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El despido disciplinario Empty El despido disciplinario

Miér 12 Nov 2014, 21:40
El concepto de despido disciplinario, las causas que pueden provocarlo y los derechos que asisten al trabajador en esta situación.

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Si los trabajadores incumplen sus obligaciones laborales podrán ser sancionados por la empresa, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establezca en el Estatuto de los Trabajadores o en el Convenio colectivo.  Las infracciones que puede cometer el trabajador son leves, graves y muy graves.

La máxima sanción, cuando hay un incumplimiento grave y culpable del trabajador es el despido disciplinario, cuando el empresario toma la decisión de dar por finalizada la relación laboral.

Aunque este tipo de despido no da derecho a percibir ninguna indemnización por parte de la empresa, cumpliendo determinados requisitos, es posible solicitar una prestación o subsidio por desempleo.

Ejemplo de un despido disciplinario:

José llega habitualmente tarde a trabajar, la empresa le sancionó con una falta leve sin suspensión de empleo y sueldo. Al mes siguiente José tuvo una leve discusión con su jefe y fue sancionado con una falta grave y suspendido de empleo y sueldo 3 días. Tras incorporarse del cumplimiento de la sanción, José decidió tomarse todos los días un descanso de media hora para fumarse un cigarrillo. Ante la actitud de José la empresa procede a despedirle disciplinariamente por retrasos continuados, por falta de respeto a superior jerárquico y desobediencia de las órdenes del empresario, abonándole únicamente el finiquito.

La sanción de las faltas graves y muy graves debe comunicarse por escrito al trabajador, haciendo constar la fecha y los motivos.

Causas del despido disciplinario (art. 54 del Estatuto de los Trabajadores)

El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Se considerarán incumplimientos contractuales:

a) Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
b) La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
c) Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
d) La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
e) La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
f) La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
g) El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.

Si el trabajador demanda al empresario, el despido disciplinario a su vez podrá ser considerado como procedente, improcedente o nulo por parte del juez.

Continúa leyendo,

Recomendaciones para el trabajador ante un despido disciplinario
Cobrar el paro tras un despido disciplinario
Los riesgos de “arreglar los papeles del paro”simulando un despido
Los tipos de despido
El finiquito


©  Un artículo de la redacción de Citapreviainem.es  12/11/2014

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