Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Mar 30 Jun 2020, 01:20
Yo pienso que mientras hago una cosa no hago otra que muchas cosas a la vez no puedo
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Mar 30 Jun 2020, 01:28
revolver escribió:Yo pienso que mientras hago una cosa no hago otra que muchas cosas a la vez no puedo
Bien dicho si todos hiciéramos eso a lo mejor no nos mandaban tantas cosas .
Estoy con Tigo .
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Mar 30 Jun 2020, 01:40
Esto al final estaba claro qué sirve iba a ser labor de los VS, yo al menos no me sorprendo.
Ahora lo ideal sería que se pagará un plus a aquellos VS que realizan esa labor complementaria, cosa que no pasará.
Ahora lo ideal sería que se pagará un plus a aquellos VS que realizan esa labor complementaria, cosa que no pasará.
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Mar 30 Jun 2020, 02:33
Ahora una cosa , a que la empresa si que cobrará un extra por hacer esa labor , perdón por hacer no por mandar hacer esa labor .
Pues eso que si como dice el dicho si jodo no barro y si barro no jodo , se llevara a cabo al igual que otras muchas labores que nos han ido colocando de rondon y claro como no haces nada ( según algunos clientes y estás ahí ) pues que lo haga el vigilante y nuestra empresa querida del alma que bien por aumentar la mensualidad o bien por no desairar al cliente pues nos las va endosado .
Yo entiendo que la empresa lo que le interesa es seguir haciendo caja pero al menos podrían informar al cliente que en todos los sitios no se puede estar a la vez .
Pues eso que si como dice el dicho si jodo no barro y si barro no jodo , se llevara a cabo al igual que otras muchas labores que nos han ido colocando de rondon y claro como no haces nada ( según algunos clientes y estás ahí ) pues que lo haga el vigilante y nuestra empresa querida del alma que bien por aumentar la mensualidad o bien por no desairar al cliente pues nos las va endosado .
Yo entiendo que la empresa lo que le interesa es seguir haciendo caja pero al menos podrían informar al cliente que en todos los sitios no se puede estar a la vez .
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Mar 30 Jun 2020, 02:44
Eso no lo dudes, la empresa cobrará un extra por que los VS tomen temperatura. La empresa se encargará de poder el aparatito y lo cobrará como tal.J. J. escribió:Ahora una cosa , a que la empresa si que cobrará un extra por hacer esa labor , perdón por hacer no por mandar hacer esa labor .
Pues eso que si como dice el dicho si jodo no barro y si barro no jodo , se llevara a cabo al igual que otras muchas labores que nos han ido colocando de rondon y claro como no haces nada ( según algunos clientes y estás ahí ) pues que lo haga el vigilante y nuestra empresa querida del alma que bien por aumentar la mensualidad o bien por no desairar al cliente pues nos las va endosado .
Yo entiendo que la empresa lo que le interesa es seguir haciendo caja pero al menos podrían informar al cliente que en todos los sitios no se puede estar a la vez .
También, que no te extrañe, que pronto tengamos un nuevo curso de especialización.....
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Mar 30 Jun 2020, 07:26
Yo lo que veo que estamos haciendo de todo menos para lo que se crearon los vigilantes de seguridad que es realizar seguridad privada complementaria de la publica y esto cada vez menos es asi ahora poco a poco vamos conviertiendonos en todo menos en seguridad, pero bueno si asi lo quieren asi lo tendran.
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Mar 30 Jun 2020, 11:07
Agustin91 escribió:
Eso no lo dudes, la empresa cobrará un extra por que los VS tomen temperatura. La empresa se encargará de poder el aparatito y lo cobrará como tal.
También, que no te extrañe, que pronto tengamos un nuevo curso de especialización.....
Pues los "termómetros" que yo uso los pone el Cliente.
Primero teníamos unos medidores de mantenimiento para interiores, que usábamos en el exterior, dando temperaturas corporales de 31, 33, 34... grados, porque ahí la temperatura iba de otra manera. Para tener fiebre a saber lo que tendría que poner de grados, aún hoy no lo se. Si uno da 31 y otro 33 ¿el de 33 tiene fiebre, o no? Ni idea.
Además también cogía la temperatura del ambiente y los reflejos en las paredes de detrás de la persona medida. Con lo cual en mayo daba 31, 33, 34... y en junio 40, 50...
Por los problemas veraniegos surgidos (de dar 40 grados o más) el Cliente nos puso una pistola ya más tipo termómetro humano. Pero que aún asi da 40 grados en junio a las 15:00 horas con pleno sol.
Solución: bajar el registro de los grados en su configuración para que así de 36,5 grados. Osea, adaptar el termómetro a mediciones con sol.
Con lo cual por la tarde-noche al refrescar ahora da 33, 34..., Y por la mañana temprano lo mismo.
¿Cuántos grados ha de marcar por la noche o por la mañana para ser considerado fiebre? No se sabe. ¿35, 36...? No se sabe, nadie nos lo ha dicho.
Con lo cual se confirma el absurdo en mi caso, de medir la temperatura a la gente. El vigilante no sabe cuándo es fiebre al estar calibrado el aparato como quiere.
Como veis la empresa de seguridad no nos ha proporcionado nada, y tampoco hemos hecho curso de nada. 4 papeles con ""explicaciones" termometriles que encima están explicadas con otro tipo de termómetro que no son los que tenemos.
Eso si, si por un casual averiguamos que alguien tiene fiebre, le echamos pa casa sin que nadie lo confirme, como se supone que debería ser (debe haber una confirmación por el departamento de prevención según he leído en alguna parte). Pero no, yo le echo y ya si eso la persona se va a su médico a mirarse a ver porqué tiene fiebre, y luego ya llamará a su jefe para contarle el diagnóstico.
Menos mal que nadie ha dado aún fiebre (supuestamente, porque con lo que os he contado veréis que no puede saberse). Y no hemos tenido que echara nadie.
Y si le echásemos... ¿Tendría Covid? ¿Alergia? ¿Intoxicación por Salmonella? ¿Gripe común?
No se sabe, tú le echas (ilegalmente) y ya luego que se mire por su cuenta.
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Miér 01 Jul 2020, 03:57
Bueno señores , al parecer y según el sindicato Alternativa Sindical ya hay sentencia de TSJ y para terminar de amenizar el lío da la razón a alternativa y dice que no es función nuestra el hacer controles de temperaturas que eso es función de los sanitarios , pero que como todo en esta vida tiene un pero , que ........................
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Miér 01 Jul 2020, 09:55
Pero yo me pregunto si la situación excepcional de la que habla la sentencia ha terminado ya, o no. Ya que habla de que cuando se decretó el Estado de Alarma el 14 de marzo los establecimientos se vieron obligados a tomar medidas.
Para mi que ya la nueva subnormalidad no es una situación excepcional, y por lo tanto ya no deberíamos tomar temperaturas.
O si no ¿Hasta cuándo se entiende que dura esta situación excepcional? ¿Para siempre? Entonces no sería una situación excepcional.
Para mi que ya la nueva subnormalidad no es una situación excepcional, y por lo tanto ya no deberíamos tomar temperaturas.
O si no ¿Hasta cuándo se entiende que dura esta situación excepcional? ¿Para siempre? Entonces no sería una situación excepcional.
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Miér 01 Jul 2020, 20:50
Pues si no hay cambió de órdenes hasta que se acabe con el virus o se relaje la situación o se saque la famosa vacuna , que a partir de ahí será cuando estos cometidos se dejarán de hacer .
Supongo yo .
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Vie 03 Jul 2020, 21:10
revolver escribió:Yo pienso que mientras hago una cosa no hago otra que muchas cosas a la vez no puedo
exacto
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Sáb 04 Jul 2020, 07:47
El tema de las temperaturas y por culpa de algunas sentencias como la nombrada nos la han colocado a nosotros como obligación salvo que tengas un justificante del medico que perteneces a un grupo de riesgo pero creo que no habría que ir ahí, no hace falta ya que la ley de prevención de riesgos laborales ya deja claro que el trabajador puede negarse a realizar un trabajo si hay un peligro inminente para su salud o de accidente, y en este caso seria así, pero también dice la ley que el empresario debe tomar todas las medidas necesarias para evitar peligros, accidentes e incluso enfermedades profesionales y siempre es el empresario del lugar de trabajo aunque este a su vez exigirá a la sub contrata osea a la empresa de seguridad que esta tome las medidas de protección necesarias para sus trabajadores y entonces ya entramos en el bucle de siempre, el de pensar si unos simples guantes y una mascarilla es suficiente o deberían dotarnos con mas protección.
Después también están los vvss llamados compañeros que aun que te vean con la lengua fuera no son capaces de ayudarte en nada e inclusive te ponen trabas para todo o no te dejan ni entrar en su nido garita, que de todo hay en la viña del señor.
Texto de la LPRL
Artículo 21. Riesgo grave e inminente.
1. Cuando los trabajadores estén o puedan estar expuestos a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo, el empresario estará obligado a:
•a. Informar lo antes posible a todos los trabajadores afectados acerca de la existencia de dicho riesgo y de las medidas adoptadas o que, en su caso, deban adoptarse en materia de protección.
•b. Adoptar las medidas y dar las instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave, inminente e inevitable, los trabajadores puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo. En este supuesto no podrá exigirse a los trabajadores que reanuden su actividad mientras persista el peligro, salvo excepción debidamente justificada por razones de seguridad y determinada reglamentariamente.
•c. Disponer lo necesario para que el trabajador que no pudiera ponerse en contacto con su superior jerárquico, ante una situación de peligro grave e inminente para su seguridad, la de otros trabajadores o la de terceros a la empresa, esté en condiciones, habida cuenta de sus conocimientos y de los medios técnicos puestos a su disposición, de adoptar las medidas necesarias para evitar las consecuencias de dicho peligro.
2. De acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 14 de la presente Ley, el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud.
3. Cuando en el caso a que se refiere el apartado 1 de este artículo el empresario no adopte o no permita la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores, los representantes legales de éstos podrán acordar, por mayoría de sus miembros, la paralización de la actividad de los trabajadores afectados por dicho riesgo. Tal acuerdo será comunicado de inmediato a la empresa y a la autoridad laboral, la cual, en el plazo de veinticuatro horas, anulará o ratificará la paralización acordada.
El acuerdo a que se refiere el párrafo anterior podrá ser adoptado por decisión mayoritaria de los Delegados de Prevención cuando no resulte posible reunir con la urgencia requerida al órgano de representación del personal.
4. Los trabajadores o sus representantes no podrán sufrir perjuicio alguno derivado de la adopción de las medidas a que se refieren los apartados anteriores, a menos que hubieran obrado de mala fe o cometido negligencia grave.
Después también están los vvss llamados compañeros que aun que te vean con la lengua fuera no son capaces de ayudarte en nada e inclusive te ponen trabas para todo o no te dejan ni entrar en su nido garita, que de todo hay en la viña del señor.
Texto de la LPRL
Artículo 21. Riesgo grave e inminente.
1. Cuando los trabajadores estén o puedan estar expuestos a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo, el empresario estará obligado a:
•a. Informar lo antes posible a todos los trabajadores afectados acerca de la existencia de dicho riesgo y de las medidas adoptadas o que, en su caso, deban adoptarse en materia de protección.
•b. Adoptar las medidas y dar las instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave, inminente e inevitable, los trabajadores puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo. En este supuesto no podrá exigirse a los trabajadores que reanuden su actividad mientras persista el peligro, salvo excepción debidamente justificada por razones de seguridad y determinada reglamentariamente.
•c. Disponer lo necesario para que el trabajador que no pudiera ponerse en contacto con su superior jerárquico, ante una situación de peligro grave e inminente para su seguridad, la de otros trabajadores o la de terceros a la empresa, esté en condiciones, habida cuenta de sus conocimientos y de los medios técnicos puestos a su disposición, de adoptar las medidas necesarias para evitar las consecuencias de dicho peligro.
2. De acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 14 de la presente Ley, el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud.
3. Cuando en el caso a que se refiere el apartado 1 de este artículo el empresario no adopte o no permita la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores, los representantes legales de éstos podrán acordar, por mayoría de sus miembros, la paralización de la actividad de los trabajadores afectados por dicho riesgo. Tal acuerdo será comunicado de inmediato a la empresa y a la autoridad laboral, la cual, en el plazo de veinticuatro horas, anulará o ratificará la paralización acordada.
El acuerdo a que se refiere el párrafo anterior podrá ser adoptado por decisión mayoritaria de los Delegados de Prevención cuando no resulte posible reunir con la urgencia requerida al órgano de representación del personal.
4. Los trabajadores o sus representantes no podrán sufrir perjuicio alguno derivado de la adopción de las medidas a que se refieren los apartados anteriores, a menos que hubieran obrado de mala fe o cometido negligencia grave.
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Sáb 04 Jul 2020, 16:26
Si se hubiese presentado esta demanda una vez finalizado el estado de alarma,
muy posiblemente la resolución de la sentencia, hubiese tomado otro camino.
Es lo que tienen las prisas y el no esperar al momento oportuno para hacer las cosas
y obtener los resultados esperados.
muy posiblemente la resolución de la sentencia, hubiese tomado otro camino.
Es lo que tienen las prisas y el no esperar al momento oportuno para hacer las cosas
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Sáb 04 Jul 2020, 16:43
¿Y el peligro a mi salud mental entra en ésta PRL?
Porque a mi me está afectando mucho psicológicamente. Me está provocando ansiedad sumada a la que ya tenía.
Los grados de temperatura son absurdos según la hora del día y el calor o frío que haga. 40 grados, 30, 28... Y así sucesivamente. Pero nada, que no importa.
Yo me siento gilipuertas realizando ésta profesional labor tan sumamente útil, dados los grados que marca mi termómetro. Me siento utilizada para una labor que no han querido seguir haciendo otros trabajadores (incluidos los enfermeros del Cliente). Y desde marzo hasta ahora me he sentido una mierda en mi servicio, dado que por no contagiarse allí ellos todo se dejaba en la garita, sin importar nada nuestro posible contagio. Y estoy hablando desde mi inexistente miedo al virus, pero eso no quita para que las actitudes observadas hacia los vs desde marzo me hayan parecido MUY reprobables, y me hayan parecido una gran falta de respeto hacia los vs. Otros compis míos sí que tenían miedo. Pero nada, que los vs, como somos una mierda no importamos.
Todo ésto me tiene muy cabreada desde el principio, y ahora rematamos con el absurdo de las temperaturas. No aguanto ya más.
Me voy a coger una baja por ansiedad y a lo mejor si en esa baja soy capaz de volver a poder pensar con claridad, igual no vuelvo ya más ni al servicio, ni al sector. Porque yo no puedo seguir sintiendo toda ésta basura, porque si no al final tendré un infarto.
Pena de crisis que va a venir gordísima, cosa la cuál me provoca aún más ansiedad por pensar que encima estoy atrapada en éste trabajo porque si lo dejo luego no habrá nada.
No se si seré la única que se ha sentido así desde marzo, pero desde luego que yo todas esas actitudes de empresa y Cliente no las puedo tolerar, ni aceptar, ni tratar de entender.
Porque a mi me está afectando mucho psicológicamente. Me está provocando ansiedad sumada a la que ya tenía.
Los grados de temperatura son absurdos según la hora del día y el calor o frío que haga. 40 grados, 30, 28... Y así sucesivamente. Pero nada, que no importa.
Yo me siento gilipuertas realizando ésta profesional labor tan sumamente útil, dados los grados que marca mi termómetro. Me siento utilizada para una labor que no han querido seguir haciendo otros trabajadores (incluidos los enfermeros del Cliente). Y desde marzo hasta ahora me he sentido una mierda en mi servicio, dado que por no contagiarse allí ellos todo se dejaba en la garita, sin importar nada nuestro posible contagio. Y estoy hablando desde mi inexistente miedo al virus, pero eso no quita para que las actitudes observadas hacia los vs desde marzo me hayan parecido MUY reprobables, y me hayan parecido una gran falta de respeto hacia los vs. Otros compis míos sí que tenían miedo. Pero nada, que los vs, como somos una mierda no importamos.
Todo ésto me tiene muy cabreada desde el principio, y ahora rematamos con el absurdo de las temperaturas. No aguanto ya más.
Me voy a coger una baja por ansiedad y a lo mejor si en esa baja soy capaz de volver a poder pensar con claridad, igual no vuelvo ya más ni al servicio, ni al sector. Porque yo no puedo seguir sintiendo toda ésta basura, porque si no al final tendré un infarto.
Pena de crisis que va a venir gordísima, cosa la cuál me provoca aún más ansiedad por pensar que encima estoy atrapada en éste trabajo porque si lo dejo luego no habrá nada.
No se si seré la única que se ha sentido así desde marzo, pero desde luego que yo todas esas actitudes de empresa y Cliente no las puedo tolerar, ni aceptar, ni tratar de entender.
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Sáb 04 Jul 2020, 21:22
Tenéis algún protocolo del servicio de prevención del cliente para la toma de temperaturas en el control de acceso a las instalaciones.
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Dom 05 Jul 2020, 03:13
Si y no. Un pdf con que si uno tiene x grados le echamos. Y cosas así. Y cómo se leen los grados con una cámara termográfica que no es ni la que tenemos. Que si apuntar al lagrimal y luego a la frente y contrastar.
Ni hicimos curso (que no se pa qué habrá que hacerlo para apuntar a uno con un termómetro), ni na.
Ni se si están homologadas las pistolas termómetro, ni se ná. No parecen muy fiables. Y son del Cliente.
Ni hicimos curso (que no se pa qué habrá que hacerlo para apuntar a uno con un termómetro), ni na.
Ni se si están homologadas las pistolas termómetro, ni se ná. No parecen muy fiables. Y son del Cliente.
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Dom 05 Jul 2020, 16:32
Con esto...
Y con esto otro...
"Solución: bajar el registro de los grados en su configuración para que así de 36,5 grados. Osea, adaptar el termómetro a mediciones con sol."
En base a qué protocolo se hace esto.
Quien configura el termómetro.
Valkyria escribió:Un pdf con que si uno tiene x grados le echamos. Y cosas así.
Y con esto otro...
Valkyria escribió:...el Cliente nos puso una pistola ya más tipo termómetro humano. Pero que aún asi da 40 grados en junio a las 15:00 horas con pleno sol.
Solución: bajar el registro de los grados en su configuración para que así de 36,5 grados. Osea, adaptar el termómetro a mediciones con sol.
Con lo cual por la tarde-noche al refrescar ahora da 33, 34..., Y por la mañana temprano lo mismo.
¿Cuántos grados ha de marcar por la noche o por la mañana para ser considerado fiebre? No se sabe. ¿35, 36...? No se sabe, nadie nos lo ha dicho.
"Solución: bajar el registro de los grados en su configuración para que así de 36,5 grados. Osea, adaptar el termómetro a mediciones con sol."
En base a qué protocolo se hace esto.
Quien configura el termómetro.
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Dom 05 Jul 2020, 17:16
Pues no lo se. Algún jefecillo, o tal vez los enfermeros (si se encuentran presentes), que se presentan en garita al ser avisados por el vs ante la avalancha de casos "confirmados" con más de 40 grados febriles.
Si hace mucho solete se pone una temperatura ambiente termometril de 25 grados, o lo que el ojo del observador estime oportuno. La cosa es que con la temperatura ambiente estimada le de a uno cualquiera la "fiebre" 36,5 grados. Entonces ya queda "probado" que el termómetro está bien calibrado.
Y luego por la noche no se calibra nada y aunque haga 0 grados externos se sigue con la calibración de 25 grados ambiente. Porque ya, como las fiebres dan 30 grados no provocan alarmas.
Algo así es la cosa. Pero no se calibra siempre. Solo cuando gracias al calor se dan "fiebres" de 40 grados o más, que es cuando interesa calibrarlo, supongo.
Resumen: cuando cunde el pánico vienen raudos a toquetear el termómetro. Cuando no cunde no viene nadie a toquetear nada.
Un protocolo muy bueno de toqueteos, que no está escrito en ninguna parte.
Mi protocolo consiste resumiendo en:
- tomar la temperatura.
- si da 38 o más le echas (sin que nadie le observe para diagnóstico).
- si da 37,5 o así, es un caso sospechoso.
En este caso no se sabe lo que hay que hacer porque no lo pone. Solo pone que es sospechoso.
La realidad es:
- si de repente muchos dan mogollón de grados, viene alguien avisado por el vs y se procede a analizar subjetivamente el calor que hace, y en base a esos "estudios" se toquetea el termómetro. Y ya queda así hasta la próxima ola de calor.
Cuando las pistolas termómetro no van, porque se quedan sin pilas o porque no les da la gana marcar nada, pues coges la cámara de temperaturas de mantenimiento y mides fiebres con ella, teniendo presente que la pared que se encuentra detrás del paciente a escasos metros refleja la luz, y por lo tanto altera los datos. Asi que, si hace mucho sol ten presente que la temperatura dará más grados, y si hace frío dará menos, pues el reflejo influye, según la pared esté fría o caliente.
También influye el aire que esté sobrevolando entre la frente del paciente y la cámara. Si sobrevuela un aire frío dará menos grados, y si es caliente dará más.
Después, entonces haces la media mental subjetiva entre la pared que refleja, y el aire sobrevolante, y ya con esos datos 8maginarios valoras si lo que te ha marcado la cámara es fiebre o no.
Éste protocolo de paredes y aires no está escrito en ninguna parte. Es un comentario que nos han realizado para que tengamos en cuenta los factores externos que pueden influir.
De risa todo. No se decirte más porque no hay más.
La suerte es que van todos lozanos y contentos, y por eso sin medir nada ya se ve a simple vista que no están febriles.
Si hace mucho solete se pone una temperatura ambiente termometril de 25 grados, o lo que el ojo del observador estime oportuno. La cosa es que con la temperatura ambiente estimada le de a uno cualquiera la "fiebre" 36,5 grados. Entonces ya queda "probado" que el termómetro está bien calibrado.
Y luego por la noche no se calibra nada y aunque haga 0 grados externos se sigue con la calibración de 25 grados ambiente. Porque ya, como las fiebres dan 30 grados no provocan alarmas.
Algo así es la cosa. Pero no se calibra siempre. Solo cuando gracias al calor se dan "fiebres" de 40 grados o más, que es cuando interesa calibrarlo, supongo.
Resumen: cuando cunde el pánico vienen raudos a toquetear el termómetro. Cuando no cunde no viene nadie a toquetear nada.
Un protocolo muy bueno de toqueteos, que no está escrito en ninguna parte.
Mi protocolo consiste resumiendo en:
- tomar la temperatura.
- si da 38 o más le echas (sin que nadie le observe para diagnóstico).
- si da 37,5 o así, es un caso sospechoso.
En este caso no se sabe lo que hay que hacer porque no lo pone. Solo pone que es sospechoso.
La realidad es:
- si de repente muchos dan mogollón de grados, viene alguien avisado por el vs y se procede a analizar subjetivamente el calor que hace, y en base a esos "estudios" se toquetea el termómetro. Y ya queda así hasta la próxima ola de calor.
Cuando las pistolas termómetro no van, porque se quedan sin pilas o porque no les da la gana marcar nada, pues coges la cámara de temperaturas de mantenimiento y mides fiebres con ella, teniendo presente que la pared que se encuentra detrás del paciente a escasos metros refleja la luz, y por lo tanto altera los datos. Asi que, si hace mucho sol ten presente que la temperatura dará más grados, y si hace frío dará menos, pues el reflejo influye, según la pared esté fría o caliente.
También influye el aire que esté sobrevolando entre la frente del paciente y la cámara. Si sobrevuela un aire frío dará menos grados, y si es caliente dará más.
Después, entonces haces la media mental subjetiva entre la pared que refleja, y el aire sobrevolante, y ya con esos datos 8maginarios valoras si lo que te ha marcado la cámara es fiebre o no.
Éste protocolo de paredes y aires no está escrito en ninguna parte. Es un comentario que nos han realizado para que tengamos en cuenta los factores externos que pueden influir.
De risa todo. No se decirte más porque no hay más.
La suerte es que van todos lozanos y contentos, y por eso sin medir nada ya se ve a simple vista que no están febriles.
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Dom 05 Jul 2020, 18:16
Esto no es serio.
A parte de las posibles consecuencias sanitarias que pueda tener.
A parte de las posibles consecuencias sanitarias que pueda tener.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Dom 05 Jul 2020, 18:19
El protocolo que tengo yo es a partir de 37,5 grados se le hace 2 pruebas mas para contrastar y si sigue dando esta temperatura se activa el protocolo, se le indica que no puede acceder a las instalaciones y que el mismo llame al 112 o a su medico y que se asegure de todo , asi mismo se llama a recursos humanos y se firma un documento de confidencialidad total, lo que hagan en la empresa ya no sera problema mio.
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Re: Los vigilantes de seguridad podrán controlar la temperatura de los ciudadanos tanto en edificios públicos como privados (o igual no, no está muy claro)
Lun 06 Jul 2020, 03:26
Se ve que cada empresa pone el límite febril donde le sale de la colgandera. A ti 37,5 y a mi 38.
Yo con 37,5 sólo he de "sospechar" y ahí queda la cosa.
Pero tanto tu protocolo como el mío están mal en una cosa: no se puede echar a nadie sin que le valore antes alguien. Ya que el asunto de ésto es saber si tiene covid, y no echar al que tenga intoxicación de tinta de calamar.
Si luego esa persona echada denunciase, a ver cómo explicamos que tenía covid.
Yo con 37,5 sólo he de "sospechar" y ahí queda la cosa.
Pero tanto tu protocolo como el mío están mal en una cosa: no se puede echar a nadie sin que le valore antes alguien. Ya que el asunto de ésto es saber si tiene covid, y no echar al que tenga intoxicación de tinta de calamar.
Si luego esa persona echada denunciase, a ver cómo explicamos que tenía covid.
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