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El Art. 174 Codigo penal
Vie 14 Jun 2019, 14:19
Al parecer los que nos gobiernan no saben leer o ven solo lo que les interesan. Pero este art 174 CP se lo pasan por el forro de los bemoles y lo digo porque llevo años aguantando estas barbaridades en mi persona y no tienen intencion de frenarse en su empeño de seguir torturando y creo que es mi deber denunciarlo para que sepan que muy solapadamente ciertos grupos se dedican a perseguir a otros y no para vendecirlos por sus buenas obras si no porque les incomoda gente despierta en las esferas en que ellos se suelen mover. Un ladron se siente incomodo cuando esta con la victima porque su propia conciencia ya le dice que no ha hecho lo correcto. Pues aquellos que son correctos en sus acciones no suelen esconderse ni temer nada con nadie y suelen dar la cara. Pero los corruptos no aguantan ni que se les mire y se sienten violentos y entoces se empiezan a movilizarse contra quienes les increpan sus acciones o son honestos y suelen saltarse todo principio y etica sin ningun tapujo hasta que se salen con la suya.
Que sepais que esto esta pasando a cada momento muy solapadamente sin que nadie lo perciba. Y no se puede denunciar porque no son personas fisicas si no poderes inerrnos que como siempre repito son los que verdaderamente nos gobiernan.
Que sepais que esto esta pasando a cada momento muy solapadamente sin que nadie lo perciba. Y no se puede denunciar porque no son personas fisicas si no poderes inerrnos que como siempre repito son los que verdaderamente nos gobiernan.
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Re: El Art. 174 Codigo penal
Vie 14 Jun 2019, 15:52
Voy a proceder al pegado del artículo 174 que mencionas, para que podamos todos entender a qué te refieres:
Art 174 del código penal:
1. Comete tortura la autoridad o funcionario público que, abusando de su cargo, y con el fin de obtener una confesión o información de cualquier persona o de castigarla por cualquier hecho que haya cometido o se sospeche que ha cometido, o por cualquier razón basada en algún tipo de discriminación, la sometiere a condiciones o procedimientos que por su naturaleza, duración u otras circunstancias, le supongan sufrimientos físicos o mentales, la supresión o disminución de sus facultades de conocimiento, discernimiento o decisión o que, de cualquier otro modo, atenten contra su integridad moral. El culpable de tortura será castigado con la pena de prisión de dos a seis años si el atentado fuera grave, y de prisión de uno a tres años si no lo es. Además de las penas señaladas se impondrá, en todo caso, la pena de inhabilitación absoluta de ocho a 12 años.
2. En las mismas penas incurrirán, respectivamente, la autoridad o funcionario de instituciones penitenciarias o de centros de protección o corrección de menores que cometiere, respecto de detenidos, internos o presos, los actos a que se refiere el apartado anterior.
Art 174 del código penal:
1. Comete tortura la autoridad o funcionario público que, abusando de su cargo, y con el fin de obtener una confesión o información de cualquier persona o de castigarla por cualquier hecho que haya cometido o se sospeche que ha cometido, o por cualquier razón basada en algún tipo de discriminación, la sometiere a condiciones o procedimientos que por su naturaleza, duración u otras circunstancias, le supongan sufrimientos físicos o mentales, la supresión o disminución de sus facultades de conocimiento, discernimiento o decisión o que, de cualquier otro modo, atenten contra su integridad moral. El culpable de tortura será castigado con la pena de prisión de dos a seis años si el atentado fuera grave, y de prisión de uno a tres años si no lo es. Además de las penas señaladas se impondrá, en todo caso, la pena de inhabilitación absoluta de ocho a 12 años.
2. En las mismas penas incurrirán, respectivamente, la autoridad o funcionario de instituciones penitenciarias o de centros de protección o corrección de menores que cometiere, respecto de detenidos, internos o presos, los actos a que se refiere el apartado anterior.
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Re: El Art. 174 Codigo penal
Vie 14 Jun 2019, 16:23
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