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Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Vie 11 Nov 2016, 12:36
13 de noviembre 2014
Desde que se publicó la nueva Ley de Seguridad Privada se ha terminado con la dualidad directiva que se daba antiguamente en empresas y usuarios seguridad privada.
En el pasado, había dudas sobre la relevancia profesional entre el Jefe de Seguridad y el Director de Seguridad. Hoy esas dudas se disipan gracias a la nueva LSP. Y es que, gracias al artículo 29.1 de la norma, una persona que haya realizado el curso de Director de Seguridad, puede obtener la tarjeta de identidad profesional de Jefe de Seguridad.
Queda claro que el legislador considera que el Director de Seguridad gracias al Curso de Director de Seguridad reconocido por el Ministerio de interior que realiza, está preparado para ejercer funciones de Jefe de Seguridad y por lo tanto puede realizar funciones de dirección, inspección, organización y administración tanto funcionalmente (en empresas de clientes) como organizativamente (en empresas de seguridad).
Por lo tanto, si os estáis preguntando qué hacer para escalar profesionalmente en el sector de la seguridad privada, tener en cuenta que:
a) En base a la obtención de las acreditaciones, un Director de Seguridad es también Jefe de Seguridad, mientras que un Jefe de Seguridad es solo un Jefe de Seguridad
b) Un Director de Seguridad puede ejercer sus funciones tanto en empresas de usuarios como en empresas de seguridad. El Jefe de Seguridad solo puede ejercer en Empresas de Seguridad.
Parece que el disparo de salida al mercado laboral está cada vez más cerca.
Hasta ahora la acreditación de Director de Seguridad no llegaba a disponer de un claro sector donde desarrollar su función. Descartando los departamentos de seguridad y servicios de más de 24 vigilantes, la disposición de un Director de Seguridad en plantilla, parecía más casualidad que otra cosa. Y esto, sin tener en cuenta la necesidad en materia de prevención de muchas instalaciones, donde se deja la seguridad en manos de cualquier empleado de confianza, que quiera hacerse cargo de este departamento.
De esta manera, nos encontramos centros comerciales, eventos multitudinarios, polígonos, hospitales y un largo etcétera de establecimientos sin profesionales de seguridad con la cualificación adecuada.
Desde que se publicó la nueva ley de seguridad privada, el colectivo de Directores e Seguridad, esperamos la normativa de desarrollo que especifique, que entidades, empresas o grupo empresariales estarán obligados a situar al frente de la seguridad integral de sus instalaciones a un Director de Seguridad. (Art 36.2 LSP).
Pero…¿Por qué los usuarios van a esperar a que sea obligatorio?
Teniendo en cuenta las funciones que corresponden al Director de Seguridad y que describe el artículo 36 de la LSP, vamos a detenernos en la consignada en la letra c) e i)
C) La planificación, organización y control de las actuaciones precisas para la implantación de las medidas conducentes a prevenir, proteger y reducir la manifestación de riesgos de cualquier naturaleza con medios y medidas precisas, mediante la elaboración y desarrollo de los planes de seguridad aplicables.
I) Las comprobaciones de los aspectos necesarios sobre el personal que, por el ejercicio de las funciones encomendadas, precise acceder a áreas o informaciones, para garantizar la protección efectiva de su entidad, empresa o grupo empresarial.
Cabría suponer, que cualquier empresario en aras de la prevención efectiva y con necesidades de protección en el marco de la seguridad, incluiría en sus plantillas a un Director de Seguridad, que como profesional es el más cualificado para el desarrollo de tales funciones. Pero de manera inexplicable no lo hacen, por eso acojo con agrado la sanción de 3001 a 20.000 euros que se impondrá a aquellos que incumplan la obligación de situar al frente de la seguridad integral de la entidad, empresa o grupo empresarial a un director de seguridad, en contra de lo previsto en el artículo 36.2.
Conclusiones:
La nueva LSP ha aumentado las funciones a desarrollar por los Directores de Seguridad, pero aun hemos de esperar que el reglamento describa que usuarios están obligados a contar con esta figura.
La fecha del nuevo reglamento se acerca y con ella se espera una prospero futuro para el Director de Seguridad.
Editado por Ran: VS33, es muy importante poner la fecha de cuando se ha publicado esta clase de artículos, debido a que puede haber nuevas modificaciones posteriores que no sepamos, y esto crearia confusiones.
Muchas gracias por tu colaboración.
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Desde que se publicó la nueva Ley de Seguridad Privada se ha terminado con la dualidad directiva que se daba antiguamente en empresas y usuarios seguridad privada.
En el pasado, había dudas sobre la relevancia profesional entre el Jefe de Seguridad y el Director de Seguridad. Hoy esas dudas se disipan gracias a la nueva LSP. Y es que, gracias al artículo 29.1 de la norma, una persona que haya realizado el curso de Director de Seguridad, puede obtener la tarjeta de identidad profesional de Jefe de Seguridad.
Queda claro que el legislador considera que el Director de Seguridad gracias al Curso de Director de Seguridad reconocido por el Ministerio de interior que realiza, está preparado para ejercer funciones de Jefe de Seguridad y por lo tanto puede realizar funciones de dirección, inspección, organización y administración tanto funcionalmente (en empresas de clientes) como organizativamente (en empresas de seguridad).
Por lo tanto, si os estáis preguntando qué hacer para escalar profesionalmente en el sector de la seguridad privada, tener en cuenta que:
a) En base a la obtención de las acreditaciones, un Director de Seguridad es también Jefe de Seguridad, mientras que un Jefe de Seguridad es solo un Jefe de Seguridad
b) Un Director de Seguridad puede ejercer sus funciones tanto en empresas de usuarios como en empresas de seguridad. El Jefe de Seguridad solo puede ejercer en Empresas de Seguridad.
Parece que el disparo de salida al mercado laboral está cada vez más cerca.
Hasta ahora la acreditación de Director de Seguridad no llegaba a disponer de un claro sector donde desarrollar su función. Descartando los departamentos de seguridad y servicios de más de 24 vigilantes, la disposición de un Director de Seguridad en plantilla, parecía más casualidad que otra cosa. Y esto, sin tener en cuenta la necesidad en materia de prevención de muchas instalaciones, donde se deja la seguridad en manos de cualquier empleado de confianza, que quiera hacerse cargo de este departamento.
De esta manera, nos encontramos centros comerciales, eventos multitudinarios, polígonos, hospitales y un largo etcétera de establecimientos sin profesionales de seguridad con la cualificación adecuada.
Desde que se publicó la nueva ley de seguridad privada, el colectivo de Directores e Seguridad, esperamos la normativa de desarrollo que especifique, que entidades, empresas o grupo empresariales estarán obligados a situar al frente de la seguridad integral de sus instalaciones a un Director de Seguridad. (Art 36.2 LSP).
Pero…¿Por qué los usuarios van a esperar a que sea obligatorio?
Teniendo en cuenta las funciones que corresponden al Director de Seguridad y que describe el artículo 36 de la LSP, vamos a detenernos en la consignada en la letra c) e i)
C) La planificación, organización y control de las actuaciones precisas para la implantación de las medidas conducentes a prevenir, proteger y reducir la manifestación de riesgos de cualquier naturaleza con medios y medidas precisas, mediante la elaboración y desarrollo de los planes de seguridad aplicables.
I) Las comprobaciones de los aspectos necesarios sobre el personal que, por el ejercicio de las funciones encomendadas, precise acceder a áreas o informaciones, para garantizar la protección efectiva de su entidad, empresa o grupo empresarial.
Cabría suponer, que cualquier empresario en aras de la prevención efectiva y con necesidades de protección en el marco de la seguridad, incluiría en sus plantillas a un Director de Seguridad, que como profesional es el más cualificado para el desarrollo de tales funciones. Pero de manera inexplicable no lo hacen, por eso acojo con agrado la sanción de 3001 a 20.000 euros que se impondrá a aquellos que incumplan la obligación de situar al frente de la seguridad integral de la entidad, empresa o grupo empresarial a un director de seguridad, en contra de lo previsto en el artículo 36.2.
Conclusiones:
La nueva LSP ha aumentado las funciones a desarrollar por los Directores de Seguridad, pero aun hemos de esperar que el reglamento describa que usuarios están obligados a contar con esta figura.
La fecha del nuevo reglamento se acerca y con ella se espera una prospero futuro para el Director de Seguridad.
Editado por Ran: VS33, es muy importante poner la fecha de cuando se ha publicado esta clase de artículos, debido a que puede haber nuevas modificaciones posteriores que no sepamos, y esto crearia confusiones.
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- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Vie 11 Nov 2016, 17:09
Para que veamos lo que se puede hacer cuando se tiene el poder de hacer leyes y que puedan aprobarse. Si cogmos el primer reglamento de seguridad privada que salio unos de los requisitos para ser director de seguridad (habia tres a, b y c) era ser Jefe de seguridad. Claro para ser jefe de seguridad no habia curso que te pagaban en agradecimiento a diversos clientes. Era examinarse en la policia nacional, unidad de seguridad privada, y si aprobabas aprobabas y si no no. El Curso de Director de seguridad que vale un dineral, que uch@s compañeros no pueden costearse pues no disponen de ese dinero el personal ajeno a seguridad privada como lo ha sacado, pues apuntandose a una academia y sacandose el curso, pero me gustaria a mi saber quien ha costeado ese curso. Como se han vuelto las tornas, y como se nota que quien ha realizado la ley y posterior reglamento tira para su casa. Al parecer nada mas que ciertas personas pueden ser Diretores y Jfes de seguridad los demas tenemos que seguir pateando siempre sin oportunidad de ascenso. Esto es el tener el poder de legislar.
- vs33Experto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Vie 11 Nov 2016, 17:15
El problema que yo veo es que no solo es eso sino que hay muchos vigilantes normales que no van a tener nunca la oportunidad de ser ningun jefe de seguridad de ninguna empresa salvo que la monten ellos mismos con su dinero porque nadie les da una oportunidad ademas como dice el articulo vale una pasta
- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Vie 11 Nov 2016, 17:21
No a ver, el ser Jefe de Seguridad no vale nada más que 100 euros de tasa derecho a examen, y requisitos de estudios.
Tu te presentas en los exámenes apruebas y presenta la documentación, lo mismo que para ser vigilante. No hay problema, lo que vale dinero es el curso de director de seguridad. Que para eso solo tienes que hacer el curso.
Tu te presentas en los exámenes apruebas y presenta la documentación, lo mismo que para ser vigilante. No hay problema, lo que vale dinero es el curso de director de seguridad. Que para eso solo tienes que hacer el curso.
- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Vie 11 Nov 2016, 17:31
Esto que digo esta constrastado con el numero de Tip de Jefes de Seguridad que hay en el Tip y el numero de Directores de Seguridad, los de Directores casi triplican a los de Jefe de Seguridad. Y ¿porque? Cuantos Directores de Seguridad si hubiera un examen aprobarían? Esa es la pregunta del millón.
- vs33Experto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Vie 11 Nov 2016, 17:34
Vaya eso no lo sabia , gracias compañero 38
- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Vie 11 Nov 2016, 17:39
vs33 escribió:Vaya eso no lo sabia , gracias compañero 38
Es la cruda realidad, si tienes pasta y cumples con los estudios haces el curso y ya esta. A ver el curso no es moco de pavo vale, pero vamos que no es hacer un examen en la policía nacional, como cuando te examinas de vigilante.
- halpsgtoPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Dom 13 Nov 2016, 22:42
38435-6718 escribió:vs33 escribió:Vaya eso no lo sabia , gracias compañero 38
Es la cruda realidad, si tienes pasta y cumples con los estudios haces el curso y ya esta. A ver el curso no es moco de pavo vale, pero vamos que no es hacer un examen en la policía nacional, como cuando te examinas de vigilante.
Tambien tienes la opcion de presentarte por libre, cumpliendo ciertos requisitos ( bachiller, 5 años ejerciendo etc..) Pero si, el curso no es moco de pavo (yo acabo de empezar y ojito)
- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Lun 14 Nov 2016, 14:28
halpsgto escribió:38435-6718 escribió:vs33 escribió:Vaya eso no lo sabia , gracias compañero 38
Es la cruda realidad, si tienes pasta y cumples con los estudios haces el curso y ya esta. A ver el curso no es moco de pavo vale, pero vamos que no es hacer un examen en la policía nacional, como cuando te examinas de vigilante.
Tambien tienes la opcion de presentarte por libre, cumpliendo ciertos requisitos ( bachiller, 5 años ejerciendo etc..) Pero si, el curso no es moco de pavo (yo acabo de empezar y ojito)
Los estudios que te piden es requisito lo que no lo de estar cinco años gestionando seguridad publica o privada no es requisito.
- halpsgtoPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Lun 14 Nov 2016, 15:52
Cierto a medias, no es requisito para examinarse en la PN, pero si para pedir la TIP que te habilita como tal (una vez aprobado el examen)
- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Lun 14 Nov 2016, 21:46
halpsgto escribió:Cierto a medias, no es requisito para examinarse en la PN, pero si para pedir la TIP que te habilita como tal (una vez aprobado el examen)
Jejejeje, claro para eso se examina uno para tener la tip, jajajajajaja
Sino para que vas a pagar una pasta por el derecho a examen. Unos cien pavos.
- halpsgtoPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Lun 14 Nov 2016, 23:21
38435-6718 escribió:halpsgto escribió:Cierto a medias, no es requisito para examinarse en la PN, pero si para pedir la TIP que te habilita como tal (una vez aprobado el examen)
Jejejeje, claro para eso se examina uno para tener la tip, jajajajajaja
Sino para que vas a pagar una pasta por el derecho a examen. Unos cien pavos.
Pues a lo mejor hay alguien que quiere examinarse (antes de tener cumplidos esos 5 años dde actividad publica o privada) para que llegado ese momento, pueda ejercer como tal.No es porque yo lo diga, es que es asi Es lo mismo que los que se examinan del teorico del carnet de conducir a los 17, para que llegado el momento puedan sacarse el practico con 18 (por poner un ejemplo).
- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Mar 15 Nov 2016, 07:48
Lamento no estar de acuerdo contigo, y paso a decir el porque, cuando uno se examina y aprueba, a partir de que le informen que estas aprobado, (dan un papel con un numero de telefono para que a partir de una fecha llames), llamas y te dicen apto, bien a partir de ese momento tienes 20 dias para presentar en la ucsp, o en tu unidad de seguridad privada de tu zona, la documentacion requerida especifica, como es fotocopia compulsado de estudios y demas, asi como el recibo de haber igresado el importe de la compulsacion psicotecnico, o lo tienes que presentar si estas en activo, y demas.
No porque apruebes te vale indefinidamente.
Otra asunto de interes es el reuisito de haber gestionado durante ......, hay que tener en cuenta un concepto, y no es lo mismo dedicarte a la seguridad publica o privada que haber gestionado durante .... seguridad publica o privada. No lo olvidemos.
No porque apruebes te vale indefinidamente.
Otra asunto de interes es el reuisito de haber gestionado durante ......, hay que tener en cuenta un concepto, y no es lo mismo dedicarte a la seguridad publica o privada que haber gestionado durante .... seguridad publica o privada. No lo olvidemos.
- halpsgtoPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Mar 15 Nov 2016, 16:02
Ojo! Gracias por la info estaba totalmente mal informado pues. Y claro, no es lo mismo gestionar equipos que simplemente ejercer o "hacer lo que te mandan" (si menospreciar a nadie) pero gestionar, dirigir etc es mucho mas complicado (aunque, para mi, personalmente mucho mas satisfactorio)
- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Mar 15 Nov 2016, 17:54
De todas formas la ucsp, emitió hace algún tiempo un informe sobre algo referente a personal militar, no lo recuerdo bien, si lo encuentro que lo debo de tener por algun sitio te lo mando. Pero no era muy favorable según creo recordar, era como algo de compensación o equiparacion no lo recuerdo la verdad.
- halpsgtoPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Mar 15 Nov 2016, 20:48
te lo agradeceria! te dejo mi correo [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Director de seguridad como referente profesional en Seguridad Privada
Mar 15 Nov 2016, 20:49
halpsgto escribió:te lo agradeceria! te dejo mi correo [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Vale, a ver si la encuentro jajajajaja.
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