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Consejos antes de firmar un contrato mercantil
Mar 04 Nov 2014, 08:59
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Ofertas de trabajo con este tipo de contrato son muy frecuentes para profesiones como comercial (ventas), mantenimiento, asesores, transportistas, etc.
Recordamos que el contrato mercantil se celebra entre la empresa y un trabajador autónomo y como explicamos en artículos anteriores, son muchas las diferencias entre el contrato laboral y el mercantil (+info). Normalmente el trabajador tiene menos derechos y protección en el contrato mercantil, aunque hay actividades en las que este tipo de contratos puede estar justificado por la necesidad de independencia y organización del profesional.
Antes de aceptar este tipo de ofertas de empleo y sobre todo, si no tiene experiencia previa en el sector, calcule muy bien el coste que te va a suponer estar en el régimen de autónomos.
Cuando a un trabajador se le ofrece la oportunidad de firmar un contrato mercantil recomendamos que ante todo se informe sobre los gastos que va a suponer el ser autónomo, ya que para que el trabajador pueda pasar factura a la empresa por sus servicios debe estar dado de alta en Hacienda y generalmente, en la Seguridad Social.
Acuda a una delegación de la Agencia Tributaria e infórmese de cómo darse de alta y las obligaciones fiscales que va a tener: las declaraciones trimestrales y anuales del IVA que tiene que hacer dependiendo de su actividad, retenciones de IRPF y en algunos casos, de otros impuestos. Si no se tienen conocimientos de contabilidad y tributación, cumplir con estas obligaciones puede suponer la necesidad de contratar los servicios de un gestor o asesor.
En las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) pida también información sobre el coste del alta en autónomos, los distintos grados de protección que puede contratar y las bonificaciones o “tarifas planas” que existen en este momento como ayuda a los emprendedores.
Infórmese también en su Ayuntamiento sobre si es necesario algún tipo de permiso municipal para la actividad que va a iniciar.
Recuerde que cuando trabaje con un contrato mercantil, es usted quien debe pagar sus cotizaciones a la Seguridad Social y cumplir el deber de llevar la contabilidad y hacer las declaraciones de impuestos. Con toda esta información, haga cuentas para ver si le compensa económicamente comenzar la actividad.
¿Le están ofreciendo un trabajo como “falso autónomo”?
Es posible que el trabajo ofertado tenga en realidad tenga todos los indicios de ser una relación laboral: en estos casos estaremos ante el llamado “falso autónomo ” (+info)”, situación que se está dando con mucha frecuencia, según han denunciado los sindicatos y está comprobando la propia Inspección de Trabajo.
Antes de aceptar una oferta de trabajo como falso autónomo es importante ser consciente de la pérdida de derechos implica esta situación, como explicamos en el artículo “Las 10 desventajas de trabajar como falso autónomo (+info)”.
© Un artículo de Jorge Danés y Oscar de las Heras para citapreviainem.es 03/11/2014
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Ofertas de trabajo con este tipo de contrato son muy frecuentes para profesiones como comercial (ventas), mantenimiento, asesores, transportistas, etc.
Recordamos que el contrato mercantil se celebra entre la empresa y un trabajador autónomo y como explicamos en artículos anteriores, son muchas las diferencias entre el contrato laboral y el mercantil (+info). Normalmente el trabajador tiene menos derechos y protección en el contrato mercantil, aunque hay actividades en las que este tipo de contratos puede estar justificado por la necesidad de independencia y organización del profesional.
Antes de aceptar este tipo de ofertas de empleo y sobre todo, si no tiene experiencia previa en el sector, calcule muy bien el coste que te va a suponer estar en el régimen de autónomos.
Cuando a un trabajador se le ofrece la oportunidad de firmar un contrato mercantil recomendamos que ante todo se informe sobre los gastos que va a suponer el ser autónomo, ya que para que el trabajador pueda pasar factura a la empresa por sus servicios debe estar dado de alta en Hacienda y generalmente, en la Seguridad Social.
Acuda a una delegación de la Agencia Tributaria e infórmese de cómo darse de alta y las obligaciones fiscales que va a tener: las declaraciones trimestrales y anuales del IVA que tiene que hacer dependiendo de su actividad, retenciones de IRPF y en algunos casos, de otros impuestos. Si no se tienen conocimientos de contabilidad y tributación, cumplir con estas obligaciones puede suponer la necesidad de contratar los servicios de un gestor o asesor.
En las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) pida también información sobre el coste del alta en autónomos, los distintos grados de protección que puede contratar y las bonificaciones o “tarifas planas” que existen en este momento como ayuda a los emprendedores.
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Recuerde que cuando trabaje con un contrato mercantil, es usted quien debe pagar sus cotizaciones a la Seguridad Social y cumplir el deber de llevar la contabilidad y hacer las declaraciones de impuestos. Con toda esta información, haga cuentas para ver si le compensa económicamente comenzar la actividad.
¿Le están ofreciendo un trabajo como “falso autónomo”?
Es posible que el trabajo ofertado tenga en realidad tenga todos los indicios de ser una relación laboral: en estos casos estaremos ante el llamado “falso autónomo ” (+info)”, situación que se está dando con mucha frecuencia, según han denunciado los sindicatos y está comprobando la propia Inspección de Trabajo.
Antes de aceptar una oferta de trabajo como falso autónomo es importante ser consciente de la pérdida de derechos implica esta situación, como explicamos en el artículo “Las 10 desventajas de trabajar como falso autónomo (+info)”.
© Un artículo de Jorge Danés y Oscar de las Heras para citapreviainem.es 03/11/2014
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