va casi a mandar en el juicio, pero por unos insultos no vale la pena, por mas delito pudieran ser, no vale la pena ni despeinarse, piensa que las cámaras de seguridad recogen las imágenes y no las palabras.

saludos

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Lun 19 Ene 2015, 20:51
josepmarti escribió:Gracias por la aclaración amigo palopiedra, es asi como dices, pero en la practica
ya sabes, su palabra contra la tuya, vendrán testigos al juicio?, crees que algún cliente vendrá?, el director de seguridad del establecimiento si lo hubiere vendrá?
En el juzgado por desgracia, tu palabra contra la suya , un juicio de faltas a lo máximo puedes conseguir, creeme , llevo unos cuantos de estos y la conclusión es que lo mejor , teléfono y que se enmarronen los polis, otra cosa es que sufras una agresión, ahí ya cambia, parte de lesiones una muy buena prueba, además desde donde te atienden tienen que mandar copia de atención primaria al juzgado obligatoriamente en las primeras curas y eso ya es la prueba que va casi a mandar en el juicio, pero por unos insultos no vale la pena, por mas delito pudieran ser, no vale la pena ni despeinarse, piensa que las cámaras de seguridad recogen las imágenes y no las palabras.

saludos

Es lo que decía , que en lo que habías expuesto totalmente de acuerdo , incluso el ejemplo de "Invitar" abandonar el lugar y si te pone la mano encima...

Únicamente era una pequeña apreciación , de hecho, iba a poner prácticamente lo mismo que tu , pero te me adelantaste .

Se nota que te has curtido en estos casos ( No se si felicitarte o lamentarme por ti ) no son los servicios mas cómodos , pero es donde un VS aprende de verdad.

Bien dicho , saludos.
josepmarti
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Lun 19 Ene 2015, 20:58
palopiedra escribió:
Se nota que te has curtido en estos casos ( No se si felicitarte o lamentarme por ti ) no son los servicios mas cómodos , pero es donde un VS aprende de verdad.

Bien dicho , saludos.


jejejeje, creo que es mejor lamentarlo pues las perdidas de tiempo en el juzgado ,la soledad de quien esta solo en estos casos
algún miedo que otro , que también lo hay y que no merece la pena, además de poco agradecido por parte de quien le solucionas el problema,la conclusión es que es mejor lamentarlo y aconsejar que antes de tomar una decisión , las palabras hay que agotarlas hasta la extenuación e intentar y reintentar convencerle por las buenas.

un abrazo

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Mar 20 Ene 2015, 15:08
josepmarti escribió:
palopiedra escribió:
Se nota que te has curtido en estos casos ( No se si felicitarte o lamentarme por ti ) no son los servicios mas cómodos , pero es donde un VS aprende de verdad.

Bien dicho , saludos.


jejejeje, creo que es mejor lamentarlo pues las perdidas de tiempo en el juzgado ,la soledad de quien esta solo en estos casos
algún miedo que otro , que también lo hay y que no merece la pena, además de poco agradecido por parte de quien le solucionas el problema,la conclusión es que es mejor lamentarlo y aconsejar que antes de tomar una decisión , las palabras hay que agotarlas hasta la extenuación e intentar y reintentar convencerle por las buenas.

un abrazo

Sí pero.... ¿ Y lo que has aprendido?

Esa experiencia no se vende, ni se cobra. Vale que nadie queremos tener nunca problemas, pero si fuera así...

¿ Para que haríamos falta los VS?

Además, si se me permite ( y sin querer ofender a nadie) para mi el mejor VS es el VS " polivalente " el que vale para estar de cara al público y el que vale para estar en servicios conflictivos.

Saludos amigo
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Miér 21 Ene 2015, 16:17
Muchas gracias por aclararme este punto. Creo que opino como vosotros. Ya se sabe el dicho, perro ladrador, poco mordedor y si por las buenas se puede evitar una intervención así, mejor. Me ha gustado eso de "invitarle a salir de la tienda", muy diplomático. Gracias por vuestros consejos y experiencias. Smile
palopiedra
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Miér 21 Ene 2015, 17:52
vigilancia7000 escribió:Muchas gracias por aclararme este punto. Creo que opino como vosotros. Ya se sabe el dicho, perro ladrador, poco mordedor y si por las buenas se puede evitar una intervención así, mejor. Me ha gustado eso de "invitarle a salir de la tienda", muy diplomático. Gracias por vuestros consejos y experiencias. Smile

Debido a la frágil protección jurídica y la necesidad de cumplir con los derechos fundamentales como son: Derecho al honor, dignidad, etc. Los VS siempre tenemos que tener muy en cuenta las palabras: le ruego se marche, le ruego me acompañe, por favor déjeme ver su DNI, etc.

Esto nos puede ayudar a no tener problemas con la justicia y a mantener la tranquilidad de la persona con la que interactuamos ( que siempre va bien)
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Jue 22 Ene 2015, 21:32
vigilancia7000 escribió:Hola a todos. Tengo una duda. Si una persona amenaza de muerte a un vigilante, pero no tiene ningún arma, es decir, todo de palabra, ni toca al vigilante ni produce ningún desperfecto en la tienda, pero está claramente fuera de si, ¿Se le puede reducir y engrilletar? ¿podría tener después problemas el vigilante?. Espero vuestras respuestas. Saludos.

Te hago la mismas preguntas que te hará el Juez.

¿Te has sentido amenazado?

¿Realmente creíste que era una amenaza que iba a cumplir?

¿Era imprescindible engrilletarle?

Actúa en consecuencia.

Un saludo.
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Jue 22 Ene 2015, 21:46
El engrilletamiento solo puede producirse si el individuo es una amenaza real para ti o para cualquier otra persona que pueda resultar agredida,ahora bien como bien dice justicar, el juez ,fiscal y abogados realizaran una serie de preguntas aclaratorias que tendras que demostrar el porque de dicha detencion.

Pero como he leido mas arriba , en estos casos hay una formula mucho mas leve para los vigilantes, que 1- o bien si estamos en un centro comercial comunicamos incidencia a superiores y que ellos decidan o 2-llamamos como he leido en otro mensaje a la policia y asunto resuelto.

saludos cordiales
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