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Subrrogacion dudosa duda
Lun 21 Mar 2022, 12:34
Buenas compañeros, llevo leyendo el foro bastante tiempo pero no me había decidido a registrarme hasta que me ha surgido un problema y no sé con quien comentarlo, os pongo en situación, llevo 3 años como indefinido en mi empresa X y 2 años en el mismo servicio, resulta que el otro día viene un inspector a decirme que la empresa a perdido ese servicio y que vendrá la empresa Y, desde el primer momento me dice que X tiene una política de subrrogaciones cero y que me buscaran un servicio donde ponerme, hasta ahí todo bien.
Hace unas semanas viene un inspector de la empresa Y que se va a hacer cargo del servicio y me pregunta si quiero ser subrrogado con ellos a lo que le digo que de momento no, porque mi idea es continuar con la empresa X que me va a cambiar de servicio a otro, me dice que de acuerdo y me da una tarjeta de visita suya por si cambio de idea y no me gusta donde la empresa X me coloca. Le comunico esta interacción a mi inspector.
Ahora me encuentro a día 21 de mes, aun haciendo el servicio que acaba a finales de este mes y sin noticias de cuál sera mi siguiente ubicación por parte de la empresa X, hablo con mi inspector (el mismo que vino a verme) este tema y me dice "Por el momento no disponemos del listado de las personas que subrogan y por lo tanto no es posible informarte al respecto. En el momento que tengamos dicha informacion te mantendremos informado."
Mis dudas son ¿Qué va a pasar conmigo? Me da miedo que por haberle dicho a la empresa Y que me quería quedar con X (de palabra) ahora acabe el servicio y no acabe ni en una ni en otra empresa.
Y ¿Puede realmente esto pasar? Siendo que soy indefinido (no obra y servicio) de la empresa X me imagino que aunque el servicio donde estoy acabe ellos tienen la obligación de buscarme otro servicio donde ponerme.
¿Empiezo a preocuparme? En fin, siento el tostón, ahora mismo tengo muchas dudas y preocupación.
Gracias por leerme y saludos.
Hace unas semanas viene un inspector de la empresa Y que se va a hacer cargo del servicio y me pregunta si quiero ser subrrogado con ellos a lo que le digo que de momento no, porque mi idea es continuar con la empresa X que me va a cambiar de servicio a otro, me dice que de acuerdo y me da una tarjeta de visita suya por si cambio de idea y no me gusta donde la empresa X me coloca. Le comunico esta interacción a mi inspector.
Ahora me encuentro a día 21 de mes, aun haciendo el servicio que acaba a finales de este mes y sin noticias de cuál sera mi siguiente ubicación por parte de la empresa X, hablo con mi inspector (el mismo que vino a verme) este tema y me dice "Por el momento no disponemos del listado de las personas que subrogan y por lo tanto no es posible informarte al respecto. En el momento que tengamos dicha informacion te mantendremos informado."
Mis dudas son ¿Qué va a pasar conmigo? Me da miedo que por haberle dicho a la empresa Y que me quería quedar con X (de palabra) ahora acabe el servicio y no acabe ni en una ni en otra empresa.
Y ¿Puede realmente esto pasar? Siendo que soy indefinido (no obra y servicio) de la empresa X me imagino que aunque el servicio donde estoy acabe ellos tienen la obligación de buscarme otro servicio donde ponerme.
¿Empiezo a preocuparme? En fin, siento el tostón, ahora mismo tengo muchas dudas y preocupación.
Gracias por leerme y saludos.
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: Subrrogacion dudosa duda
Lun 21 Mar 2022, 15:49
Bienvenido al foro, Jsvigilante.
Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
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Re: Subrrogacion dudosa duda
Lun 21 Mar 2022, 19:30
Vamos por partes,
Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad para el año 2022.
Artículo 14. Subrogación de servicios.
....
En virtud de la subrogación de personal, la nueva adjudicataria está obligada a integrar en su plantilla, subrogándose en sus contratos de trabajo, a los trabajadores de la empresa cesante en el servicio, cualquiera que sea la modalidad de contratación y/o nivel funcional de los trabajadores, siempre que se acredite el requisito de antigüedad establecido en los artículos 15 y 16 de este Convenio para cada colectivo....
....
Artículo 17. Obligaciones de la empresa cesante y adjudicataria derivadas del proceso de subrogación.
1) Obligaciones de la empresa cesante: La Empresa cesante en el servicio:
...
2. Deberá poner a disposición de la nueva adjudicataria, con antelación mínima de cinco días hábiles a que ésta dé comienzo a la prestación del servicio, la documentación que más adelante se relaciona. Si tuviese conocimiento de la adjudicación en un plazo inferior a los cinco días hábiles antes del inicio del servicio, deberá entregar la documentación con carácter inmediato y siempre como mínimo veinticuatro horas antes del inicio del servicio.
a) Relación de trabajadores afectados por la subrogación.
....
4. Tendrá la facultad de quedarse con todos, o parte, de los trabajadores afectados por la subrogación.
/
Legalmente, estos son los plazos y lo que puede suceder.
La cesante, tiene la opción a quedarse con todos o parte de los trabajadores, y la nueva adjudicataria, tiene obligación de subrogar a los trabajadores de la empresa cesante en el servicio, lógicamente cumpliendo los requisitos establecidos en los artículos pertinentes. Hasta 5 días hábiles antes, la cesante tiene de plazo para entregar la lista de subrogados a la nueva adjudicataria.
Si no te informan antes, este sería el plazo, y teóricamente, o sigues en la cesante o subrogas a la nueva.
Lo peor es la incertidumbre, ánimo.
Saludos.
Grano a grano ,se levanta la montaña.
Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad para el año 2022.
Artículo 14. Subrogación de servicios.
....
En virtud de la subrogación de personal, la nueva adjudicataria está obligada a integrar en su plantilla, subrogándose en sus contratos de trabajo, a los trabajadores de la empresa cesante en el servicio, cualquiera que sea la modalidad de contratación y/o nivel funcional de los trabajadores, siempre que se acredite el requisito de antigüedad establecido en los artículos 15 y 16 de este Convenio para cada colectivo....
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Artículo 17. Obligaciones de la empresa cesante y adjudicataria derivadas del proceso de subrogación.
1) Obligaciones de la empresa cesante: La Empresa cesante en el servicio:
...
2. Deberá poner a disposición de la nueva adjudicataria, con antelación mínima de cinco días hábiles a que ésta dé comienzo a la prestación del servicio, la documentación que más adelante se relaciona. Si tuviese conocimiento de la adjudicación en un plazo inferior a los cinco días hábiles antes del inicio del servicio, deberá entregar la documentación con carácter inmediato y siempre como mínimo veinticuatro horas antes del inicio del servicio.
a) Relación de trabajadores afectados por la subrogación.
....
4. Tendrá la facultad de quedarse con todos, o parte, de los trabajadores afectados por la subrogación.
/
Legalmente, estos son los plazos y lo que puede suceder.
La cesante, tiene la opción a quedarse con todos o parte de los trabajadores, y la nueva adjudicataria, tiene obligación de subrogar a los trabajadores de la empresa cesante en el servicio, lógicamente cumpliendo los requisitos establecidos en los artículos pertinentes. Hasta 5 días hábiles antes, la cesante tiene de plazo para entregar la lista de subrogados a la nueva adjudicataria.
Si no te informan antes, este sería el plazo, y teóricamente, o sigues en la cesante o subrogas a la nueva.
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Localización : Barcelona
Re: Subrrogacion dudosa duda
Mar 22 Mar 2022, 08:20
Buenas, gracias por responder Rafa.
Entiendo entonces que mi empresa X no me va a decir dónde voy a estar hasta después del día 25 de este mismo mes porque están esperando si tomo o no la decisión final de subrogarme con la otra empresa pese a que les he dicho de palabra que no lo haría y que prefería cambiarme de servicio pero continuar en mi empresa. También sobreentiendo que mi empresa va a pasar ese documento a la otra empresa el ultimo momento porque esperan que muchos con la incertidumbre se subroguen y así es un vigilante menos que tienen que pensar donde reubicar.
Al menos me quedo "tranquilo" sabiendo que trabajo tendré ya que si o si acabaré en una empresa o en otra.
Entiendo entonces que mi empresa X no me va a decir dónde voy a estar hasta después del día 25 de este mismo mes porque están esperando si tomo o no la decisión final de subrogarme con la otra empresa pese a que les he dicho de palabra que no lo haría y que prefería cambiarme de servicio pero continuar en mi empresa. También sobreentiendo que mi empresa va a pasar ese documento a la otra empresa el ultimo momento porque esperan que muchos con la incertidumbre se subroguen y así es un vigilante menos que tienen que pensar donde reubicar.
Al menos me quedo "tranquilo" sabiendo que trabajo tendré ya que si o si acabaré en una empresa o en otra.
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