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Dudas importantes sobre la nómina
Dom 07 Abr 2019, 17:39
Muy buenas tardes compañeros, hace poco recibí una nómina y tengo un par de dudas que no consigo aclarar. Estoy seguro de que este hilo ayudará a más de uno. He aquí los datos:
UNIDADES-PRECIO-CONCEPTOS-DEVENGOS-RETENCIÓN
0,7 944,93 Salario base 661,45
0,7 112,14 Plus de transporte 78,5
0,7 91,36 Plus vestuario 63,95
0,7 19,6 Peligrosidad 13,72
2% 817,62 Retención a Cuenta IRPF 16,35
4,7% 986,41 Cotización Cont. Comunes 46,36
1,7% 986,41 Cotización D+FP 16,77
Coste SS Empresa...342,27
REMUNERACIÓN TOTAL: 817,62
PRORRATA PAGAS: 168,79
BASE COTIZACIÓN: 986,41
BASE DESEMPLEO: 986,41
BASE IRPF: 817,62
TOTAL DEVENGADO: 817,62
TOTAL DEDUCIR: 79,48
LÍQUIDO TOTAL A PERCIBIR: 738,14
1- Es cierto que no llegué al cómputo de 162 horas mensuales, ya que fue cuando entré. Entonces, entiendo que las UNIDADES no tengan el valor de 1. Lo que no comprendo es por qué tienen el valor de 0,7, dado que en marzo hice 119 horas, que si lo dividimos entre 162 sale 0,73. Entonces mi inexperiencia y lógica me dice que el valor de las unidades ha de ser de 0,73, y no de 0,7.
2- ¿Por qué la base del IRPF es solo lo que me corresponde a este mes (817,62), sin incluir las pagas extras, y sólo del 2%? Teniendo en cuenta que hago normalmente un poco más de la jornada completa, ¿cómo que solo me retienen el 2%? ¿No debería ser del 9 o por ahí? (No tengo ni cargas familiares, ni patrimonio).
3- ¿Por qué la base de la seguridad social es 986,41, afectándome así a las pagas extras, cuando no me las están devengando?
Os agradezco de corazón si podríais ayudarme porque la verdad encuentro todo esto un poco confuso.
UNIDADES-PRECIO-CONCEPTOS-DEVENGOS-RETENCIÓN
0,7 944,93 Salario base 661,45
0,7 112,14 Plus de transporte 78,5
0,7 91,36 Plus vestuario 63,95
0,7 19,6 Peligrosidad 13,72
2% 817,62 Retención a Cuenta IRPF 16,35
4,7% 986,41 Cotización Cont. Comunes 46,36
1,7% 986,41 Cotización D+FP 16,77
Coste SS Empresa...342,27
REMUNERACIÓN TOTAL: 817,62
PRORRATA PAGAS: 168,79
BASE COTIZACIÓN: 986,41
BASE DESEMPLEO: 986,41
BASE IRPF: 817,62
TOTAL DEVENGADO: 817,62
TOTAL DEDUCIR: 79,48
LÍQUIDO TOTAL A PERCIBIR: 738,14
1- Es cierto que no llegué al cómputo de 162 horas mensuales, ya que fue cuando entré. Entonces, entiendo que las UNIDADES no tengan el valor de 1. Lo que no comprendo es por qué tienen el valor de 0,7, dado que en marzo hice 119 horas, que si lo dividimos entre 162 sale 0,73. Entonces mi inexperiencia y lógica me dice que el valor de las unidades ha de ser de 0,73, y no de 0,7.
2- ¿Por qué la base del IRPF es solo lo que me corresponde a este mes (817,62), sin incluir las pagas extras, y sólo del 2%? Teniendo en cuenta que hago normalmente un poco más de la jornada completa, ¿cómo que solo me retienen el 2%? ¿No debería ser del 9 o por ahí? (No tengo ni cargas familiares, ni patrimonio).
3- ¿Por qué la base de la seguridad social es 986,41, afectándome así a las pagas extras, cuando no me las están devengando?
Os agradezco de corazón si podríais ayudarme porque la verdad encuentro todo esto un poco confuso.
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Re: Dudas importantes sobre la nómina
Dom 07 Abr 2019, 19:56
Estoy analizando tu nómina, necesito saber:
1. ¿Estuviste de alta laboral durante 21 días de marzo?
Es decir ¿qué día comenzaste a trabajar? Si marzo tiene 30 días ¿empezaste el día 10 a trabajar? Porque si es así ya sabría de donde sale el 0,7. Y luego te lo explicaría cuando me contestes.
2. ¿Por qué la base del IRPF es solo lo que me corresponde a este mes (817,62), sin incluir las pagas extras?
Porque no cobras las pagas extra prorrateadas, es decir, no cobras un poquito de pagas cada mes, sino que las vas a cobrar todas juntas en su fecha correspondiente.
Entonces, si ahora no has cobrado nada de pagas extra no te van a quitar del IRPF lo que no has cobrado aún.
¿Por qué la base del IRPF es solo del 2%?
Mi base de cotización sin cargas familiares, ni patrimonio, soltera... es del 14% por lo menos, o igual hasta más. Vete a hablarlo con tu empresa que te ajusten el IRPF bien. Cuando las empresas ponen tan poco IRPF luego lo suelen ajustar en diciembre y ahí te quitan por decir algo el 30% de repente.
3. ¿Por qué la base de la seguridad social es 986,41, afectándome así a las pagas extras, cuando no me las están devengando?
Porque esa es la base de cotización que paga la empresa a la SS, es decir, no la estás pagando tú.
La empresa debe calcular esta base de cotización incluyendo la parte proporcional de las pagas extra. Aunque tú no las cobres prorrateadas.
Eso es lo que la empresa cotiza por tí.
Contesta a mi pregunta y sigo.
1. ¿Estuviste de alta laboral durante 21 días de marzo?
Es decir ¿qué día comenzaste a trabajar? Si marzo tiene 30 días ¿empezaste el día 10 a trabajar? Porque si es así ya sabría de donde sale el 0,7. Y luego te lo explicaría cuando me contestes.
2. ¿Por qué la base del IRPF es solo lo que me corresponde a este mes (817,62), sin incluir las pagas extras?
Porque no cobras las pagas extra prorrateadas, es decir, no cobras un poquito de pagas cada mes, sino que las vas a cobrar todas juntas en su fecha correspondiente.
Entonces, si ahora no has cobrado nada de pagas extra no te van a quitar del IRPF lo que no has cobrado aún.
¿Por qué la base del IRPF es solo del 2%?
Mi base de cotización sin cargas familiares, ni patrimonio, soltera... es del 14% por lo menos, o igual hasta más. Vete a hablarlo con tu empresa que te ajusten el IRPF bien. Cuando las empresas ponen tan poco IRPF luego lo suelen ajustar en diciembre y ahí te quitan por decir algo el 30% de repente.
3. ¿Por qué la base de la seguridad social es 986,41, afectándome así a las pagas extras, cuando no me las están devengando?
Porque esa es la base de cotización que paga la empresa a la SS, es decir, no la estás pagando tú.
La empresa debe calcular esta base de cotización incluyendo la parte proporcional de las pagas extra. Aunque tú no las cobres prorrateadas.
Eso es lo que la empresa cotiza por tí.
Contesta a mi pregunta y sigo.
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Re: Dudas importantes sobre la nómina
Dom 07 Abr 2019, 23:40
Empecé a trabajar con ellos exactamente el día 11 de marzo. Entonces iré a comentar lo del IRPF, así me ahorro el palo de diciembre.
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Re: Dudas importantes sobre la nómina
Lun 08 Abr 2019, 00:35
Entonces trabajaste 21 dias. Coñe, que marzo tiene 31 dias y yo dije que tenía 30, jejee, jeeeeeeee. El caso es que acerté que trabajaste 21 dias que es a lo que iba.
El 0,7 no puede ser de hacer la división de 119/162. Porque entonces 162 sería el equivalente a 1 (como bien dijiste). 162 equivaldría en UNIDADES a 1. Y eso sería un absurdo.
¿1 qué? ¿Qué es una UNIDAD de 162 horas? No es nada. Es algo, si, pero en el fondo no tiene sentido.
Sin embargo si 1 equivale a un mes, entonces ese 1 ya tiene un sentido.
Entonces si te pusiese UNIDADES 1 habrías trabajado 31 dias y cobrado todo el salario del mes.
Trabajaste 21 dias (de alta), entonces han hecho:
31 dias son 1 mes
21 días serán x meses
x= (21 por 1) entre 31
x= 0,677419...
Y entonces han redondeado a 0,7. Lo que supone que hubieses cobrado incluso más de lo que te corresponde.
También podria ser que en vez de considerar marzo (y el resto de meses del año) como los días que cada mes tenga (31,30,28...) los consideren a todos como de 30 dias, que es como lo hacen la mayoría de empresas.
Y entonces si marzo tiene para las empresas 30 dias, ya te sale redonda la operación:
30 dias son 1 mes
21 dias son x meses
x= (21 por 1) entre 30.
x= 0,7 justo y clavao.
Asi que yo creo que va a ser ésta 2° opción, que tu empresa considera todos los meses como de 30 dias.
Prosegur considera los meses como 30 dias todos. Por ponerte un ejemplo.
El 0,7 no puede ser de hacer la división de 119/162. Porque entonces 162 sería el equivalente a 1 (como bien dijiste). 162 equivaldría en UNIDADES a 1. Y eso sería un absurdo.
¿1 qué? ¿Qué es una UNIDAD de 162 horas? No es nada. Es algo, si, pero en el fondo no tiene sentido.
Sin embargo si 1 equivale a un mes, entonces ese 1 ya tiene un sentido.
Entonces si te pusiese UNIDADES 1 habrías trabajado 31 dias y cobrado todo el salario del mes.
Trabajaste 21 dias (de alta), entonces han hecho:
31 dias son 1 mes
21 días serán x meses
x= (21 por 1) entre 31
x= 0,677419...
Y entonces han redondeado a 0,7. Lo que supone que hubieses cobrado incluso más de lo que te corresponde.
También podria ser que en vez de considerar marzo (y el resto de meses del año) como los días que cada mes tenga (31,30,28...) los consideren a todos como de 30 dias, que es como lo hacen la mayoría de empresas.
Y entonces si marzo tiene para las empresas 30 dias, ya te sale redonda la operación:
30 dias son 1 mes
21 dias son x meses
x= (21 por 1) entre 30.
x= 0,7 justo y clavao.
Asi que yo creo que va a ser ésta 2° opción, que tu empresa considera todos los meses como de 30 dias.
Prosegur considera los meses como 30 dias todos. Por ponerte un ejemplo.
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Re: Dudas importantes sobre la nómina
Lun 08 Abr 2019, 00:54
Entiendo todo lo que dices pero al fin y al cabo no he trabajado 21 días. Muchos de esos días los he librado, y mis turnos son o de 7 o de 12 horas. Entonces estarían considerando cada día igual, cuando puedo o librarlo, o trabajar 7 o 12 horas. ¿Las empresas no pagan por horas? Este mes puedo hacer 165 pero al siguiente 186 y al siguiente 170. Sigo sin saber de donde sale el 0,7
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Re: Dudas importantes sobre la nómina
Lun 08 Abr 2019, 00:59
Pero resulta que así se pierde dinero, cuando uno es nuevo y empieza a currar en medio del mes.
694,1152469135802 euros es lo que deberías haber cobrado por 119 horas.
Haríamos para comprobarlo:
162 horas se pagan a 944,93 euros de salario base
119 horas se pagarían a x euros.
x= (944,93 por 119) entre 162
x= 694,1152469135802 euros
Con lo cual te han pispao unos 34 euros casi.
Y lo mismo con los pluses de transporte, vestuario y peligro.
Por ejemplo hacemos el de transporte:
Si 162 horas son a 112,14 euros
119 horas serían x euros
x= (119 por 112,14) entre 162
x= 82,3744444 euros.
Y a ti te han pagado 78,5 euros. Te faltan 4 euros.
Y con el vestuario y peligro lo mismo. Unos eurillos rateados.
Pon que en toda la nómina te faltan unos cuarentaypico euros.
Que es lo que deberías haber cobrado.Y la empresa debería haberte calculado esto por horas y no por dias de mes transformados en 0,7. Porque asi ganan ellos con todo vigilante que empiece a currar empezado el mes.
694,1152469135802 euros es lo que deberías haber cobrado por 119 horas.
Haríamos para comprobarlo:
162 horas se pagan a 944,93 euros de salario base
119 horas se pagarían a x euros.
x= (944,93 por 119) entre 162
x= 694,1152469135802 euros
Con lo cual te han pispao unos 34 euros casi.
Y lo mismo con los pluses de transporte, vestuario y peligro.
Por ejemplo hacemos el de transporte:
Si 162 horas son a 112,14 euros
119 horas serían x euros
x= (119 por 112,14) entre 162
x= 82,3744444 euros.
Y a ti te han pagado 78,5 euros. Te faltan 4 euros.
Y con el vestuario y peligro lo mismo. Unos eurillos rateados.
Pon que en toda la nómina te faltan unos cuarentaypico euros.
Que es lo que deberías haber cobrado.Y la empresa debería haberte calculado esto por horas y no por dias de mes transformados en 0,7. Porque asi ganan ellos con todo vigilante que empiece a currar empezado el mes.
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Re: Dudas importantes sobre la nómina
Lun 08 Abr 2019, 01:19
Liretoi escribió:Entiendo todo lo que dices pero al fin y al cabo no he trabajado 21 días. Muchos de esos días los he librado, y mis turnos son o de 7 o de 12 horas. Entonces estarían considerando cada día igual, cuando puedo o librarlo, o trabajar 7 o 12 horas. ¿Las empresas no pagan por horas? Este mes puedo hacer 165 pero al siguiente 186 y al siguiente 170. Sigo sin saber de donde sale el 0,7
No has trabajado 21 dias seguidos currando.
Pero has estado de alta 21 dias en marzo.
Ya te hice la operación, que es una regla de tres.
Si 30 dias son 1 unidad (es decir 1 mes)
entonces 21 dias serán x unidades (es decir x meses)
x = 21 por 1 entre 30 = 0,7 clavao.
A ver si te se explicar lo de currar 21 dias.
Cuando curramos 162 horas tampoco estamos 30 dias enteros currando.
Sin embargo un mes de trabajo equivale a 162 horas. Uno en un mes hace 162 horas.
En 30 dias hacemos 162 horas.
Todo el mundo cobra cada mes de trabajo un sueldo. Y nadie está currando el mes entero. En cualquier sector, limpieza, camarero, informático...
Por 30 dias le pagan todo su sueldo.
Pero si es novato, y solo curra 15 dias, deberá hacer en esos 15 dias la mitad de las horas que tenga estipuladas para un mes.
Yo si en un mes debo currar 162 horas, en 15 dias deberé currar 81.
Ahora mismo no se cómo explicarte ésto. Mañana lo intento con el ordenador, que ahora estoy con móvil y no me entero de lo que pongo tecleando con el dedo índice.
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Re: Dudas importantes sobre la nómina
Lun 08 Abr 2019, 01:42
Pero te iré diciendo ahora ésto:
Ese 0,7 es una parte de ese 1, que sería un mes ese 1.
Si hubieses trabajado medio mes, 15 dias de alta en vez de 21 como has estado, habrían puesto en UNIDADES 0,5.
Y tú habrías cobrado la mitad de 944,93.
Y la mitad en los pluses, es decir el 0,5, que es lo mismo que decir la mitad.
Mañana te explico esto de cómo pagan las empresas, y de dónde salen luego las horas extra.
Porque si estás 15 dias o los que sean de vacaciones, o de baja médica, tienes que tener muy claras las matemáticas éstas porque si no, no sabrás cuantas horas extra tienes en esos meses "extraños".
Ese 0,7 es una parte de ese 1, que sería un mes ese 1.
Si hubieses trabajado medio mes, 15 dias de alta en vez de 21 como has estado, habrían puesto en UNIDADES 0,5.
Y tú habrías cobrado la mitad de 944,93.
Y la mitad en los pluses, es decir el 0,5, que es lo mismo que decir la mitad.
Mañana te explico esto de cómo pagan las empresas, y de dónde salen luego las horas extra.
Porque si estás 15 dias o los que sean de vacaciones, o de baja médica, tienes que tener muy claras las matemáticas éstas porque si no, no sabrás cuantas horas extra tienes en esos meses "extraños".
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Re: Dudas importantes sobre la nómina
Lun 08 Abr 2019, 10:08
Ahora sí lo voy pillando. Pero se me hace raro porque en Prosegur me ponían las horas que hacía y me resultaba más fácil. Entonces, el 1 es la jornada completa de 162. Todo de menos se iría a 0,x y de más ya aparecerían las horas extra. No?
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Re: Dudas importantes sobre la nómina
Lun 08 Abr 2019, 11:36
A ver si hoy puedo explicarme:
En un mes un vigilante debe hacer 162 horas.
Si haces más horas de 162 en un mes, las que sobrepasen de 162 son horas extra.
Por ejemplo, si haces 168 horas, las 6 que sobrepasan de 162 son extras.
Así, con un mes completo trabajado las cosas se ven muy sencillas.
Pero el problema de contar las horas viene cuando uno trabaja menos de un mes. Como es tu caso. Y como es el caso de cualquier vigilante al que contraten por ejemplo con contrato temporal de solo 15 días de duración.
Imagina un vigilante temporal con contrato de 15 días nada más.
Si un vigilante debe hacer 162 horas en un mes entero de 30 días, pues resulta que este vigilante con contrato de 15 días deberá hacer 81 horas de trabajo (que es la mitad de 162). Esto creo que cae de cajón.
Pues bien, imagina que este vigilante contratado 15 días, en vez de hacer 81 horas hace 90. Pues entonces habrá hecho 9 horas extra.
Cobrará el salario correspondiente a medio mes y los pluses de transporte, vestuario y peligro correspondientes a medio mes.
Y luego AL MES SIGUIENTE cobrará esas 9 horas extra, pues las horas extra se pagan un mes más tarde por convenio.
Ahora imagina un vigilante con contrato de 5 días temporal. ¿Cuántas horas debe trabajar en esos 5 días? Pues se hace la operación matemática correspondiente.
Si un vigilante debe currar en 30 días 162 horas, entonces en 5 días deberá hacer x horas. Se hace la operación matemática, que por supuesto hay que conocer ya de nuestros estudios del colegio, pues es una regla de tres que se llama, porque si no se conocen ni las matemáticas esenciales no sabremos, ni podremos calcular nada:
x será igual a: 5 por 162 entre 30
Y nos sale que un vigilante en 5 días de contrato debe currar 27 horas.
Si este vigilante en vez de 27 horas curra 35, pues habrá realizado 8 horas extra.
Y en su nómina cobrará la parte del salario correspondiente a 5 días, y los pluses de vestuario, tranporte y peligro correspondientes a esos 5 días.
Y en la nómina del mes siguiente cobrará las 8 horas extra.
Lo mismo ocurre cuando uno está de baja por enfermedad 15 días por ejemplo.
Imagina un vigilante indefinido, normal y corriente, que se pone de baja del 1 al 15. Y del 16 al 30 trabaja normal ya de alta.
En los días de baja le paga la baja la seguridad social y todo ese rollo. No ha currado en esos 15 días, pero los otros 15 sí que ha currado.
¿Cuantas horas le computan esos 15 días de curro?
Pues como habiamos dicho antes, si un vigilante debe hacer 162 horas en 30 días, entonces en 15 días deberá TRABAJAR 81 horas (a mitad de días mitad de horas).
Entonces estará de baja 15 días cobrando lo que corresponde a la baja y en los otros 15 días deberá currar 81 horas. Si en sus 15 días de curro trabaja 90 horas, habrá realizado 9 horas extra.
Así que en la nómina del mes siguiente deberá cobrar esas 9 horas extra.
El 1 de UNIDADES no son 162 horas, el 1 de las UNIDADES de tu nómina corresponde a 1 mes. Ya lo he debido decir 500 veces, jejeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeee.
Y poniéndolo como te lo ha puesto tu empresa, que es llamar a un mes como la unidad de 1, resulta que PIERDES DINERO porque es una manera engañosa de hacerlo, como te puse en otro mensaje, y así la empresa se embolsa parte de tu nómina.
En vez de poner en unidades ese 1 correspondiente a 1 MES debería poner en unidades las horas, como bien has dicho. Porque un vigilante no trabaja las mismas horas todos los días del mes, como tú mismo dijiste.
En tu nómina falta dinero. 40 y pico euros.
Espero haberme explicado, jejee, es que hay que tener un máster para entender las nóminas empresariales de seguridad, pero te aseguro que algún día sabrás cómo va la cosa, porque nos ha pasado a todos.
En un mes un vigilante debe hacer 162 horas.
Si haces más horas de 162 en un mes, las que sobrepasen de 162 son horas extra.
Por ejemplo, si haces 168 horas, las 6 que sobrepasan de 162 son extras.
Así, con un mes completo trabajado las cosas se ven muy sencillas.
Pero el problema de contar las horas viene cuando uno trabaja menos de un mes. Como es tu caso. Y como es el caso de cualquier vigilante al que contraten por ejemplo con contrato temporal de solo 15 días de duración.
Imagina un vigilante temporal con contrato de 15 días nada más.
Si un vigilante debe hacer 162 horas en un mes entero de 30 días, pues resulta que este vigilante con contrato de 15 días deberá hacer 81 horas de trabajo (que es la mitad de 162). Esto creo que cae de cajón.
Pues bien, imagina que este vigilante contratado 15 días, en vez de hacer 81 horas hace 90. Pues entonces habrá hecho 9 horas extra.
Cobrará el salario correspondiente a medio mes y los pluses de transporte, vestuario y peligro correspondientes a medio mes.
Y luego AL MES SIGUIENTE cobrará esas 9 horas extra, pues las horas extra se pagan un mes más tarde por convenio.
Ahora imagina un vigilante con contrato de 5 días temporal. ¿Cuántas horas debe trabajar en esos 5 días? Pues se hace la operación matemática correspondiente.
Si un vigilante debe currar en 30 días 162 horas, entonces en 5 días deberá hacer x horas. Se hace la operación matemática, que por supuesto hay que conocer ya de nuestros estudios del colegio, pues es una regla de tres que se llama, porque si no se conocen ni las matemáticas esenciales no sabremos, ni podremos calcular nada:
x será igual a: 5 por 162 entre 30
Y nos sale que un vigilante en 5 días de contrato debe currar 27 horas.
Si este vigilante en vez de 27 horas curra 35, pues habrá realizado 8 horas extra.
Y en su nómina cobrará la parte del salario correspondiente a 5 días, y los pluses de vestuario, tranporte y peligro correspondientes a esos 5 días.
Y en la nómina del mes siguiente cobrará las 8 horas extra.
Lo mismo ocurre cuando uno está de baja por enfermedad 15 días por ejemplo.
Imagina un vigilante indefinido, normal y corriente, que se pone de baja del 1 al 15. Y del 16 al 30 trabaja normal ya de alta.
En los días de baja le paga la baja la seguridad social y todo ese rollo. No ha currado en esos 15 días, pero los otros 15 sí que ha currado.
¿Cuantas horas le computan esos 15 días de curro?
Pues como habiamos dicho antes, si un vigilante debe hacer 162 horas en 30 días, entonces en 15 días deberá TRABAJAR 81 horas (a mitad de días mitad de horas).
Entonces estará de baja 15 días cobrando lo que corresponde a la baja y en los otros 15 días deberá currar 81 horas. Si en sus 15 días de curro trabaja 90 horas, habrá realizado 9 horas extra.
Así que en la nómina del mes siguiente deberá cobrar esas 9 horas extra.
Liretoi escribió:Ahora sí lo voy pillando. Pero se me hace raro porque en Prosegur me ponían las horas que hacía y me resultaba más fácil. Entonces, el 1 es la jornada completa de 162. Todo de menos se iría a 0,x y de más ya aparecerían las horas extra. No?
El 1 de UNIDADES no son 162 horas, el 1 de las UNIDADES de tu nómina corresponde a 1 mes. Ya lo he debido decir 500 veces, jejeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeee.
Y poniéndolo como te lo ha puesto tu empresa, que es llamar a un mes como la unidad de 1, resulta que PIERDES DINERO porque es una manera engañosa de hacerlo, como te puse en otro mensaje, y así la empresa se embolsa parte de tu nómina.
En vez de poner en unidades ese 1 correspondiente a 1 MES debería poner en unidades las horas, como bien has dicho. Porque un vigilante no trabaja las mismas horas todos los días del mes, como tú mismo dijiste.
En tu nómina falta dinero. 40 y pico euros.
Espero haberme explicado, jejee, es que hay que tener un máster para entender las nóminas empresariales de seguridad, pero te aseguro que algún día sabrás cómo va la cosa, porque nos ha pasado a todos.
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Re: Dudas importantes sobre la nómina
Lun 08 Abr 2019, 14:12
Ahora sí que sí lo he pillado. El 1 corresponde al mes, de 30 días. Si sé trabaja menos, se hace la proporción, y si se trabaja de mas, pasan a ser horas extra, cobradas a mes vencido. Por cierto, ya que estoy y si me lo permites voy a comentarte algo.
Según el CAPITULO VII, Artículo 38, Disposición General, del Convenio Colectivo:
"(...) No obstante, los complementos variables establecidos en el Comvenio Colectivo se abonaran en la nómina del mes siguiente al que se haya devengado, y su promedio en vacaciones se abonará en la nómina del mes siguiente al que se disfruten.
¿Qué quiere decir eso? ¿Debería haber cobrado los complementos en la nómina de abril? ¿O por complemento variable se refiere a arma, transporte de fondos, servicio, etc.?
Según el CAPITULO VII, Artículo 38, Disposición General, del Convenio Colectivo:
"(...) No obstante, los complementos variables establecidos en el Comvenio Colectivo se abonaran en la nómina del mes siguiente al que se haya devengado, y su promedio en vacaciones se abonará en la nómina del mes siguiente al que se disfruten.
¿Qué quiere decir eso? ¿Debería haber cobrado los complementos en la nómina de abril? ¿O por complemento variable se refiere a arma, transporte de fondos, servicio, etc.?
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