Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA

Unirse al foro, es rápido y fácil

Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA
Forodevigilantes.com
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada
Nuevo Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada Autor: José Martín Sosa Precio: 9,90 € (Disponible en PDF y EPUB)
Clica en la imagen para descargar el manual
sitio web seguro

NAVEGA CON TOTAL SEGURIDAD, ESTE FORO ES SEGURO.



Manual practico del vigilante de seguridad

MANUAL PRACTICO DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD

Este Manual Práctico del Vigilante de Seguridad está pensado para ofrecerte una guía completa sobre el trabajo de los vigilantes de seguridad, basado en más de 20 años de experiencia en el sector por solo 9.90 €. Clica en la imagen de arriba para redirigirte a la descarga. Ahora descargando este manual viene de regalo el manual de director de seguridad
MANUAL DE FORMACION PARA EL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA

MANUAL CURSO DE FORMACION DEL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA
Este programa ha sido diseñado para preparar a profesionales de la seguridad privada para asumir el papel de formadores, dotándolos de las habilidades, conocimientos y confianza necesarios para liderar a futuros profesionales en este dinámico campo.
Precio 9,90€
MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD

MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD
Con más de 90 Páginas de Contenido. Nuestro Manual Práctico del Director de Seguridad es una guía completa y detallada diseñada para proporcionar los conocimientos necesarios para el rol de Director de Seguridad.
CLICA SOBRE LA IMAGEN DEL MANUAL Y TE REDIRIGE AL PORTAL DE COMPRA.
Precio 9,90€
Últimos temas
Horas nocturnasHoy a las 14:20typesME PRESENTO A LOS COMPAÑEROS!Ayer a las 22:59Alpha_SurvivorLa Seguridad Privada tendrá reducción de jornada laboral a 37'5 horas semanales?Ayer a las 22:58Alpha_SurvivorME NIEGAN RECICLAJE EN HORARIO DE TRABAJOAyer a las 18:14josepmartiCompatibilidad de VS en una empresa y delegación de funciones del JS en otra Ayer a las 16:44josepmartiSi no lo digo revientoMar 19 Nov 2024, 23:39josepmartiDescuelgue del convenio.Mar 19 Nov 2024, 15:18rewolucionNuevo por aquí pero con bastantes años en el sector Mar 19 Nov 2024, 07:59Alpha_SurvivorUn placer entrar en un grupo que soluciona dudas..Dom 17 Nov 2024, 22:12VayaJaleo94Publicaciones en los temas del foroDom 17 Nov 2024, 20:12Alpha_Survivor
DESCARGA PLANOS PARA TU TFC CON SIMBOLOGIA

Si te encuentras realizando el TFC para director de seguridad y tienes que realizar los planos tu mismo aquí tienes una variedad de todos los gremios de planos completos con simbología realizada sobre estos.
Clica sobre el siguiente enlace
Clica aquí para la descarga
Buscar
Resultados por:
Búsqueda avanzada

Ir abajo
vs33
vs33
Experto Nivel 6
Experto Nivel 6
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Masculino Mensajes : 594
Fecha de inscripción : 07/04/2014
Edad : 44
Localización : FRAGA

EN QUE SE DIFERENCIA JEFE VS DIRECTOR DE SEGURIDAD Empty EN QUE SE DIFERENCIA JEFE VS DIRECTOR DE SEGURIDAD

Vie 11 Nov 2016, 12:46
4 febrero, 2014

Son muchas las ocasiones en que surge la duda sobre las figuras de jefes y directores de seguridad privada, sin saber exactamente qué funciones desempeñan unos u otros, o el alcance de sus competencias.photaki161056_0.5mb

En primer lugar hay que tener en cuenta si se trata de alguien con habilitación del Ministerio de Interior o no, ya que es la habilitación la que permite desempeñar las funciones que específicamente establece la Normativa de Seguridad Privada a estas figuras profesionales. En caso contrario las funciones serían sólo las que pudieran derivarse de la delegación que el titular de la empresa le asignara contractualmente.

En el caso de los directores de seguridad habilitados por el Ministerio del Interior como personal de seguridad privada, sus funciones son las que establece la normativa del sector:

- El análisis de situaciones de riesgo y la planificación y programación de las actuaciones precisas para la implantación y realización de los servicios de seguridad.

- La organización, dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada.

- La propuesta de los sistemas de seguridad que resulten pertinentes, así como la supervisión de su utilización, funcionamiento y conservación.

- La coordinación de los distintos servicios de seguridad que de ellos dependan, con actuaciones propias de protección civil, en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública.

- Asegurar la colaboración de los servicios de seguridad con los de las correspondientes dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

- En general, velar por la observancia de la regulación de seguridad aplicable.

Por su parte a los jefes de seguridad les corresponde además:

- El control de la formación permanente del personal de seguridad que de ellos dependa, proponiendo a la dirección de la empresa la adopción de las medidas o iniciativas adecuadas para el cumplimiento de dicha finalidad.

- La dirección de los ejercicios de tiro del personal de seguridad a sus órdenes, si poseyeran la cualificación necesaria como instructores de tiro.

Si se considera que los vigilantes de seguridad sólo pueden ejercer su labor en las empresas de seguridad, es fácil comprender que las dos últimas funciones sólo sean competencia de los jefes de seguridad que ostentan el mando directo de dichos vigilantes por ser personal de su propia plantilla, circunstancia ésta que no ocurre en el caso de los directores de seguridad ya que pertenecen a las plantillas de las empresas clientes, o son subcontratados mercantilmente por ellas.

Es por tanto ésta la diferencia más relevante entre jefes y directores de seguridad, y sin considerarla de forma estricta, ya que existen otros formatos en la prestación de estos servicios de seguridad. Es decir, en términos generales el jefe de seguridad sólo se encuentra en las empresas de seguridad mientras que los directores de seguridad tienen su sitio natural en las empresas usuarias de los servicios de seguridad.

Sin embargo la nueva Ley de Seguridad Privada, partiendo de ese mismo supuesto, apunta a otras formas en las que se prevé que los directores de seguridad “dirijan” también las empresas de seguridad, además de poder asumir algunas de las funciones de los jefes de seguridad cuando una empresa usuaria disponga de su propio director de Seguridad.

Las funciones que la Nueva Ley prevé para unos y otros son:

Para jefes de seguridad:

a)   El análisis de situaciones de riesgo y la planificación y programación de las actuaciones precisas para la implantación y realización de los servicios de seguridad privada.

b)   La organización, dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada.

c)   La propuesta de los sistemas de seguridad que resulten pertinentes, y el control de su funcionamiento y mantenimiento, pudiendo validarlos provisionalmente hasta tanto se produzca la inspección y autorización, en su caso, por parte de la Administración.

d)   El control de la formación permanente del personal de seguridad que de ellos dependa, y la propuesta de la adopción de las medidas o iniciativas adecuadas para el cumplimiento de dicha finalidad.

e)   La coordinación de los distintos servicios de seguridad que de ellos dependan, con actuaciones propias de protección civil en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública.

f)   La garantía de la colaboración de los servicios de seguridad con los de las correspondientes dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

g)   La supervisión de la observancia de la normativa de seguridad privada aplicable.

h)   La responsabilidad sobre la custodia y el traslado de armas de titularidad de la empresa a la que pertenezca, de acuerdo con la normativa de armas y con lo que reglamentariamente se determine.

Para directores de seguridad:

a)   La organización, dirección, inspección y administración de los servicios y recursos de seguridad privada disponibles.

b)   La identificación, análisis y evaluación de situaciones de riesgo que puedan afectar a la vida e integridad de las personas y al patrimonio.

c)   La planificación, organización y control de las actuaciones precisas para la implantación de las medidas conducentes a prevenir, proteger y reducir la manifestación de riesgos de cualquier naturaleza con medios y medidas precisas, mediante la elaboración y desarrollo de los planes de seguridad aplicables.

d)   El control del funcionamiento y mantenimiento de los sistemas de seguridad privada.

e)   La validación provisional, hasta la comprobación, en su caso, por parte de la Administración, de las medidas de seguridad en lo referente a su adecuación a la normativa de seguridad privada.

f)   La comprobación de que los sistemas de seguridad privada instalados y las empresas de seguridad privada contratadas, cumplen con las exigencias de homologación de los organismos competentes.

g)   La comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes de las circunstancias o informaciones relevantes para la seguridad ciudadana, así como de los hechos delictivos de los que tenga conocimiento en el ejercicio de sus funciones.

h)   La interlocución y enlace con la Administración, especialmente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, respecto de la función de seguridad integral de la entidad, empresa o grupo empresarial que les tenga contratados, en relación con el cumplimiento normativo sobre gestión de todo tipo de riesgos.

i)    Las comprobaciones de los aspectos necesarios sobre el personal que, por el ejercicio de las funciones encomendadas, precise acceder a áreas o informaciones, para garantizar la protección efectiva de su entidad, empresa o grupo empresarial.

Cuando una empresa de seguridad preste servicio a un usuario que cuente con su propio director de seguridad, las funciones de los apartados a), b), c) y e) anteriores, encomendadas a los jefes de seguridad serán asumidas por dicho director de seguridad.

Se refuerza así la distinción entre jefes y directores como personal perteneciente a las empresas de seguridad, unos, y personal de plantilla de le empresa usuaria, otros.

Editado por Ran: VS33, es muy importante poner la fecha de cuando se ha publicado esta clase de artículos, debido a que puede haber nuevas modificaciones posteriores que no sepamos, y esto crearia confusiones.
Muchas gracias por tu colaboración.



[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
38435-6718
38435-6718
Experto en Seguridad Nivel 10
Experto en Seguridad Nivel 10
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Mensajes : 2367
Fecha de inscripción : 14/06/2015
Edad : 62
Localización : Madrid

EN QUE SE DIFERENCIA JEFE VS DIRECTOR DE SEGURIDAD Empty Re: EN QUE SE DIFERENCIA JEFE VS DIRECTOR DE SEGURIDAD

Vie 11 Nov 2016, 17:35
A ver la diferencia ahora misma según la nueva ley y el antiguo reglamento es que el Jefe de Seguridad se desempeña para una empresa de seguridad y Director para una empresa que no es de seguridad pero que tiene departamento de seguridad. Cuando aprueben el nuevo reglamento serán las mismas pues el director de seguridad lo podrá ser también en las empresas de seguridad, ya que se regalan el TIP de jefe de seguridad pagando las tasas.
Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.