- Samu114Principiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Horas extras en otro servicio
Jue 23 Ene 2020, 18:22
Buenas tardes gente, tengo dos dudas que ayer me comentó un compañero acerca de mi situación, tengo contrato por obra y servicio para Mediamarkt y Real Madrid (ya sabréis empresa), me comentó que si hago horas extras fuera de esos servicios mi contrato para a ser ¿Indefinido? Y la otra sería, que me puedo negar a hacer servicios (según CC) que estén a más de 1h de mi domicilio (aunque tardo 40' en coche, Móstoles- San Sebastián de los Reyes, estoy cansado de estar de mochilero porque no llego a horas de mi contrato (tengo 150h y estoy en dos tiendas) ¿podría pedir una reducción de horas voluntaria para que no me mareen?...muchas gracias gente
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Re: Horas extras en otro servicio
Jue 23 Ene 2020, 19:06
Supongo que tendrás dos contratos de obra y servicio, uno para Mediamark y otro para el fútbol.
Y que además en cada uno de esos contratos pone una causa de temporalidad como razón del contrato, que de verdad sea temporal. Es decir, que no puede poner en ninguno de ellos: vigilante en Mediamark. Ni vigilante en tal estadio de fútbol. Sino que debe poner en cada uno:
Vigilar tal cosa concreta que solo va a estar ahí un tiempo.
Ejemplo: vigilar la puerta de entrada en mediamark que se ha roto.
O vigilar la obra de remodelación del apartado de informática y tecnología.
O vigilar la pared sur rota hasta que la arreglen.
Si ambos contratos no ponen causa temporal del contrato y te ponen como vigilante en general, ya eres indefinido por ley, por estar tus contratos en fraude de ley.
Los contratos temporales de obra no son por ejemplo estar en mediamark hasta que mediamark cierre y entonces se acaba el contrato. Sino que son contratos que se hacen cuando "pasa algo" diferente, como un destrozo de algo concreto que haya que vigilar hasta que se arregle, una obra de ladrillos que va a acabar algún día, y cosas que sean temporales a simple vista y que por ello se necesite un aumento momentáneo de personal que haga SOLO ESO, y no haga lo que hacen los empleados que están ahí fijos.
- Si no tienes dos contratos de obra.
- si ambos contratos no tienen una contratación tuya que refleje algo temporal.
- si has trabajado en lo mismo que el resto de vigilantes que haya en ambos, o en uno de tus dos servicios, es decir, si no te has dedicado solo a una cosa que sea temporal de por sí misma.
- si cumples uno solo de los 3 puntos anteriores ya eres indefinido por ley.
Y:
- si ya has ido a otros servicios distintos varias veces. También serías indefinido por ley aunque ninguno de los otros 3 puntos no los cumplieras.
Lo otro:
No es que te puedas negar a ir a 1 hora de distancia, es que te puedes negar hasta a ir al lado de tu casa a vigilar el súper de tu vecindario.
Porque tú solo tienes contratos para ir a mediamark y al fútbol.
Por lo tanto te puedes negar a ir a otras partes cualquiera que sean.
¿Cómo es eso de que estás en dos tiendas? ¿No estabas en mediamark solo, y en el fútbol? ¿Estás en dos mediamark distintos?
¿Y cómo es eso de que tienes 150 horas y no llegas a la jornada?
¿Ponen tus dos contratos las horas que vas a hacer en cada uno de los dos sitios (mediamark y fútbol?
¿Por qué quieres reducirte la jornada? Es que no entiendo. ¿Quieres currar menos horas?
Contesta un poco para poder seguir respondiendote.
Aunque el resumen es el siguiente, y no me equivocaré:
Ya eres indefinido por ley vayas a donde vayas, y si te despidiesen por fin de obra, y denunciases ese despido cobrarías 33 días por año trabajado de indemnización en lugar de solo 12 por año trabajado.
Y esto lo se porque tus contratos de obra serán solo uno, osea ilegal, y además no pondrán causa de temporalidad, y además has salido fuera ya.
Y que además en cada uno de esos contratos pone una causa de temporalidad como razón del contrato, que de verdad sea temporal. Es decir, que no puede poner en ninguno de ellos: vigilante en Mediamark. Ni vigilante en tal estadio de fútbol. Sino que debe poner en cada uno:
Vigilar tal cosa concreta que solo va a estar ahí un tiempo.
Ejemplo: vigilar la puerta de entrada en mediamark que se ha roto.
O vigilar la obra de remodelación del apartado de informática y tecnología.
O vigilar la pared sur rota hasta que la arreglen.
Si ambos contratos no ponen causa temporal del contrato y te ponen como vigilante en general, ya eres indefinido por ley, por estar tus contratos en fraude de ley.
Los contratos temporales de obra no son por ejemplo estar en mediamark hasta que mediamark cierre y entonces se acaba el contrato. Sino que son contratos que se hacen cuando "pasa algo" diferente, como un destrozo de algo concreto que haya que vigilar hasta que se arregle, una obra de ladrillos que va a acabar algún día, y cosas que sean temporales a simple vista y que por ello se necesite un aumento momentáneo de personal que haga SOLO ESO, y no haga lo que hacen los empleados que están ahí fijos.
- Si no tienes dos contratos de obra.
- si ambos contratos no tienen una contratación tuya que refleje algo temporal.
- si has trabajado en lo mismo que el resto de vigilantes que haya en ambos, o en uno de tus dos servicios, es decir, si no te has dedicado solo a una cosa que sea temporal de por sí misma.
- si cumples uno solo de los 3 puntos anteriores ya eres indefinido por ley.
Y:
- si ya has ido a otros servicios distintos varias veces. También serías indefinido por ley aunque ninguno de los otros 3 puntos no los cumplieras.
Lo otro:
No es que te puedas negar a ir a 1 hora de distancia, es que te puedes negar hasta a ir al lado de tu casa a vigilar el súper de tu vecindario.
Porque tú solo tienes contratos para ir a mediamark y al fútbol.
Por lo tanto te puedes negar a ir a otras partes cualquiera que sean.
¿Cómo es eso de que estás en dos tiendas? ¿No estabas en mediamark solo, y en el fútbol? ¿Estás en dos mediamark distintos?
¿Y cómo es eso de que tienes 150 horas y no llegas a la jornada?
¿Ponen tus dos contratos las horas que vas a hacer en cada uno de los dos sitios (mediamark y fútbol?
¿Por qué quieres reducirte la jornada? Es que no entiendo. ¿Quieres currar menos horas?
Contesta un poco para poder seguir respondiendote.
Aunque el resumen es el siguiente, y no me equivocaré:
Ya eres indefinido por ley vayas a donde vayas, y si te despidiesen por fin de obra, y denunciases ese despido cobrarías 33 días por año trabajado de indemnización en lugar de solo 12 por año trabajado.
Y esto lo se porque tus contratos de obra serán solo uno, osea ilegal, y además no pondrán causa de temporalidad, y además has salido fuera ya.
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Re: Horas extras en otro servicio
Jue 23 Ene 2020, 20:17
Estoy en dos tiendas de MM, porque con una no llego a horas ni de broma, ni con las dos, por eso tengo que hacer servicios fuera.... a los partidos voy cuando puedo claro, no especifica nada de que tengo que realizar ni las horas, simplemente vigilante en MM y Real Madrid, y había pensado en reducir la jornada para que no me tuvieran de un lado a otro (más que nada porque no llego a horas y tengo que cubrirlas) pero claro, no "visitando" 5 lugares como me está pasando este mes, hoy por ejemplo estoy en una tienda de deportes de Sanse, ayer estuve en IFEMA, y el día anterior en un MM de Madrid, pone 150 porque le dió la gana al gestor operativo....y es un lío que no puedo ni organizar mi vida casi...muchas gracias por las respuestas, ayudáis mucho.
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Re: Horas extras en otro servicio
Jue 23 Ene 2020, 23:10
Pues entonces eres indefinido por ley.
Si te despiden denuncias y cobras 33 días por año.
En tu contrato EN FRAUDE tiene que poner si estás a jornada completa, o a media jornada, o a cuántas horas al mes.
Aunque entiendo que en tu contrato pone 150 horas al mes ¿verdad? Tiene que poner algo, léelo bien. Las 150 horas deben aparecer en tu contrato. O si no otro tipo de jornada pero eso fijo lo tiene que poner.
No es lo que le de la gana al gestor, es la jornada que ponga en tu contrato. Si no pusiera nada sería algo ya inaudito porque en los mismos modelos del contrato ya lo pone en casillas, o renglones. Y deben estar marcadas si es así.
A no ser que te hubiesen hecho el contrato en una servilleta de papel escrito.
Si sales fuera de tu localidad DE CONTRATO, con tu coche, entonces deben pagarte kilometraje, a 0,29 euros creo que es este año, cada km recorrido.
Y también pagarte las horas invertidas en el viaje de ida y de vuelta.
Si no hay nada de todo ésto, pones una denuncia en inspección de trabajo bajándote el modelo oficial de internet.
Tienes bastante que denunciar, si quieres.
Las denuncias protegen contra despidos improcedentes (es decir, los que no proceden por no haber hecho tú nada, y los que no son EREs o cosas así).
Esos despidos improcedentes, mediando denuncia son nulos.
Si quieres reducirte jornada lo pides por escrito, cuántas horas quieres hacer, si media jornada, o 120 horas... Pones que lo pides por motivos personales.
Otra cosa es que te la reduzcan luego.
Y encima si te la reducen te mandarán hacer horas igual, y si no las haces irás a la calle si es que tienes poca antigüedad. Una empresa fraudulenta lo será siempre con todo.
¿Tienes hijos menores de 12 años? Porque entonces tienes chupada la reducción, y encima estarás protegido contra despidos improcedentes, y no te mandarán hacer horas.
Si te despiden denuncias y cobras 33 días por año.
En tu contrato EN FRAUDE tiene que poner si estás a jornada completa, o a media jornada, o a cuántas horas al mes.
Aunque entiendo que en tu contrato pone 150 horas al mes ¿verdad? Tiene que poner algo, léelo bien. Las 150 horas deben aparecer en tu contrato. O si no otro tipo de jornada pero eso fijo lo tiene que poner.
No es lo que le de la gana al gestor, es la jornada que ponga en tu contrato. Si no pusiera nada sería algo ya inaudito porque en los mismos modelos del contrato ya lo pone en casillas, o renglones. Y deben estar marcadas si es así.
A no ser que te hubiesen hecho el contrato en una servilleta de papel escrito.
Si sales fuera de tu localidad DE CONTRATO, con tu coche, entonces deben pagarte kilometraje, a 0,29 euros creo que es este año, cada km recorrido.
Y también pagarte las horas invertidas en el viaje de ida y de vuelta.
Si no hay nada de todo ésto, pones una denuncia en inspección de trabajo bajándote el modelo oficial de internet.
Tienes bastante que denunciar, si quieres.
Las denuncias protegen contra despidos improcedentes (es decir, los que no proceden por no haber hecho tú nada, y los que no son EREs o cosas así).
Esos despidos improcedentes, mediando denuncia son nulos.
Si quieres reducirte jornada lo pides por escrito, cuántas horas quieres hacer, si media jornada, o 120 horas... Pones que lo pides por motivos personales.
Otra cosa es que te la reduzcan luego.
Y encima si te la reducen te mandarán hacer horas igual, y si no las haces irás a la calle si es que tienes poca antigüedad. Una empresa fraudulenta lo será siempre con todo.
¿Tienes hijos menores de 12 años? Porque entonces tienes chupada la reducción, y encima estarás protegido contra despidos improcedentes, y no te mandarán hacer horas.
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Re: Horas extras en otro servicio
Jue 23 Ene 2020, 23:20
Si en el contrato pone 150h, pero todo vino que antes tenía 90h/mes y hacía muchas horas extras y claro, no salía a cuenta... Lo del gestor me refería que me subía esa cifra porque quiso...hijos no tengo, por eso que quizás esté difícil que me la reduzcan. Gracias
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