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ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Miér 08 Nov 2017, 18:07
Aquí tenemos la basura de hoy, la analizaré en un momento:
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Miér 08 Nov 2017, 19:36
Ya nos han metido aquí por convenio en un artículo el cómputo de cada jornada en situación de:
- permiso retribuido
- vacaciones
- bajas
Hale, las fórmulas matemáticas pitagóricas que les ha salido de los mismísimos cojones (así, con todas las letritas).
Resumo estas fórmulas, copiadas de este acta que ha debido fotografiar el jorobado de notredame viendo lo torcida que está.
CÓMPUTO PERMISOS RETRIBUIDOS
1782 / (365 - 96 -31) = 7,487
Desglose:
1782 jornada anual
96 son los días de descanso compensatorio a los que tenemos derecho al año
31 son los días que tenemos de vacaciones
Es decir, esto sería la jornada anual dividida entre los días trabajados.
CÓMPUTO DEL DÍA DE BAJA
1782 / (365 - 31) = 5,335
365 días del año
31 días de vacaciones
CÓMPUTO DEL DÍA DE VACACIÓN
162 / 31 = 5,22
162 jornada mensual
31 días de vacaciones que tenemos
La fórmula de los permisos retribuidos es una cagada de ganado porcino.
Dividir la jornada anual entre los días del año, a los que han restado los días de descanso compensatorio y los de vacaciones.
Es decir, han dividido la jornada anual entre los días laborables para nosotros del año. Si descansamos 96 días anuales y descansamos 31 días de vacas, pues se supone que trabajamos el resto de días. 238 días tenemos que trabajar entonces.
Y si trabajamos 238 días, según esta fórmula, deberíamos trabajar cada día 7,487 horas, lo mismo a lo que han computado cada día de permiso (obviamente).
Nadie trabaja 7,487 horas cada día, trabajamos 8 horas.
Pero resulta que la gente que está a 12 horas diarias, no trabaja 238 días al año, trabajaría menos días (por tener más horas de jornada diaria, claro), y entonces para ellos esta fórmula sería aún menos apropiada. Deberían también dividir la jornada anual entre los días que trabajan.
Han hecho aquí la fórmula que les ha salido de los mismos huevos.
Pasándose por el forro la resolución de la inspección de trabajo sobre que los permisos retribuidos computan a LA JORNADA QUE SE TENGA POR CUADRANTE.
Y pasándose por el forro también las sentencias judiciales que dicen que el día de permiso debe computarse como la jornada que se hubiese tenido si se hubiese trabajado. Osea a cada uno le computa como su día normal de cuadrante.
Las puñeteras empresas de seguridad siempre quedándose con nuestro dinero, si no es por una cosa es por otra.
Y habrá que ver el resto del convenio cuando lo publiquen.
:suspect:
- permiso retribuido
- vacaciones
- bajas
Hale, las fórmulas matemáticas pitagóricas que les ha salido de los mismísimos cojones (así, con todas las letritas).
Resumo estas fórmulas, copiadas de este acta que ha debido fotografiar el jorobado de notredame viendo lo torcida que está.
CÓMPUTO PERMISOS RETRIBUIDOS
1782 / (365 - 96 -31) = 7,487
Desglose:
1782 jornada anual
96 son los días de descanso compensatorio a los que tenemos derecho al año
31 son los días que tenemos de vacaciones
Es decir, esto sería la jornada anual dividida entre los días trabajados.
CÓMPUTO DEL DÍA DE BAJA
1782 / (365 - 31) = 5,335
365 días del año
31 días de vacaciones
CÓMPUTO DEL DÍA DE VACACIÓN
162 / 31 = 5,22
162 jornada mensual
31 días de vacaciones que tenemos
La fórmula de los permisos retribuidos es una cagada de ganado porcino.
Dividir la jornada anual entre los días del año, a los que han restado los días de descanso compensatorio y los de vacaciones.
Es decir, han dividido la jornada anual entre los días laborables para nosotros del año. Si descansamos 96 días anuales y descansamos 31 días de vacas, pues se supone que trabajamos el resto de días. 238 días tenemos que trabajar entonces.
Y si trabajamos 238 días, según esta fórmula, deberíamos trabajar cada día 7,487 horas, lo mismo a lo que han computado cada día de permiso (obviamente).
Nadie trabaja 7,487 horas cada día, trabajamos 8 horas.
Pero resulta que la gente que está a 12 horas diarias, no trabaja 238 días al año, trabajaría menos días (por tener más horas de jornada diaria, claro), y entonces para ellos esta fórmula sería aún menos apropiada. Deberían también dividir la jornada anual entre los días que trabajan.
Han hecho aquí la fórmula que les ha salido de los mismos huevos.
Pasándose por el forro la resolución de la inspección de trabajo sobre que los permisos retribuidos computan a LA JORNADA QUE SE TENGA POR CUADRANTE.
Y pasándose por el forro también las sentencias judiciales que dicen que el día de permiso debe computarse como la jornada que se hubiese tenido si se hubiese trabajado. Osea a cada uno le computa como su día normal de cuadrante.
Las puñeteras empresas de seguridad siempre quedándose con nuestro dinero, si no es por una cosa es por otra.
Y habrá que ver el resto del convenio cuando lo publiquen.
:suspect:
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Jue 09 Nov 2017, 10:53
Entonces ya no hara falta trabajar mucho no?, con el dineral que ganaremos ya no hara falta hacer ninguna extra ni nocturna ni nada jejeje
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- mystshakaUsuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Jue 09 Nov 2017, 19:56
Menuda bazofia. Pero estando por sentencia da igual. Computa comp 8 h se pongan como se pongan.
Increible que encima sean cosas que vengan vendiendo como logros cuando es algo peor incluso de lo que ya se tenia. Anonadado me quedo. Vamos a seguir afiliafos a estos sinvergüenzas que lo firman siempre?.
Increible que encima sean cosas que vengan vendiendo como logros cuando es algo peor incluso de lo que ya se tenia. Anonadado me quedo. Vamos a seguir afiliafos a estos sinvergüenzas que lo firman siempre?.
- brennosUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Dom 12 Nov 2017, 22:22
Hola a todos.
Creo recordar que, recientemente,CSIF llevó a la Audiencia Nacional el tema del computo de los Permisos Retribuidos,y lo ha perdido.
A ver si hay alguien que tenga o sepa de la sentencia y nos lo aclare.
Creo recordar que, recientemente,CSIF llevó a la Audiencia Nacional el tema del computo de los Permisos Retribuidos,y lo ha perdido.
A ver si hay alguien que tenga o sepa de la sentencia y nos lo aclare.
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Lun 13 Nov 2017, 18:33
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Por ahora puedes mirar esta de hace años, que dice que el cómputo de 5,22 no es correcto y que debe ser la jornada que se tenga por cuadrante, o algo asi.
Buscaré más.
Por cierto, ayer con mi móvil, vi más sentencias de estas que son de Prosegur por computar mal el permiso.
Y aún hoy en día se lo pasan todo por el forro, que tuve yo una discusión con mi jefe de Prosegur por ello. Por computar a 5,22 y dicen que es política de la empresa, no te fastidia. Aunque yo le dije que eso era ilegal, no se para qué, porque ya lo saben de sobra.
Por ahora puedes mirar esta de hace años, que dice que el cómputo de 5,22 no es correcto y que debe ser la jornada que se tenga por cuadrante, o algo asi.
Buscaré más.
Por cierto, ayer con mi móvil, vi más sentencias de estas que son de Prosegur por computar mal el permiso.
Y aún hoy en día se lo pasan todo por el forro, que tuve yo una discusión con mi jefe de Prosegur por ello. Por computar a 5,22 y dicen que es política de la empresa, no te fastidia. Aunque yo le dije que eso era ilegal, no se para qué, porque ya lo saben de sobra.
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Lun 13 Nov 2017, 18:39
Una respuesta de la inspeccion de trabajo del año pasado sobre el cómputo de PR
- brennosUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Lun 13 Nov 2017, 18:43
Hola a todos.
La sentencia a la que me refiero, es de excasamente unos meses.
La Audiencia Nacional, ha dicho que nones.Esperemos que se recurra al Supremo y cambie la cosa.
Seguiremos buscando a ver si la conseguimos y nos aclaramos un poco.
La sentencia a la que me refiero, es de excasamente unos meses.
La Audiencia Nacional, ha dicho que nones.Esperemos que se recurra al Supremo y cambie la cosa.
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Lun 13 Nov 2017, 18:58
Me he encontrado esto, a ver si encuentro la sentencia, pero aquí no dice nada ¿no? Solo que el resultado es sin avenencia.
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Voy a ver si encuentro la sentencia porque ahi no viene, o yo no la veo.
PD: No se si has visto lo que he puesto antes de la inspeccion de trabajo, o igual estabas escribiendo a la vez que yo.
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Voy a ver si encuentro la sentencia porque ahi no viene, o yo no la veo.
PD: No se si has visto lo que he puesto antes de la inspeccion de trabajo, o igual estabas escribiendo a la vez que yo.
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Lun 13 Nov 2017, 19:09
Hola a todos.
Si he leido lo de la Inspección (ya esta almacenada,jajaja).
Con respecto al enlace , es una conciliación.Lo que buscamos es una sentencia de la Audiencia Nacional.
Gracias por el aporte.
Si he leido lo de la Inspección (ya esta almacenada,jajaja).
Con respecto al enlace , es una conciliación.Lo que buscamos es una sentencia de la Audiencia Nacional.
Gracias por el aporte.
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Lun 13 Nov 2017, 19:42
Pues ahi ponía "se celebró el juicio". Será una confusión.
La sentencia no la encuentro, igual no salió aún. Porque si dices que esto es la conciliación del 18 de octubre, igual nos dan las uvas esperando juicio y sentencia.
Seguiré buscando.
La sentencia no la encuentro, igual no salió aún. Porque si dices que esto es la conciliación del 18 de octubre, igual nos dan las uvas esperando juicio y sentencia.
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Lun 13 Nov 2017, 20:23
Hola a todos.
La sentencia es la Nº 146/2017
Fecha de la sentencia 19/10/2017
Ponente :RICARDO BODAS MARTIN
Eso es lo que conozco de la sentencia.
La sentencia es la Nº 146/2017
Fecha de la sentencia 19/10/2017
Ponente :RICARDO BODAS MARTIN
Eso es lo que conozco de la sentencia.
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Lun 13 Nov 2017, 21:56
Anda que pa encontrarla... Escondida la tienen.
La he pasado a pdf porque estaba en una web escrita.
Gracias Brennos, ahora la leeré a ver si se aclara aquí alguien con los PR. Que si ahora computan , que si ahora no, ahora si, ahora no
Si, no, si, no, siiiiiiiiiiiiiiiiiiiiii, pues noooooooooooooo
La he pasado a pdf porque estaba en una web escrita.
Gracias Brennos, ahora la leeré a ver si se aclara aquí alguien con los PR. Que si ahora computan , que si ahora no, ahora si, ahora no
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Lun 13 Nov 2017, 22:06
Creo que la voy a leer mañana, porque me he puesto a leerla y se me han patinado todas las neuronas, con el rollo que hay puesto ahi.
Hoy no me da la materia gris para cálculos y lectura de tostones.
Pero lo que he leído me ha puesto a flipar en carretilla.
Mañana será otro día en el que quizás tenga más conexiones sinápticas o menos, no se.
Hoy no me da la materia gris para cálculos y lectura de tostones.
Pero lo que he leído me ha puesto a flipar en carretilla.
Mañana será otro día en el que quizás tenga más conexiones sinápticas o menos, no se.
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Lun 13 Nov 2017, 22:10
Hola a todos.
Jajajajaja.
Algo parecido me ha pasado a mi.Joder son insufribles los legajos estos.
Gracias por el aporte de la sentencia.
Cuando te veas con ganas, nos ilustras un poco,jajajaja
Jajajajaja.
Algo parecido me ha pasado a mi.Joder son insufribles los legajos estos.
Gracias por el aporte de la sentencia.
Cuando te veas con ganas, nos ilustras un poco,jajajaja
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Miér 15 Nov 2017, 18:16
Bueno yo como no podia ser de otra forma voy a poner la voz discordante en als subrogaciones, vamos lo que pienso yo de las subrogaciones.
Estoy contento por todos los vigilantes que llevan 25 años en un mismo servicio con lo que ello conlleva en cuanto a la profesionalidad salvoq ue el servcio sea exigente y se demuestre que deban estar en el siempre los mismos por conocimientos tecnicos tipo CRA,S etc , pero existen servcios de estos de toda la vida con los mismos vvss que lo que hacebn es fomentar el sedentarismo el sobre peso y la falta de profesionalidad y solidaridad con el resto del gremio , esta comprobado que es asi por si hubieran dudas.
Yo me pongo en el lugar de una empresa que quiera concursar u optar a un servicio para mantener su cartera y poder seguir dando trabajo a otros vigilantes que se encuantra en nuevos servicios con autenicos carcamales sobre pesados, con una imagen que da pena y encima denunciando hasta cuando te retrasasa en darle unos zapatos o unos pantalonmes dos dias,Entendeis a loq ue me refiero?, seguimos con el tema que tengo que salir.
Saludos
Estoy contento por todos los vigilantes que llevan 25 años en un mismo servicio con lo que ello conlleva en cuanto a la profesionalidad salvoq ue el servcio sea exigente y se demuestre que deban estar en el siempre los mismos por conocimientos tecnicos tipo CRA,S etc , pero existen servcios de estos de toda la vida con los mismos vvss que lo que hacebn es fomentar el sedentarismo el sobre peso y la falta de profesionalidad y solidaridad con el resto del gremio , esta comprobado que es asi por si hubieran dudas.
Yo me pongo en el lugar de una empresa que quiera concursar u optar a un servicio para mantener su cartera y poder seguir dando trabajo a otros vigilantes que se encuantra en nuevos servicios con autenicos carcamales sobre pesados, con una imagen que da pena y encima denunciando hasta cuando te retrasasa en darle unos zapatos o unos pantalonmes dos dias,Entendeis a loq ue me refiero?, seguimos con el tema que tengo que salir.
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Miér 15 Nov 2017, 18:43
Hola a todos.
En parte , comparto tu argumento.
Pero no nos engañemos, a la empresa se la bufa esas cosas.Si queda muy bonito sobre el papel y tal, pero lo que realmente le importa a la empresa es la cantidad de pasta que debe pagar por una persona que tiene, por ejemplo,2 trienios y 5 quinqenios, eso es lo que le repatea y le importa.
¿por que quieren cargarse la antiguedad?, por eso mismo, se abarata el coste salarial.Si cada mes tienes que pagar a una persona 230 euros de antiguedad mas el 30% de Seguridad Social de esos 230 euros , son 299 euros que esta pagando todos los meses.Si esa cantidad la multiplicas por 15 = 4485 euracos al año.Si tienes 10 personas asi ya me diras.......Eso es lo que le duele.La imagen?vale ,sí, pero no tanto.
Otra cosa es lo que dices que el personal se apesebra.
Eso va en funcion de cada cual.Si se es respondable , ya te cuidarás tú de no echarte a perder.
En parte , comparto tu argumento.
Pero no nos engañemos, a la empresa se la bufa esas cosas.Si queda muy bonito sobre el papel y tal, pero lo que realmente le importa a la empresa es la cantidad de pasta que debe pagar por una persona que tiene, por ejemplo,2 trienios y 5 quinqenios, eso es lo que le repatea y le importa.
¿por que quieren cargarse la antiguedad?, por eso mismo, se abarata el coste salarial.Si cada mes tienes que pagar a una persona 230 euros de antiguedad mas el 30% de Seguridad Social de esos 230 euros , son 299 euros que esta pagando todos los meses.Si esa cantidad la multiplicas por 15 = 4485 euracos al año.Si tienes 10 personas asi ya me diras.......Eso es lo que le duele.La imagen?vale ,sí, pero no tanto.
Otra cosa es lo que dices que el personal se apesebra.
Eso va en funcion de cada cual.Si se es respondable , ya te cuidarás tú de no echarte a perder.
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Re: ACTA 17 CONVENIO SEGURIDAD 2018
Miér 15 Nov 2017, 19:36
brennos escribió:
Otra cosa es lo que dices que el personal se apesebra.
Eso va en funcion de cada cual.Si se es respondable , ya te cuidarás tú de no echarte a perder.
Ay ja jaaa, se apesebra, vaya expresión màs apropiada, jaaaaaa jaa.
Yo pienso que a las empresas se la suda la presencia.
Si no, ya les dirian algo a toda esa gente "aporcinada".
Yo tengo el caso de una compi que... vaya vaya, aqui no hay playa. Y en lugar de decirle: oye guapa, a ver que pasa contigo tia... Lo que hacen es esconderla de los turnos mas visibles. No entro en detalles porque bueno, pero vamos, vamoooooos.
Y bueno, por ejemplo en las fotos de las concentraciones y manifas que ponen en los medios podemos todos observar lo que podemos observar, claro.
Asi que decididamente la presencia no es la base en una empresa de seguridad. Lo único que les importa es la pasta. Lo vemos tambien no solo en el personal "apesebrado", jejeee, sino en la escasa uniformidad que entregan a veces, o que no entregan: uniformes rotos, recosidos, de segundo culo regastados ya y sobados, zapatos sin casi suelas...
Incluso yo diria que prefieren "bobalicones" (con perdón) que no se quejen de nada, que hagan "lo que se les mande"... Contra menos espabilados mejor.
Bueno , esto dependerà del servicio, claro , alla donde se necesite gente despierta la tendràn.
Aunque muchas veces hay gente muy despierta y en forma, que tiene que hacerse la tonta para no ser "conocido" realmente, por si acaso.Y porque tambien si no, para encima le despreciaria el resto de vigilantes apesebrados de su servicio.
- ACTA FINAL: CONVENIO DE SEGURIDAD 2017-2020 FIRMADO
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- **.Estudio diferencia convenio empresa Sinergias de Seguridad y Vigilancia (SIC)-Convenio Estatal de las Empresas de Seguridad.
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