- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Mensaje 16 marzo, 2015 La dejadez de los vigilantes de seguridad -
Lun 01 Jun 2015, 22:41
Hace ya algún tiempo que quería hacer un pequeño escrito para referirme a la condición física y mental de algunos compañeros que no hacen sino que dejarnos en mal lugar a los que nos esforzamos dia a dia para realizar nuestros servicios en perfecta condición física y mental, no es una critica para destruir sino todo lo contrario, es para construir profesionalidad entre nuestros compañeros.
Es bueno que pidamos a las empresas y a los clientes que nos traten con respeto y que nos valoren como profesionales pero también es bueno transmitir profesionalismo y confianza en todos nuestros actos.
Habra quien dira que el estar fuera de facultades físicas o mentales depende mucho de la edad y del servicio en el que estes, pero no es menos cierto que estemos donde estemos la responsabilidad es nuestra.
Sabe alguien o tiene idea de la cantidad de nuevos aspirantes o jóvenes que llaman a la puerta de la seguridad privada con una preparación física e intelectual envidiosa?
El profesional intocable piensa acaso que si sigue con la actitud pasiva puede conservar el empleo indefinidamente?, la escusa puede ser muy variopinta, desde que no tiene dinero para pagarse un gimnasio , hasta que como en su servicio tiene que estar sentado en un control de accesos no hace falta que se prive de comer lo que le guste.
Si pensamos asi lo único que conseguiremos es que la empresa nos enfile entre ceja y ceja y a la minima que pueda nos pueda hacer caer en cualquier renuncio y obtener como recompensa a tanto pasotismo un despido disciplinario por causas objetivas.
Es esto lo que queremos?, AHHaa , que ya tenemos una edad y nos da igual, muy bien , si es asi dejemos de calentar la silla o el lugar de trabajo y dejemos paso a quien lo necesita de verdad y además se comportara mucho mas profesionalmente.
No es por nada , ni por ganas de incordiar pero somos casi 300.000 habilitados de los que solamente trabajan 85.000, fijaros si hay posibles compañeros empujando y haciendo fuerza.
No merece un poco de esfuerzo de nuestra parte para conservar el empleo y demostrar a jefes y clientes que somos la mejor opcion para cubrir su servicio?
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Tampoco hace falta ponerse como el de la imagen jejeje, pero si tener un poco de cura de nuestro físico que a la postre se puede transmitir a una mejor seguridad mental.
Este escrito como ya comente anteriormente no debe servir como una critica destructiva hacia compañeros sino todo lo contrario una critica para mentalizar y desarrollar las ganas de profesionalizarse activamente en un oficio que de verdad requiere constante entrenamiento para dar de si lo mejor en cada situación.
Sabemos de la formación obligatoria Artículo 7. Cursos de actualización y especialización. De conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada, el personal de seguridad privada, al que se refiere dicho artículo, participará en cursos de actualización o especialización impartidos en centros de formación autorizados, que tendrán una duración, como mínimo, de veinte horas lectivas anuales, con un porcentaje de, al menos, el cincuenta por ciento de formación presencial. Artículo 8. Cursos de formación específica. En los servicios de seguridad que se citan en el anexo IV de esta Orden, por ser necesaria una mayor especialización del personal que los presta, se requerirá una formación específica, ajustada a los requisitos que se recogen en dicho anexo, computable como horas lectivas a efectos de la formación permanente del artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada. Artículo 9. Cursos de formación especial. Los cursos, conferencias o reuniones formativas organizadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, al objeto de impartir las instrucciones o pautas de actuación para hacer efectivo el principio básico de auxilio, colaboración y coordinación con estas, se computarán como horas lectivas a efectos de la formación permanente del artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada
Pero , es suficiente?, basarnos en temas de obigatoriedad en vez de temas de voluntariedad?, mi opinión no cuenta por eso no la doy. [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Y los uniformes, los llevamos con la imagen impecable que se nos exige?, llevamos los uniformes de acuerdo a cada servicio?, este tema realmente incumbiría a las empresas de seguridad, no es normal ir a un concierto como he ido yo mismo en un recinto lleno de polvo de traje de bonito que a la hora ya daba asco ver, y eso sin intervenciones , a la que tengas que intervenir ni te cuento, placas por el suelo, camisas con botones arrancados, incluso rotas etc,etc, algo que se puede evitar simplemente dotando de la debida uniformidad en cada circunstancia de servicio, algo que todavía hoy no hacen muchas empresas, sin comprender que la comodidad es muy importante en la vida de un vigilante de seguridad.
Los tiempos cambian y la sociedad evoluciona, por lo que empresas y trabajadores también deben adaptarse a los nuevos cambios que proponen los nuevos tiempos, eso incluye uniformidad, logística, trato personalizado y necesidades de los clientes
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Articulo escrito y editado por josepmarti en
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Es bueno que pidamos a las empresas y a los clientes que nos traten con respeto y que nos valoren como profesionales pero también es bueno transmitir profesionalismo y confianza en todos nuestros actos.
Habra quien dira que el estar fuera de facultades físicas o mentales depende mucho de la edad y del servicio en el que estes, pero no es menos cierto que estemos donde estemos la responsabilidad es nuestra.
Sabe alguien o tiene idea de la cantidad de nuevos aspirantes o jóvenes que llaman a la puerta de la seguridad privada con una preparación física e intelectual envidiosa?
El profesional intocable piensa acaso que si sigue con la actitud pasiva puede conservar el empleo indefinidamente?, la escusa puede ser muy variopinta, desde que no tiene dinero para pagarse un gimnasio , hasta que como en su servicio tiene que estar sentado en un control de accesos no hace falta que se prive de comer lo que le guste.
Si pensamos asi lo único que conseguiremos es que la empresa nos enfile entre ceja y ceja y a la minima que pueda nos pueda hacer caer en cualquier renuncio y obtener como recompensa a tanto pasotismo un despido disciplinario por causas objetivas.
Es esto lo que queremos?, AHHaa , que ya tenemos una edad y nos da igual, muy bien , si es asi dejemos de calentar la silla o el lugar de trabajo y dejemos paso a quien lo necesita de verdad y además se comportara mucho mas profesionalmente.
No es por nada , ni por ganas de incordiar pero somos casi 300.000 habilitados de los que solamente trabajan 85.000, fijaros si hay posibles compañeros empujando y haciendo fuerza.
No merece un poco de esfuerzo de nuestra parte para conservar el empleo y demostrar a jefes y clientes que somos la mejor opcion para cubrir su servicio?
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Tampoco hace falta ponerse como el de la imagen jejeje, pero si tener un poco de cura de nuestro físico que a la postre se puede transmitir a una mejor seguridad mental.
Este escrito como ya comente anteriormente no debe servir como una critica destructiva hacia compañeros sino todo lo contrario una critica para mentalizar y desarrollar las ganas de profesionalizarse activamente en un oficio que de verdad requiere constante entrenamiento para dar de si lo mejor en cada situación.
Sabemos de la formación obligatoria Artículo 7. Cursos de actualización y especialización. De conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada, el personal de seguridad privada, al que se refiere dicho artículo, participará en cursos de actualización o especialización impartidos en centros de formación autorizados, que tendrán una duración, como mínimo, de veinte horas lectivas anuales, con un porcentaje de, al menos, el cincuenta por ciento de formación presencial. Artículo 8. Cursos de formación específica. En los servicios de seguridad que se citan en el anexo IV de esta Orden, por ser necesaria una mayor especialización del personal que los presta, se requerirá una formación específica, ajustada a los requisitos que se recogen en dicho anexo, computable como horas lectivas a efectos de la formación permanente del artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada. Artículo 9. Cursos de formación especial. Los cursos, conferencias o reuniones formativas organizadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, al objeto de impartir las instrucciones o pautas de actuación para hacer efectivo el principio básico de auxilio, colaboración y coordinación con estas, se computarán como horas lectivas a efectos de la formación permanente del artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada
Pero , es suficiente?, basarnos en temas de obigatoriedad en vez de temas de voluntariedad?, mi opinión no cuenta por eso no la doy. [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Y los uniformes, los llevamos con la imagen impecable que se nos exige?, llevamos los uniformes de acuerdo a cada servicio?, este tema realmente incumbiría a las empresas de seguridad, no es normal ir a un concierto como he ido yo mismo en un recinto lleno de polvo de traje de bonito que a la hora ya daba asco ver, y eso sin intervenciones , a la que tengas que intervenir ni te cuento, placas por el suelo, camisas con botones arrancados, incluso rotas etc,etc, algo que se puede evitar simplemente dotando de la debida uniformidad en cada circunstancia de servicio, algo que todavía hoy no hacen muchas empresas, sin comprender que la comodidad es muy importante en la vida de un vigilante de seguridad.
Los tiempos cambian y la sociedad evoluciona, por lo que empresas y trabajadores también deben adaptarse a los nuevos cambios que proponen los nuevos tiempos, eso incluye uniformidad, logística, trato personalizado y necesidades de los clientes
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- palopiedraExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Mensaje 16 marzo, 2015 La dejadez de los vigilantes de seguridad -
Mar 02 Jun 2015, 05:37
Juer cómo te lo curras. Buen artículo, si señor.
- Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo DE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD CIUDADANA (BOE núm. 77, de 31 de marzo)
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