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¿ Que podemos hacer si nuestra empresa deja de pagarnos ?
Miér 26 Sep 2018, 02:19
Hola compañeros espero que a nadie os pase que vuestra empresa querida del alma os deje de pagar vuestro ansiado y sudado sueldo .
Os paso esta noticia que aunque es del año pasado sigue en vigor y a más de uno nos puede venir de perlas si por mala suerte nos toca la china .
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Re: ¿ Que podemos hacer si nuestra empresa deja de pagarnos ?
Miér 26 Sep 2018, 11:37
¿Qué podemos hacer?
Debemos conocer que existe una opción, que nos permitiría abandonar la empresa con derecho a prestación por desempleo (si cumplimos con los requisitos) y con derecho a una indemnización equivalente a la establecida para el despido improcedente. Esto es 45 días por año de servicio prestado hasta el 12 de febrero de 2012 y 33 días por año de servicio prestado con posterioridad a dicha fecha ( en este enlace te ayudamos a calcularla).
El artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores pretende evitar que se fuerce al trabajador a abandonar el trabajo sin compensación alguna. Por ello, abre la puerta al trabajador a extinguir su contrato fundamentado en “la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.” Determinando que:“En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.”
Gracias JJ pongo algo del enlace para que entre la gente con mas curiosidad.
Lo mejor siempre es tratar de que te despidan en su caso.Y si no te pagan ese mes,denuncia al canto,hasta que despidan.Es como mejor parado sales.Pero hay tratos para todo,claro.
Los cierres son siempre amargos.Y despidos.
Hasta las grandes han tenido despidos masivos.Esto es una cuerda floja.
Debemos conocer que existe una opción, que nos permitiría abandonar la empresa con derecho a prestación por desempleo (si cumplimos con los requisitos) y con derecho a una indemnización equivalente a la establecida para el despido improcedente. Esto es 45 días por año de servicio prestado hasta el 12 de febrero de 2012 y 33 días por año de servicio prestado con posterioridad a dicha fecha ( en este enlace te ayudamos a calcularla).
El artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores pretende evitar que se fuerce al trabajador a abandonar el trabajo sin compensación alguna. Por ello, abre la puerta al trabajador a extinguir su contrato fundamentado en “la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.” Determinando que:“En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.”
Gracias JJ pongo algo del enlace para que entre la gente con mas curiosidad.
Lo mejor siempre es tratar de que te despidan en su caso.Y si no te pagan ese mes,denuncia al canto,hasta que despidan.Es como mejor parado sales.Pero hay tratos para todo,claro.
Los cierres son siempre amargos.Y despidos.
Hasta las grandes han tenido despidos masivos.Esto es una cuerda floja.
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Re: ¿ Que podemos hacer si nuestra empresa deja de pagarnos ?
Miér 26 Sep 2018, 14:57
Pues yo si no me pagan a día 10 por decir algo, el 11 me cojo una baja por enfermedad (estrés, ansiedad...).
Aunque cobre un poco menos por estar de baja.
Lo que tengo muy claro es que gratis no trabajo. Y que la empresa contrate un sustituto si quiere. No es mi problema.
Doy de plazo hasta el dia 10 y no más.
Aunque cobre un poco menos por estar de baja.
Lo que tengo muy claro es que gratis no trabajo. Y que la empresa contrate un sustituto si quiere. No es mi problema.
Doy de plazo hasta el dia 10 y no más.
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Re: ¿ Que podemos hacer si nuestra empresa deja de pagarnos ?
Miér 24 Oct 2018, 11:55
- «El Tribunal Supremo declara nulo el convenio de empresa de Ariete Seguridad y deja a la empresa en situación difícil».
- **.Qué hacer si la empresa no me paga
- Que hacer si la empresa no paga
- A los que tocamos y somos reconocidos en las redes sociales y foros se nos tiene que tener en cuenta, podemos hacer mucho bien pero tambien mucho mal
- La empresa Bilur 2000 deja en total desamparo laboral a 250 trabajadores y trabajadoras en el territorio nacional.
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