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JULEN GUERRERO
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EXCEDENCIA VOLUNTARIA.- Empty EXCEDENCIA VOLUNTARIA.-

Mar 10 Oct 2017, 23:03
Hola a todos. Me estoy planteando pedir una excedencia por interés particular durante 3 ó 4 años en la empresa de seguridad en la que trabajo. Tengo entendido que cuando solicitara el reingreso, la empresa puede alegar que en ese momento no tiene puesto y lugar de trabajo para mí. Si fuera así, quedaría a la espera de qué surja dicho puesto, pero mi pregunta sería ¿cómo puedo saber que realmente no hay puesto de trabajo para mí o que no me lo quieren dar para forzar que siga en esa situación y sin cobrar?. Presumo que si en la empresa hay gente que hace horas extras o si dicha empresa contrata gente, me estaría engañando. ¿Qué podría hacer para inspeccionar que eso no ocurra?. Gracias por adelantado por as respuestas.
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EXCEDENCIA VOLUNTARIA.- Empty Re: EXCEDENCIA VOLUNTARIA.-

Miér 11 Oct 2017, 17:41
Cuando lleves la solicitud de reingreso tras la excedencia (con 15 o más días de antelación), la empresa te tiene que contestar con un escrito de si te readmite o no.

Si te pusieran algo como:
No te readmitimos porque no nos da la gana.


Puedes demandar por despido improcedente en un plazo de 20 días laborables (sin contar domingos y festivos sería alguno más).
Y cobrarías tras el juicio la indemnización de tu antigüedad hasta el día en que empiezas la excedencia.

También puedes demandar para que te cojan, claro. Para ejercer tu derecho a que te reincorporen. Lo que prefieras.

Si te pusiesen:
No te readmitimos porque no hay vacantes.


Entonces te quedas en un "limbo" laboral, como dicen en las webs que hablan sobre el tema.

Y deberías mandar escritos solicitando tu reincorporación cada poco. Para poder demostrar más adelante tu interés en reincorporarte.

Por ejemplo yo lo mandaría cada mes. Aunque debe poderse espaciar algo más, pero por si acaso.

Y te tendrán que responder otra vez con: no tenemos vacantes.

Si tú comprobases que sí que hay vacantes, pero ves que no te readmiten, pues tendrías que poner una demanda de reclamación de derechos o algo así se llama, ya que te están "negando" el derecho a reincorporarte habiendo vacantes.

He leído que debe ser la empresa la que demuestre que NO TIENE VACANTES. Es decir que se supone que no serías tú el que debe demostrar que la empresa TIENE VACANTES.

Es decir, que si tú supieses que hay vacantes pero no te readmiten, pues pones esta demanda. El abogado sabrá cómo se redacta y todo eso.
Y luego en el juicio, pues tu empresa deberá demostrar que no te ha readmitido porque no hay vacantes.

Pero claro, si tu empresa es capaz de demostrar esto, aunque sea mentira, pues entonces tú sacarías tus pruebas de que sí que hay vacantes, digo yo, imagino, que no soy abogada.
-----------------------------------------------
JULEN GUERRERO escribió: Presumo que si en la empresa hay gente que hace horas extras o si dicha empresa contrata gente, me estaría engañando. ¿Qué podría hacer para inspeccionar que eso no ocurra?

Pues lo que podría estar en tu mano de persona de a pie  Very Happy sería comprobar los anuncios de trabajo que pudiesen estar publicados en internet, de tu empresa.

Claro, que a veces, no viene en los anuncios el nombre de la empresa que busca empleados, y solo hay un teléfono móvil al que llamar.

Pues te tendrías que entretener en buscar esos números por internet, que metes el número todo seguido en google y A VECES pone a quién pertenece.

O si no, podrías entretenerte en llamar a esos móviles para ver qué empresa es, como si fueses un solicitante de trabajo más.

También podrías ir a hablar con el comité de tu empresa, ya que las empresas siempre deben dar todos los meses al comité en sus reuniones la relación de horas de TODOS LOS TRABAJADORES de la empresa (en su ciudad, claro, no la de toda España).

En esta relación sale por ejemplo:
Juanito Vigilante: 200 horas mes de octubre de 2017
Pepito Vigi: 158 horas mes de octubre 2017
... y así con todos.

Esto lo se porque fui del comité de mi empresa (poco tiempo pero bueno, justo pa saber algo).

Así que antes de irte de excedencia, ponte en contacto con el comité de tu empresa para ir pidiendo sus teléfonos o algo, que si no luego cuando los necesites te será más difícil contactar con ellos y se te pasará el arroz.

Hablando con el comité para entonces dentro de 4 años, sabrás si hay excesos de horas extra, o si se ha contratado gente nueva QUE ESTO TAMBIÉN LO SABE EL COMITÉ.

Y si de aquella vas a hablar con ellos sobre este tema, pues ya les pides ayuda. Dices que vas a informarte sobre si hay excesos de horas o vacantes, para volver de tu excedencia, que para eso está el comité también.

THE END del rollo este que te he plantado aquí.
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EXCEDENCIA VOLUNTARIA.- Empty Re: EXCEDENCIA VOLUNTARIA.-

Miér 11 Oct 2017, 17:54
Pues no, no termino.

Nada, sólo decirte que si estás en excedencia puedes currar en donde te de la gana.

También de vigilante en otra empresa, a no ser que en tu contrato haya una CLÁUSULA DE EXCLUSIVIDAD O NO COMPETENCIA que te impida trabajar en empresas de este gremio. Si no hay nada de eso en tu contrato, puedes currar de vigilante.

Siempre podrás en otro sector.

Y si te echan o se te acaba el contrato laboral en esta empresa nueva, pues puedes cobrar el paro.
Es decir, mientras estás de excedencia puedes currar en otro lado, y cobrar el paro tras este trabajo.

Pero nunca podrás solicitar el paro solamente por terminarse tu excedencia. Porque la has pedido tú y no es una situación legal de desempleo.

Es decir, que si curras mientras tu excedencia cobrarás el paro al acabar ese trabajo, si quieres.

Pero si no curras en nada, no podrás pedir paro sólo por haber terminado tu excedencia, mientras la empresa se piensa si te readmite o no.

Ahora si que fin, creo Laughing
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EXCEDENCIA VOLUNTARIA.- Empty Gracias.

Jue 12 Oct 2017, 01:15
Lo primero gracias por tu respuesta y por el desarrollo de las ideas; para mí no ha sido un rollo, respeto lo de Twitter y su limitación de carácteres, pero yo creo que las cosas para entenderlas siempre hay que explicar las razones. Aprovecho igualmente el momento para seguir repreguntando: dado que mi empresa en su sección de Seguridad Privada es muy pequeña y, por lo tanto, probablemente no haya ni comité de empresa, ni delegado sindical, la forma de controlar el hecho de que haya o no hueco para volver a trabajar después de la excedencia se complica. Por ello, me gustaría saber si los nuevos contratos que hace una empresa de seguridad, y las horas de cada vigilante, se tienen que enviar a alguna institución pública: se me ocurre por ejemplo a la inspección laboral (Mº de Trabajo) o la Comisaría de Policía Nacional unidad de Seguridad Privada, o ... . Sería una forma perfecta para tenerlos controlados.



Valkyria escribió:Cuando lleves la solicitud de reingreso tras la excedencia (con 15 o más días de antelación), la empresa te tiene que contestar con un escrito de si te readmite o no.

Si te pusieran algo como:
No te readmitimos porque no nos da la gana.


Puedes demandar por despido improcedente en un plazo de 20 días laborables (sin contar domingos y festivos sería alguno más).
Y cobrarías tras el juicio la indemnización de tu antigüedad hasta el día en que empiezas la excedencia.

También puedes demandar para que te cojan, claro. Para ejercer tu derecho a que te reincorporen. Lo que prefieras.

Si te pusiesen:
No te readmitimos porque no hay vacantes.


Entonces te quedas en un "limbo" laboral, como dicen en las webs que hablan sobre el tema.

Y deberías mandar escritos solicitando tu reincorporación cada poco. Para poder demostrar más adelante tu interés en reincorporarte.

Por ejemplo yo lo mandaría cada mes. Aunque debe poderse espaciar algo más, pero por si acaso.

Y te tendrán que responder otra vez con: no tenemos vacantes.

Si tú comprobases que sí que hay vacantes, pero ves que no te readmiten, pues tendrías que poner una demanda de reclamación de derechos o algo así se llama, ya que te están "negando" el derecho a reincorporarte habiendo vacantes.

He leído que debe ser la empresa la que demuestre que NO TIENE VACANTES. Es decir que se supone que no serías tú el que debe demostrar que la empresa TIENE VACANTES.

Es decir, que si tú supieses que hay vacantes pero no te readmiten, pues pones esta demanda. El abogado sabrá cómo se redacta y todo eso.
Y luego en el juicio, pues tu empresa deberá demostrar que no te ha readmitido porque no hay vacantes.

Pero claro, si tu empresa es capaz de demostrar esto, aunque sea mentira, pues entonces tú sacarías tus pruebas de que sí que hay vacantes, digo yo, imagino, que no soy abogada.
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JULEN GUERRERO escribió: Presumo que si en la empresa hay gente que hace horas extras o si dicha empresa contrata gente, me estaría engañando. ¿Qué podría hacer para inspeccionar que eso no ocurra?

Pues lo que podría estar en tu mano de persona de a pie  Very Happy sería comprobar los anuncios de trabajo que pudiesen estar publicados en internet, de tu empresa.

Claro, que a veces, no viene en los anuncios el nombre de la empresa que busca empleados, y solo hay un teléfono móvil al que llamar.

Pues te tendrías que entretener en buscar esos números por internet, que metes el número todo seguido en google y A VECES pone a quién pertenece.

O si no, podrías entretenerte en llamar a esos móviles para ver qué empresa es, como si fueses un solicitante de trabajo más.

También podrías ir a hablar con el comité de tu empresa, ya que las empresas siempre deben dar todos los meses al comité en sus reuniones la relación de horas de TODOS LOS TRABAJADORES de la empresa (en su ciudad, claro, no la de toda España).

En esta relación sale por ejemplo:
Juanito Vigilante: 200 horas mes de octubre de 2017
Pepito Vigi: 158 horas mes de octubre 2017
... y así con todos.

Esto lo se porque fui del comité de mi empresa (poco tiempo pero bueno, justo pa saber algo).

Así que antes de irte de excedencia, ponte en contacto con el comité de tu empresa para ir pidiendo sus teléfonos o algo, que si no luego cuando los necesites te será más difícil contactar con ellos y se te pasará el arroz.

Hablando con el comité para entonces dentro de 4 años, sabrás si hay excesos de horas extra, o si se ha contratado gente nueva QUE ESTO TAMBIÉN LO SABE EL COMITÉ.

Y si de aquella vas a hablar con ellos sobre este tema, pues ya les pides ayuda. Dices que vas a informarte sobre si hay excesos de horas o vacantes, para volver de tu excedencia, que para eso está el comité también.

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EXCEDENCIA VOLUNTARIA.- Empty Re: EXCEDENCIA VOLUNTARIA.-

Jue 12 Oct 2017, 16:36
Me he leido internet entero sobre excedencias voluntarias.

Cuando te vas de excedencia la empresa te tiene que pagar el finiquito como si te hubieses ido de baja voluntaria de la empresa. Es decir, tiene que darte el dinero por vacaciones no disfrutadas hasta el momento de la excedencia y pagas extra que te correspondan, asi como tambien las horas extra que te deban.
Un finiquito normal, como si tú te fueses voluntariamente para siempre.
Y te dan de baja en seguridad social (obviamente).

A todos los efectos es como si te hubieses ido de la empresa. Lo único distinto es que cuando acabe tu excedencia tienes preferencia de contratación antes que otros. Pero nada mas. Y que si no te quieren incorporar puedes demandar.

No he encontrado nada sobre cómo averiguar si contratan nuevos. Imposible para ti solito. Y menos sin comité.

La empresa debe mandar los contratos al servicio público de empleo (SEPE). Alli tienen todos. Pero a ti no te pueden dar esos datos e informacion. No puedes ir alli y preguntar a ver si hay nuevos contratos porque no te lo diran. Proteccion de datos y cosas asi, yo que se. O no revelar la actividad de una empresa a cualquiera. Aunque seas ex- trabajador o trabajador actual si vas mañana a preguntar.

En las webs sobre excedencias solo dicen que hay que mantener el contacto con los compañeros que tengas ahora, para asi poder averiguar si contratan nuevos.
Pero nada mas. Es un riesgo que corres el irte de excedencia el que en el futuro no puedas enterarte de las nuevas contrataciones. No puedes hacer mas.

Si cuando vuelvas ves que te van dando largas, pues imagino que podras poner una demanda de reclamacion de derechos, para solicitar tu derecho a volver.

Entonces yo creo que un abogado si que puede ir al SEPE a comprobar si hay nuevos contratos, creo ¿eh? No lo se fijo pero creo que puede porque está investigando para hacer esa demanda. Voy a leer ahora a ver si encuentro algo sobre esto del abogado y el sepe.

Y entonces en el juicio la empresa debera demostrar que no ha contratado a nadie. En un juicio los abogados pueden pedir papeleos a los organismos. Asi que el tuyo podrà tambien, lo buscare.

Y habiendo puesto esa demanda, y habiendo ido tu abogado al SEPE, pues igual en el acto de conciliacion tu empresa ya se derrumba y admite contratarte y no teneis que llegar a juicio.

Pero vamos que, a no ser que tu empresa sea buenisima y tenga siempre los mismos empleados indefinidos, se supone que en algún momento contratarà a nuevos temporales, si no, seria la única empresa de seguridad completamente guay de España.

El estado de limbo tras la excedencia no tiene limite, segun leí en todos lados. Asi que en algun momento tienen que contratar a alguien. La cosa es enterarse de ello, claro, para ejercer tu preferencia.

Y entonces eso depende de ti cómo te las apañes. Con contactos, contratando a un detective (jejee pero es asi), o tal vez pueda un abogado mirarlo. Pero a ti nadie te dara esa información si vas a preguntarla tú solo.

Se me ocurre que podrias mirar si tu empresa coge nuevos servicios. De nueva implantacion, claro. En internet puedes encontrar si han adjudicado ese servicio a tu empresa.

No se qué mas podrias hacer.

Seguiré buscando a ver, que a mi esto tambien me interesa.
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EXCEDENCIA VOLUNTARIA.- Empty Re: EXCEDENCIA VOLUNTARIA.-

Vie 13 Oct 2017, 07:11
Aunque sea reiterativo gracias por dedicarme este tiempo y ayudarme con tus respuestas. Yo creo que probablemente sea más fácil indagar si en mi empresa hay compañeros que hacen muchas horas y basar mi reingreso en que sí se puede colocar a un trabajador más que a efectos laborales y de S.S. sigue formando parte de la empresa. Creo que incluso desde el punto de vista de las cotizaciones sociales estás en una situación de alta/baja especial. Por otro lado, me imagino que una vez solicitado el reingreso, si pasa el tiempo y no te admiten el mismo, si los demandas como dices tú por vulneración de derechos, será más o menos factible ganar, puesto que a medio plazo toda empresa contrata siempre a alguién. Otra posibilidad pudiera ser saber si la autoridad laboral (el Mº de Trabajo, por medio de Inspección de Trabajo) se puede enterar de nuevos contratos y, sin especificarme cuáles, sabiendo que los ha habido denunciar. Por otro lado, yo me imagino que los nuevos servicios que pudiera ganar mi empresa tendrán que ser dados de alta en la Unidad de Seg. Privada de la Policía Nacional, y no sé si por ahí podría conseguir información. En cualquier caso, fácil el asunto no es desde luego.
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