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No hay citas disponibles para tramitar el desempleo
Miér 19 Nov 2014, 20:57
Al solicitar cita previa para la oficina de empleo por teléfono o internet, puede suceder que nos encontremos un mensaje que indica “en estos momentos no hay citas disponibles en la oficina seleccionada”, como en este ejemplo
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Esto no se debe a un error del sistema informático o telefónico, sino a que la oficina del INEM (SEPE) tiene un número máximo de citas que puede atender cada día y se ha alcanzado el límite.
¿Qué se puede hacer en estos casos?
Hay tres opciones posibles:
uno Cuando se recibe la llamada del orientador laboralVolver a intentarlo al día siguiente, a primera hora (8-9 AM). Es la opción que recomendamos. Al cabo de dos o tres días se consigue la cita.
Tenga en cuenta que el plazo que da la ley para pedir el paro (15 días hábiles desde la situación legal de desempleo) es un plazo más amplio de lo que parece, ya que
1.Los 15 días son días hábiles, es decir, no se cuentan ni domingos ni festivos
2.La fecha que se considera como día de presentación de la documentación no es el día de cita que nos asignan, sino el día en que hemos pedido la cita a través de internet o por teléfono.
Un ejemplo: A un trabajador el plazo de los quince días hábiles se le termina el 20 de julio y pide cita el día 19 de julio por internet o teléfono. Si en ese momento se la conceden para el 30 de julio, estará dentro del plazo, pues la fecha que cuenta como momento de presentación de la solicitud es el 19 de julio, cuando se solicitó la cita, y no el día 30.
dos Pedir la prestación desde la web del SEPE INEMOtra solución es tramitar la solicitud de la prestación por internet. Muchos usuarios lo hacen de este modo, pero solo lo recomendamos en aquellos casos en que se tiene muy clara la documentación a presentar, los requisitos y hay cierta experiencia a la hora de presentar documentos por via electrónica (con certificados digitales, subida de documentos en pdf, etc). En este enlace del SEPE está toda la información para hacer los trámites por internet > Solicitud de prestación contributiva por Internet
Presentar la solicitud en un registro públicoPresentar la solicitud en un registro público. En el propio aviso del SEPE cuando no hay citas disponibles, indican que es posible descargarse toda la documentación de internet, rellenar la solicitud de la prestación y presentarla en cualquier registro de las administraciones públicas estatal o autonómica. Legalmente es posible, porque así lo contempla la norma administrativa de presentación de documentación, pero nosotros unicamente lo aconsejamos en el caso extremo de que no fuera posible ninguna de las opciones anteriores.
¿Qué dicen en el SEPE (INEM) cuando los usuarios se quejan de los problemas para solicitar cita previa?
En las oficinas de empleo son conscientes de los problemas que hay en algunas oficinas por desbordamiento del sistema de citas previas. Tanto en las propias oficinas como en el teléfono de información del SEPE 901119999 recomiendan intentar pedir la cita a primera hora de la mañana (8-9 AM ), que es cuando al parecer se liberan en el sistema las citas disponibles para cada día.
En las más de 2000 consultas que hemos recibido en nuestro foro, no conocemos de ningún caso de alquien que no haya podido tramitar la prestación por no lograr la cita tras intentarlo durante varios días.
¿Qué sucede si se presenta la solicitud de prestación por desempleo fuera de plazo?
En el caso de solicitar el paro (la prestación contributiva), si la solicitud se hace fuera de plazo no se pierde el derecho, pero no se dejan de cobrar tantos días como haya entre el primero en que se pudo cobrar la prestación y la fecha en la que se ha pedido la cita fuera de plazo.
Esto es importante, porque algunas personas piensan que han perdido totalmente su prestación por estar fuera de fechas y no es así.Otras ayudas específicas, como el Plan Prepara, si se presentan un solo día después del plazo límite, son denegadas. Por eso es fundamental informarse bien en materia de plazos.¿Se puede presentar la documentación en otro lugar que no sea la oficina de empleo que tenemos asignada?
En teoría, la presentación de documentación se podría hacer ante cualquier administración pública, y asi lo confirma el INEM SEPE en su sección de consultas:
Pregunta:¿Tengo que pedir cita para solicitar una prestación por desempleo?
Respuesta:El sistema de cita previa no está implantado en toda la red de oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal. Por eso se recomienda informarse personalmente en su oficina de empleo. En ese caso la tramitación previa de la cita permite una atención e información más ágil y personalizada. Recuerde que para presentar la solicitud dispone de un plazo de 15 días hábiles desde la situación legal de desempleo. La solicitud se entiende presentada si se registra en cualquiera de las dependencias del Servicio Público de empleo Estatal o en el registro de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de las Comunidades Autónomas o a la de alguna entidad de la Administración Local con la que se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, o en cualquier otro registro que establezcan las disposiciones vigentes.
Referencia normativa: Art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Ahora bien, si lo anterior es legalmente posible, nuestra experiencia hace que no recomendemos la presentación de documentación en ventanillas distintas de la oficina de empleo o de internet. La solución es, por lo tanto, armarse de paciencia e intentarlo varias veces a través de internet o por teléfono.Esperamos que pronto la administración ponga remedio a estas situaciones de saturación del servicio.
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Esto no se debe a un error del sistema informático o telefónico, sino a que la oficina del INEM (SEPE) tiene un número máximo de citas que puede atender cada día y se ha alcanzado el límite.
¿Qué se puede hacer en estos casos?
Hay tres opciones posibles:
uno Cuando se recibe la llamada del orientador laboralVolver a intentarlo al día siguiente, a primera hora (8-9 AM). Es la opción que recomendamos. Al cabo de dos o tres días se consigue la cita.
Tenga en cuenta que el plazo que da la ley para pedir el paro (15 días hábiles desde la situación legal de desempleo) es un plazo más amplio de lo que parece, ya que
1.Los 15 días son días hábiles, es decir, no se cuentan ni domingos ni festivos
2.La fecha que se considera como día de presentación de la documentación no es el día de cita que nos asignan, sino el día en que hemos pedido la cita a través de internet o por teléfono.
Un ejemplo: A un trabajador el plazo de los quince días hábiles se le termina el 20 de julio y pide cita el día 19 de julio por internet o teléfono. Si en ese momento se la conceden para el 30 de julio, estará dentro del plazo, pues la fecha que cuenta como momento de presentación de la solicitud es el 19 de julio, cuando se solicitó la cita, y no el día 30.
dos Pedir la prestación desde la web del SEPE INEMOtra solución es tramitar la solicitud de la prestación por internet. Muchos usuarios lo hacen de este modo, pero solo lo recomendamos en aquellos casos en que se tiene muy clara la documentación a presentar, los requisitos y hay cierta experiencia a la hora de presentar documentos por via electrónica (con certificados digitales, subida de documentos en pdf, etc). En este enlace del SEPE está toda la información para hacer los trámites por internet > Solicitud de prestación contributiva por Internet
Presentar la solicitud en un registro públicoPresentar la solicitud en un registro público. En el propio aviso del SEPE cuando no hay citas disponibles, indican que es posible descargarse toda la documentación de internet, rellenar la solicitud de la prestación y presentarla en cualquier registro de las administraciones públicas estatal o autonómica. Legalmente es posible, porque así lo contempla la norma administrativa de presentación de documentación, pero nosotros unicamente lo aconsejamos en el caso extremo de que no fuera posible ninguna de las opciones anteriores.
¿Qué dicen en el SEPE (INEM) cuando los usuarios se quejan de los problemas para solicitar cita previa?
En las oficinas de empleo son conscientes de los problemas que hay en algunas oficinas por desbordamiento del sistema de citas previas. Tanto en las propias oficinas como en el teléfono de información del SEPE 901119999 recomiendan intentar pedir la cita a primera hora de la mañana (8-9 AM ), que es cuando al parecer se liberan en el sistema las citas disponibles para cada día.
En las más de 2000 consultas que hemos recibido en nuestro foro, no conocemos de ningún caso de alquien que no haya podido tramitar la prestación por no lograr la cita tras intentarlo durante varios días.
¿Qué sucede si se presenta la solicitud de prestación por desempleo fuera de plazo?
En el caso de solicitar el paro (la prestación contributiva), si la solicitud se hace fuera de plazo no se pierde el derecho, pero no se dejan de cobrar tantos días como haya entre el primero en que se pudo cobrar la prestación y la fecha en la que se ha pedido la cita fuera de plazo.
Esto es importante, porque algunas personas piensan que han perdido totalmente su prestación por estar fuera de fechas y no es así.Otras ayudas específicas, como el Plan Prepara, si se presentan un solo día después del plazo límite, son denegadas. Por eso es fundamental informarse bien en materia de plazos.¿Se puede presentar la documentación en otro lugar que no sea la oficina de empleo que tenemos asignada?
En teoría, la presentación de documentación se podría hacer ante cualquier administración pública, y asi lo confirma el INEM SEPE en su sección de consultas:
Pregunta:¿Tengo que pedir cita para solicitar una prestación por desempleo?
Respuesta:El sistema de cita previa no está implantado en toda la red de oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal. Por eso se recomienda informarse personalmente en su oficina de empleo. En ese caso la tramitación previa de la cita permite una atención e información más ágil y personalizada. Recuerde que para presentar la solicitud dispone de un plazo de 15 días hábiles desde la situación legal de desempleo. La solicitud se entiende presentada si se registra en cualquiera de las dependencias del Servicio Público de empleo Estatal o en el registro de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de las Comunidades Autónomas o a la de alguna entidad de la Administración Local con la que se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, o en cualquier otro registro que establezcan las disposiciones vigentes.
Referencia normativa: Art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Ahora bien, si lo anterior es legalmente posible, nuestra experiencia hace que no recomendemos la presentación de documentación en ventanillas distintas de la oficina de empleo o de internet. La solución es, por lo tanto, armarse de paciencia e intentarlo varias veces a través de internet o por teléfono.Esperamos que pronto la administración ponga remedio a estas situaciones de saturación del servicio.
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