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indispuesto durante el servicio
Miér 12 Dic 2018, 13:02
Me gustaria saberr cuales son los pasos a seguir si me encuentro indispuesto durante el servicio, bien por enfermedad o por otro motivo
otro duda, hay algun numero de telefono donde llamar los vs a la policia?
otro duda, hay algun numero de telefono donde llamar los vs a la policia?
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Re: indispuesto durante el servicio
Miér 12 Dic 2018, 13:08
No estarás ahora indispuesto en el Servicio.
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Re: indispuesto durante el servicio
Miér 12 Dic 2018, 13:21
fernando francisco escribió:Me gustaria saberr cuales son los pasos a seguir si me encuentro indispuesto durante el servicio, bien por enfermedad o por otro motivo
otro duda, hay algun numero de telefono donde llamar los vs a la policia?
Para las indisposiciones, lo normal es ponerse en contacto con los responsables del Servicio: Cliente / Tu Empresa, y ellos ya te dirán los pasos que tienes que seguir.
En cuanto a los números de teléfono de la Policia, pues depende lo que quieras comunicar,
una emergencia, una información de seguridad relevante, una consulta...
Saludos, fernando francisco
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Re: indispuesto durante el servicio
Miér 12 Dic 2018, 14:11
Hola esto de indispuesto de servicio dentro de horario tiene lo suyo ;
.si es en inicio claro se debe avisar a la persona que se tenga como responsable (servicio no se presenta o indispuesto )tema de cobrir, falta vigilante claro está
.si esta dentro de servicio iniciado ;
.caso igual
.Si está inicio o iniciado pero ;
cada fin de semana igual hace indispuesto
.casi cada día en inicio indispuesto o cada 3 días indispuesto
.........en estos casos jajajaa
avisas,dices a la empresa de seguridad claro está jajaja pero superior de seguridad jefe de seguridad le es igual empresa incompetente se nota "le es igual"
Reunión de x vigilante esto no se hace,el cliente nos puede decir este servicio final,y ya está jajaja esto puede ser?
.
Esto puede ser?
Puede existir estas empresas?
Esta inresponsablidad no debe estar?
.si es en inicio claro se debe avisar a la persona que se tenga como responsable (servicio no se presenta o indispuesto )tema de cobrir, falta vigilante claro está
.si esta dentro de servicio iniciado ;
.caso igual
.Si está inicio o iniciado pero ;
cada fin de semana igual hace indispuesto
.casi cada día en inicio indispuesto o cada 3 días indispuesto
.........en estos casos jajajaa
avisas,dices a la empresa de seguridad claro está jajaja pero superior de seguridad jefe de seguridad le es igual empresa incompetente se nota "le es igual"
Reunión de x vigilante esto no se hace,el cliente nos puede decir este servicio final,y ya está jajaja esto puede ser?
.
Esto puede ser?
Puede existir estas empresas?
Esta inresponsablidad no debe estar?
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Re: indispuesto durante el servicio
Miér 12 Dic 2018, 14:16
Hola toctoctoc,
A la empresa no le puede dar igual pues es la responsable de cubrir el Servicio,
ante la falta de un Vigilante del mismo por una indisposición.
Saludos.
A la empresa no le puede dar igual pues es la responsable de cubrir el Servicio,
ante la falta de un Vigilante del mismo por una indisposición.
Saludos.
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Re: indispuesto durante el servicio
Miér 12 Dic 2018, 16:51
toctoctoc escribió:
cada fin de semana igual hace indispuesto
.casi cada día en inicio indispuesto o cada 3 días indispuesto
.........en estos casos jajajaa
Hombre, se supone que cuando uno está indispuesto y no puede ir a currar avisará a la empresa, pero después deberá llevar la baja laboral médica, digo yo.
Fernando, si uno se encuentra mal avisará a su jefe (a la empresa de seguridad) y la empresa tiene la obligación de cubrir tu puesto en el menor tiempo posible.
Y después se supone que uno debe ir al médico a por la baja laboral, aunque sea para ese día, o para el tiempo que el médico diga. Porque además de ser lo normal, si no fueses a por la baja alguien te podría acusar de abandono de servicio y no tendrías pruebas de tu indisposición.
Imagina que el jefe te tiene ganas, o quiere deshacerse de tí por tu antigüedad de manera gratuita. Pues aprovecharía la ocasión para decir que abandonaste el servicio porque si, por mucha llamada que hayas hecho a la empresa. Una llamada reflejada en tu móvil no significa que haya sido por encontrarte mal. Pudo haber sido para pedir un día libre, para reclamar el abono de algún dinero... Y pudiste haberte cabreado e ido sin más del servicio. A no ser que hubieses grabado la llamada en su integridad.
Por eso, y sin saber si el juez nos podría admitir esta prueba de llamada grabada, lo mejor es ir a por la baja al médico. Aparte de ser lo correcto.
Si la empresa no te cubre en un tiempo considerable, no se, pongamos media hora, pues entonces creo que hay que llamar a la poli para que levante acta o lo que tenga que hacer. Yo no se a qué teléfono, pero igual llamando al normal de la poli y preguntando por el departamento de seguridad privada...
Lo que no se puede permitir es que un vigilante que se encuentre muy mal esté prestando seguridad sin encontrarse él mismo seguro. Porque si estás mal te baja la guardia y todo lo que ya sabemos que podría ocurrir. Por eso yo es lo que le diría a la poli en caso de tener que llamarla. Que en mi estado se puede colar cualquiera, que en mi estado no me entero de nada, que en mi estado soy voluble a cualquier agresión...etc
- fernando franciscoUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Indisposicion en el servicio
Jue 13 Dic 2018, 17:18
Yo se que no se debe abandonar el servicio, pero si un vs se encuentra indispuesto por enfermedad o ha tenido altercado y no sse encuentra en estado de seguir realizando el servicio, y la empresa le dice que tiene que quedarse por no tener a ningun vs disponible para sustituirme.
tengo que quedarme, o hay otra cosa que se pueda hacer dentro de la legalidad para que el vs no se encuentre desprotegido
tengo que quedarme, o hay otra cosa que se pueda hacer dentro de la legalidad para que el vs no se encuentre desprotegido
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Re: indispuesto durante el servicio
Jue 13 Dic 2018, 17:27
Dependiendo de donde esté ubicado el Servicio, informar a la Policia o a la Guardia Civil.
Vamos a mover este tema para el que abristes ayer, pues básicamente es lo mismo en los dos.
Gracias.
Vamos a mover este tema para el que abristes ayer, pues básicamente es lo mismo en los dos.
Gracias.
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Re: indispuesto durante el servicio
Jue 13 Dic 2018, 20:01
En la ley de seguridad privada (con minúscula) pone:
Vemos que en ambos apartados, tanto por parte de las empresas, como por parte de los vigilantes, viene escrita la palabra INJUSTIFICADOS, pero no viene la palabra JUSTIFICADOS.
Es decir, que si la empresa no sustituye a un vigilante que ha abandonado el servicio INJUSTIFICADAMENTE, o un vigilante abandona su servicio INJUSTIFICADAMENTE, ambos pueden ser sancionados.
Por más que he leído la LSP no he visto nada que suceda cuando el abandono es JUSTIFICADO. Sólo habla de cuando es INJUSTIFICADO el abandono.
Por lo tanto, supuestamente un vigilante puede abandonar su servicio JUSTIFICADAMENTE. Si JUSTIFICAS tu abandono se supone que te puedes ir. Y si la empresa NO te sustituye es su problema. Aunque tampoco parece un gran problema para la empresa, ya que en el artículo que puse en el recuadro gris, pone que a la empresa la sancionan si no cubre el servicio de un abandono INJUSTIFICADO.
Nosotros no hemos hecho esta ley, solo la leemos e interpretamos lo que pone. Y esto es lo que pone, y punto.
Entonces, lo que tienes que hacer para poder irte del servicio SIN QUE PUEDA SANCIONARTE NADIE, es tratar de JUSTIFICAR ese abandono del servicio.
¿Cómo justificas que te has ido de un servicio si la empresa no te hace ni caso con tu llamada, y no les da la gana de sustituirte?
Pues solo se me ocurre que, después de haber llamado a tu empresa, se lo comuniques también al Cliente de tu servicio, si está allí el que haga de tu "jefe en el Cliente". Le dices al Cliente que has llamado a tu empresa y que no quieren sustituirte. Y a ver si el Cliente hace algo. Le exageras lo mal que te encuentras y le dices que en esas condiciones se perjudica el servicio porque te encuentras muy mal.
Si el Cliente te dice que no puede hacer nada, porque ha llamado a la empresa y le han dicho que no tienen a nadie, entonces llamas a la policía para que se presente en tu servicio. Le dices a la policía que necesitas que vayan a levantar acta porque te encuentras muy mal y no te quieren sustituir.
La policía irá al servicio y levantará acta de tu estado. Tal vez te digan que vuelvas a llamar a tu empresa en su presencia. Pues la llamas y a ver qué es lo que le dice tu empresa a la poli.
Una vez levanten acta y la poli te permita irte del servicio, tú tendrás esa copia del acta (supongo que darán copia, digo yo).
Entonces en cuanto te largues vas corriendo a urgencias a que te miren y te den algún justificante de que has estado allí.
Entonces tendrás el acta de la poli, y el justificante de urgencias. Y te habrás ido del servicio de forma JUSTIFICADA.
Seguramente después tu empresa te arme una trifulca por haber llamado a la poli, haberte ido... pero tienes que estar dispuesto a aguantar.
Yo que tú, el primer día que tenga que hablar con la empresa, o si te llama la empresa por teléfono, GRABARÍA a escondidas esta primera conversación con el móvil. Porque seguramente te dirán de todo y debes tener pruebas de sus amenazas o lo que te digan por si las necesitas en un futuro.
Bueno, todo ésto en cuanto a la ley de seguridad privada.
Ahora voy a mirar si el convenio de seguridad dice algo y lo pongo ahora.
LSP escribió:
Artículo 57. Infracciones de las empresas que desarrollen actividades de seguridad privada, de sus representantes legales, de los despachos de detectives privados y de las centrales de alarma de uso propio.
2 Infracciones graves
g) La falta de sustitución ante el abandono o la omisión injustificados del servicio por parte del personal de seguridad privada, dentro de la jornada laboral establecida.
Artículo 61. Sanciones a las empresas que desarrollen actividades de seguridad privada, sus representantes legales, los despachos de detectives privados y las centrales de alarma de uso propio.
2. Por la comisión de infracciones graves:
a) Multa de 3.001 a 30.000 euros.
b) Suspensión temporal de la autorización o de la declaración responsable por un plazo de entre seis meses y un año.
c) Prohibición para ocupar cargos de representación legal en empresas de seguridad privada por un plazo de entre seis meses y un año.
-----------------------------------
Artículo 58. Infracciones del personal que desempeñe funciones de seguridad privada.
1. Infracciones muy graves:
j) El abandono o la omisión injustificados del servicio por parte del personal de seguridad privada, dentro de la jornada laboral establecida.
Vemos que en ambos apartados, tanto por parte de las empresas, como por parte de los vigilantes, viene escrita la palabra INJUSTIFICADOS, pero no viene la palabra JUSTIFICADOS.
Es decir, que si la empresa no sustituye a un vigilante que ha abandonado el servicio INJUSTIFICADAMENTE, o un vigilante abandona su servicio INJUSTIFICADAMENTE, ambos pueden ser sancionados.
Por más que he leído la LSP no he visto nada que suceda cuando el abandono es JUSTIFICADO. Sólo habla de cuando es INJUSTIFICADO el abandono.
Por lo tanto, supuestamente un vigilante puede abandonar su servicio JUSTIFICADAMENTE. Si JUSTIFICAS tu abandono se supone que te puedes ir. Y si la empresa NO te sustituye es su problema. Aunque tampoco parece un gran problema para la empresa, ya que en el artículo que puse en el recuadro gris, pone que a la empresa la sancionan si no cubre el servicio de un abandono INJUSTIFICADO.
Nosotros no hemos hecho esta ley, solo la leemos e interpretamos lo que pone. Y esto es lo que pone, y punto.
Entonces, lo que tienes que hacer para poder irte del servicio SIN QUE PUEDA SANCIONARTE NADIE, es tratar de JUSTIFICAR ese abandono del servicio.
¿Cómo justificas que te has ido de un servicio si la empresa no te hace ni caso con tu llamada, y no les da la gana de sustituirte?
Pues solo se me ocurre que, después de haber llamado a tu empresa, se lo comuniques también al Cliente de tu servicio, si está allí el que haga de tu "jefe en el Cliente". Le dices al Cliente que has llamado a tu empresa y que no quieren sustituirte. Y a ver si el Cliente hace algo. Le exageras lo mal que te encuentras y le dices que en esas condiciones se perjudica el servicio porque te encuentras muy mal.
Si el Cliente te dice que no puede hacer nada, porque ha llamado a la empresa y le han dicho que no tienen a nadie, entonces llamas a la policía para que se presente en tu servicio. Le dices a la policía que necesitas que vayan a levantar acta porque te encuentras muy mal y no te quieren sustituir.
La policía irá al servicio y levantará acta de tu estado. Tal vez te digan que vuelvas a llamar a tu empresa en su presencia. Pues la llamas y a ver qué es lo que le dice tu empresa a la poli.
Una vez levanten acta y la poli te permita irte del servicio, tú tendrás esa copia del acta (supongo que darán copia, digo yo).
Entonces en cuanto te largues vas corriendo a urgencias a que te miren y te den algún justificante de que has estado allí.
Entonces tendrás el acta de la poli, y el justificante de urgencias. Y te habrás ido del servicio de forma JUSTIFICADA.
Seguramente después tu empresa te arme una trifulca por haber llamado a la poli, haberte ido... pero tienes que estar dispuesto a aguantar.
Yo que tú, el primer día que tenga que hablar con la empresa, o si te llama la empresa por teléfono, GRABARÍA a escondidas esta primera conversación con el móvil. Porque seguramente te dirán de todo y debes tener pruebas de sus amenazas o lo que te digan por si las necesitas en un futuro.
Bueno, todo ésto en cuanto a la ley de seguridad privada.
Ahora voy a mirar si el convenio de seguridad dice algo y lo pongo ahora.
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Re: indispuesto durante el servicio
Jue 13 Dic 2018, 20:15
Convenio escribió:
Artículo 72. Faltas leves.
Son faltas leves:
2. Abandonar el puesto de trabajo sin causa justificada o el servicio breve tiempo durante la jornada. Si se causare como consecuencia del mismo abandono perjuicio de consideración a la Empresa, compañeros de trabajo, clientes o personal del mismo, o fuera causa de accidente, la falta podrá revestir la consideración de grave o muy grave.
Pues lo mismo, vemos las palabras: abandono "sin causa justificada"
Así que justificadamente sí que lo puedes abandonar. Y tienes que hacer lo que he puesto en el post anterior.
- AenarionColaboradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: indispuesto durante el servicio
Vie 14 Dic 2018, 08:01
Gracias por la aportación Valky, ahora al menos ya sabemos como actuar si estamos realmente jodidos en el servicio. Buena forma de cubrirse el culo por lo que pueda pasar.
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Re: indispuesto durante el servicio
Vie 14 Dic 2018, 15:46
Bueno, es lo que yo creo que habria que hacer para dejarlo todo atado.
Lo que es el colmo es que uno esté enfermo y se tenga que quedar por narices empresariales. Que los vigilantes siempre nos quedamos, o vamos a currar enfermos. Al menos es lo que yo he visto siempre en mi servicio por muchos VS que hayan pasado por allí.
Mientras nosotros (por alguna extraña razón) vamos enfermos a currar, no dejamos de ver a gente del Cliente que se marcha con permiso de sus superiores a casa, o a urgencias por cualquier tontería.
¿No habeis visto ésto vosotros? ¿Por qué vamos a currar enfermos los VS? ¿O es solo en mi seevicio? Nada nos quita de ir al médico y que nos den una baja de 3 dias aunque sea. ¿Seremos más duros que otros? ¿Seremos masocas? ¿O es que estamos acostumbrados a creer que somos de un sector "extraño" en el que no tenemos derecho a casi nada?
A veces lo que sucede (y mucho) es que pensamos que si cogemos una baja llamarán a otro compi de nuestro servicio para cubrirnos, y ""por nuestra culpa"" ese compi se fastidiará el descanso. Parece que siempre nos sentimos culpables de ésto, y la verdad es que NO es culpa nuestra. La culpa es de la empresa. La empresa debe preveer éstos casos y tener gente para sustituir sin tener que "fastidiar" a nuestros compis. Correturnos o como queramos llamarlo. O si no, que contraten a un VS nuevo por 4 dias o los que sean, que bien que les mola hacer contratos temporales, menos para ésto.
Además el compi al que llaman a su móvil personal no tiene porqué contestar al teléfono si no quiere, ya que es SU móvil personal. Y aunque conteste no tiene obligación de mermar su descanso para cubrir una baja. Con un "no puedo ir, tengo planes" ya valdría. Uno está obligado a cumplir su propio cuadrante y no el de otros.
Culpa de la empresa y NO nuestra.
Pero bueno, quien vaya enfermo a currar "porque quiere" pues él sabrá. Pero lo que ya es el colmo es que estés fatal de repente y te quieras ir y no te cubran. Pues policía y urgencias. Y luego a aguantar a la empresa, claro, porque para hacer ésto hay que tener mucha seguridad en uno mismo y estar dispuesto a lo que te llueva luego.
Pero la salud es un derecho o como queramos llamarlo y nadie puede hacerse dueño de nuestra salud.
Tambien se puede llamar a la empresa y decirle que queremos irnos por estar muy mal. Y si nos dice que no entonces le decimos a la empresa: pues tendré que llamar a la policía para que levante acta de mi abandono.
Y alomejor cuela sin tener que llamarla.
Dejemos de tener miedo a los jefes, que no son nuestros AMOS. Hagámonos valer.
Lo que es el colmo es que uno esté enfermo y se tenga que quedar por narices empresariales. Que los vigilantes siempre nos quedamos, o vamos a currar enfermos. Al menos es lo que yo he visto siempre en mi servicio por muchos VS que hayan pasado por allí.
Mientras nosotros (por alguna extraña razón) vamos enfermos a currar, no dejamos de ver a gente del Cliente que se marcha con permiso de sus superiores a casa, o a urgencias por cualquier tontería.
¿No habeis visto ésto vosotros? ¿Por qué vamos a currar enfermos los VS? ¿O es solo en mi seevicio? Nada nos quita de ir al médico y que nos den una baja de 3 dias aunque sea. ¿Seremos más duros que otros? ¿Seremos masocas? ¿O es que estamos acostumbrados a creer que somos de un sector "extraño" en el que no tenemos derecho a casi nada?
A veces lo que sucede (y mucho) es que pensamos que si cogemos una baja llamarán a otro compi de nuestro servicio para cubrirnos, y ""por nuestra culpa"" ese compi se fastidiará el descanso. Parece que siempre nos sentimos culpables de ésto, y la verdad es que NO es culpa nuestra. La culpa es de la empresa. La empresa debe preveer éstos casos y tener gente para sustituir sin tener que "fastidiar" a nuestros compis. Correturnos o como queramos llamarlo. O si no, que contraten a un VS nuevo por 4 dias o los que sean, que bien que les mola hacer contratos temporales, menos para ésto.
Además el compi al que llaman a su móvil personal no tiene porqué contestar al teléfono si no quiere, ya que es SU móvil personal. Y aunque conteste no tiene obligación de mermar su descanso para cubrir una baja. Con un "no puedo ir, tengo planes" ya valdría. Uno está obligado a cumplir su propio cuadrante y no el de otros.
Culpa de la empresa y NO nuestra.
Pero bueno, quien vaya enfermo a currar "porque quiere" pues él sabrá. Pero lo que ya es el colmo es que estés fatal de repente y te quieras ir y no te cubran. Pues policía y urgencias. Y luego a aguantar a la empresa, claro, porque para hacer ésto hay que tener mucha seguridad en uno mismo y estar dispuesto a lo que te llueva luego.
Pero la salud es un derecho o como queramos llamarlo y nadie puede hacerse dueño de nuestra salud.
Tambien se puede llamar a la empresa y decirle que queremos irnos por estar muy mal. Y si nos dice que no entonces le decimos a la empresa: pues tendré que llamar a la policía para que levante acta de mi abandono.
Y alomejor cuela sin tener que llamarla.
Dejemos de tener miedo a los jefes, que no son nuestros AMOS. Hagámonos valer.
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Re: indispuesto durante el servicio
Vie 14 Dic 2018, 15:54
Valkyria escribió:
A veces lo que sucede (y mucho) es que pensamos que si cogemos una baja llamarán a otro compi de nuestro servicio para cubrirnos, y ""por nuestra culpa"" ese compi se fastidiará el descanso. Parece que siempre nos sentimos culpables de ésto, y la verdad es que NO es culpa nuestra. La culpa es de la empresa. La empresa debe preveer éstos casos y tener gente para sustituir sin tener que "fastidiar" a nuestros compis. Correturnos o como queramos llamarlo. O si no, que contraten a un VS nuevo por 4 dias o los que sean, que bien que les mola hacer contratos temporales, menos para ésto.
Además el compi al que llaman a su móvil personal no tiene porqué contestar al teléfono si no quiere, ya que es SU móvil personal. Y aunque conteste no tiene obligación de mermar su descanso para cubrir una baja. Con un "no puedo ir, tengo planes" ya valdría. Uno está obligado a cumplir su propio cuadrante y no el de otros.
Culpa de la empresa y NO nuestra
Esto suele pasar en muchos Servicios, y por no fastidiar al compañero,a veces vamos como vamos al Servicio.
- descanso durante el turno de servicio
- Un trabajador de Prosegur Falleció durante la prestacion de su servicio
- 2015/015 * Servicio de acompañamiento y protección de un grupo de menores durante una excursión
- Descansos DURANTE la jornada laboral.
- Los vigilantes de seguridad, guardas rurales y escoltas, durante el servicio podrán portar las siguientes armas
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