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Horas mensuales
Mar 13 Ago 2019, 23:33
Buenas noches!
Hola compañeros, cómo puedo saber las horas que llevo si en este mes me he tomado una semana de vacaciones y he trabajado 45 horas contando mañana día 14/08/19?
Tengo contrato de un 40%
Sé que el cómputo es de 64 horas al mes.
Gracias
Hola compañeros, cómo puedo saber las horas que llevo si en este mes me he tomado una semana de vacaciones y he trabajado 45 horas contando mañana día 14/08/19?
Tengo contrato de un 40%
Sé que el cómputo es de 64 horas al mes.
Gracias
- JailvyPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Horas mensuales
Miér 14 Ago 2019, 02:38
Buenas, si tienes un contrato de 64h al mes, y has disfrutado de 7 días de vacaciones seria:
(Horas que debes hacer por contrato / por días de vacaciones según convenio, ese resultado serán horas que obtienes por dia de vacaciones) multiplicado por los días que has tenido.
64/31*7=14.45h
Entonces son 14.54h + 45h qué llevas este mes=59.45h
(Horas que debes hacer por contrato / por días de vacaciones según convenio, ese resultado serán horas que obtienes por dia de vacaciones) multiplicado por los días que has tenido.
64/31*7=14.45h
Entonces son 14.54h + 45h qué llevas este mes=59.45h
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Re: Horas mensuales
Miér 14 Ago 2019, 13:17
Gracias!
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Re: Horas mensuales
Sáb 17 Ago 2019, 17:06
Otra pregunta, si entra otra empresa, me tiene que subrogar si llevo 9 meses con ese mismo contrato? 40% obra y servicio
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Re: Horas mensuales
Dom 20 Oct 2019, 12:53
Buenos días, en el Parte Mensual de Horas, si trabajo de 23 a 07 de un día no festivo ¿cómo registro en dicho parte, como 8 horas de nocturnidad? Y en este caso cómo se me pagaría por hora trabajada? ¿Y si uera de 23 a 07 de un día sábado o domingo, cómo me lo pagarían por hora nocturna? Gracias.
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Re: Horas mensuales
Dom 20 Oct 2019, 13:37
Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad 2017 - 2020.
Artículo 43. Complementos de puesto de trabajo.
g) Plus de Trabajo Nocturno.– Se fija un plus de Trabajo Nocturno por hora trabajada. De acuerdo con el Artículo 52 del presente Convenio Colectivo, se entenderá por trabajo nocturno el comprendido entre las veintidós horas y las seis horas del día siguiente. Si las horas trabajadas en jornada nocturna fueran de cuatro o más horas, se abonará el plus correspondiente a la jornada trabajada, con máximo de ocho horas.
Cada hora nocturna trabajada se abonará, de acuerdo con cada nivel funcional, con arreglo a las siguientes tablas:
Valor horas nocturnas 2019
Vigilante de Seguridad - 1,03 €
Artículo 52. Jornada de trabajo.
Se entenderá como trabajo nocturno el que se realice entre las veintidós horas y las seis horas.
Artículo 43. Complementos de puesto de trabajo.
h) Plus Fin de Semana y Festivos.
Teniendo en cuenta que los fines de semana y festivos del año son habitualmente días laborables normales en el cuadrante de los vigilantes de seguridad del Servicio de Vigilancia, se acuerda abonar a estos trabajadores un Plus por hora efectiva trabajada durante los sábados, domingos y festivos de 0,79 euros el año 2017, 0,81 euros el año 2018, 0,83 euros el año 2019 y 0,85 euros el año 2020.
A efectos de cómputo será a partir de las 00,00 horas del sábado a las 24,00 del domingo y en los festivos de las 00,00 horas a las 24,00 horas de dichos días trabajados. No es abonable para aquellos trabajadores que hayan sido contratados expresamente para trabajar en dichos días (Ej. Contratos a Tiempo Parcial para fines de semana).
A los efectos de los días festivos, se tendrán en cuenta los nacionales, autonómicos y locales señalados para cada año, correspondientes al lugar de trabajo donde el vigilante de seguridad de vigilancia preste el servicio, independientemente del centro de trabajo donde esté dado de alta.
Fuente: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
En el caso que tu expones de 23 a 07 horas, serían 7 horas con la consideración de nocturnas,
pero al ser más de cuatro horas en jornada nocturna, te corresponde el plus de la jornada completa,
8 horas a 1.03 € en 2019, salen 8.24 € por noche trabajada.
Si estas horas nocturnas se realizan en fin de semana o festivo, has de incluir dicho plus, pero en este caso las horas de cómputo como puedes ver en los artículos del convenio son diferentes.
En el caso que expones de 23 a 07 sábado + domingo, serían 8 festivas del sábado + 1 festiva del domingo,
9 horas festivas a 0.83 € en 2019, salen 7.47 €.
Saludos.
Artículo 43. Complementos de puesto de trabajo.
g) Plus de Trabajo Nocturno.– Se fija un plus de Trabajo Nocturno por hora trabajada. De acuerdo con el Artículo 52 del presente Convenio Colectivo, se entenderá por trabajo nocturno el comprendido entre las veintidós horas y las seis horas del día siguiente. Si las horas trabajadas en jornada nocturna fueran de cuatro o más horas, se abonará el plus correspondiente a la jornada trabajada, con máximo de ocho horas.
Cada hora nocturna trabajada se abonará, de acuerdo con cada nivel funcional, con arreglo a las siguientes tablas:
Valor horas nocturnas 2019
Vigilante de Seguridad - 1,03 €
Artículo 52. Jornada de trabajo.
Se entenderá como trabajo nocturno el que se realice entre las veintidós horas y las seis horas.
Artículo 43. Complementos de puesto de trabajo.
h) Plus Fin de Semana y Festivos.
Teniendo en cuenta que los fines de semana y festivos del año son habitualmente días laborables normales en el cuadrante de los vigilantes de seguridad del Servicio de Vigilancia, se acuerda abonar a estos trabajadores un Plus por hora efectiva trabajada durante los sábados, domingos y festivos de 0,79 euros el año 2017, 0,81 euros el año 2018, 0,83 euros el año 2019 y 0,85 euros el año 2020.
A efectos de cómputo será a partir de las 00,00 horas del sábado a las 24,00 del domingo y en los festivos de las 00,00 horas a las 24,00 horas de dichos días trabajados. No es abonable para aquellos trabajadores que hayan sido contratados expresamente para trabajar en dichos días (Ej. Contratos a Tiempo Parcial para fines de semana).
A los efectos de los días festivos, se tendrán en cuenta los nacionales, autonómicos y locales señalados para cada año, correspondientes al lugar de trabajo donde el vigilante de seguridad de vigilancia preste el servicio, independientemente del centro de trabajo donde esté dado de alta.
Fuente: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
En el caso que tu expones de 23 a 07 horas, serían 7 horas con la consideración de nocturnas,
pero al ser más de cuatro horas en jornada nocturna, te corresponde el plus de la jornada completa,
8 horas a 1.03 € en 2019, salen 8.24 € por noche trabajada.
Si estas horas nocturnas se realizan en fin de semana o festivo, has de incluir dicho plus, pero en este caso las horas de cómputo como puedes ver en los artículos del convenio son diferentes.
En el caso que expones de 23 a 07 sábado + domingo, serían 8 festivas del sábado + 1 festiva del domingo,
9 horas festivas a 0.83 € en 2019, salen 7.47 €.
Saludos.
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Re: Horas mensuales
Dom 20 Oct 2019, 13:45
US12 escribió:¿cómo registro en dicho parte, como 8 horas de nocturnidad?
En vez de registrarlo por horas nocturnas, puedes hacerlo por jornadas nocturnas.
Si lo haces por horas en vez de por jornadas, es muy fácil que si no revisas la nómina, te computen sólo las horas que realmente tienen la consideración de nocturnas. Y en el caso que expones de 23 a 07, serían 7 horas, con lo cual estarías perdiendo 1 hora nocturna por jornada, que han de abonarte igual ya que así lo recoge el convenio.
Si ponemos una semana de 23 a 07, si registras en el parte las horas nocturnas, estas serían 49, cuando realmente has de cobrar 56 horas nocturnas correspondientes a 7 jornadas nocturnas.
Saludos.
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Re: Horas mensuales
Dom 20 Oct 2019, 19:14
Vise escribió:Otra pregunta, si entra otra empresa, me tiene que subrogar si llevo 9 meses con ese mismo contrato? 40% obra y servicio
uy esto está sin contestar, disculpa compi.
Si, te tienen que subrogar. Es decir que te corresponde, con lo mismo que tienes.
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