Excedencia voluntaria
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Excedencia voluntaria
Dom 13 Mar 2022, 03:50
Hola buenas noches, quiero pedir una excedencia voluntaria en madrid (trabajo en Eulen) porque por motivos personales me tengo que ir fuera de madrid. He preguntado en el sindicato si a la hora de buscar trabajo donde vaya eso repercute, me han dicho que no y tambn pregunté que si a buscar trabajo en eulen repercute y me dijeron que al ser una excedencia voluntaria creían que no repercute y que me pueden contratar igual, entonces quería saber si es así, si me pueden contratar en cualquier otra empresa y en la misma eulen estando de excedencia voluntaria. Gracias un saludo
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Re: Excedencia voluntaria
Dom 13 Mar 2022, 05:03
En principio sí .
Una vez pedida la excedencia y concedida que ha de ser en dos plazos , el primero por el tiempo que creas oportuno y el segundo por el total , que será lo que falte descontando el plazo primero y hasta los cinco años .
La empresa te liquidará todo lo debido : sueldo , horas y vacaciones , tan solo te quedará en caso de tu vuelta la antigüedad y está quedará en suspenso hasta tu vuelta ( no contando el tiempo en el cual estés de excedencia ) .
Al estar fuera de la empresa no tendrás problema para trabajar en otra y en la misma pero en otra delegación tampoco , ahora bien al hacerte un contrato nuevo perderás la antigüedad que tenías en la anterior delegación .
Lo único que si puede pasar es que en la nueva delegación de Eulen tenga reticencias por haber dejado la otra , pero no tiene por qué .
Creo que mejor sería hablarlo con tu empresa haber si pueden hacerte el traslado de delegación , te quitarías de un posible problema y no perderías la antigüedad , si es que la tienes , que en este sector no es que sea para tirar cohetes pero todo ayuda .
Una vez pedida la excedencia y concedida que ha de ser en dos plazos , el primero por el tiempo que creas oportuno y el segundo por el total , que será lo que falte descontando el plazo primero y hasta los cinco años .
La empresa te liquidará todo lo debido : sueldo , horas y vacaciones , tan solo te quedará en caso de tu vuelta la antigüedad y está quedará en suspenso hasta tu vuelta ( no contando el tiempo en el cual estés de excedencia ) .
Al estar fuera de la empresa no tendrás problema para trabajar en otra y en la misma pero en otra delegación tampoco , ahora bien al hacerte un contrato nuevo perderás la antigüedad que tenías en la anterior delegación .
Lo único que si puede pasar es que en la nueva delegación de Eulen tenga reticencias por haber dejado la otra , pero no tiene por qué .
Creo que mejor sería hablarlo con tu empresa haber si pueden hacerte el traslado de delegación , te quitarías de un posible problema y no perderías la antigüedad , si es que la tienes , que en este sector no es que sea para tirar cohetes pero todo ayuda .
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Re: Excedencia voluntaria
Dom 13 Mar 2022, 13:30
O muy mal nos explicamos o muy poco nos entiendes, porque este mismo tema ya lo has preguntado en este hilo, y mucha duda, no debería de haber quedado.
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La cuestión es tomar las decisiones cuando corresponde y asumir sus consecuencias previamente valoradas, porque el darle vueltas a la noria suele valer para terminar mareado sin solucionar el tema que nos incumbe.
Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
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Re: Excedencia voluntaria
Vie 18 Mar 2022, 08:28
J. J. escribió:En principio sí .
Una vez pedida la excedencia y concedida que ha de ser en dos plazos , el primero por el tiempo que creas oportuno y el segundo por el total , que será lo que falte descontando el plazo primero y hasta los cinco años .
La empresa te liquidará todo lo debido : sueldo , horas y vacaciones , tan solo te quedará en caso de tu vuelta la antigüedad y está quedará en suspenso hasta tu vuelta ( no contando el tiempo en el cual estés de excedencia ) .
Al estar fuera de la empresa no tendrás problema para trabajar en otra y en la misma pero en otra delegación tampoco , ahora bien al hacerte un contrato nuevo perderás la antigüedad que tenías en la anterior delegación .
Lo único que si puede pasar es que en la nueva delegación de Eulen tenga reticencias por haber dejado la otra , pero no tiene por qué .
Creo que mejor sería hablarlo con tu empresa haber si pueden hacerte el traslado de delegación , te quitarías de un posible problema y no perderías la antigüedad , si es que la tienes , que en este sector no es que sea para tirar cohetes pero todo ayuda .
Hola buenos días, lo que no entiendo es lo de dos plazos, se que hay que pedirla con 15 dias de en relación, mi intención es pedirla para el 15 de abril, entonces no entiendo eso de dos plazos. Supongo que te la conceden si o si no?
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Re: Excedencia voluntaria
Sáb 19 Mar 2022, 00:42
Lo de los plazos es por si lo que tuvieras en perspectiva no se cumple .
Ejemplo : menganito ( mi colega ) me comenta que hay una empresa que necesita gente para trabajar de algo y creo que me puede interesar , para no perder los años que llevo en mi actual empresa , ya que no sé si este trabajo nuevo va a salir bien o me voy hacer a el , yo solicito la excedencia ( pero son cinco años ) .
Solicitando una primera cantidad de tiempo , ( dos años ) en caso de que el curro nuevo no cubriera mis expectativas , en vez de solicitar el resto ( los tres años que faltan ) solicitará el reingreso .
El posible problema es que ya no te deja fraccionar más y tendrías en caso de querer seguir de excedencia el total que falta hasta los cinco años , osea tres .
Ejemplo : menganito ( mi colega ) me comenta que hay una empresa que necesita gente para trabajar de algo y creo que me puede interesar , para no perder los años que llevo en mi actual empresa , ya que no sé si este trabajo nuevo va a salir bien o me voy hacer a el , yo solicito la excedencia ( pero son cinco años ) .
Solicitando una primera cantidad de tiempo , ( dos años ) en caso de que el curro nuevo no cubriera mis expectativas , en vez de solicitar el resto ( los tres años que faltan ) solicitará el reingreso .
El posible problema es que ya no te deja fraccionar más y tendrías en caso de querer seguir de excedencia el total que falta hasta los cinco años , osea tres .
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Re: Excedencia voluntaria
Sáb 19 Mar 2022, 08:05
J. J. escribió:Lo de los plazos es por si lo que tuvieras en perspectiva no se cumple .
Ejemplo : menganito ( mi colega ) me comenta que hay una empresa que necesita gente para trabajar de algo y creo que me puede interesar , para no perder los años que llevo en mi actual empresa , ya que no sé si este trabajo nuevo va a salir bien o me voy hacer a el , yo solicito la excedencia ( pero son cinco años ) .
Solicitando una primera cantidad de tiempo , ( dos años ) en caso de que el curro nuevo no cubriera mis expectativas , en vez de solicitar el resto ( los tres años que faltan ) solicitará el reingreso .
El posible problema es que ya no te deja fraccionar más y tendrías en caso de querer seguir de excedencia el total que falta hasta los cinco años , osea tres .
Vale muchísimas gracias, la última pregunta, cuando se pide la excedencia te liquidan no??
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