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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 13:24
Hola ,trabajaba por las noches como controlador de accesos, he sido despedido or reclamar a mi empresa dos meses de horas extras y or negarme a que me obligaran a cambiar mi contrato de un año  de 40 horas semanales por uno a tiempo parcial haciendo las mismas horas pero solo estar asegurado 8 de 8 horas.
Me gustaria saber si hay alguien que me pueda asesorar sobre mis derechos ante un despido improcedente y sobre las obligaciones de la empresa en cuestion de liquidacion y pagos de nocturnidad y horas extras, gracias.
josepmarti
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 14:12
Hola ates67 , en un principio se te debe remunerar la liquidación en función de lo que tengas declarado, decir también que aceptar unas condicionas ajenas a legalidad tienen estas consecuencias después, que la empresa te liquidara en función de lo declarado porque ellos no te darán nada que no este escrito anteriormente, ninguna empresa liquida la parte negra , ya que si estas contratado unas horas y haces mas , las otras te las pueden liquidar de buena fe , pero no constan ente la seguridad social, es lo que yo veo aquí, por eso no debemos aceptar según que condiciones porque después pasa lo que pasa.

saludos

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palopiedra
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 14:14
El despido improcedente es indemnización de 45 días por año trabajado. A partir del año 2012 son 33. Luego el finiquito como tal, es la liquidación del mes y la parte proporcional de las pagas extras.

Saludos
ates67
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty necesito asesoramiento sobre despido improcedente

Mar 16 Feb 2016, 14:34
Hola josepmarti ,a ver te explico , yo tenia un contrato de un año, 40 horas semanales, por lo que se el ser controlador de accesos no tiene convenio y nos regulamos por el estatutos de los trabajadores de regimen general,pero mi exjefe queria liquidarme este contrato para hacerme uno a tiempo parcial (4 horas) al cual me negue porcuestiones obvias a la hora de tener prestaciones por desempleo , por lo que me empezo a putear, antes las horas extraordinarias las pagaba junto con el la nomina, despues paso a pagarlas a mes vencido y desde diciembre ,ya me dejo a deber las horas de diciembre y ahora las de enero, por lo que me puse en contacto via email con el ya que no me quiere cojer el movil parapedirle explicaciones de porque no se me abonaban las horas extras,el primer email no contesto y le puse otro, en el que le decia que si no me abonaba las horas extras de diciembre y enero que no me diera mas horas extras porque yo no trabajo gratis, a raiz de esto, se presento en mi puesto de servicio a comunicarme que me despedia, que reconocia el despido improcedente pero que no me queria en su empresa;
Ahora para no pagarme las horas extraordinarias me dice que la ley lo ampara en cambiar el abono de las horas extras por dias libres y que desde el viernes 12 de febrero estoy librando hasta el 20 de marzo y ese mismo dia me despide.
Yo no entiendo nada de derecho laboral ,pero quiero saber si eso es legal y si la nocturnidad que no me paga desde principio de contrato la puedo reclamar porque desde el primer dia no ha pagado las horas trabajadas de noche ni tampoco ningun plus de transporte a pesar que mi puesto de servicio se encuentra a unos 38 km de distancia de mi residencia.
El caso compañero que no se a quien recurrir porque en inspeccion de trabajo de Alicante no hay asesoramiento gratuito sobre los derechos del trabajador ,teniendo que pagar 55 euros para una consulta sindicalista y un aprovisionamiento de 128 euros por si decido denunciar ,pero eso me deja sin esa opcion ya que no puedo sufragar un abogado laboralista,espero que tu puedas saber informamre donde puedo asesorarme sin tener que sufragar unos gastos que no puedo pagar, gracias.
josepmarti
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 15:02
El caso parece complicado y no sabría bien como ayudarte, pero lo primero es preguntar si has firmado algo, si lo has firmado se acabo el tema, si no lo has firmado tienes esperanzas pues creo que si denuncias en inspección  de trabajo
ellos pueden con los documentos que les puedas aportar obligar a que se cumplan
todos los derechos que tienes como trabajador , además de sancionar a la empresa , pero eso será en caso de que puedas aportar cuantos mas documentos mejor, yo es que es la única via que le veo si el tema esta como lo cuentas, por supuesto que tienes derecho a todas las indemnizaciones que te corresponden por despido improcedente, que además en la carta de despido   asi  lo tiene que poner
improcedente y eso te da todos los derechos a reclamar todos tus liquidaciones de horas , nocturnidad, vacaciones etc.

Algunas importantes funciones de la Inspección de Trabajo

Entre las funciones de la Inspección de Trabajo se encuentran:

Garantizar la seguridad del trabajador, comprobando que la empresa cumple con todas las medidas de seguridad y que tales medidas se encuentran en perfecto estado.
Comprobar que los trabajadores se encuentran de alta en la Seguridad Social.
Comprobar que no se hacen cambios en la contabilidad de la empresa.
Comprobar que el trabajador no trabaja más de lo que se encuentra dado de alta.
Comprobar que el trabajador que está cobrando alguna prestación o subsidio, sigue cumpliendo los requisitos para tener derecho a ella.

saludos

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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Necesito asesoramiento sobre despido improcedente

Mar 16 Feb 2016, 15:39
No he firme nada ni a la tealizacion de contrato ni el 12 de febrero que es cuanfo me notifica el despido,que ni si kiera lei ni firme la carta de despido,alegando que como no me fiaba de el hasta que no me pagase no firmaba nada,el me dice k laschoras extras que se supone que me tenia que abonar,la ley le ampara para no pagamelas y sustituirlas por dias libres,dias que me obliga a cojer aunque no quiera y que termina el dia 20 de febrero porque esa es la fecha en la que se supone que me despide,pero como no he leido la carta de despido,que le he pedido que me la mande para leerla pero hace oidos sordos
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 17:08
Trabajaba como controlador de accesos de un residencial de lujo en Arenales del sol (ALICANTE) y en la cofradia de pescadores de santa pola.
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 17:21
No, es una empresa de servicios generales y auxiliares,el problema es que desde el viernes 12 de Febrero me ha dado libre hasta la fecha de despido dia 20 de febrero para no pagar las horas extras,ya que segun el,le amapara la ley el no pagar las horas y cambiarlas por dias libres,suouestamente yo estoy librando hasta el dia 20 de febrero para no cobrar las horas extras,la carta de despido que no firme el dia 12 supuestamente pone que tengo fecha de despido dia 20 de Febrero.
Justicar
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 18:38
En realidad, el caso es bastante sencillo.

Pero si no tiene rodaje y está muy perdido, lo primero es saber cuál es su situación real. De entrada, esto:

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

O lo que es lo mismo, Ates67; ahí tienes Asistencia Jurídica Gratuita para tu zona.

Envíame por privado lo siguiente.

--> lo que te han comunicado por escrito
--> de qué forma te han comunicado los días de presunta libranza
--> nombre de la empresa
--> tipo de funciones que realizabas
--> nombre del cliente/centro en el que prestabas servicio
--> copia de los últimos cuadrantes, si los tienes
--> fecha de inicio del primer contrato

Esto, de entrada. Sin esa info, no puedo comunicarte gran cosa.

Dicho esto, aviso. Ni soy abogado ni graduado social. Sólo alguien que tiene cierta experiencia en estas cosas, que ha investigado por su cuenta y con algo de mala baba en lo que concierne a las prácticas empresariales de este país.

También te digo que normalmente no ayudo a presuntos intrusos (no te lo tomes a mal, la culpa no es tuya; entiendo que la gente tiene que poner comida en la mesa, aunque no lo justifico, pero creo que la raíz del mal son las empresas), pero creo que si empiezo a hacerlo en algunos casos concretos puedo hacer que la broma les salga cara. MUY cara.

Un saludo.
ates67
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 20:10
Ranchera te lo agradezco mucho de antemano,si,la verdad es qye estoy muy perdido en el tema y sincetamente, hace falta dinero en casa y me estan diciendo que no acepte la liquidacion y denuncie pero si lo hago es un tiempo sin ingresos en casa ,asi que tengo 7n lio que no veas,donde quieres que te mande todo eso?
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 20:14
Gracias Ranchera
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 20:31
justicar soy nuevo en el foro y aun no me permite mandar mensajes privados ,pero te estaria muy agradecido por tu ayuda ,aunque no se como mandarte lo que me pides ,por aqui
Un saludo.
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 20:36
justicar los supuestos dias de libranza me lo comunico por telefono ya que cuando se presento a darme la carta de despido me negue a firmarle nada si antes no me pagaba lo que me debia, por lo que no he leido la carta de despido y le he mandado un email pidiendo me mande la carta para leerla pero ni si quiera se molesta en contestarme ,asi que lo unico de lo que dispongo es de copia del contrato , renovacion de contrato ,nominas que me envio sin sellar y no todas, y los cuadrantes de trabajo hasta la fecha en que me comunico que no me queria en su empresa por reclamar el abono de las horas extras
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 20:54
Ranchera escribió:Yo no te he pedido documentacion Ates, lo ha hecho Justiciar

Yo lo que te recomiendo es que acudas al juzgado de tu ciudad y solicites abogado de oficio. Al ser un despido te lo darán de caracter urgente.
No pierdas ni un dia, vete mañana

La verdad es que aún no le han despedido. lol!

Pero la verdad es que, aunque sóo sea a efectos de asesoramiento, por una vez no estaría de más ponerse la tirita antes de tener la pupa.

Y sí, la documentación se la he pedido yo. Más que nada, porque no soy adivino y en este caso creo que la forma importa más que el fondo.

Un saludo.
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 20:58
ates67 escribió:justicar soy nuevo en el foro y aun no me permite mandar mensajes privados ,pero te estaria muy agradecido por tu ayuda ,aunque no se como mandarte lo que me pides ,por aqui
Un saludo.

Ya tienes 10 mensajes , ya puedes mandar privados sin problemas.

saludos

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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Mar 16 Feb 2016, 20:59
De todos modos, ya le he enviado yo uno.

Un saludo.
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Necesito asesoramiento sobre despido improcedente ,derechos y obligaciones de la empresa por despido improcedente,

Mar 16 Feb 2016, 21:11
Hola vs capi,por lo que se ve la categoria de controlador de accesos no existe convenio regulador solo existe lo que esta en el estatutos de los trabajadores,mi exjefe nos obliga a hacer 170 horas para cobrar el salario minimo interprofesional y a partir de esas horas ,a 5 € la hira extra,no nos paga nocturnidad y solo trabajamos por la noche,tenemos un ritmo de trabajo de 16 dias como poco sin descansar siempre de noche,el caso ,que no se exactamente a que tengo derecho y si lo que esta haciendo es legal
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Miér 17 Feb 2016, 17:47
Como bien comentas [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], en los estatutos de los trabajadores, bueno todo está basado en derechos de un trabajador, solo debería investigar tu situación de como te han tratado, porque cualquier trabajador tiene derecho a su jornada laboral según su contrato firmado, un asesor laboral te puede aconsejar mejor que yo.


Pero eso no quita que un controlador o un conserje puedan ser las mismas cosas, como las azafat@ o algo parecido a un acomodador, como verás estos oficios estarán regulado por una categoría ajustado a un régimen laboral, todo trabajador tiene derecho a disfrutar sus vacaciones, las horas extras se pagan, y las horas de nóminas también según su contrato, así todo lo que se dice de nóminas hay que pagarles hasta el ultimo céntimo al trabajador, el trato hacia el trabajador debe de ser lo mas educadamente posible y no estafando al trabajador.

Debes de tener en cuenta el régimen laboral al que trabajas y de paso hacerte una idea de lo que tienen que pagarte.

Yo te dejo este enlace en pdf, por lo menos algo te ayudaría para orientarte, te lo puedes descargar, pincha el enlace ok.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]


Por lo de trabajar de noche, creo recordar que si un controlador trabajara solo de noche es ilegal, en todo caso quien deberían de trabajar las noches en ausencia del controlador es un vigilante de seguridad, a no sea que el controlador esté solo con un vigilante de seguridad, entonces ya es otra cosas. Pero desde luego que estar solo creo que no deberían de trabajar, tampoco hacer fines de semana o al menos un sabado hasta las 14:00H. iniciando el trabajo a partir de las 06:00h siempre en días laborables, pero no las noches, porque las noches les corresponden a los vs.
Por lo menos por lo que yo se esto asido así.

La jornada del controlador se acabaría a la 22:00, hrs, a partir de eso el vs de noche debería de hacerse cargo de la situación nocturna., ahora bien, si tu situación es de peligro...tu exjefe a cometido un delito al meter controladores de accesos en vez de vigilantes, si tu exjefe solo se dedica a realizar tareas de conserjería, el debe de saber que lo que le ofrece a sus clientes es legal, pero si tu exjefe les come el tarro a los clientes evitando que entren vigilante y se hacen de listo metiendo a controladores...entonces se le caerá el pelo por tontolaba, así de claro.

Como verás amigo, la labor nocturna no les corresponden a los auxiliares ni a los controladores de accesos, sus horas máximas acabarían a las 22:00h. .

No nos confundamos con los casos de porteros de discotecas, eso es otra invención peligrosa de los ayuntamientos, que aún así deberían de estar  prohibido ante la ley, las noches y cualquier instalaciones les corresponden a seguridad privada, osea a los vigilantes con tip y sus categorías correspondientes.

Imaginense por ejemplo esta tontería de un centro comercial, un eroski, aldi, lid, mercadona..... tienda de modas, joyerías, o lo que sea y de repente quitan la seguridad privada y meten a muchos porteros de discotecas y controladores de accesos, el caso es que son locales públicos, en todos se venden, en los centros comerciales,se venden alcohol y otros menesteres, en las tiendas de modas se vende ropas, en las discotecas es casi de lo mismo y todo el mundo lleva dinero para gastar, también habrían delincuencias y clientes....
Bueno.... pues si todo no se regulariza entonces algo fallaría, pero que nadie se extrañe que un portero de discoteca al final se dedique hacer tareas de vigilantes en los centros comerciales.

¿No tendría sentido que el vs haga de portero de discoteca? Pues si, el vs estaría para la seguridad del local, y tendría mas competencia, pero el portero de discoteca como que no la tiene, esto pasa con los conserjes y los controladores de accesos. El controlador de acceso siendo de la rama de aparca coches, o acomodador, o conserje O azafatos, ninguna de esas personas deberían de hacer el trabajo nocturno, porque sus categorías por ley no les permitirían trabajar de noche y meno los días festivos, a no sea que estén acompañado por un vs o que hayan vs en las instalaciones.


Habremos vistos a los jardineros de día, pero de noche sería una tontería perdida de tiempo y dinero para el que paga el servicio para que les rieguen las plantas o les pode los arboles..


Así que creo que deberías de ir a seguridad privada y exponer tu caso para que levanten en peso a tu exjefe por meter a trabajadores de noche cuando saben que no se cobran nocturnidades ni plúses, de lo mismo te comento que todo lo que no te hayan abonado se puede denunciar y de paso que castiguen a tu exjefe por poner en peligro las vida de sus trabajares y en este caso la tuya. Si no hay nada estipulado en tu estatuto, pues ya sabe compi, deberías de ir a denunciar a inspección de trabajo y más ahora que ya no estas con la empresa que te ha quitado de en medio, entre otras cosas porque no te pueden hacer nada, pero si que puedes denunciarlos a ellos, y de paso poner fin esa estafa laboral.










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Sáb 20 Feb 2016, 19:46
Por lo que he leido, las horas extras si pueden o abonarlas o compensarlas con dias libres, si no hay ningun tipo de acuerdo ya sean verbal o escrito prevalece el que te den dia libre. Si llevas poco tiempo trabajando, a partir del 201, los dias por despido improedente son 33 dias por año. Me temo que te van a indemnizar con lo minimo, 20 dias por 12 mensualidades, y la improcedencia tendra que reconocerla o dictaminarla un juez. Te corresponde en la liquidacion parte proporcional de las vacaciones. Son 30 dias al año, parte proporcional. Lo que si haria yo es presentarme en la empresa y que me den tanto los cuadrantes como la carta. Debes tener cuidado, si no tienes cuadrante donde diga que libras dias, puede que te digan que no te has presentado a tu servicio y te despide por despido disciplinario.
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Mar 15 Mar 2016, 22:07
ates67 escribió:
Ahora para no pagarme las horas extraordinarias me dice que la ley lo ampara en cambiar el abono de las horas extras por dias libres y que desde el viernes 12 de febrero estoy librando hasta el 20 de marzo ¿o febrero? y ese mismo dia me despide.

¿Cómo que para no pagar las horas extras vas a librar?
Que sepas que las vas a cobrar igualmente aunque libres. Porque el valor de la hora extra según el estatuto de los trabajadores ha de ser como mínimo igual que el valor de tu hora normal (u ordinaria que se llama) y cuando el empresario decide no pagar las horas extras y sustituirlas por descansos, dichos descansos son retribuidos. No son gratis.
Imagina que haces 16 horas extra en febrero por ejemplo. Si tu jefe decide no pagarte estas horas extra, deberá darte por ejemplo 2 días libres retribuídos (si tu jornada es de 8 horas diarias 8 + 8 = 16 horas).
Estos días retribuídos deberá dártelos dentro de los 4 meses siguientes a la realización de esas horas extra. En nuestro caso hicimos las extras en febrero. Pues estos días libres debe dártelos en Marzo, Abril, Mayo o Junio.

Como te va a pagar esos dos días libres (como si los hubieses trabajado) y la hora extra vale lo mismo que la normal, al final te habría pagado las extras.

Qué pena no haberte leído antes, porque ahora mismo ya te habrán despedido y no puedo ayudarte. Espero que te haya ayudado la persona que te pidió el privado.

Si entras en el foro, me gustaría saber qué ha pasado contigo al final. Si puedes cuenta, por favor. Smile




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Miér 16 Mar 2016, 09:02
El TRLEt permite compensar el exceso de horas con períodos de descanso, esto es, si tus jornadas han sido mayores de 8 horas, deben compensarte dinerariamente el exceso, o bien, compensarte computando ése exceso como parte de la jornada mensual, y compensarte en días libres.

En cuanto a las jornadas con exceso de horas, cabe recordar que hay normativa europea que obliga a dar un descanso entre turnos igual o mayor que el turno que finalizas, esto es, si has hecho un turno de doce horas, y terminas a las 22.00 horas, no puedes entrar de servicio hasta las 10.00 horas del día siguiente. Esto se lo saltan a la torera habitualmente colocándote un turno partido ( por ejemplo de 9.00 a 14.00 y de 16.00 a 22.00) que también está regulado en el TRLEt y que hay que consultar.( no lo recuerdo de memoria).

las horas extraordinarias o el exceso de jornada ( que es realmente como se llama) pueden ser obligatorias sólo en casos de fuerza mayor ( que hay que demostrar que existe), en caso contrario, son voluntarias para el trabajador, y no pueden ser causa de despido para el trabajador que no las desea hacer.

Normalmente las empresas suelen presionar para que pidas el despido voluntario si no las haces. No cometas el mismo error que cometí yo en la última empresa, y o firmes nada. si libras hasta el 20, aprovecha y acude a la jurisdicción civil para interponer denuncia ( imprescindible para el siguiente paso) y luego, acude a la ITSS a poner también denuncia por acoso laboral e incumplimiento de horarios laborales.

Te aconsejo que guardes los cuadrantes que te hayan dado, por que son una buena prueba a aportar y demostrar el tema de horas realizadas, o proyectadas.

Un saludo.
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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Miér 16 Mar 2016, 20:31
Ranchera escribió:Ates, como ha quedado tu caso?

Buena pregunta, a ver si aparece y nos lo comenta y no sucede como de costumbre, gente que te preguntan , les ayudas y no aparecen mas, espero no sea este el caso juueeerrrr jejejej

saludos

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Necesito asesoramiento sobre despido improcedente... Empty Re: Necesito asesoramiento sobre despido improcedente...

Miér 16 Mar 2016, 20:31
pues a mi me da que si jajajaja
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Miér 16 Mar 2016, 21:07
si, que buen corazon tienes, jajajajajaja
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Miér 16 Mar 2016, 21:11
porque es cierto, por lo del voto de confianza, ese ya veras com ni aparece y si no al tiempo
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