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Ojo sino se colabora con las FCSE.
Dom 27 Jul 2014, 21:28
La Audiencia deja en multa la pena de cárcel al joven de la PAH que desobedeció a la policía.
También sentencia respecto al enfrentamiento con el vigilante del banco.
El pago de una multa de 180 euros al juzgado será suficiente para castigar al joven que se negó en varias ocasiones a entregar su carné de identidad a la Policía Nacional durante el altercado que se produjo en una concentración de la Plataforma de Afectados por Hipotecas (PAH) ante una sucursal de Bankia, el 25 de mayo de 2012. La Audiencia Provincial admite así, parcialmente, el recurso del procesado contra la sentencia del Juzgado de lo Penal que le impuso medio año de prisión como autor de un delito de desobediencia grave a la autoridad, calificación que tilda como “excesiva”, puesto que el imputado no usó la violencia y finalmente se identificó.
Los agentes tuvieron que pedir al procesado, cuyas iniciales son A.H.F., “al menos, hasta en cuatro veces” que mostrara su carné de identidad, a lo que este respondió pidiendo a su vez a los policías, que iban “uniformados perfectamente”, que se identificaran, si bien acabó entregando su DNI.
El Tribunal provincial, que acaba de dictar sentencia en la que descarta el delito de desobediencia que implica cárcel, confirma, sin embargo, la existencia de una falta de coacciones, como estimó la magistrada de lo Penal, por la que el acusado e integrante de la PAH abonará 120 euros de multa por intimidar a un fotógrafo de prensa para impedirle realizar su trabajo.
El fallo judicial descarta la desobediencia grave porque “implica despliegue de violencia corporal en mayor o menor medida”, conducta a la que en ningún momento se refieren los policías ni los testigos. En ese sentido, el magistrado que resuelve el recurso, el presidente de la Audiencia Jesús Pérez Serna, concreta que los policías no relatan que el acusado mostrara “ninguna oposición de naturaleza física, ninguna actitud de negarse a dejar libre el espacio entre puertas” del banco, “ni ninguna otra”.
Esa afirmación le lleva a precisar que “el hecho de jalear” a los manifestantes, concentrados en la oficina que Bankia tiene en la avenida de Las Tres Cruces de la capital, contra los agentes no puede entenderse como tal delito grave. El joven gritó que los policías le pedían que se identificara y que solo defendían a los bancos.
Pérez Serna admite que “hubo una negativa inicial a identificarse” por parte del acusado cuando los agentes le requirieron para ello, “pero vista la identificación posterior”, “se antoja excesiva” la calificación de su conducta como grave, agrega. Llega a esta conclusión por “el contexto” en que se produce la orden policial, en una concentración contra los desahucios no carente de cierta tensión, “la forma de incumplimiento, sin violencia alguna física ni verbal” por parte del denunciado “o por el discurrir posterior de los acontecimientos” sin incidentes graves.
En cuanto al enfrentamiento con el vigilante de seguridad del banco antes de que llegara la Policía, el Código Penal no contempla el delito respecto de estos profesionales, “salvo que auxilien o colaboren con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, lo que no fue el caso”, añade Pérez Serna.
Fuente: laopiniondezamora.es
También sentencia respecto al enfrentamiento con el vigilante del banco.
El pago de una multa de 180 euros al juzgado será suficiente para castigar al joven que se negó en varias ocasiones a entregar su carné de identidad a la Policía Nacional durante el altercado que se produjo en una concentración de la Plataforma de Afectados por Hipotecas (PAH) ante una sucursal de Bankia, el 25 de mayo de 2012. La Audiencia Provincial admite así, parcialmente, el recurso del procesado contra la sentencia del Juzgado de lo Penal que le impuso medio año de prisión como autor de un delito de desobediencia grave a la autoridad, calificación que tilda como “excesiva”, puesto que el imputado no usó la violencia y finalmente se identificó.
Los agentes tuvieron que pedir al procesado, cuyas iniciales son A.H.F., “al menos, hasta en cuatro veces” que mostrara su carné de identidad, a lo que este respondió pidiendo a su vez a los policías, que iban “uniformados perfectamente”, que se identificaran, si bien acabó entregando su DNI.
El Tribunal provincial, que acaba de dictar sentencia en la que descarta el delito de desobediencia que implica cárcel, confirma, sin embargo, la existencia de una falta de coacciones, como estimó la magistrada de lo Penal, por la que el acusado e integrante de la PAH abonará 120 euros de multa por intimidar a un fotógrafo de prensa para impedirle realizar su trabajo.
El fallo judicial descarta la desobediencia grave porque “implica despliegue de violencia corporal en mayor o menor medida”, conducta a la que en ningún momento se refieren los policías ni los testigos. En ese sentido, el magistrado que resuelve el recurso, el presidente de la Audiencia Jesús Pérez Serna, concreta que los policías no relatan que el acusado mostrara “ninguna oposición de naturaleza física, ninguna actitud de negarse a dejar libre el espacio entre puertas” del banco, “ni ninguna otra”.
Esa afirmación le lleva a precisar que “el hecho de jalear” a los manifestantes, concentrados en la oficina que Bankia tiene en la avenida de Las Tres Cruces de la capital, contra los agentes no puede entenderse como tal delito grave. El joven gritó que los policías le pedían que se identificara y que solo defendían a los bancos.
Pérez Serna admite que “hubo una negativa inicial a identificarse” por parte del acusado cuando los agentes le requirieron para ello, “pero vista la identificación posterior”, “se antoja excesiva” la calificación de su conducta como grave, agrega. Llega a esta conclusión por “el contexto” en que se produce la orden policial, en una concentración contra los desahucios no carente de cierta tensión, “la forma de incumplimiento, sin violencia alguna física ni verbal” por parte del denunciado “o por el discurrir posterior de los acontecimientos” sin incidentes graves.
En cuanto al enfrentamiento con el vigilante de seguridad del banco antes de que llegara la Policía, el Código Penal no contempla el delito respecto de estos profesionales, “salvo que auxilien o colaboren con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, lo que no fue el caso”, añade Pérez Serna.
Fuente: laopiniondezamora.es
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- JusticarExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Ojo sino se colabora con las FCSE.
Lun 28 Jul 2014, 19:45
Hay que considerar la fecha en la que se interpuso la denuncia.
Un saludo.
Un saludo.
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