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Problema con el sueldo  Empty Problema con el sueldo

Mar 29 Mar 2022, 10:24
Estoy trabajando de vigilante de seguridad en Alcor y debo decir que me pagan todos los meses al final de mes.

Y suelo cobrar 635 euros por cinco días a cinco días a la semana ahora viene mi duda el mes pasado cobre 725 euros y este mes he vuelto a cobrar 635 euros.

A qué viene esa subida de sueldo y de bajada otra vez trabajando lo mismo.
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Problema con el sueldo  Empty Re: Problema con el sueldo

Mar 29 Mar 2022, 11:29
Si has hecho las mismas horas y no hay ningún factor de variabilidad tipo nocturnidades o festivos con respecto a los otros... raro. Lo mejor es que dirijas la cuestión a Alcor y que te aclaren. Y buena suerte con Alcor... [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]

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Luna028
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Problema con el sueldo  Empty Re: Problema con el sueldo

Mar 29 Mar 2022, 11:37
Estoy pensando que es lo de la subida del salario mínimo interpersonal junto con alguna cantidad que me debiesen en la empresa ha habido muchos cambios de jefes 😂
Errante escribió:Si has hecho las mismas horas y no hay ningún factor de variabilidad tipo nocturnidades o festivos con respecto a los otros... raro. Lo mejor es que dirijas la cuestión a Alcor y que te aclaren. Y buena suerte con Alcor...  [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
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Problema con el sueldo  Empty Re: Problema con el sueldo

Mar 29 Mar 2022, 12:05
Luna028 escribió:A qué viene esa subida de sueldo y de bajada otra vez trabajando lo mismo.

Supongo que Alcor seguirá con su Convenio Propio, por lo menos hasta fin de año y a partir de ahí, quien sabe lo que pasará.

Saludos.


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Luna028
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Problema con el sueldo  Empty Re: Problema con el sueldo

Mar 29 Mar 2022, 16:16
Si tienen convenio propio, después resulta que yo cobraba 625 euros y el mes pasado cobre 725 euros y ahora 635 euros entiendo que hará sido que por el tema de la subida  del sueldo mínimo interpersonal me hubieran sumado los atrasos que hubiera tenido.

Pero sin tener nómina no puedo verificarlo. He pedido las nóminas más recientes otra cosa es que me las entreguen.
RafaVs escribió:
Luna028 escribió:A qué viene esa subida de sueldo y de bajada otra vez trabajando lo mismo.

Supongo que Alcor seguirá con su Convenio Propio, por lo menos hasta fin de año y a partir de ahí, quien sabe lo que pasará.

Saludos.


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Problema con el sueldo  Empty Re: Problema con el sueldo

Mar 29 Mar 2022, 17:28
He pedido las nóminas más recientes otra cosa es que me las entreguen. escribió:

Sobre otros temas decisión de cada uno pero sobre cosas fundamentales como esta... Si ya dudamos o admitimos esto apaga y vámonos. Se piden, se dan unos días de cortesía y si no denuncia sin que tiemble el pulso. No estás pidiendo un favor, estás pidiendo un derecho, y que no les cuesta dinero para colmo.
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Problema con el sueldo  Empty Re: Problema con el sueldo

Mar 29 Mar 2022, 19:53
Luna028 escribió:Pero sin tener nómina no puedo verificarlo. He pedido las nóminas más recientes otra cosa es que me las entreguen.

En cuanto al tema de la entrega de la nómina:

Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 29. Liquidación y pago.
1. La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El periodo de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes.

El trabajador y, con su autorización, sus representantes legales, tendrán derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado.

La documentación del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo. El recibo de salarios se ajustará al modelo que apruebe el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otro modelo que contenga con la debida claridad y separación las diferentes percepciones del trabajador, así como las deducciones que legalmente procedan.
/

REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2000, Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
SECCIÓN 1.ª INFRACCIONES EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES
Subsección 1.ª Infracciones en materia de relaciones laborales individuales y colectivas
Artículo 6. Infracciones leves.
.....
2. No entregar puntualmente al trabajador el recibo de salarios o no utilizar el modelo de recibo de salarios aplicable, oficial o pactado.

Artículo 40. Cuantía de las sanciones.
1. Las infracciones en materia de relaciones laborales y empleo, en materia de Seguridad Social, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 siguiente, en materia de movimientos migratorios y trabajo de extranjeros, en materia de empresas de trabajo temporal y empresas usuarias, excepto las que se refieran a materias de prevención de riesgos laborales, que quedarán encuadradas en el apartado 2 de este artículo, así como las infracciones por obstrucción se sancionarán:

a) Las leves, en su grado mínimo, con multas de 70 a 150 euros; en su grado medio, de 151 a 370 euros; y en su grado máximo, de 371 a 750 euros.
/

Saludos.


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Problema con el sueldo  Empty Re: Problema con el sueldo

Miér 30 Mar 2022, 12:59
Volvemos a lo de siempre...Las empresas en seguridad privada se pasan por el forro...Veremos con la nueva reforma laboral. Se acabaron las empresas fuera del convenio Sectorial. Ahora tendrán que ofertar y licitar todas con las mismas condiciones. Lo cual llevará a la desaparición de cientos de empresas. Quedarán las grandes y deberán de llegar a un acuerdo de costes mínimos y de ahí para arriba.

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Problema con el sueldo  Empty Re: Problema con el sueldo

Miér 30 Mar 2022, 13:39
karliño escribió:...Veremos con la nueva reforma laboral. Se acabaron las empresas fuera del convenio Sectorial. Ahora tendrán que ofertar y licitar todas con las mismas condiciones. Lo cual llevará a la desaparición de cientos de empresas. Quedarán las grandes y deberán de llegar a un acuerdo de costes mínimos y de ahí para arriba.  

No hacerse muchas ilusiones con este tema porque en la reforma laboral,  no se ha tocado el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores,  y por lo tanto sigue vigente tal y como está redactado.

Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 82. Concepto y eficacia.
.....
3. Los convenios colectivos regulados por esta ley obligan a todos los empresarios y trabajadores incluidos dentro de su ámbito de aplicación y durante todo el tiempo de su vigencia.

Sin perjuicio de lo anterior, cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar un convenio colectivo conforme a lo previsto en el artículo 87.1, se podrá proceder, previo desarrollo de un periodo de consultas en los términos del artículo 41.4, a inaplicar en la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o de empresa, que afecten a las siguientes materias:

a) Jornada de trabajo.

b) Horario y distribución del tiempo de trabajo.

c) Régimen de trabajo a turnos.

d) Sistema de remuneración y cuantía salarial.
....
/


Y siendo la picaresca e ingeniería laboral y económica una de las señas de identidad de algunas de las empresas de este sector,presuntamente,  ya veremos lo que tardan en adaptarse a las circunstancias y aplicar sus soluciones, por el bien de su negocio.

Saludos.


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