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Reformas urgentes para el trabajo autónomo
Dom 04 Dic 2016, 16:02
El Pleno del Congreso, en sesión plenaria de 29 de noviembre, ha aceptado tramitar la proposición de ley de reformas urgentes para el trabajo autónomo presentada por Ciudadanos. La proposición de ley recoge medidas para modular las multas por retrasos en el pago de cuotas —de un 3% inicial hasta el 20% recogido actualmente si la demora alcanza los tres meses—, y una mayor flexibilidad para el cambio de la base de cotización o adaptar el pago de cuotas al momento de alta y baja.
La formación naranja ha recabado el apoyo de PP, PSOE, Podemos y PDECat, mientras que PNV y ERC se han abstenido.
El texto de la proposición de ley de reformas urgentes para el trabajo autónomo, también incluye bonificaciones durante y después de las bajas por maternidad, y que los gastos de automóvil, suministro eléctrico y de agua sean deducibles en el IRPF.
¿Qué medidas de apoyo proponen?
La proposición de ley, que considera que las medidas adoptadas hasta ahora se han limitado a intentar aumentar el flujo de entrada en el mercado de los autónomos (con el abaratamiento de los costes a la Seguridad Social, la tarifa plana para emprendedores y el contrato de emprendedores), plantea atacar los problemas de fondo a los que se enfrentan los autónomos.
La proposición que debatirá el Congreso, se estructura en 6 artículos, agrupados en cuatro Títulos, una disposición adicional, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.
Las medidas se pueden resumir en estos puntos fundamtentales:
• Medidas para reducir cargas administrativas,
• Extensión de la tarifa plana a un año de duración y diversas reducciones durante el año siguiente
• Mejoras en la conciliación de vida personal y profesional
• Mayor claridad de la fiscalidad de los autónomos
El Título I incluye un conjunto de medidas dirigidas a reducir las cargas administrativas que soportan los trabajadores por cuenta propia o autónomos. En primer lugar, se modulan los recargos por el ingreso fuera de plazo de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos, garantizando con ello que su cuantía se ajusta al principio de proporcionalidad. También se plantea la modificación del sistema de altas y bajas a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos, con el fin de que coticen por los días de alta efectiva.
Como medidas de fomento, en el Título II se establece la ampliación de la cuota reducida de 50 euros para los nuevos autónomos hasta los doce meses, en lugar de los seis meses actuales, en paralelo a una extensión por el mismo periodo del resto de bonificaciones previstas para el fomento y promoción del trabajo autónomo.
El Título III desarrolla una serie de medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral y familiar de los trabajadores autónomos, a través de las cuales se pretende equiparar la protección social de los autónomos con aquella de la que disfrutan los trabajadores por cuenta ajena.
El Título IV clarifica los supuestos de deducibilidad de los gastos relacionados con el vehículo que está parcialmente afecto a la actividad económica del autónomo, que podrán deducirse al 50 por ciento tal y como sucede con eI IVA, equiparando tratamiento de ambos impuestos para los mismos supuestos, eliminando así la discrecionalidad en las comprobaciones e inspecciones que realiza la Administración Estatal de la Agencia Tributaria y realzando el principio de seguridad jurídica.
Artículos que resultarían modificados
La proposición de ley afectaría a lo regulado en los siguientes artículos:
- Artículos 30 (recargos por ingreso fuera de plazo), y 307 (altas y bajas) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
- Artículos 31 (reducciones y bonificaciones) y 38 (bonificaciones por descanso por maternidad, adopción, acogimiento..) se prevee la adicción de un 38 bis, de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo
- Artículo 30 (normas para la determinación del rendimiento neto en estimación directa) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio
Una subcomisión para reformar el RETA
La formación naranja tiene para ello comprometido el voto del Partido Popular, con el que pactaron varias de las medidas recogidas en la proposición de ley que el Congreso ha aceptado tramitar.
A principios de noviembre, cuando registró la solicitud de creación de esta subcomisión, Ciudadanos anunció su intención de buscar en este marco exenciones en el pago de las cuotas de cotización para los autónomos que no superen el salario mínimo, así como fórmulas de cotización para los autónomos a tiempo parcial o que quisieran complementar su trabajo por cuenta ajena.
Otra de las medidas anunciada entonces fue la ya comentada por el propio Gobierno de permitir compatibilizar la percepción de una pensión con el trabajo de autónomo. Asimismo, también pretenden vincular la protección que gozan los autónomos al nivel de contribución en las cuotas a la Seguridad Social. Tal y como anunciaron al momento de registrar la solicitud de creación, esperan que en un período de seis meses la comisión pueda emitir un dictamen final con medidas concretas.
Editado por moderador: Es obligatorio poner de donde se ha copiado el texto.
La formación naranja ha recabado el apoyo de PP, PSOE, Podemos y PDECat, mientras que PNV y ERC se han abstenido.
El texto de la proposición de ley de reformas urgentes para el trabajo autónomo, también incluye bonificaciones durante y después de las bajas por maternidad, y que los gastos de automóvil, suministro eléctrico y de agua sean deducibles en el IRPF.
¿Qué medidas de apoyo proponen?
La proposición de ley, que considera que las medidas adoptadas hasta ahora se han limitado a intentar aumentar el flujo de entrada en el mercado de los autónomos (con el abaratamiento de los costes a la Seguridad Social, la tarifa plana para emprendedores y el contrato de emprendedores), plantea atacar los problemas de fondo a los que se enfrentan los autónomos.
La proposición que debatirá el Congreso, se estructura en 6 artículos, agrupados en cuatro Títulos, una disposición adicional, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.
Las medidas se pueden resumir en estos puntos fundamtentales:
• Medidas para reducir cargas administrativas,
• Extensión de la tarifa plana a un año de duración y diversas reducciones durante el año siguiente
• Mejoras en la conciliación de vida personal y profesional
• Mayor claridad de la fiscalidad de los autónomos
El Título I incluye un conjunto de medidas dirigidas a reducir las cargas administrativas que soportan los trabajadores por cuenta propia o autónomos. En primer lugar, se modulan los recargos por el ingreso fuera de plazo de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos, garantizando con ello que su cuantía se ajusta al principio de proporcionalidad. También se plantea la modificación del sistema de altas y bajas a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos, con el fin de que coticen por los días de alta efectiva.
Como medidas de fomento, en el Título II se establece la ampliación de la cuota reducida de 50 euros para los nuevos autónomos hasta los doce meses, en lugar de los seis meses actuales, en paralelo a una extensión por el mismo periodo del resto de bonificaciones previstas para el fomento y promoción del trabajo autónomo.
El Título III desarrolla una serie de medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral y familiar de los trabajadores autónomos, a través de las cuales se pretende equiparar la protección social de los autónomos con aquella de la que disfrutan los trabajadores por cuenta ajena.
El Título IV clarifica los supuestos de deducibilidad de los gastos relacionados con el vehículo que está parcialmente afecto a la actividad económica del autónomo, que podrán deducirse al 50 por ciento tal y como sucede con eI IVA, equiparando tratamiento de ambos impuestos para los mismos supuestos, eliminando así la discrecionalidad en las comprobaciones e inspecciones que realiza la Administración Estatal de la Agencia Tributaria y realzando el principio de seguridad jurídica.
Artículos que resultarían modificados
La proposición de ley afectaría a lo regulado en los siguientes artículos:
- Artículos 30 (recargos por ingreso fuera de plazo), y 307 (altas y bajas) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
- Artículos 31 (reducciones y bonificaciones) y 38 (bonificaciones por descanso por maternidad, adopción, acogimiento..) se prevee la adicción de un 38 bis, de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo
- Artículo 30 (normas para la determinación del rendimiento neto en estimación directa) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio
Una subcomisión para reformar el RETA
La formación naranja tiene para ello comprometido el voto del Partido Popular, con el que pactaron varias de las medidas recogidas en la proposición de ley que el Congreso ha aceptado tramitar.
A principios de noviembre, cuando registró la solicitud de creación de esta subcomisión, Ciudadanos anunció su intención de buscar en este marco exenciones en el pago de las cuotas de cotización para los autónomos que no superen el salario mínimo, así como fórmulas de cotización para los autónomos a tiempo parcial o que quisieran complementar su trabajo por cuenta ajena.
Otra de las medidas anunciada entonces fue la ya comentada por el propio Gobierno de permitir compatibilizar la percepción de una pensión con el trabajo de autónomo. Asimismo, también pretenden vincular la protección que gozan los autónomos al nivel de contribución en las cuotas a la Seguridad Social. Tal y como anunciaron al momento de registrar la solicitud de creación, esperan que en un período de seis meses la comisión pueda emitir un dictamen final con medidas concretas.
Editado por moderador: Es obligatorio poner de donde se ha copiado el texto.
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