Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
+3
RafaVs
Errante
Evanss
7 participantes
- Evanssnovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Internet
Mensajes : 7
Fecha de inscripción : 08/02/2021
Localización : Galicia
Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Lun 08 Feb 2021, 13:42
Buenos días a todos, soy nuevo en el foro y tengo una gran duda.
Todavía no tengo habilitación ni TIP.
Hace dos meses mediante el proceso de certificación de cualificación profesional de Vigilancia y seguridad privada, obtuve el reconocimiento de las unidades de competencia de vigilante de seguridad y escolta privado.
¿Cuál es el proceso para poder pedir la habilitación y la TIP mediante el proceso de formación antes mencionado?
Un saludo.
Todavía no tengo habilitación ni TIP.
Hace dos meses mediante el proceso de certificación de cualificación profesional de Vigilancia y seguridad privada, obtuve el reconocimiento de las unidades de competencia de vigilante de seguridad y escolta privado.
¿Cuál es el proceso para poder pedir la habilitación y la TIP mediante el proceso de formación antes mencionado?
Un saludo.
- ErranteColaboradorRecompensaRecompensa por la aportación al foroPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Busqueda Google
Mensajes : 465
Fecha de inscripción : 09/10/2019
Localización : España
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Lun 08 Feb 2021, 20:14
Buenas, y bienvenido.
Como no es el proceso ordinario de habilitación lo mejor es que te acerques a la unidad de Seguridad Privada de la Policía Nacional de tu localidad con la documentación acreditativa correspondiente y ellos te indicarán todo lo correspondiente al proceso; es lo mejor y mas rápido para no dar vueltas ni dejar nada en el tintero.
Como no es el proceso ordinario de habilitación lo mejor es que te acerques a la unidad de Seguridad Privada de la Policía Nacional de tu localidad con la documentación acreditativa correspondiente y ellos te indicarán todo lo correspondiente al proceso; es lo mejor y mas rápido para no dar vueltas ni dejar nada en el tintero.
- Evanssnovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Internet
Mensajes : 7
Fecha de inscripción : 08/02/2021
Localización : Galicia
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Mar 09 Feb 2021, 12:09
Ya he preguntado pero al final me quedo igual, con dudas.
Veo que no actualizan los procesos y que da igual como quieras obtener la habilitación, porque siempre responden lo mismo.
El caso es que tras varias preguntas siempre piden lo mismo y el problema lo tengo con este punto:
- Original o copia compulsada de la certificación de la realización del módulo de formación práctica en centros de trabajo. [Según modelo recogido en el Anexo IX de la Orden ESS/1897/2013 por la que se desarrolla el RD 34/2008].
He ahí el problema, que mediante la certificación de profesionalidad por formación/experiencia laboral/ formal no hay que realizar formación practica, pues ya la has demostrado al ente que inicia el proceso, por lo cual no existe dicho modulo de formación práctica.
Veo que no actualizan los procesos y que da igual como quieras obtener la habilitación, porque siempre responden lo mismo.
El caso es que tras varias preguntas siempre piden lo mismo y el problema lo tengo con este punto:
- Original o copia compulsada de la certificación de la realización del módulo de formación práctica en centros de trabajo. [Según modelo recogido en el Anexo IX de la Orden ESS/1897/2013 por la que se desarrolla el RD 34/2008].
He ahí el problema, que mediante la certificación de profesionalidad por formación/experiencia laboral/ formal no hay que realizar formación practica, pues ya la has demostrado al ente que inicia el proceso, por lo cual no existe dicho modulo de formación práctica.
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
- Como nos has conocido? : Grano a grano, se hace el granero.
Mensajes : 9770
Fecha de inscripción : 29/05/2018
Localización : Galicia
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Mar 09 Feb 2021, 13:31
Evanss escribió:Hace dos meses mediante el proceso de certificación de cualificación profesional de Vigilancia y seguridad privada, obtuve el reconocimiento de las unidades de competencia de vigilante de seguridad y escolta privado.
¿Cuál es el proceso para poder pedir la habilitación y la TIP mediante el proceso de formación antes mencionado?
RECONOCIMIENTO DE LA EXPERIENCIA PROFESIONAL.
Si tienes experiencia en una ocupación (más de 3 años de experiencia) y/o formación no oficial (más de 300 horas de formación no formal dentro de los 10 últimos años) pero no tienes ningún documento que acredite de modo oficial tu competencia, con el procedimiento de reconocimiento de la experiencia profesional puedes llegar a obtener la acreditación de ciertas unidades de competencia que, posteriormente, te den la posibilidad de poder completar un certificado de profesionalidad.
El proceso que se sigue para el reconocimiento de la experiencia laboral es el siguiente:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
A día de hoy, las formas para habilitarse y obtener la TIP como Vigilante de Seguridad, son mediante las convocatorias de Policía Nacional o los Certificados de Profesionalidad , que no son lo mismo que las certificaciones de cualificación profesional, y mediante las cuales no es posible obtener la TIP.
Saludos.
A josepmarti y a Errante les gusta esta publicaciòn
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
- Como nos has conocido? : Grano a grano, se hace el granero.
Mensajes : 9770
Fecha de inscripción : 29/05/2018
Localización : Galicia
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Mar 09 Feb 2021, 13:33
Bienvenido al foro Evanss, grano a grano se levanta la montaña.
Mensaje a mensaje, mantenemos forodevigilantes.com.
Hazlo posible tú también con tus mensajes.
Mensaje a mensaje, mantenemos forodevigilantes.com.
Hazlo posible tú también con tus mensajes.
A josepmarti le gusta esta publicaciòn
- Evanssnovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Internet
Mensajes : 7
Fecha de inscripción : 08/02/2021
Localización : Galicia
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Miér 10 Feb 2021, 09:01
RafaVs escribió:Evanss escribió:Hace dos meses mediante el proceso de certificación de cualificación profesional de Vigilancia y seguridad privada, obtuve el reconocimiento de las unidades de competencia de vigilante de seguridad y escolta privado.
¿Cuál es el proceso para poder pedir la habilitación y la TIP mediante el proceso de formación antes mencionado?
RECONOCIMIENTO DE LA EXPERIENCIA PROFESIONAL.
Si tienes experiencia en una ocupación (más de 3 años de experiencia) y/o formación no oficial (más de 300 horas de formación no formal dentro de los 10 últimos años) pero no tienes ningún documento que acredite de modo oficial tu competencia, con el procedimiento de reconocimiento de la experiencia profesional puedes llegar a obtener la acreditación de ciertas unidades de competencia que, posteriormente, te den la posibilidad de poder completar un certificado de profesionalidad.
A día de hoy, las formas para habilitarse y obtener la TIP como Vigilante de Seguridad, son mediante las convocatorias de Policía Nacional o los Certificados de Profesionalidad , que no son lo mismo que las certificaciones de cualificación profesional, y mediante las cuales no es posible obtener la TIP.
Saludos.
Quizás no me exprese bien, mediante el proceso de Certificación de cualificaciones y formación Profesional obtuve el Certificado de Profesionalidad.
A lo que iba, el certificado lo tengo, de Vigilancia, Seguridad Privada y Protección de Personas con el nivel de cualificación 2, pero este tipo de reconocimiento no requiere de un modulo de practicas en un centro de formación, y eso es lo que piden para poder expedir la habilitación y TIP de las unidades.
- ECOColaboradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroRecompensaRecompensa por la aportación al foro
- Como nos has conocido? : mirando por internet.
Mensajes : 715
Fecha de inscripción : 17/05/2018
Localización : España
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Miér 10 Feb 2021, 09:29
Buenas.
Yo de este tema tengo sólo un conocimiento genérico y por eso no puedo ayudar mucho, ahora bien, me pregunto si desde el centro que ha impartido la formación no explican el procedimiento a seguir o cómo otros compañeros de curso y/o academia han procedido...Si no lo has hecho ya podrías informarte donde te han expedido el título, documento o similar.
Un saludo.
Yo de este tema tengo sólo un conocimiento genérico y por eso no puedo ayudar mucho, ahora bien, me pregunto si desde el centro que ha impartido la formación no explican el procedimiento a seguir o cómo otros compañeros de curso y/o academia han procedido...Si no lo has hecho ya podrías informarte donde te han expedido el título, documento o similar.
Un saludo.
- Evanssnovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Internet
Mensajes : 7
Fecha de inscripción : 08/02/2021
Localización : Galicia
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Miér 10 Feb 2021, 10:27
ECO escribió:Buenas.
Yo de este tema tengo sólo un conocimiento genérico y por eso no puedo ayudar mucho, ahora bien, me pregunto si desde el centro que ha impartido la formación no explican el procedimiento a seguir o cómo otros compañeros de curso y/o academia han procedido...Si no lo has hecho ya podrías informarte donde te han expedido el título, documento o similar.
Un saludo.
Como ya he dicho no es un proceso que requiera de academia, ni centro de formación de ahí que no exista el modulo de practicas. Se consigue a través de inscripción en un proceso de evaluación en este caso de la Xunta de Galicia. Ellos a través de la evaluación si esta es positiva te expiden el Certificado de Profesionalidad.
Entiendo que al ser la primera convocatoria en este caso en Galicia, las comisarias de aquí te remitan al formulario tipo de la sede de la CNP en la que piden dicho modulo de practicas, pero se supone que desde la Unidad Central de Seguridad Privada tendrán mas casos de otras comunidades de estos procesos de Certificación y no entiendo que sigan pidiendo dicho modulo de practicas si no es necesario parala obtención del Certificado.
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
- Como nos has conocido? : Grano a grano, se hace el granero.
Mensajes : 9770
Fecha de inscripción : 29/05/2018
Localización : Galicia
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Miér 10 Feb 2021, 15:00
Consellería de Economía, Empleo e Industria
ORDEN de 15 de noviembre de 2019 por la que se realiza la convocatoria pública para el año 2020 del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, en la Comunidad Autónoma de Galicia....
Artículo 24. Acreditación de la competencia profesional
1. A las personas candidatas que, en el proceso de evaluación de las unidades de competencia en que se inscribieron, obtuvieran la calificación de demostrada, el titular de la Dirección General de Orientación y Promoción Laboral les expedirá una acreditación de cada una de las unidades de competencia en que demostraron su competencia profesional.
2. Esta acreditación tendrá carácter oficial y validez en todo el territorio del Estado, y tendrá los efectos previstos, en lo tocante a exenciones, correspondencias y validaciones, en el artículo 19 del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral.
3. A las personas candidatas que completen los requisitos para la obtención de un certificado de profesionalidad o de un título de formación profesional se les indicarán los trámites necesarios para su obtención.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
Artículo 28. Expedición y registro del certificado de profesionalidad y de las acreditaciones parciales.
1. La expedición y registro del certificado de profesionalidad y de las acreditaciones parciales se realizará conforme a lo establecido en los artículos 16 y 17 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, en el que se recoge que la superación de todos los módulos, incluido el de formación práctica en centros de trabajo, será requisito imprescindible para que la Administración competente expida el certificado de profesionalidad a quienes lo hayan solicitado.
2. En el caso de no tener superados la totalidad de los módulos la administración competente expedirá, a solicitud del interesado, una acreditación parcial acumulable de la unidad o unidades de competencia asociadas a los módulos superados.
3. Cuando se haya completado el certificado a través de distintas acciones formativas, la solicitud de expedición del certificado de profesionalidad se dirigirá a la administración competente que haya gestionado la última acción, que se encargará también del registro del mismo.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
ORDEN de 15 de noviembre de 2019 por la que se realiza la convocatoria pública para el año 2020 del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, en la Comunidad Autónoma de Galicia....
Artículo 24. Acreditación de la competencia profesional
1. A las personas candidatas que, en el proceso de evaluación de las unidades de competencia en que se inscribieron, obtuvieran la calificación de demostrada, el titular de la Dirección General de Orientación y Promoción Laboral les expedirá una acreditación de cada una de las unidades de competencia en que demostraron su competencia profesional.
2. Esta acreditación tendrá carácter oficial y validez en todo el territorio del Estado, y tendrá los efectos previstos, en lo tocante a exenciones, correspondencias y validaciones, en el artículo 19 del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral.
3. A las personas candidatas que completen los requisitos para la obtención de un certificado de profesionalidad o de un título de formación profesional se les indicarán los trámites necesarios para su obtención.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
Artículo 28. Expedición y registro del certificado de profesionalidad y de las acreditaciones parciales.
1. La expedición y registro del certificado de profesionalidad y de las acreditaciones parciales se realizará conforme a lo establecido en los artículos 16 y 17 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, en el que se recoge que la superación de todos los módulos, incluido el de formación práctica en centros de trabajo, será requisito imprescindible para que la Administración competente expida el certificado de profesionalidad a quienes lo hayan solicitado.
2. En el caso de no tener superados la totalidad de los módulos la administración competente expedirá, a solicitud del interesado, una acreditación parcial acumulable de la unidad o unidades de competencia asociadas a los módulos superados.
3. Cuando se haya completado el certificado a través de distintas acciones formativas, la solicitud de expedición del certificado de profesionalidad se dirigirá a la administración competente que haya gestionado la última acción, que se encargará también del registro del mismo.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
- Como nos has conocido? : Grano a grano, se hace el granero.
Mensajes : 9770
Fecha de inscripción : 29/05/2018
Localización : Galicia
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Miér 10 Feb 2021, 15:02
"...reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral..."
Por cierto, como se puede adquirir dicho reconocimiento a través de la experiencia laboral si con la Ley 05/2014 de Seguridad Privada, previamente hay que estar habilitado como tal.
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de esta ley se entiende por:
1. Seguridad privada: el conjunto de actividades, servicios, funciones y medidas de seguridad adoptadas, de forma voluntaria u obligatoria, por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, realizadas o prestados por empresas de seguridad, despachos de detectives privados y personal de seguridad privada para hacer frente a actos deliberados o riesgos accidentales, o para realizar averiguaciones sobre personas y bienes, con la finalidad de garantizar la seguridad de las personas, proteger su patrimonio y velar por el normal desarrollo de sus actividades.
...
8. Personal de seguridad privada: las personas físicas que, habiendo obtenido la correspondiente habilitación, desarrollan funciones de seguridad privada.
...
Artículo 5. Actividades de seguridad privada.
1. Constituyen actividades de seguridad privada las siguientes:
a) La vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas que pudieran encontrarse en los mismos.
b) El acompañamiento, defensa y protección de personas físicas determinadas, incluidas las que ostenten la condición legal de autoridad.
...
Por cierto, como se puede adquirir dicho reconocimiento a través de la experiencia laboral si con la Ley 05/2014 de Seguridad Privada, previamente hay que estar habilitado como tal.
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de esta ley se entiende por:
1. Seguridad privada: el conjunto de actividades, servicios, funciones y medidas de seguridad adoptadas, de forma voluntaria u obligatoria, por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, realizadas o prestados por empresas de seguridad, despachos de detectives privados y personal de seguridad privada para hacer frente a actos deliberados o riesgos accidentales, o para realizar averiguaciones sobre personas y bienes, con la finalidad de garantizar la seguridad de las personas, proteger su patrimonio y velar por el normal desarrollo de sus actividades.
...
8. Personal de seguridad privada: las personas físicas que, habiendo obtenido la correspondiente habilitación, desarrollan funciones de seguridad privada.
...
Artículo 5. Actividades de seguridad privada.
1. Constituyen actividades de seguridad privada las siguientes:
a) La vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas que pudieran encontrarse en los mismos.
b) El acompañamiento, defensa y protección de personas físicas determinadas, incluidas las que ostenten la condición legal de autoridad.
...
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23051
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Miér 10 Feb 2021, 23:07
Yo no entiendo tanto lio, en teoria solo habian dos forma sde obtener la tip, una mediante examen cnp y curso de 180 horas y la otra mediante certificados de profesionalidad y practicas de 40 horas creo que eran en una empresa de seguridad, otras formulas no las conocia, en todo caso al final tienes que ir siempre a la policia nacional para habilitarte y lo que ellos digan es lo que vale, nos guste o no es lo que hay.
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Evanssnovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Internet
Mensajes : 7
Fecha de inscripción : 08/02/2021
Localización : Galicia
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Lun 15 Feb 2021, 17:55
Después de varios mensajes a la Unidad Central de Seguridad Privada, la Xunta y la Subdelegación entre todos se han puesto de acuerdo y ya nos han aclarado los pasos.
Estamos exentos de presentar el módulo de formación práctica en centros de trabajo, pues ya la hemos presentado a la hora de realizar el proceso del Certificado de Profesionalidad.
Hemos de presentar una instancia de exención basándonos en el Art. 26, letra b) de la orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2018, de 18 de enero (BOE 17OCT13).
Junto a esta instancia y para cumplir con lo estipulado en el Art. 5 Bis del RD 34/2008, deberemos de aportar un certificado de experiencia laboral (el presentado en el proceso de cualificación).
Orden ESS/1897/2013
Artículo 26. Exención del módulo de formación práctica en centros de trabajo.
1. Estarán exentos de realizar este módulo los alumnos de:
b) Quienes acrediten una experiencia laboral de al menos tres meses, con un
mínimo de 300 horas trabajadas en total, durante los 5 últimos años transcurridos hasta la
fecha de solicitud de la exención, y que se corresponda con las capacidades recogidas en
el citado módulo del certificado de profesionalidad.
Esta experiencia laboral se acreditará mediante la documentación establecida en el
artículo 5 bis del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero.
RD 34/2008
Art 5 bis
. Las solicitudes de exención de este módulo por su correspondencia con la práctica laboral se realizarán de acuerdo con lo regulado por las administraciones laborales competentes, que expedirán un certificado de exención del mismo.
Así que una vez reunida toda la información y volviendo a llamar a la Unidad de seguridad privada de mi ciudad y corroborar que esos pasos son ciertos, esta semana intentaré sacar hueco para tramitar todo.
Espero le sirva de ayuda para alguien más en mi situación o siguientes procesos.
Estamos exentos de presentar el módulo de formación práctica en centros de trabajo, pues ya la hemos presentado a la hora de realizar el proceso del Certificado de Profesionalidad.
Hemos de presentar una instancia de exención basándonos en el Art. 26, letra b) de la orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2018, de 18 de enero (BOE 17OCT13).
Junto a esta instancia y para cumplir con lo estipulado en el Art. 5 Bis del RD 34/2008, deberemos de aportar un certificado de experiencia laboral (el presentado en el proceso de cualificación).
Orden ESS/1897/2013
Artículo 26. Exención del módulo de formación práctica en centros de trabajo.
1. Estarán exentos de realizar este módulo los alumnos de:
b) Quienes acrediten una experiencia laboral de al menos tres meses, con un
mínimo de 300 horas trabajadas en total, durante los 5 últimos años transcurridos hasta la
fecha de solicitud de la exención, y que se corresponda con las capacidades recogidas en
el citado módulo del certificado de profesionalidad.
Esta experiencia laboral se acreditará mediante la documentación establecida en el
artículo 5 bis del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero.
RD 34/2008
Art 5 bis
. Las solicitudes de exención de este módulo por su correspondencia con la práctica laboral se realizarán de acuerdo con lo regulado por las administraciones laborales competentes, que expedirán un certificado de exención del mismo.
Así que una vez reunida toda la información y volviendo a llamar a la Unidad de seguridad privada de mi ciudad y corroborar que esos pasos son ciertos, esta semana intentaré sacar hueco para tramitar todo.
Espero le sirva de ayuda para alguien más en mi situación o siguientes procesos.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23051
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Lun 15 Feb 2021, 22:29
Muchas gracias [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] , es interesante tu aporte , pero pienso que por el metodo de toda la vida examen en cnp y curso de 180 h todo es mas sencillo y simple, en todo caso la habilitación la tienes que tramitar igualmente en el CNP,
Mi modelo perfecto de habilitacion seria un grado medio para el tip de vs y uno superior para las tips superiores de detective DS y JS , el resto con grados medios seria suficiente y en su defecto si no fuera posible este caso que es dificil que algun dia sea ya que se tendrian que poner de acuerdo dos ministerios el de educacion y el de interior, la otra solucion seria que en vez de los actuales 180 de curso obigatorio que fueran 400 horas la mitad online y la mitad presenciales y que entraran ya todas las habilitaciones basicas, la de vigilante, escolta, explosivos etc, pero esto es mucho pedir.
Mi modelo perfecto de habilitacion seria un grado medio para el tip de vs y uno superior para las tips superiores de detective DS y JS , el resto con grados medios seria suficiente y en su defecto si no fuera posible este caso que es dificil que algun dia sea ya que se tendrian que poner de acuerdo dos ministerios el de educacion y el de interior, la otra solucion seria que en vez de los actuales 180 de curso obigatorio que fueran 400 horas la mitad online y la mitad presenciales y que entraran ya todas las habilitaciones basicas, la de vigilante, escolta, explosivos etc, pero esto es mucho pedir.
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Evanssnovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Internet
Mensajes : 7
Fecha de inscripción : 08/02/2021
Localización : Galicia
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Lun 15 Feb 2021, 22:39
Hombre, si se hubieran puesto de acuerdo antes de iniciar el proceso de certificación de profesionalidad ya habría tenido todo más claro y más rápido, porque la verdad es que mi evaluación fue muy simple ya que mi experiencia laboral y los cursos que he hecho en mi trabajo superan por bastante el curso de 180h. Ya sólo el curso de escolta que tengo serán unas 350h haciendo prácticas desde el primer día. Y el de seguridad lo mismo, unas 300h de curso incluyendo seguridad y escolta en zona de operaciones ambos. Ya la experiencia laboral la corroboraron de sobra los evaluadores del proceso.
Pero bueno, el caso es tener el proceso mucho más fácil y limpio para los que sigan este procedimiento.
Pero bueno, el caso es tener el proceso mucho más fácil y limpio para los que sigan este procedimiento.
A josepmarti le gusta esta publicaciòn
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23051
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Mar 16 Feb 2021, 07:18
Totalmente de acuerdo , si al menos dejaran las cosas claras desde un principio seria mucho mejor.
Enhorabuena por tu habilitación cercana y pronto andarás con un uniforme haciéndolo lo mejor posible.. Mientras aqui tienes todo nuestro apoyo para lo que precises.
Enhorabuena por tu habilitación cercana y pronto andarás con un uniforme haciéndolo lo mejor posible.. Mientras aqui tienes todo nuestro apoyo para lo que precises.
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Evanssnovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Internet
Mensajes : 7
Fecha de inscripción : 08/02/2021
Localización : Galicia
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Mar 16 Feb 2021, 10:48
Bueno, uniforme ya llevo y espero que por muchos años más, la certificación y habilitación la tengo ahí por si acaso no logro la permanencia y tengo que colgar este por otro.
- Insigpolnovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Google
Mensajes : 11
Fecha de inscripción : 26/02/2021
Localización : España
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Vie 26 Feb 2021, 18:41
Recordad los que estáis en Cataluña, en Barcelona, que en Insigpol se puede comprar la placa de vigilante de seguridad de metal o velcro. Solo por la mañana de 9 a 13 horas.
En cuanto a como se obtiene la TIP hoy un vigilante me dice que ahora el examen se hace en la misma academia donde uno ha estudiado. Fenomenal.
En cuanto a como se obtiene la TIP hoy un vigilante me dice que ahora el examen se hace en la misma academia donde uno ha estudiado. Fenomenal.
A josepmarti le gusta esta publicaciòn
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23051
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Vie 26 Feb 2021, 19:50
Insigpol escribió:Recordad los que estáis en Cataluña, en Barcelona, que en Insigpol se puede comprar la placa de vigilante de seguridad de metal o velcro. Solo por la mañana de 9 a 13 horas.
En cuanto a como se obtiene la TIP hoy un vigilante me dice que ahora el examen se hace en la misma academia donde uno ha estudiado. Fenomenal.
Si con los certificados de profesionalidad , algo en lo que no casamos muchos ya que es una fabrica de vigilantes que la condicion fisica no importa y que ademas tienen el aprobado seguro, nosotros desde aqui estamos a favor de que se siga con el examen en CNP y se realicen pruebas fisicas algo mas exigentes ademas de las de conocimientos con el fin de aumentar el nivel de los nuevos vigilantes y no al contrario que vemos como cada dia se incorporan nuevos incompetentes a nuestro sector por que asi lo quieren las instituciones y empresas de seguridad , personas sin formacion alguna venidas de otros sectores porque tienen crisis en su sector y van a lo facil en vez de especializarse en algo relacionado con lo suyo, despues llegan las vacas gordas y hay estampida del sector otra vez hacia la obra u otros sectores menos sacrificados donde se descansa el fin de semana y festivos.
Una mayor profesionalización del sector seria la solución mejor para todos, tu mismo puedes ver que para comprar una simple defensa de vigilante lo que se necesita , es ridículo , nuestra dotación etc
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Pedro_J_novato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Internet
Mensajes : 1
Fecha de inscripción : 04/10/2021
Localización : Almería
Re: Nuevo en el foro y con una gran duda, habilitación TIP por cualificación profesional.
Lun 04 Oct 2021, 20:29
Buenas tardes a todos, soy nuevo en el foro.
Perdón por escribir en este hilo antiguo pero tengo dudas similares a las que planteaba Evanss en su momento, y desde Policia Nacional no me dejan claro el tema de las prácticas.
En mi caso el proceso de acreditación y evaluación de competencias ha sido a través de formación no formal, en la que sumo más de 1000 horas, además de estar en proceso de habilitación como jefe de seguridad y director de seguridad.
¿Alguien puede aportar más datos sobre el tema o habría forma de contactar directamente con Evanss?
Muchas gracias!
Perdón por escribir en este hilo antiguo pero tengo dudas similares a las que planteaba Evanss en su momento, y desde Policia Nacional no me dejan claro el tema de las prácticas.
En mi caso el proceso de acreditación y evaluación de competencias ha sido a través de formación no formal, en la que sumo más de 1000 horas, además de estar en proceso de habilitación como jefe de seguridad y director de seguridad.
¿Alguien puede aportar más datos sobre el tema o habría forma de contactar directamente con Evanss?
Muchas gracias!
- Contenido patrocinado
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.