Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA

Unirse al foro, es rápido y fácil

Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA
Forodevigilantes.com
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada
Nuevo Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada Autor: José Martín Sosa Precio: 9,90 € (Disponible en PDF y EPUB)
Clica en la imagen para descargar el manual
sitio web seguro

NAVEGA CON TOTAL SEGURIDAD, ESTE FORO ES SEGURO.



Manual practico del vigilante de seguridad

MANUAL PRACTICO DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD

Este Manual Práctico del Vigilante de Seguridad está pensado para ofrecerte una guía completa sobre el trabajo de los vigilantes de seguridad, basado en más de 20 años de experiencia en el sector por solo 9.90 €. Clica en la imagen de arriba para redirigirte a la descarga. Ahora descargando este manual viene de regalo el manual de director de seguridad
MANUAL DE FORMACION PARA EL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA

MANUAL CURSO DE FORMACION DEL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA
Este programa ha sido diseñado para preparar a profesionales de la seguridad privada para asumir el papel de formadores, dotándolos de las habilidades, conocimientos y confianza necesarios para liderar a futuros profesionales en este dinámico campo.
Precio 9,90€
MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD

MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD
Con más de 90 Páginas de Contenido. Nuestro Manual Práctico del Director de Seguridad es una guía completa y detallada diseñada para proporcionar los conocimientos necesarios para el rol de Director de Seguridad.
CLICA SOBRE LA IMAGEN DEL MANUAL Y TE REDIRIGE AL PORTAL DE COMPRA.
Precio 9,90€
Últimos temas
Horas nocturnasHoy a las 19:27VS76ME PRESENTO A LOS COMPAÑEROS!Ayer a las 22:59Alpha_SurvivorLa Seguridad Privada tendrá reducción de jornada laboral a 37'5 horas semanales?Ayer a las 22:58Alpha_SurvivorME NIEGAN RECICLAJE EN HORARIO DE TRABAJOAyer a las 18:14josepmartiCompatibilidad de VS en una empresa y delegación de funciones del JS en otra Ayer a las 16:44josepmartiSi no lo digo revientoMar 19 Nov 2024, 23:39josepmartiDescuelgue del convenio.Mar 19 Nov 2024, 15:18rewolucionNuevo por aquí pero con bastantes años en el sector Mar 19 Nov 2024, 07:59Alpha_SurvivorUn placer entrar en un grupo que soluciona dudas..Dom 17 Nov 2024, 22:12VayaJaleo94Publicaciones en los temas del foroDom 17 Nov 2024, 20:12Alpha_Survivor
DESCARGA PLANOS PARA TU TFC CON SIMBOLOGIA

Si te encuentras realizando el TFC para director de seguridad y tienes que realizar los planos tu mismo aquí tienes una variedad de todos los gremios de planos completos con simbología realizada sobre estos.
Clica sobre el siguiente enlace
Clica aquí para la descarga
Buscar
Resultados por:
Búsqueda avanzada

Ir abajo
josepmarti
josepmarti
Administrador
Administrador
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Masculino Mensajes : 23052
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona

¿Ha cambiado el SEPE los criterios para conceder el Programa de Activación? Empty ¿Ha cambiado el SEPE los criterios para conceder el Programa de Activación?

Jue 26 Mar 2015, 12:36
Algunos colaboradores y usuarios nos informan de un posible cambio de criterio del SEPE, modificando la instrucción interna que denegaba el Programa de Activación bajo determinados supuestos y que afectó a miles de desempleados.

Preste atención a nuestra recomendación si se le ha denegado la ayuda.

[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]

¿Cuál es el criterio de interpretación que está en discusión?


Cuando en enero se aprobó el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo (PAE), varios abogados laboralistas que colaboran con nosotros coincidieron con nuestro criterio y el de muchos desempleados, sobre la más que discutible interpretación que el SEPE estaba haciendo de la norma que regula esta ayuda, el Real Decreto-ley 16/2014.

En concreto, se estaba denegando la ayuda del PAE a quienes cumpliendo todos los requisitos que marca la ley (parado de larga duración, con responsabilidades familiares, sin percibir otra ayuda en los últimos seis meses y habiendo agotado tanto el Prepara como la RAI) había recibido un subsidio o prestación ordinaria antes de los últimos seis meses.



Un caso real de denegación del Programa de Activación


En nuestro artículo “Las paradojas de la nueva ayuda para desempleados” lo explicábamos con  un ejemplo real:

Vemos lo que indica textualmente la norma que regula la nueva ayuda, el Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo (descargar pdf).

“Art. 2.1.a) Requisitos para solicitar la ayuda (  )

Haber transcurrido al menos seis meses desde el agotamiento de alguna de las siguientes ayudas o prestaciones: la Renta Activa de Inserción (RAI) regulada en el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el Programa de Renta Activa de Inserción para Desempleados con Especiales Necesidades Económicas y Dificultad para Encontrar Empleo, o en las normas que le precedieron, cuando se haya agotado el tercer derecho a la misma; el Programa Temporal de Protección e Inserción (PRODI) regulado por el Real Decreto-ley 10/2009, de 13 de agosto, por el que se regula el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción; el Programa de Recualificación Profesional de las Personas que Agoten su Protección por Desempleo (PREPARA), regulado en el Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, así como en los sucesivos reales decreto-leyes que han prorrogado dicho programa.

A los efectos de este apartado no se considerará agotamiento la extinción derivada de una sanción o baja en el derecho por causa imputable al beneficiario.”



En la norma únicamente se exige la necesidad de haber agotado previamente el Plan Prepara (+info), la Renta Activa de Inserción RAI (+info) o el antiguo Prodi.

Sin embargo, en las oficinas de empleo, se estaba denegando la ayuda a quienes habiendo agotado el Prepara o la RAI, habían recibido posteriormente un subsidio o prestación contributiva, por ejemplo, por haber trabajado tres meses.

” Era el caso real de Lucía:

Lucía lleva dos años en el paro, sin encontrar trabajo y sin recibir ninguna ayuda. Tiene 49 años y dos hijos a su cargo de 15 y 17 años.  Agotó la última RAI en 2011 y poco después tuvo la oportunidad de trabajar como camarera durante 3 meses, haciendo una suplencia en un restaurante. Con los tres meses de cotización y con hijos, pudo pedir el subsidio por pérdida de empleo con responsabilidades familiares, tres meses a 426 euros al mes.

Ahora pensaba que se podría acoger a la nueva ayuda del Programa de Activación:  no hay ingresos en su familia, y con el padre de sus hijos en paradero desconocido, tiene que mantener a dos hijos menores de edad que dependen de ella y lleva años sin recibir una prestación.  Lucía ha acudido a la oficina de empleo y le han comunicado que no podrá solicitar la nueva ayuda, porque aunque agotó la RAI en 2011, ha cobrado después un subsidio de tres meses.”

Febrero de 2015



Según nos comunican varios usuarios, es este último criterio el que parece que está en cuestión.




¿Qué puede hacer si se encuentra en esa situación? Consejo



Nuestros abogados colaboradores insisten en que de la litearalidad de la norma no parece posible llegar a la conclusión de que por haber recibido un subsidio de tres meses, no se conceda a desempleados como Lucía el derecho a recibir la nueva ayuda, cuando cumple el resto de requisitos y su situación como desempleada de larga duración con responsabilidades familiares que ha agotado todas las ayudas posibles la situa en el campo objetivo de aplicación de la norma.

Estamos a la espera de una confirmación oficial de este cambio de criterio y de las opciones que, en caso de confirmarse, se podrían abrir para muchos desempleados a los que se les denegó la ayuda.

Mientras estos se produce, nuestra recomendación a las desempleados que se encuentren en esta situación es que a pesar de la negativa verbal que les pudieran haber dado anteriormente en la oficina de empleo (siguiendo los criterios de interpretación internos de la Dirección), presenten la solicitud del Programa de Activación (PAE) y esperen a recibir contestación por parte del Servicio Público de Empleo, para que si se produce, pueden efectuar reclamación previa frente a la denegación.

Si desean recibir asesoramiento en esta cuestión concreta por parte de los abogados laboralistas que colaboran con nosotros, pueden enviar su caso y un email de contacto a través del formulario que encontrarán al final de este artículo.

También agradecemos su colaboración a los funcionarios del SEPE que quieran comunicar de forma anónima la información disponible sobre este asunto, de máximo interés para muchos desempleados.




© Un artículo de la redacción de citapreviainem.es 25/03/2015.  Todos los derechos reservados


[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

Gracias Citaprevia por tan valiosa informacion

************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.