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Declaración Responsable para la apertura y funcionamiento de Centros de Formación del Personal de Seguridad Privada, modificación y cierre de los mismos
Miér 12 Nov 2014, 09:20
Autorizar a centros para impartir formación de seguridad privada. Modificación de centros autorizados. Cancelación de Centros a petición propia.
¿Qué es?
Documento que suple a la autorización, modificación y cancelación como Centro de Formación especializado en formación de personal de Seguridad Privada, cuya competencia hasta la entrada en vigor de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada correspondía a la Secretaría de Estado de Seguridad.
Clases y tipologías
La declaración responsable es única en su clase.
¿Quiénes son los interesados?
Podrá acceder al procedimiento cualquier persona física ó jurídica, interesada en la homologación de un Centro de Formación del personal de Seguridad Privada para poder impartir docencia en materia de Seguridad Privada.
Requisitos
Especificados en el MODELO formulario de referencia.
¿Como se gestiona?
Mediante presentación de la declaración responsable y de la documentación preceptiva, por duplicado, ante el órgano competente para su recepción, con arreglo al modelo formulario de referencia (PDF).
¿Dónde se presenta la documentación?
En cualquier dependencia del Cuerpo Nacional de Policía, indicando su remisión a la Unidad Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, sita en Madrid, órgano receptor competente.
Datos básicos del procedimiento
Forma de iniciación: Presentación de la declaración responsable por el interesado.
Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.
Materia del procedimiento: Seguridad Privada.
Resolución del procedimiento:
Una vez recepcionada la declaración, con la entrega de uno de los modelos presentados al interesado, debidamente fechado y sellado en el Registro de la Unidad Central de Seguridad Privada.
Inscripción Registral:
Se practicará, de oficio, su anotación en el Registro Nacional de Seguridad Privada.
Órgano competente para inscribir la declaración responsable presentada:
Unidad Central de Seguridad Privada.
Normativa:
• LEY 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
•Orden INT/318/2011, de 1 de febrero sobre personal de seguridad privada.
•Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se determinan los programas de formación del personal de seguridad privada.
•ORDEN INT/28/2013, de 18 de enero por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.
•REAL DECRETO 1778/1994 de adecuación de las normas reguladoras de los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Código del procedimiento: 111370
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¿Qué es?
Documento que suple a la autorización, modificación y cancelación como Centro de Formación especializado en formación de personal de Seguridad Privada, cuya competencia hasta la entrada en vigor de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada correspondía a la Secretaría de Estado de Seguridad.
Clases y tipologías
La declaración responsable es única en su clase.
¿Quiénes son los interesados?
Podrá acceder al procedimiento cualquier persona física ó jurídica, interesada en la homologación de un Centro de Formación del personal de Seguridad Privada para poder impartir docencia en materia de Seguridad Privada.
Requisitos
Especificados en el MODELO formulario de referencia.
¿Como se gestiona?
Mediante presentación de la declaración responsable y de la documentación preceptiva, por duplicado, ante el órgano competente para su recepción, con arreglo al modelo formulario de referencia (PDF).
¿Dónde se presenta la documentación?
En cualquier dependencia del Cuerpo Nacional de Policía, indicando su remisión a la Unidad Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, sita en Madrid, órgano receptor competente.
Datos básicos del procedimiento
Forma de iniciación: Presentación de la declaración responsable por el interesado.
Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.
Materia del procedimiento: Seguridad Privada.
Resolución del procedimiento:
Una vez recepcionada la declaración, con la entrega de uno de los modelos presentados al interesado, debidamente fechado y sellado en el Registro de la Unidad Central de Seguridad Privada.
Inscripción Registral:
Se practicará, de oficio, su anotación en el Registro Nacional de Seguridad Privada.
Órgano competente para inscribir la declaración responsable presentada:
Unidad Central de Seguridad Privada.
Normativa:
• LEY 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
•Orden INT/318/2011, de 1 de febrero sobre personal de seguridad privada.
•Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se determinan los programas de formación del personal de seguridad privada.
•ORDEN INT/28/2013, de 18 de enero por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.
•REAL DECRETO 1778/1994 de adecuación de las normas reguladoras de los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Código del procedimiento: 111370
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- 2015/012 * Impartición de formación específica por parte de los centros de formación del personal de seguridad privada.
- Acreditación del profesorado en centros de formación, actualización y adiestramiento del personal de Seguridad Privada
- acs Asociacion Centros formacion seguridad privada
- Centros de formación homologados de seguridad privada ( catalunya )
- Formación del personal de Seguridad de centros de protección de menores.
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