Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA

Unirse al foro, es rápido y fácil

Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA
Forodevigilantes.com
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada
Nuevo Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada Autor: José Martín Sosa Precio: 9,90 € (Disponible en PDF y EPUB)
Clica en la imagen para descargar el manual
sitio web seguro

NAVEGA CON TOTAL SEGURIDAD, ESTE FORO ES SEGURO.



Manual practico del vigilante de seguridad

MANUAL PRACTICO DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD

Este Manual Práctico del Vigilante de Seguridad está pensado para ofrecerte una guía completa sobre el trabajo de los vigilantes de seguridad, basado en más de 20 años de experiencia en el sector por solo 9.90 €. Clica en la imagen de arriba para redirigirte a la descarga. Ahora descargando este manual viene de regalo el manual de director de seguridad
MANUAL DE FORMACION PARA EL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA

MANUAL CURSO DE FORMACION DEL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA
Este programa ha sido diseñado para preparar a profesionales de la seguridad privada para asumir el papel de formadores, dotándolos de las habilidades, conocimientos y confianza necesarios para liderar a futuros profesionales en este dinámico campo.
Precio 9,90€
MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD

MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD
Con más de 90 Páginas de Contenido. Nuestro Manual Práctico del Director de Seguridad es una guía completa y detallada diseñada para proporcionar los conocimientos necesarios para el rol de Director de Seguridad.
CLICA SOBRE LA IMAGEN DEL MANUAL Y TE REDIRIGE AL PORTAL DE COMPRA.
Precio 9,90€
Últimos temas
ME PRESENTO A LOS COMPAÑEROS!Ayer a las 22:59Alpha_SurvivorLa Seguridad Privada tendrá reducción de jornada laboral a 37'5 horas semanales?Ayer a las 22:58Alpha_SurvivorME NIEGAN RECICLAJE EN HORARIO DE TRABAJOAyer a las 18:14josepmartiCompatibilidad de VS en una empresa y delegación de funciones del JS en otra Ayer a las 16:44josepmartiSi no lo digo revientoMar 19 Nov 2024, 23:39josepmartiDescuelgue del convenio.Mar 19 Nov 2024, 15:18rewolucionNuevo por aquí pero con bastantes años en el sector Mar 19 Nov 2024, 07:59Alpha_SurvivorUn placer entrar en un grupo que soluciona dudas..Dom 17 Nov 2024, 22:12VayaJaleo94Publicaciones en los temas del foroDom 17 Nov 2024, 20:12Alpha_SurvivorCuadrantes Excell planillaDom 17 Nov 2024, 20:00Grancanario
DESCARGA PLANOS PARA TU TFC CON SIMBOLOGIA

Si te encuentras realizando el TFC para director de seguridad y tienes que realizar los planos tu mismo aquí tienes una variedad de todos los gremios de planos completos con simbología realizada sobre estos.
Clica sobre el siguiente enlace
Clica aquí para la descarga
Buscar
Resultados por:
Búsqueda avanzada

Ir abajo
avatar
Valkyria
Miembro VIP
Miembro VIP
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Recompensa
Recompensa por la aportación al foro
Maxima graduacion
Al mejor A la mejor aportación al foro
Femenino Mensajes : 10675
Fecha de inscripción : 15/03/2016
Localización : España

España no tendrá que indemnizar a las cajeras que fueron grabadas robando al rectificar Estrasburgo su fallo Empty España no tendrá que indemnizar a las cajeras que fueron grabadas robando al rectificar Estrasburgo su fallo

Jue 17 Oct 2019, 22:21
España no tendrá que indemnizar a las cajeras que fueron grabadas robando al rectificar Estrasburgo su fallo

17 oct 2019

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó en 2018 que se vulneró su privacidad al grabarlas sin saberlo
Ahora, la Gran Sala del mismo tribunal corrige ese fallo y señala que no violó el derecho a la vida privada y familiar

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), la última y más alta instancia de la corte de Estrasburgo, ha rectificado este jueves el fallo emitido en Sala en enero de 2018 y ha avalado a España en el caso de las cinco empleadas de la cadena Mercadona que fueron despedidas tras ser filmadas con cámaras ocultas cuando robaban, al considerar que no se vulneró su privacidad, por lo que no habrá que indemnizarlas.

Si la sentencia anterior concluyó que los tribunales españoles no alcanzaron un equilibrio justo entre el derecho a la privacidad y la propiedad, por lo que condenaba a España por no proteger la privacidad de las demandantes, ahora los 17 jueces que forman la Gran Sala -la más alta instancia del TEDH- han fallado de modo opuesto por 14 votos a favor y tres en contra.

El TEDH considera que "los tribunales han identificado claramente los diferentes intereses en juego" y ve extrapolable la sentencia Barbulescu c. Rumanía, sobre la vigilancia a la cuenta de correo electrónico de un empleado, al asunto de la videovigilancia. En aquella ocasión se estipuló que "la vigilancia vaya acompañada de garantías adecuadas y suficientes contra los abusos".

Ahora, la nueva sentencia concluye que España "no sobrepasó su margen de apreciación", por lo que no vulneró el derecho a la privacidad recogido en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Contra este fallo no cabe recurso, por lo que España no tendrá que indemnizar a las cinco demandantes -Isabel López Ribalda, María Ángeles Gancedo Giménez (fallecida durante el proceso), María del Carmen Ramos Busquets, Pilar Saborido Apresa y Carmen Isabel Pozo Barroso, residentes en las localidades barcelonesas de Sant Celoni y Sant Pere de Vilamajor-, con 4.000 euros por daños morales y en torno a 500 por honorarios, como se había establecido previamente.

Pese a que la sentencia da la razón a España, los magistrados Vincent de Gaetano (Malta), Gana Yudkivska (Ucrania) y Yonko Grozev (Bulgaria) han inlcuido un voto particular sobre el asunto de la privacidad en la que defienden la sentencia de Sala: "No podemos permitir a los individuos hacer justicia por su cuenta y dejar sin protección suficiente el derecho al respeto de la vida privada ante estos nuevos retos", señalan.

Intimidad reducida en los lugares accesibles al público

En cualquier caso, el fallo incide en el grado de intimidad que espera un empleado en función del lugar de trabajo: más elevado en baños y vestuarios, donde "se puede justificar una prohibición total", y fuerte en los despachos. Pero, "es manifiestamente reducida en lugares visibles o accesibles a los compañeros de trabajo o al público en general", como es el caso del área de cajas en un supermercado.

De esta forma, la sentencia subraya que la vigilancia no duró más que diez días y las grabaciones las vieron un número reducido de personas, por lo que "la intromisión en la vida privada de los demandantes no tenía un alto grado de gravedad".

Añade el fallo que las demandantes podían haber recurrido a la Agencia de Protección de Datos o presentar una demanda en los tribunales por sus derechos según la Ley sobre protección de datos, y "sin embargo no hicieron uso de ello".

Asimismo, la sentencia establece por unanimidad que tampoco hubo vulneración del artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos en lo relativo al derecho a un juicio justo, tal y como estableció el TEDH la primera vez que vio el caso, porque las grabaciones ocultas no ha sido la única prueba de la que se han valido los tribunales españoles, pues contaron además con declaraciones de testigos que respaldaron que se habían producido robos.

El caso ocurrió en 2009, cuando, tras constatarse unas pérdidas en existencias de casi 25.000 euros al mes, se instalaron cámaras de vigilancia en un supermercado de Mercadona para controlar la entrada y salida del local, con el conocimiento de los empleados, y otras ocultas para descubrir los posibles robos de los empleados en el área de las cajas. Según las cámaras secretas, las cajeras escaneaban los productos de las cestas y luego los anulaban, y "permitían a clientes y compañeros abandonar la tienda con productos por los que no habían pagado".

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
avatar
Valkyria
Miembro VIP
Miembro VIP
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Recompensa
Recompensa por la aportación al foro
Maxima graduacion
Al mejor A la mejor aportación al foro
Femenino Mensajes : 10675
Fecha de inscripción : 15/03/2016
Localización : España

España no tendrá que indemnizar a las cajeras que fueron grabadas robando al rectificar Estrasburgo su fallo Empty Re: España no tendrá que indemnizar a las cajeras que fueron grabadas robando al rectificar Estrasburgo su fallo

Jue 17 Oct 2019, 22:27
Yo ya no se cuándo se puede grabar a escondidas y cuando no.
¿No había que avisar con carteles?
¿O no?
No se sabe.

Si, pero no, pero si, pero no, pero al final se ve que si, pero en España igual no, y en Estrasburgo si.
te miro con lupa
ECO
ECO
Colaborador
Colaborador
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Recompensa
Recompensa por la aportación al foro
Como nos has conocido? : mirando por internet.
Masculino Mensajes : 715
Fecha de inscripción : 17/05/2018
Localización : España

España no tendrá que indemnizar a las cajeras que fueron grabadas robando al rectificar Estrasburgo su fallo Empty Re: España no tendrá que indemnizar a las cajeras que fueron grabadas robando al rectificar Estrasburgo su fallo

Jue 24 Oct 2019, 23:54
Valkyria escribió:Yo ya no se cuándo se puede grabar a escondidas y cuando no.
¿No había que avisar con carteles?
¿O no?
No se sabe.

Si, pero no, pero si, pero no, pero al final se ve que si, pero en España igual no, y en Estrasburgo si.
te miro con lupa

Buenas.

Este asunto es complejísimo. Para realizar cualquier tipo de grabación (incluidas las de voz) con seguridad y con garantías de éxito se deben de conocer muchas cosas, entre otras: La inducción a la prueba, la teoría de los frutos envenenados, el principio de proporcionalidad, el Derecho Sustantivo, el Derecho Procesal, la cadena de custodia... no es nada fácil ni sencillo, es más, si las grabaciones no se realizan acorde a la Ley, a los Derechos fundamentales, etcétera en vez de tener una prueba igual tenemos un problema. Ojo con grabar y con ser grabado.

Un saludo.
josepmarti
josepmarti
Administrador
Administrador
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Masculino Mensajes : 23051
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona

España no tendrá que indemnizar a las cajeras que fueron grabadas robando al rectificar Estrasburgo su fallo Empty Re: España no tendrá que indemnizar a las cajeras que fueron grabadas robando al rectificar Estrasburgo su fallo

Vie 25 Oct 2019, 01:11
Es posible el despido mediante cámara oculta si se utiliza para prevenir incumplimientos laborales, si previamente se ha comunicado al Comité de empresa.

¿Existen límites a este control empresarial?, ¿se debe informar previamente al trabajador de qué será grabado?

El control empresarial sobre la actividad laboral de sus empleados está, a priori, legitimado por el artículo 20.3 Estatuto de los Trabajadores.

Este control puede vulnerar derechos fundamentales de los trabajadores, como es el derecho a la intimidad, a la propia imagen o a sus datos personales.

La  presencia de distintivos anunciando la instalación de cámaras y captación de imágenes en el lugar de trabajo (SSTC 292/00 y 29/13, entre otras no es suficiente y vulnera derechos fundamentales.

Ademas se debe saber en que consiste la proteccion de datos actual que no entrare a valorar sino no acabaria de escribir.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (STSJM 9 de Febrero de 2015, Rec. 886/2014), aplicando la tesis de la “instalación y grabación puntual ante sospechas de incumplimiento” (STC 186/2000, de 10 de julio), ha determinado la procedencia del despido de un trabajador, miembro del comité de empresa, con base en unas grabaciones realizadas por un sistema de cámara oculta grabando directamente su puesto de trabajo ante sospechas de sustracción de objetos en el centro de trabajo. De dicha instalación, sólo se había informado, y este es un matiz importante que tiene en cuenta el Tribunal a quem, al Presidente del comité de empresa.

 Se argumento que las grabaciones como episódicas y de breve duración que se realizaron porque ya existían sospechas fundadas de que la falta de prendas y otros objetos del establecimiento mercantil que se venía observando en el cómputo obedecía a su sustracción por algún trabajador.

Pienso que es una excepcion y por tanto considero que no es legal ni permisible colocar camaras ocultas sin nuestro consentimiento  salvo que este aprobado o autorizado por un juez o por la propia policia autorizado por un juez para esclarecer un hecho delictivo concreto.

Saludos

************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Contenido patrocinado

España no tendrá que indemnizar a las cajeras que fueron grabadas robando al rectificar Estrasburgo su fallo Empty Re: España no tendrá que indemnizar a las cajeras que fueron grabadas robando al rectificar Estrasburgo su fallo

Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.