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Baja laboral por accidente y nómina Empty Baja laboral por accidente y nómina

Miér 11 Dic 2019, 15:14
Hola, espero que este tema sea aquí y sino me lo cambia el administrador. Bueno estoy de baja por accidente laboral y la empresa no me ha aplicado el artículo 51 del convenio de vigilantes y me gustaría que si alguien sabe que me explique si las pagas extras que las tengo prorateadas si se ven afectadas o no.
Gracias por vuestra atención.
RafaVs
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Baja laboral por accidente y nómina Empty Re: Baja laboral por accidente y nómina

Miér 11 Dic 2019, 18:49
Bienvenido al foro locodemente, grano a grano se levanta la montaña.
RafaVs
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Baja laboral por accidente y nómina Empty Re: Baja laboral por accidente y nómina

Miér 11 Dic 2019, 18:53
El tema de las pagas extras estando de baja laboral por IT, puedes verlo en este tema:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

No obstante si tienes alguna duda o necesitas aclaración,  
no dudes en hacerlo.
Saludos.
josepmarti
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Baja laboral por accidente y nómina Empty Re: Baja laboral por accidente y nómina

Miér 11 Dic 2019, 20:16
Si , el tema ya se extiende y se aclara muy bien en ese enlace, gracias Rafa, y asi lo ve mas directamente que esperamos le solucione la duda al compañero.

************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.

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Baja laboral por accidente y nómina Empty Re: Baja laboral por accidente y nómina

Miér 11 Dic 2019, 21:19
He estado leyendo el menaje y si es aclaratoria pro os recuerdo que mi baja es por accidente laboral y ese enlace es sobre baja pro no por accidente laboral sino común y repito y perdonar por ello mi baja es por accidente laboral.
Espero haber aclarado el tema y sigo con la misma pregunta con la que empiece el tema.
Y gracias por contestar y espero volver a leer vuestra respuesta
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Baja laboral por accidente y nómina Empty Re: Baja laboral por accidente y nómina

Miér 11 Dic 2019, 21:34
Artículo 51. Compensaciones en los supuestos de incapacidad temporal.

a) Incapacidad Temporal en caso de accidente laboral:

Las Empresas complementarán hasta el 100% de la tabla de retribuciones del Anexo, incluida la antigüedad, más la parte correspondiente al plus de peligrosidad, en su caso, sin que suponga merma del importe que pudiese corresponder en las pagas extraordinarias. En el caso de que la prestación reglamentaria de la Seguridad Social sea mayor, se percibirá ésta. Además de los actualmente considerados como tales, también se incluyen los producidos durante las prácticas de tiro y/o de gimnasio, siempre que sean realizados por mandato legal u orden expresa de la Empresa.


El artículo es suficientemente explicito en lo que tiene que abonar la empresa en caso "Incapacidad Temporal en caso de accidente laboral", y si no lo hace, hay que reclamarlo, si se considera oportuno.

Saludos

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Baja laboral por accidente y nómina Empty Re: Baja laboral por accidente y nómina

Miér 11 Dic 2019, 22:06
Tardó en darse cuenta pero esta abonando los retrasos pero me parece que lo que no tengo claro es si las pagas extras que están prorrateadas están afectadas o se abonan como siempre si no estuviese de baja es que si es así entonces me deben dinero y entonces tendré que reclamado por otros medios .
Gracias por responder y espero haber aclarado mi duda otra vez y espero vuestras aclaraciones
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Baja laboral por accidente y nómina Empty Re: Baja laboral por accidente y nómina

Miér 11 Dic 2019, 22:34
locodemente escribió:... lo que no tengo claro es si las pagas extras que están prorrateadas están afectadas o se abonan como siempre si no estuviese de baja ...

Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad 2017- 2020.
Artículo 45. Complemento de vencimiento superior al mes.
...
1.1 Gratificación de julio.
1.2 Gratificación de Navidad.
2. Gratificación de Marzo.

El importe de esta gratificación será de una mensualidad de la columna de «total» correspondiente al Anexo Salarial, incluyendo el complemento personal de Antigüedad, así como la parte proporcional del Plus de Peligrosidad correspondiente al tiempo trabajado con armas durante su devengo, pero con exclusión de los pluses de transporte y vestuario.

Lo único que puede variar para el cálculo de la paga es el "plus de peligrosidad",
dependiendo de si se trabaja con arma o no.
Porque si se trabaja armado, al estar de baja no se genera este plus, salvo la cantidad mínima fijada en el convenio colectivo de empresas de seguridad.
O salvo que ya se tenga consolidado este plus de peligrosidad, en cuyo caso es independiente el se este trabajando con arma o no.
locodemente
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Baja laboral por accidente y nómina Empty Re: Baja laboral por accidente y nómina

Sáb 14 Dic 2019, 15:44
Gracias por la información y ya me queda más o menos claro que las pagas extras prorrsteadas no deben variar y tienen que tener la misma cuantía. Se lo dejaré claro a la empresa sino será pro señor quien se lo diga
RafaVs
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Baja laboral por accidente y nómina Empty Re: Baja laboral por accidente y nómina

Sáb 14 Dic 2019, 16:14
Gracias a tí locodemente, por estar aquí en el foro.
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Baja laboral por accidente y nómina Empty Re: Baja laboral por accidente y nómina

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