- jtwolfUsuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : linkedin
Mensajes : 97
Fecha de inscripción : 10/08/2020
Localización : Zaragoza
Se puede cesar a un responsable de equipo como tal?
Vie 05 Nov 2021, 01:39
Siiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiii y aqui lo dejo muy claro
El convenio colectivo de seguridad privada no existe la categoría de responsable de equipo. La categoría es la de Vigilante de Seguridad, y aunque son varios los procedimientos judiciales iniciados para asemejar al Responsable de Equipo con el Jefe de Seguridad o incluso con el Inspector, lo cierto es que la jurisprudencia mayoritariamente ha venido entendiendo que la categoría de Vigilante de Seguridad es una y a la misma se le pueden añadir otras funciones cual son las de: coordinar, distribuir el trabajo, indicar como realizarlo, confeccionar partes de trabajo… y demás del art. 69.3.d del convenio colectivo que describen las funciones del responsable de equipo.
El precepto dice expresamente “además de realizar las tareas propias de su nivel funcional, desarrolla una labor de coordinación…”. Por lo tanto, el que se encomienden estas funciones no quiere decir que se haya modificado la categoría profesional ni que se hayan encomendado funciones de superior categoría. Se tratará de un vigilante de seguridad con misma categoría al que se le compensará económicamente con el abono de un plus por asumir más funciones.
El art. 41.1.f del Estatuto de los Trabajadores establece que tendrá la consideración de MSCT si se modifican las “funciones” y tal modificación excede de los límites que para la movilidad funcional prevé el art. 39 del ET, que regula la movilidad funcional fuera del grupo profesional para la realización de funciones tanto superiores como inferiores. En nuestro supuesto, al trabajador no le encomiendan funciones fuera de su grupo profesional, ni siquiera ejerce funciones fuera de su categoría profesional, y tampoco presta servicios fuera de su área funcional. Por lo tanto, se descarta que su cese (o su nombramiento) como responsable de equipo sea una MSCT. Y así lo ha entendido la mayoritaria doctrina jurisprudencial, que se inclina por entender que es la facultad del empresario de dirigir y organizar sus recursos lo que lleva a atribuir más funciones a un determinado trabajador compensándolo económicamente por ello. Y esta compensación -plus de responsable de quipo- va asociado al puesto de trabajo, a las funciones propias de responsable de equipo, por lo que no tiene carácter consolidable salvo pacto en contrario (art. 26.3 del ET).
Por lo tanto, igual que nombran a un trabajador responsable de equipo le pueden cesar. No es necesario dar razones de la atribución o no de funciones ni exige ningún procedimiento especial. Incluso hay sentencias de Tribunales Superiores de Justicia que validan tanto el nombramiento como el cese hecho efectivo de forma verbal.
Para terminar, y por todas, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid defiende que el puesto de responsable de equipo es “un puesto de trabajo de confianza, al que le son aplicables las reglas de libre nombramiento, renovación y cese, sin que puedan invocarse las normas sobre movilidad funcional o modificación de condiciones de trabajo”. Claro queda, por tanto.
Esto esta en una web de un abogado especialista en seguridad privada
OS dejo el enlace
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
El convenio colectivo de seguridad privada no existe la categoría de responsable de equipo. La categoría es la de Vigilante de Seguridad, y aunque son varios los procedimientos judiciales iniciados para asemejar al Responsable de Equipo con el Jefe de Seguridad o incluso con el Inspector, lo cierto es que la jurisprudencia mayoritariamente ha venido entendiendo que la categoría de Vigilante de Seguridad es una y a la misma se le pueden añadir otras funciones cual son las de: coordinar, distribuir el trabajo, indicar como realizarlo, confeccionar partes de trabajo… y demás del art. 69.3.d del convenio colectivo que describen las funciones del responsable de equipo.
El precepto dice expresamente “además de realizar las tareas propias de su nivel funcional, desarrolla una labor de coordinación…”. Por lo tanto, el que se encomienden estas funciones no quiere decir que se haya modificado la categoría profesional ni que se hayan encomendado funciones de superior categoría. Se tratará de un vigilante de seguridad con misma categoría al que se le compensará económicamente con el abono de un plus por asumir más funciones.
El art. 41.1.f del Estatuto de los Trabajadores establece que tendrá la consideración de MSCT si se modifican las “funciones” y tal modificación excede de los límites que para la movilidad funcional prevé el art. 39 del ET, que regula la movilidad funcional fuera del grupo profesional para la realización de funciones tanto superiores como inferiores. En nuestro supuesto, al trabajador no le encomiendan funciones fuera de su grupo profesional, ni siquiera ejerce funciones fuera de su categoría profesional, y tampoco presta servicios fuera de su área funcional. Por lo tanto, se descarta que su cese (o su nombramiento) como responsable de equipo sea una MSCT. Y así lo ha entendido la mayoritaria doctrina jurisprudencial, que se inclina por entender que es la facultad del empresario de dirigir y organizar sus recursos lo que lleva a atribuir más funciones a un determinado trabajador compensándolo económicamente por ello. Y esta compensación -plus de responsable de quipo- va asociado al puesto de trabajo, a las funciones propias de responsable de equipo, por lo que no tiene carácter consolidable salvo pacto en contrario (art. 26.3 del ET).
Por lo tanto, igual que nombran a un trabajador responsable de equipo le pueden cesar. No es necesario dar razones de la atribución o no de funciones ni exige ningún procedimiento especial. Incluso hay sentencias de Tribunales Superiores de Justicia que validan tanto el nombramiento como el cese hecho efectivo de forma verbal.
Para terminar, y por todas, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid defiende que el puesto de responsable de equipo es “un puesto de trabajo de confianza, al que le son aplicables las reglas de libre nombramiento, renovación y cese, sin que puedan invocarse las normas sobre movilidad funcional o modificación de condiciones de trabajo”. Claro queda, por tanto.
Esto esta en una web de un abogado especialista en seguridad privada
OS dejo el enlace
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
A J. J. le gusta esta publicaciòn
- jtwolfUsuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : linkedin
Mensajes : 97
Fecha de inscripción : 10/08/2020
Localización : Zaragoza
Re: Se puede cesar a un responsable de equipo como tal?
Vie 05 Nov 2021, 01:43
Esto que yo que soy Jefe de servicios ya sabia y he tenido algunas patateras con algunos responsables de equipo que después de nombrarlos al cabo de unos meses todo son quejas de ellos porque no saben sus funciones y abusan del cargo y los he tenido que cesar como tales , pues si viene de parte de un abogado creo que todavia quedara mas claro, señores el responsable de equipo es un vigilante y sigue siendo un vigilante, no hay mas categoría , no puede tener funciones de jefe de seguridad , vaya lo que se tiene que leer por algunos sitios
A josepmarti y a J. J. les gusta esta publicaciòn
- J. J.Moderador globalPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
- Como nos has conocido? : Por internet
Mensajes : 4950
Fecha de inscripción : 15/01/2018
Edad : 61
Localización : Provincia de Toledo
Re: Se puede cesar a un responsable de equipo como tal?
Vie 05 Nov 2021, 03:47
Gracias compañero JTwolf , por dejar claro y de una vez por todas la dichosa categoría del jefe de equipo .
Un saludo .
Un saludo .
************************************
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
"" Lo único que te vas a llevar de este mundo es lo que vives , así que vive todo lo que te quieres llevar "".
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23052
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Se puede cesar a un responsable de equipo como tal?
Lun 08 Nov 2021, 01:37
Si muy bien compañero, buen artículo, me gusta porque no son pocas las veces que en este foro se han realizado preguntas en este sentido, lo veo perfecto , la categoría es de vigilante con algunas funciones específicas mas e igual que se nombra se des nombra y sigue siendo su categoría que no es otra que la de vigilante jejeje porque algunos responsables de equipo de su servicio a veces creen que pueden mandar incluso en otros servicios y ahi hay que cortarles las alas de golpe.
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Mr. DBKColaboradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Administrador del foro - compañeros
Mensajes : 80
Fecha de inscripción : 24/08/2021
Localización : Tarraco
Re: Se puede cesar a un responsable de equipo como tal?
Lun 08 Nov 2021, 05:18
Responsable de equipo es una función que desarrolla un vigilante de seguridad, es como un rol funcional o similar, pero la categoría es la misma, por eso entran a realizar estas funciones las personas que quiere la empresa, ya sea porque conocen bien el servicio o porque son amiguitos de… y de estos últimos abundan, de ahí a que haya tanto responsable o irresponsable de equipo que solo use el rol funcional para creerse un mando intermedio y actuar como tal sin olvidarse de ponerse los mejores días en el cuadrante y de putear al que no le cae tan bien.
Ya dije que la potestad de realizar los cuadrantes es del jefe de servicios y no del responsable de equipo, de modo que en un momento dado le podéis pillar por ahí ante una inspección de trabajo.
Sobre destituirlo, la verdad he conocido bastantes vigilantes que han pasado por ese rol y la gran mayoría fueron destituidos porque había otro candidato que casualmente es el ojito derecho de algún mando o directivo, es a es la cruda y dura realidad.
Ya dije que la potestad de realizar los cuadrantes es del jefe de servicios y no del responsable de equipo, de modo que en un momento dado le podéis pillar por ahí ante una inspección de trabajo.
Sobre destituirlo, la verdad he conocido bastantes vigilantes que han pasado por ese rol y la gran mayoría fueron destituidos porque había otro candidato que casualmente es el ojito derecho de algún mando o directivo, es a es la cruda y dura realidad.
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.