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LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO) Empty LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO)

Miér 03 Oct 2018, 02:04
ARTICULO 35.- Lugar de Trabajo.-
Dadas las especiales circunstancias en que se realiza la prestación de los servicios de
seguridad y vigilancia, la movilidad del personal vendrá determinada por las facultades de organización de la Empresa, que procederá a la distribución de su personal entre sus diversos lugares de trabajo de la manera más racional y adecuada a los fines productivos dentro de una misma localidad. A estos efectos se entenderá por localidad tanto el municipio de que se trate, como a las concentraciones urbanas o industriales que se agrupen alrededor del mismo y que formen con aquél
una Macroconcentración urbana o industrial, aunque administrativamente sean municipios distintos siempre que estén
comunicados por medios de transporte públicos a intervalos no superiores a media hora, a la entrada y/o salida de los
trabajadores.
El personal de las Empresas que desempeñen tareas de vigilancia podrá ser cambiado de un centro de trabajo
a otro, de acuerdo con las facultades expresadas, dentro de una misma localidad, a ser posible, para cada lugar de trabajo a aquellos trabajadores del servicio de seguridad y vigilancia que residan más cerca de aquél.

Los trabajos realizados dentro de la zona definida como localidad no darán lugar a dietas para ninguno de los trabajadores de las Empresas incluidas en el ámbito de aplicación del presente Convenio Colectivo, y sí a los correspondiente pluses de distancia y transporte pactados


Última edición por SecuryCool el Miér 03 Oct 2018, 03:30, editado 2 veces
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LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO) Empty Re: LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO)

Miér 03 Oct 2018, 02:56
Como ya  dije en otro hilo las empresas de este pais te puede mover a su gusto.
Para los yogurines que sepais que las empresas se lavan siempre las manos en terminos legales con las CLAUSULAS principales del contrato(primera pagina de casillas).
Ahi donde os pone siempre:
Desempeñara su trabajo ubicado en..............
Ahi casi siempre os pondra la calle de la empresa o  su
localidad.

Yo tuve un contrato temporal hace años en el cual ponia el servicio a dempeñar.Era uno importante.Fue el unico que lo ponia.El servicio en el cual estaba fisicamente.Por contrato firmado no me podian mover.Pero por convenio si.Shocked

Pero en el resto siempre la calle de la empresa o la localidad donde realices tu trabajo.Pero nunca donde vayas a estar fisicamente.
Con esta medida firmada y el convenio tambien,ellos te mueven a su son por las circunstancias que tomen oportunas,eso si, previo aviso.Te diran: por necesidades de la empresa.Aunque a veces ni avisan.
(Te marearan  tambien cuando entras nuevo y no estes "fijo"  en un servicio)

Por eso que puedes llevar  años en un sitio y al dia siguiente "ir a cascala".
A todo esto tambien comentar que  se firman las clausulas adicionales en la siguiente hoja.Ahi tambien se detallan terminos laborales que hay que leer bien.Solo son unos minutos.
Habria que tratar estos temas con un laboralista y ver CONVENIO vs CONTRATO y hasta donde se podia llegar  en el tema de lugar de trabajo.
Pero como siempre nosotros firmamos para currar y listo.

Nunca lo pensamos.Ni cuando fimamos creditos..jaja..

                      CONTRATO VS CONVENIO
la diferencia entre convenio y contrato no es muy difícil, ya que
el convenio es un acuerdo de voluntades entre las partes, con el objeto de crear, transferir, modificar, y extinguir obligaciones,
el contrato es un acuerdo de voluntades entre las partes a diferencia del convenio este solo tienes por objeto crear y transferir derecho y obligaciones. También dejo en claro que el contrato es un acto jurídico, es decir, un acto voluntario lícito que tiene por fin inmediato establecer entre las personas relaciones jurídicas. Es un acto jurídico bilateral y patrimonial.
La idea de convenio, debe ser limitada: en primer lugar, no todo acuerdo de voluntades es un contrato, sino solamente aquel cuyo objeto es susceptible a ser apreciado pecuniariamente. Y en segundo lugar debe destacarse que la función esencial del contrato es la creación de obligaciones, aunque puede modificarlas, transferirlas o extinguirlas.

Estos temas siempre son controvertidos,complicados,a la hora de discurrir para el trabajador.Hasta para los jueces.Los 2 tienen valor legalmente.
Pero para un juez habria que ver en que casos( y los hay tremendos) tiene mas fuerza de los 2.Ahi lo dejo. Rolling Eyes COVENIOS VS CONTRATOS.


Última edición por SecuryCool el Vie 05 Oct 2018, 23:08, editado 1 vez
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LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO) Empty Re: LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO)

Miér 03 Oct 2018, 13:35
El "orden" legal es el siguiente:
1) Estatuto de los Trabajadores
2) Convenio
3) Contrato

Esto significa que:
- El ET es el que rige las cuestiones laborales.
- El Convenio solo puede mejorar lo que diga el ET, pero nunca empeorarlo.
- El contrato tiene que decir lo mismo que el Convenio (o el ET en caso de no tener convenio), o si no mejorarlo, pero jamás empeorarlo.

Convenio y contrato por lo tanto deben obedecer la legalidad vigente, que aparte del ET hay màs decretos y leyes ya fijados. Por decir algo, por ejemplo la ley de prevención de riesgos laborales, la ley de seguridad privada en nuestro caso, y muchas más leyes que ni conocemos y que no tienen ni nombre porque se llaman "decreto 500/2000" o similares.

El contrato, por ello, nunca puede contener cláusulas que empeoren nada de lo demás. Bueno, mejor dicho, si las contuvieran serían CLÁUSULAS NULAS.
Por mucho que firmemos un contrato con cláusulas nulas no estaríamos obligados a cumplirlas, por el hecho de ser nulas o contrarias a las leyes. O también si esas cláusulas nos perjudican por ejemplo en el salario, días de vacaciones... etc siempre se puede denunciar para reclamar cantodades, ejercer nuestro derecho a los días de vacaciones que marca el convenio...etc.

A la empresa que ponga en un contrato cláusulas nulas se le caería el pelo si lo sabe la inspección de trabajo.

Ejemplos:
- en un convenio pone que tienes 29 dias de vacaciones.
Este artículo sería nulo porque el ET, que es de primer rango, dice que son 30. Y si tu empresa te niega esos 30 dias de vacaciones demandas y ganas.

- En el convenio pone que tienes 1782 horas de jornada anual, pero en tu contrato dice que son 1800. Ese contrato no se ceñiría a la legalidad. En tu contrato, o pone 1782 horas, o te lo mejora poniendo que tu jornada será 1600 horas (obviamente con igual sueldo que si hicieses 1782).

En el contrato de vigilante puede poner que tus funciones son:
- estar a cargo de la seguridad y regar las plantas.
No tendrías porqué regar nada pues en la LSP describe tus funciones, y regar no entra. Por ello, si te despiden por no regar, demandas y ganas (el despido improcedente, claro, nulo no).

En el contrato debe poner tu lugar de trabajo, no puede poner:
- desempeña su labor en... España. Very Happy
Si hombre, claro, como todos.

Si te pone que "desempeñas tu labor en Fábricas Gerardo" debes estar en esa fábrica. Y no te pueden mover asi como asi, porque si te mueven sería una modificación de las condiciones de trabajo, y deben demostrar causas organizativas válidas, reales y justificadas. Y ponértelas a tí en el escrito donde te comuniquen que te largan de Fábricas Gerardo. Si no te las ponen, el escrito sería una kk de vaca y si demandas ganas el juicio y te quedas.
Y si te las ponen y demandas, la empresa en el juicio deberá demostrar que esas causas son verdaderas y necesarias. Si no lo demuestran tambien ganas.

En ese contrato que dices que tuviste temporal que ponía el nombre de tu servicio, no te podrían mover jamás, porque aparte de que un contrato temporal DEBE ser solo para el sitio que ponga, ese contrato manda sobre el convenio siempre que lo mejore y sea un contrato legal adaptado a todas las leyes.
Si te mueven sería un contrato en fraude de ley, porque te habrían hecho un temporal sin una causa real de temporalidad.

Ahora continúo, que se me va a ir ésto.
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LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO) Empty Re: LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO)

Miér 03 Oct 2018, 13:53
En ese artículo que has puesto arriba del todo, el empresario te puede cambiar "de la manera más racional y adecuada a los fines productivos". Vale.

Ésto de "adecuado a los fines productivos" significa que la empresa debe concretar cuales son esos fines productivos que se mejorarían cambiandote de servicio, en el escrito de comunicación del cambio.
No vale que ponga:
Por mejora de los fines productivos te cambiamos al servicio B.
Tiene que poner explicado qué mejoraría y porqué y porqué a tí y no a otro es al que van a cambiar.
Y si no estás de acuerdo demandas, y ganas si la empresa no demuestra esas razones.

Por ello tambien existe el art sobre la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, que explica cómo debe producirse ese cambio.

Es decir que leyendo un artículo siempre podemos remitirnos a otro que explica cómo debe hacerse lo que ponga en el primero.

Así, como ves, el pobre currante debe conocer y remirar siempre varias leyes, artículos y cosas, y no ceñirse solo a lo que ponga en un sitio y encima inconcreto.
Por eso existen los abogados, que bucean entre las leyes y el que mejor bucee, relacione unas leyes con otras, piense, tenga "creatividad" para interpretar cada ley o artículo y llevarlo a su terreno... es el que gana.

Y por eso se dice lo de: hecha la ley, hecha la trampa.

Las leyes ya vemos que pueden tener miles de interpretaciones. Y para eso las han hecho tan complicadas, para que nadie sepa a ciencia cierta cual es la "verdad" de lo que digan.
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LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO) Empty Re: LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO)

Miér 03 Oct 2018, 14:19
Eso del "orden" de las leyes: ET, Convenio, y Contrato..
se llama:
Principio de la jerarquía normativa.
Ahora que me acuerdo, que no me acordaba. Pir si alguien lo quiere buscar.
Y la primera norma que ninguna ley puede incumplir creo que es la Constitución.
De ahí para arriba las demás leyes y cosas, como ET, convenio, contrato, convenio de empresa... llevan un orden en el que cada uno debe mejorar lo anterior pero nunca empeorarlo.

Si lo buscais os aclarará el tema.
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LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO) Empty Re: LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO)

Miér 03 Oct 2018, 15:32
Gracias,asi mejoramos todos..pero a fin de cuentas,lo que cuenta siempre cuando hay problemas es la sabiduria de los hombres de la toga en el juzgado.
Ellos deciden sobre el bien y el mal.Y los abogados.
Estamos en un sector en el que el mal existe.
Se llaman empresas piratas.
Y no respetan convenio,estatuto y a veces ni contrato. Neutral

PD.En todos los contratos te va a poner el domicilio de la empresa o la comunidad.
Por lo menos en los de SP. Saludos sabia Valkiria. I love you


Última edición por SecuryCool el Jue 04 Oct 2018, 01:05, editado 1 vez
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LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO) Empty Re: LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO)

Miér 03 Oct 2018, 15:50
Yo no soy sabia, soy una simple estudiosa de las leyes para intentar conocer los vericuetos Razz .
Pero como bien dices, el sr o sra juez o jueza, será el que tenga la última palabra.
Y luego si no nos gusta su palabra, pues a recurrir hasta llegar al tribunal europeo si hace falta Laughing

Luego tenemos tambien el absurdo de que "primero hay que obedecer y luego demandar".
Si te ponen en un cuadrante de vigilante 300 horas, primero debes demandar y joderte haciendo esas 300 horas hasta que la inspeccion tenga a bien pasarse por alli a redactar su acta.
Porque si no vas a currar te pueden despedir disciplinario por no ir a currar (abandono de puesto).

Sin embargo la empresa si no te paga (abandono de salario Neutral ) sigue teniendote ahi sin cobrar hasta que reclames cantidades.

Unas leyes hechas para el disfrute empresarial.

Lo único que podemos NO cumplir son las órdenes nocivas, indignantes... que atenten contra nuestra dignidad y persona o sean peligrosas, como:
- Subete a ese tejado sin arnés.
- No comas nada en 12 horas, prohibido. Esto atenta contra el derecho fundamental a comer y mantener nuestro cuerpo en orden, o como se llame ese derecho. Necesidades básicas.
- No puedes ir al wc en 12 horas.
- Vete y dale con la defensa en la cabeza a ese delincuente.
No se, todo lo indignante que se nos pueda ocurtir.

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LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO) Empty Re: LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO)

Miér 03 Oct 2018, 21:02
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

Aqui dejo un enlace a Laboro, el mejor blog laboral que hay por internet. En idioma "castellano" en vez de enrevesado.
No copio nada porque no deja.
Podeis leer ahi sobre las cláusulas nulas.
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LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO) Empty Re: LUGAR DE TRABAJO, TRASLADOS Y CAMBIOS DE PUESTO.(CONVENIO)

Jue 04 Oct 2018, 12:54
Thanks! jefa! Smile
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