Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA

Unirse al foro, es rápido y fácil

Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA
Forodevigilantes.com
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada
Nuevo Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada Autor: José Martín Sosa Precio: 9,90 € (Disponible en PDF y EPUB)
Clica en la imagen para descargar el manual
sitio web seguro

NAVEGA CON TOTAL SEGURIDAD, ESTE FORO ES SEGURO.



Manual practico del vigilante de seguridad

MANUAL PRACTICO DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD

Este Manual Práctico del Vigilante de Seguridad está pensado para ofrecerte una guía completa sobre el trabajo de los vigilantes de seguridad, basado en más de 20 años de experiencia en el sector por solo 9.90 €. Clica en la imagen de arriba para redirigirte a la descarga. Ahora descargando este manual viene de regalo el manual de director de seguridad
MANUAL DE FORMACION PARA EL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA

MANUAL CURSO DE FORMACION DEL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA
Este programa ha sido diseñado para preparar a profesionales de la seguridad privada para asumir el papel de formadores, dotándolos de las habilidades, conocimientos y confianza necesarios para liderar a futuros profesionales en este dinámico campo.
Precio 9,90€
MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD

MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD
Con más de 90 Páginas de Contenido. Nuestro Manual Práctico del Director de Seguridad es una guía completa y detallada diseñada para proporcionar los conocimientos necesarios para el rol de Director de Seguridad.
CLICA SOBRE LA IMAGEN DEL MANUAL Y TE REDIRIGE AL PORTAL DE COMPRA.
Precio 9,90€
Últimos temas
Horas nocturnasAyer a las 17:36Francisco1985Saludos a todos los compañeros, se presenta un novatoAyer a las 16:12vs-sevilla_2024ME PRESENTO A LOS COMPAÑEROS!Ayer a las 03:09J. J.La Seguridad Privada tendrá reducción de jornada laboral a 37'5 horas semanales?Miér 20 Nov 2024, 22:58Alpha_SurvivorME NIEGAN RECICLAJE EN HORARIO DE TRABAJOMiér 20 Nov 2024, 18:14josepmartiCompatibilidad de VS en una empresa y delegación de funciones del JS en otra Miér 20 Nov 2024, 16:44josepmartiSi no lo digo revientoMar 19 Nov 2024, 23:39josepmartiDescuelgue del convenio.Mar 19 Nov 2024, 15:18rewolucionNuevo por aquí pero con bastantes años en el sector Mar 19 Nov 2024, 07:59Alpha_SurvivorUn placer entrar en un grupo que soluciona dudas..Dom 17 Nov 2024, 22:12VayaJaleo94
DESCARGA PLANOS PARA TU TFC CON SIMBOLOGIA

Si te encuentras realizando el TFC para director de seguridad y tienes que realizar los planos tu mismo aquí tienes una variedad de todos los gremios de planos completos con simbología realizada sobre estos.
Clica sobre el siguiente enlace
Clica aquí para la descarga
Buscar
Resultados por:
Búsqueda avanzada

Ir abajo
vscapi
vscapi
Experto Nivel 6
Experto Nivel 6
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Masculino Mensajes : 3489
Fecha de inscripción : 19/06/2015
Localización : Tierra de España

**.Un solo trabajador puede impugnar individualmente un convenio colectivo Empty **.Un solo trabajador puede impugnar individualmente un convenio colectivo

Mar 04 Ago 2015, 00:45


02/08/15



Un solo trabajador puede impugnar individualmente un convenio colectivo
La legitimación para impugnar un convenio ilegal la tienen únicamente la autoridad laboral y los órganos de representación legal o sindical de los trabajadores, sindicatos y asociaciones empresariales interesadas, en virtud de lo establecido en los artículos 161 y 163 de la Ley de Procedimiento Laboral (LPL). Dicha norma establece dos procedimientos para demandar directamente la ilegalidad de un convenio.

Uno de ellos, el iniciado por la autoridad laboral mediante comunicación de oficio ante el órgano judicial competente, que será la jurisdicción de lo social. Aunque existe una.

Las vías más comunes
La comunicación que se remite debe contener, para su validez, el detalle de la legislación que vulnera y los extremos de ésta que se entienden conculcados, una sucinta referencia a los fundamentos jurídicos de la ilegalidad y una relación de las representaciones integrantes de la comisión negociadora. A esta comunicación debe acompañarse el convenio impugnado y tantas copias del mismo como partes tenga el proceso. El juez tiene diez días para indicar a la autoridad laboral los defectos subsanables que haya en la comunicación.

Una segunda vía de impugnación del convenio es el que inician los representantes legales de los trabajadores, los sindicatos o asociaciones empresariales. Sólo tienen legitimación para actuar si el convenio se encuentra registrado, pues de no estarlo deberán solicitar a la autoridad laboral que sea ésta quien envíe la oportuna comunicación; y si ésta no contesta en quince días, desestima su petición o el convenio se hubiera ya registrado, los representantes podrán iniciar la impugnación.

La legitimación de estas asociaciones y sindicatos para representar a los trabajadores afectados debe probarse al inicio de la negociación del convenio, tal y como se pronuncia el Tribunal Supremo (TS) en su sentencia de 10 de octubre de 2006. No está legitimado en la impugnación de convenios colectivos por esta vía el Abogado del Estado, quien, sin embargo, sí lo está cuando el motivo de impugnación es la lesividad. Así se pronunció el TS en una sentencia de 23 de octubre de 2007.

Impugnación individual
Pero junto a estas dos vías citadas, un convenio colectivo puede impugnarse de forma indirecta mediante un tercer procedimiento; así lo proclama la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 6 de julio de 2007. En ella, explica que existe una forma indirecta de denunciar un convenio ilegal, a través del proceso ordinario. Es decir, un procedimiento en el que el demandante cuestiona la validez de un acto concreto de aplicación de un convenio en la medida en que afecta a sus derechos o intereses jurídicos.

En estos casos, el objeto directo de la demanda no es la declaración de nulidad del convenio, sino una pretensión particular, para cuya resolución hay que decidir si se aplica o no el convenio a un caso concreto sin pronunciarse sobre la validez del mismo. Esta tercera vía abre la posibilidad de considerar legitimado para denunciar el convenio al particular afectado, satisfaciéndose de este modo el derecho a la tutela judicial efectiva de los trabajadores individualmente considerados.

Pero, ¿cuándo cabe invocar la ilegalidad de un convenio? El TS ha respondido con contundencia en sentencia de 30 de septiembre de 2008. Dice que esta causaúnicamente puede ser el motor de la demanda cuando el convenio viola una norma legal de derecho necesario, no así cuando contraviene un convenio anterior o si contiene cláusulas o artículos que son contradictorios entre sí.

Si estuviéramos en presencia de esta contradicción, ésta debe solucionarse a través de una interpretación integradora del convenio, que puede llevarse a cabo mediante un proceso de conflicto colectivo o proceso similar. En lo que afecta al convenio que contraviene uno anterior, según palabras textuales del TS en dicha sentencia: "El convenio colectivo que sucede a uno anterior puede disponer sobre los derechos reconocidos en él. En dicho supuesto se aplicará íntegramente lo regulado en el nuevo convenio".



[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.