Horas Extras Ilunion Seguridad
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Horas Extras Ilunion Seguridad
Dom 02 Jun 2019, 04:34
Buenas a todos.
Como describo en el titulo, pertenezco a Ilunion Seguridad, desde hará unos meses por subrogación en mi centro de trabajo. Os cuento un poco la idiosincrasia del puesto para que me entendáis mejor.
Tenemos un horario nocturno de 12H de Lunes a Viernes y se presta servicio de 24H en fines de semana y festivos.
Somos 3 vigilantes para el puesto.
Siguiendo la cadencia que tenemos en cuanto a turnos, todos los meses, excepto ocasiones concretas sacamos horas extras. Hasta ahora, con las dos empresas anteriores que hemos estado, Segur Ibérica y Securitas, cobrábamos las Horas Extras, a mes vencido. Teníamos y tenemos la facilidad cedida por parte de las empresas de seguridad, de organizarnos los turnos de forma anual, incluida la selección de vacaciones. De hecho, con la primera empresa, nos propuso si queríamos cubrirnos a nosotros mismos las vacaciones para poder cobrar esas extras, (sin meter a un 4º vigilante para cubrir) nosotros aceptamos porque nos interesaba a los 3 compañeros y Securitas respetó ese acuerdo previo y también nos lo dejó realizar. Con lo cual el mes que cubriamos al que se iba de vacaciones, era una "paliza", pero nos lucía en nómina.
Como veis todo bastante normal y de "buen rollo" por parte de las empresas hacia los trabajadores.
El conflicto ahora viene, porque revisando éstas primeras nóminas percibidas por parte de Ilunion, estamos viendo que las horas realizadas, no corresponden con lo trabajado en el mes correspondiente.
Mi caso concreto en ésta última nómina, que corresponde a las horas trabajadas de abril, yo tenía 180 horas realizadas, restando cómputo de 162, se me quedan en 18 Horas Extras. Y en ésta última nómina no figura ni una sola Hora Extra.
Los compañeros tienen el mismo problema, hablamos con el jefe a ver si es que hubiese algún error a nivel administrativo, ya tuvimos que tirarle de las orejas por la antigüedad que se "olvidaron" el primer mes, y nos dice que está todo correcto. Que la empresa solo va a pagar 80 Horas Extras al año, como el estatuto de trabajadores dice, y que algunos meses nos incluirán esas horas extras y otros meses no, hasta llegar a las famosas 80.
Hasta aquí nada reprochable a la empresa, porque está cumpliendo la legalidad, pero viendo el panorama, me asaltan dudas sobre qué hacer a partir de ahora sabiendo ésta información. Porque aparte, desde la subrogación, de informarnos de forma de trabajar de la empresa ni una palabra, estamos descubriendo como funcionan con el paso del tiempo y teniéndolos que llamar cuando vemos cosas "extrañas" como éste caso.
Este 2019 el que menos de los 3 compañeros está sacando unas 1900 y pico de horas anuales, y el que más unas 2200 y pico. Como veis hay un superávit de horas bastante alto, en cada uno.
Ahora mismo pienso, que lo que más me interesa, es ponerme a cómputo, o lo más cercano posible, estando a 12H serían 168 y serían 14 días trabajados al mes. Aún así estaríamos generando mensualmente 6 horas extras y 72 al año, que ahí estaríamos dentro de normativa de las 80 anuales. Aplicando ésto los 3 compañeros que somos, para cubrir las horas restantes, la empresa debería de meter un 4º vigilante en el puesto, para completar esas horas "sobrantes" de los 3. Pero esa solución conlleva acercarse demasiado al sueldo base, e irrisorio, que tenemos en nuestro "querido" convenio.
Nuestro jefe, ya nos ha dicho que la empresa no se va a "pillar los dedos" y va a cumplir lo de las 80 H.E/Año a rajatabla.
¿Que alternativas tenemos?
¿Que acuerdo podemos proponer a la empresa para poder mantener el "estatus económico" que teníamos con las anteriores empresas?
¿Pueden compensar tantas horas extras en libres?
¿Pueden pagar esas horas extras sobrantes a principio de año siguiente?
Perdón por el tostón, pero ando bastante preocupado con este tema, porque acabamos de empezar con Ilunion, y tendremos que estar con ellos 3 años, y esto hay que aclararlo lo antes posible.
Gracias chicos.
Un abrazo.
Como describo en el titulo, pertenezco a Ilunion Seguridad, desde hará unos meses por subrogación en mi centro de trabajo. Os cuento un poco la idiosincrasia del puesto para que me entendáis mejor.
Tenemos un horario nocturno de 12H de Lunes a Viernes y se presta servicio de 24H en fines de semana y festivos.
Somos 3 vigilantes para el puesto.
Siguiendo la cadencia que tenemos en cuanto a turnos, todos los meses, excepto ocasiones concretas sacamos horas extras. Hasta ahora, con las dos empresas anteriores que hemos estado, Segur Ibérica y Securitas, cobrábamos las Horas Extras, a mes vencido. Teníamos y tenemos la facilidad cedida por parte de las empresas de seguridad, de organizarnos los turnos de forma anual, incluida la selección de vacaciones. De hecho, con la primera empresa, nos propuso si queríamos cubrirnos a nosotros mismos las vacaciones para poder cobrar esas extras, (sin meter a un 4º vigilante para cubrir) nosotros aceptamos porque nos interesaba a los 3 compañeros y Securitas respetó ese acuerdo previo y también nos lo dejó realizar. Con lo cual el mes que cubriamos al que se iba de vacaciones, era una "paliza", pero nos lucía en nómina.
Como veis todo bastante normal y de "buen rollo" por parte de las empresas hacia los trabajadores.
El conflicto ahora viene, porque revisando éstas primeras nóminas percibidas por parte de Ilunion, estamos viendo que las horas realizadas, no corresponden con lo trabajado en el mes correspondiente.
Mi caso concreto en ésta última nómina, que corresponde a las horas trabajadas de abril, yo tenía 180 horas realizadas, restando cómputo de 162, se me quedan en 18 Horas Extras. Y en ésta última nómina no figura ni una sola Hora Extra.
Los compañeros tienen el mismo problema, hablamos con el jefe a ver si es que hubiese algún error a nivel administrativo, ya tuvimos que tirarle de las orejas por la antigüedad que se "olvidaron" el primer mes, y nos dice que está todo correcto. Que la empresa solo va a pagar 80 Horas Extras al año, como el estatuto de trabajadores dice, y que algunos meses nos incluirán esas horas extras y otros meses no, hasta llegar a las famosas 80.
Hasta aquí nada reprochable a la empresa, porque está cumpliendo la legalidad, pero viendo el panorama, me asaltan dudas sobre qué hacer a partir de ahora sabiendo ésta información. Porque aparte, desde la subrogación, de informarnos de forma de trabajar de la empresa ni una palabra, estamos descubriendo como funcionan con el paso del tiempo y teniéndolos que llamar cuando vemos cosas "extrañas" como éste caso.
Este 2019 el que menos de los 3 compañeros está sacando unas 1900 y pico de horas anuales, y el que más unas 2200 y pico. Como veis hay un superávit de horas bastante alto, en cada uno.
Ahora mismo pienso, que lo que más me interesa, es ponerme a cómputo, o lo más cercano posible, estando a 12H serían 168 y serían 14 días trabajados al mes. Aún así estaríamos generando mensualmente 6 horas extras y 72 al año, que ahí estaríamos dentro de normativa de las 80 anuales. Aplicando ésto los 3 compañeros que somos, para cubrir las horas restantes, la empresa debería de meter un 4º vigilante en el puesto, para completar esas horas "sobrantes" de los 3. Pero esa solución conlleva acercarse demasiado al sueldo base, e irrisorio, que tenemos en nuestro "querido" convenio.
Nuestro jefe, ya nos ha dicho que la empresa no se va a "pillar los dedos" y va a cumplir lo de las 80 H.E/Año a rajatabla.
¿Que alternativas tenemos?
¿Que acuerdo podemos proponer a la empresa para poder mantener el "estatus económico" que teníamos con las anteriores empresas?
¿Pueden compensar tantas horas extras en libres?
¿Pueden pagar esas horas extras sobrantes a principio de año siguiente?
Perdón por el tostón, pero ando bastante preocupado con este tema, porque acabamos de empezar con Ilunion, y tendremos que estar con ellos 3 años, y esto hay que aclararlo lo antes posible.
Gracias chicos.
Un abrazo.
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Re: Horas Extras Ilunion Seguridad
Dom 02 Jun 2019, 08:41
¿Que alternativas tenemos?
Yo no veo ninguna alternativa al deber de la empresa de que los empleados no realicen más de 80 horas extra anuales. Sobre todo a partir del 12 de mayo que entró en vigor la obligación del control horario (será que antes no era obligatorio, pero bueno, vamos a ).
La única que se me ocurre es bastante "tonta" pero ahí está: que la empresa os mande hacer horas extra de fuerza mayor (allá donde exista esa causa). Lo cuál no parece muy viable. Estas horas no computan para las 80 anuales, pero se cobran como extras.
No hay ninguna manera más de poder cobrar ahora con tope de 80 extras lo que cobrábais antes haciendo más de 80, en la misma empresa.
Pero podeis trabajar en otra empresa, como 2° trabajo. En ella podréis trabajar otra jornada entera si quereis. Las horas de ambas empresas no se suman. Pero luego para Hacienda son dos pagadores.
¿Que acuerdo podemos proponer a la empresa para poder mantener el "estatus económico" que teníamos con las anteriores empresas?
Ninguno.
¿Pueden compensar tantas horas extras en libres?
Las que puedan compensar en los 4 meses siguientes a su realización. Si alguna queda para el quinto mes ya no es una hora extra compensada, sino que es 1 hora extra del cómputo de 80.
Y deberían tenerse en cuenta el día y medio de descanso semanal, y el F/S libre mensual para esas realizaciones de horas extra, si quiere cumplir la empresa la legalidad vigente en materia de descansos (y no solo la legalidad sobre cómputo màximo de 80 extras anuales).
¿Pueden pagar esas horas extras sobrantes a principio de año siguiente?
¿Te refieres a las 80 sobrantes si se adaptan a la legalidad? Las pueden pagar cuando quieran, si ninguno vais a denunciar jamás.
El convenio dice que se pagan al mes siguiente de su realización. Pero luego ya, cada uno las puede cobrar cuando quiera. Digo yo, financiando a la empresa, jejee.
- NicoliiinoPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Horas Extras Ilunion Seguridad
Lun 03 Jun 2019, 18:43
Gracias por tu respuesta compañero.
En la última pregunta me refería a si yo hago en total 200 H.E/año y me pagan 80. Esas 120 restante las pueden pagar a primeros de año siguiente? Por ejemplo en dietas?
En la última pregunta me refería a si yo hago en total 200 H.E/año y me pagan 80. Esas 120 restante las pueden pagar a primeros de año siguiente? Por ejemplo en dietas?
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: Horas Extras Ilunion Seguridad
Lun 03 Jun 2019, 18:44
Si te pagan horas extras en dietas, sería ilegal.
Saludos.
Saludos.
- ValkyriaMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroRecompensaRecompensa por la aportación al foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: Horas Extras Ilunion Seguridad
Lun 03 Jun 2019, 19:06
Las dietas no cotizan a la Seguridad Social. Por eso es ilegal pagar extras como dietas. Y si la inspección de trabajo se llegara a enterar sanción al canto a la empresa. Y tal vez a vosotros los vigilantes por aceptar ese cobro ilegal. Podrían sancionaros también, aunque no suelan hacerlo. Pero poder, supongo que podrían.
Cualquier acuerdo al que pudieseis llegar con la empresa en el sentido de superar las 80 extras anuales sería ilegal.
Aunque firmeis que estais de acuerdo en cobrar esas horas como tal cosa, o como tal otra, sería ilegal.
Podeis currar en cualquier otra empresa de seguridad, o no de seguridad (camarero, albañil, dependiente...). Eso está permitido por ley.
Y hacer en la vuestra 1782 horas anuales más 80 extras, y en la otra otras 1782 horas anuales más 80 extras (o las que ponga en el convenio de la nueva empresa).
Esto se permite perfectamente. Y la razón es, para mi, que así ninguna se libra de cotizar al Estado.
Porque si ahora tu curras 200 horas extra en tu empresa, se libran de cotizar por un empleado nuevo, cuya cotización sería superior por esas 200 horas que la tuya si las haces tú. Ya que a él le deben hacer un contrato nuevo y cotizar por ese contrato.
El Estado no prohibe las horas extra por nuestro cansancio como personas explotadas. Lo prohibe por su interés en las cotizaciones. Si no no se entendería la permisividad en cuanto a currar las 24 horas del día en varias empresas.
Cualquier acuerdo al que pudieseis llegar con la empresa en el sentido de superar las 80 extras anuales sería ilegal.
Aunque firmeis que estais de acuerdo en cobrar esas horas como tal cosa, o como tal otra, sería ilegal.
Podeis currar en cualquier otra empresa de seguridad, o no de seguridad (camarero, albañil, dependiente...). Eso está permitido por ley.
Y hacer en la vuestra 1782 horas anuales más 80 extras, y en la otra otras 1782 horas anuales más 80 extras (o las que ponga en el convenio de la nueva empresa).
Esto se permite perfectamente. Y la razón es, para mi, que así ninguna se libra de cotizar al Estado.
Porque si ahora tu curras 200 horas extra en tu empresa, se libran de cotizar por un empleado nuevo, cuya cotización sería superior por esas 200 horas que la tuya si las haces tú. Ya que a él le deben hacer un contrato nuevo y cotizar por ese contrato.
El Estado no prohibe las horas extra por nuestro cansancio como personas explotadas. Lo prohibe por su interés en las cotizaciones. Si no no se entendería la permisividad en cuanto a currar las 24 horas del día en varias empresas.
- InvitadoInvitadoPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
Re: Horas Extras Ilunion Seguridad
Mar 04 Jun 2019, 08:40
Nicoliiino escribió:Buenas a todos.
¿Que alternativas tenemos?
¿Que acuerdo podemos proponer a la empresa para poder mantener el "estatus económico" que teníamos con las anteriores empresas?
¿Pueden compensar tantas horas extras en libres?
¿Pueden pagar esas horas extras sobrantes a principio de año siguiente?
Perdón por el tostón, pero ando bastante preocupado con este tema, porque acabamos de empezar con Ilunion, y tendremos que estar con ellos 3 años, y esto hay que aclararlo lo antes posible.
Gracias chicos.
Un abrazo.
Alternativa??? no pagan horas extras....no se hace ninguna acaso la empresa le regala a los clientes los servicios??? no verdad si n ose cobra no se hacen.....que el tiempo de la esclavitud ya paso
- InvitadoInvitadoPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
Re: Horas Extras Ilunion Seguridad
Mar 04 Jun 2019, 08:40
Alternativa??? no pagan horas extras....no se hace ninguna acaso la empresa le regala a los clientes los servicios??? no verdad si n ose cobra no se hacen.....que el tiempo de la esclavitud ya paso[/quote]
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