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La AN obliga a aplicar el SMI de 2019 al convenio de Seguridad Privada
Jue 30 Ene 2020, 14:53
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha estimado la demanda de conflicto colectivo interpuesta contra el convenio estatal del sector de la seguridad privada para exigir la aplicación de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) acordada en 2019 a ocho niveles laborales de la profesión.
La demanda fue interpuesta por el Sindicato Aragonés de Servicios (SAS) contra todas las organizaciones firmantes del convenio colectivo del sector para el periodo 2017-2020 al entender que los niveles profesionales afectados tenían derecho a percibir una retribución salarial igual o superior al SMI de 2019 (12.600 euros).
La sentencia de la Audiencia Nacional estima parcialmente la demanda en relación a este punto y argumenta que el convenio suscrito por la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Seguridad con (Aproser) con los sindicatos UGT, CCOO y USO contempla salarios base por debajo del SMI.
La resolución descarta, además, la posibilidad de “compensar o absorber” en el sueldo base las cuantías correspondientes a las distintas indemnizaciones o conceptos extrasalariales previstos en la profesión de la seguridad privada.
En un comunicado, el sindicato demandante confía en que las partes negociadoras del convenio, patronal y las organizaciones sindicales firmantes, que no comparecieron estas últimas en el juicio por la demanda, actualicen las tablas salariales para 2019 y 2020, con su SMI de 950 euros por catorce pagas, hasta un total anual de 13.300 euros.
La demanda fue interpuesta por el Sindicato Aragonés de Servicios (SAS) contra todas las organizaciones firmantes del convenio colectivo del sector para el periodo 2017-2020 al entender que los niveles profesionales afectados tenían derecho a percibir una retribución salarial igual o superior al SMI de 2019 (12.600 euros).
La sentencia de la Audiencia Nacional estima parcialmente la demanda en relación a este punto y argumenta que el convenio suscrito por la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Seguridad con (Aproser) con los sindicatos UGT, CCOO y USO contempla salarios base por debajo del SMI.
La resolución descarta, además, la posibilidad de “compensar o absorber” en el sueldo base las cuantías correspondientes a las distintas indemnizaciones o conceptos extrasalariales previstos en la profesión de la seguridad privada.
En un comunicado, el sindicato demandante confía en que las partes negociadoras del convenio, patronal y las organizaciones sindicales firmantes, que no comparecieron estas últimas en el juicio por la demanda, actualicen las tablas salariales para 2019 y 2020, con su SMI de 950 euros por catorce pagas, hasta un total anual de 13.300 euros.
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Re: La AN obliga a aplicar el SMI de 2019 al convenio de Seguridad Privada
Jue 30 Ene 2020, 16:00
Yo por mas que he buscado esta sentencia, que nombran en la web del SAS éste, no la encuentro.
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Re: La AN obliga a aplicar el SMI de 2019 al convenio de Seguridad Privada
Jue 30 Ene 2020, 17:39
Aquí la tienes también de su página del Facebook Valkyria...
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Re: La AN obliga a aplicar el SMI de 2019 al convenio de Seguridad Privada
Jue 30 Ene 2020, 17:54
Pues no la veo, jejee, nombran una sentencia 3/2020 de 15 enero, y resulta que clicas el enlace y sale la web de búsqueda de sentencias "poderjudicial" pero no sale ninguna, es decir que la tienes que buscar ahí, y al buscarla no me sale nada.
La he buscado con su nombre 3/2020 de 15 enero por internet en google y tampoco la veo.
¿Estaré ciega? ¿Se confundieron de nombre 3/2020? ¿Existe esa sentencia? No se sabe. ¿Porqué no nos enlazan en su web, o facebook a esa sentencia concreta y ya buscada en "poderjudicial", y solo nos dan el enlace general a esa web? ¿A qué huelen las nubes?
Me parece raro que hablen los de SAS de que para 2019 también el SMI es de 950 euros, según esa "inbuscable" sentencia. Ya que en 2019 era de 900 euros el SMI y acaba de subir ahora a 950 euros en enero de 2020, aunque no se si ya se aplica o hay que esperar un poco.
Cuántas preguntas sin respuesta.
La he buscado con su nombre 3/2020 de 15 enero por internet en google y tampoco la veo.
¿Estaré ciega? ¿Se confundieron de nombre 3/2020? ¿Existe esa sentencia? No se sabe. ¿Porqué no nos enlazan en su web, o facebook a esa sentencia concreta y ya buscada en "poderjudicial", y solo nos dan el enlace general a esa web? ¿A qué huelen las nubes?
Me parece raro que hablen los de SAS de que para 2019 también el SMI es de 950 euros, según esa "inbuscable" sentencia. Ya que en 2019 era de 900 euros el SMI y acaba de subir ahora a 950 euros en enero de 2020, aunque no se si ya se aplica o hay que esperar un poco.
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Re: La AN obliga a aplicar el SMI de 2019 al convenio de Seguridad Privada
Jue 30 Ene 2020, 18:02
Seguiremos buscando... No hay nada como los misterios...
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Re: La AN obliga a aplicar el SMI de 2019 al convenio de Seguridad Privada
Jue 30 Ene 2020, 18:16
Abriremos un subforo titulado: misterios en seguridad privada
Y habría que trasladar ahí muchísimos temas, sobre todo los que surjan a partir de ahora.
Y habría que trasladar ahí muchísimos temas, sobre todo los que surjan a partir de ahora.
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Re: La AN obliga a aplicar el SMI de 2019 al convenio de Seguridad Privada
Jue 30 Ene 2020, 20:24
Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad 2017 - 2020.
ANEXO I
Anexo salarial y otras retribuciones.
El tema puede referirse a que dentro del convenio, hay personal:
- Administrativo
- Operativo no habilitado
- Seguridad mecánico-electrónica
- Oficios varios
- Subalterno
que en las tablas salariales de 2019, su sueldo base, es inferior al SMI de 900 €,
y en 2020, vuelve a estar por debajo del SMI de 950 €.
ANEXO I
Anexo salarial y otras retribuciones.
El tema puede referirse a que dentro del convenio, hay personal:
- Administrativo
- Operativo no habilitado
- Seguridad mecánico-electrónica
- Oficios varios
- Subalterno
que en las tablas salariales de 2019, su sueldo base, es inferior al SMI de 900 €,
y en 2020, vuelve a estar por debajo del SMI de 950 €.
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