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Contestación jefe inspección de trabajo a consulta sobre recuperaciones de jornada y cómputo en días de permiso o bajas (julio 2016)
Dom 24 Mar 2019, 14:03
Contestación jefe inspección de trabajo a consulta sobre recuperaciones de jornada y cómputo en días de permiso o bajas (julio 2016)
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Se comentará éste acta de contestación para mayor claridad.
Esto era del año 2016 con el antiguo convenio en el que no estaban las fórmulas de pega que hay ahora en el nuevo convenio sobre cómputos varios en permisos...etc.
Aún así podemos comprobar que las fórmulas de ahora tampoco se adaptan a ésta información.
Y lo que se adapta aún menos, si cabe, ahora, es el cómputo que nos hacen las empresas en situación de baja por enfermedad, que sigue siendo 5,4 o así.
Según este acta TODO se computa en relación al horario que se tenía en CADA DÍA de cuadrante, y por tanto no puede haber recuperaciones de jornada ILEGALES.
Explicaremos párrafo por párrafo de este acta por si hay alguien que no lo entienda, o sea nuevo en el sector.
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Se comentará éste acta de contestación para mayor claridad.
Esto era del año 2016 con el antiguo convenio en el que no estaban las fórmulas de pega que hay ahora en el nuevo convenio sobre cómputos varios en permisos...etc.
Aún así podemos comprobar que las fórmulas de ahora tampoco se adaptan a ésta información.
Y lo que se adapta aún menos, si cabe, ahora, es el cómputo que nos hacen las empresas en situación de baja por enfermedad, que sigue siendo 5,4 o así.
Según este acta TODO se computa en relación al horario que se tenía en CADA DÍA de cuadrante, y por tanto no puede haber recuperaciones de jornada ILEGALES.
Explicaremos párrafo por párrafo de este acta por si hay alguien que no lo entienda, o sea nuevo en el sector.
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Re: Contestación jefe inspección de trabajo a consulta sobre recuperaciones de jornada y cómputo en días de permiso o bajas (julio 2016)
Dom 24 Mar 2019, 15:54
Esto es algo que se deberia tener muy encuenta, muchas gracias como siempre por tenernos informados, y como bien dices aunque el nuevo convenio ponga ciertos "limites", el convenio nunca puede vulnerar algo superior como es la inspección de trabajo.
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Re: Contestación jefe inspección de trabajo a consulta sobre recuperaciones de jornada y cómputo en días de permiso o bajas (julio 2016)
Dom 24 Mar 2019, 16:33
Lo casi más llamativo es que aún nos computan las bajas a 5,4 horas al día de baja. Lo cual si uno tenía una jornada de 8 horas diarias en una semana por cuadrante, computarían 8x7= 56 horas si trabajas. Pero si estás de baja te computan las empresas a 5,4 horas por día:
5,4 x 7= 37,8 horas
La diferencia sería de 18,2 horas, que no es moco de pavo.
Y luego te mandarían encima recuperarlas.
Y como hemos leido en el acta, esto no es asi. Se debe computar esa baja por 56 horas, que eran las que teníamos en el cuadrante.
Asi que a la hora de reclamar horas impagadas supongo que si llevamos éste acta al juicio será todo más sencillo sin dar lugar a interpretaciones del juez, o abogados...
Para ello habría que conseguir el original, tal vez nos lo entreguen en la propia inspección rebuscando entre sus archivos, no lo se. Ahí viene la referencia y la fecha.
Pero esto son 2 fotos que encontré en la galería de mi móvil borrando imágenes antiguas.
¿Cuánto dinero habremos perdido en deber horas ilegalmente, así como lo perdido por el asunto de las horas extra al 75%? Miles de euros cada vigilante que lleve años currando. Y eso es lo que han ganado nuestras empresas.
A ver qué es lo siguiente ilegal que encontramos.
Lo que habría que averiguar es cómo transformar una simple demanda de reclamación de cantidades no abonadas en un delito. Tiene que ser un delito.
Yo voy a investigar a ver.
No puede ser que un hurto sea delito y una "no entrega de dinero a quien se lo ha ganado" no lo sea. Puede recordarnos a la "apropiación indebida". Pero hay que investigar el tema.
5,4 x 7= 37,8 horas
La diferencia sería de 18,2 horas, que no es moco de pavo.
Y luego te mandarían encima recuperarlas.
Y como hemos leido en el acta, esto no es asi. Se debe computar esa baja por 56 horas, que eran las que teníamos en el cuadrante.
Asi que a la hora de reclamar horas impagadas supongo que si llevamos éste acta al juicio será todo más sencillo sin dar lugar a interpretaciones del juez, o abogados...
Para ello habría que conseguir el original, tal vez nos lo entreguen en la propia inspección rebuscando entre sus archivos, no lo se. Ahí viene la referencia y la fecha.
Pero esto son 2 fotos que encontré en la galería de mi móvil borrando imágenes antiguas.
¿Cuánto dinero habremos perdido en deber horas ilegalmente, así como lo perdido por el asunto de las horas extra al 75%? Miles de euros cada vigilante que lleve años currando. Y eso es lo que han ganado nuestras empresas.
A ver qué es lo siguiente ilegal que encontramos.
Lo que habría que averiguar es cómo transformar una simple demanda de reclamación de cantidades no abonadas en un delito. Tiene que ser un delito.
Yo voy a investigar a ver.
No puede ser que un hurto sea delito y una "no entrega de dinero a quien se lo ha ganado" no lo sea. Puede recordarnos a la "apropiación indebida". Pero hay que investigar el tema.
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