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NECESIDADES DEL SERVICIO ¿Qué es esto?
Mar 18 Abr 2017, 21:03
Muchas veces nos encontramos con que nos es denegado el ejercicio de nuestros derechos en base a las NECESIDADES DEL SERVICIO:
- permisos, excedencias, reducciones de jornada por guarda legal...
Las NECESIDADES DEL SERVICIO, entran en el tipo de conceptos jurídicos indeterminados. Es decir, ambiguos y sujetos a distintas interpretaciones (para entendernos).
Hay una sentencia: Sentencia del Tribunal Constitucional 180/96, de 12 de noviembre, que al referirse a los conceptos jurídicos indeterminados dice que deben ser dotados de contenido concreto.
Con mis palabras: no se puede alegar una "necesidad del servicio" sin decir cuál es esta necesidad, qué la motiva... etc.
Es decir, que aunque el concepto sea ambiguo, como en el caso de NECESIDADES DEL SERVICIO, se debe explicar en qué consiste esa necesidad en cada momento en que se aplique.
Esa NECESIDAD DEL SERVICIO debe justificarse y concretarse diciendo cuales son las circunstancias que concurren en ese supuesto.
Si se alega que se carece de personal para montar un servicio habrá que justificar qué tipo de servicio debe prestarse, cuántas personas son necesarias, porqué es necesaria la presencia allí de ese trabajador en concreto y no de cualquier otro...
Así que se deberá informar, motivar y explicar de manera individualizada cuáles son las necesidades que permiten denegar la petición de algún derecho.
Conclusión:
Junto a tu escrito de petición o información de acogerte a algún derecho (permiso, reducción de jornada, vacaciones...) solicita también que en caso de denegación por NECESIDADES DEL SERVICIO se indique claramente la justificación de esas necesidades.
O también, puedes presentar el escrito solamente de tu petición de permiso, y cuando te lo denieguen por "necesidades del servicio" les pides que te concreten estas necesidades en un papel. Que te pongan cuál es esa necesidad imperiosa, porqué debes ser tú y no otro el que cubra esa necesidad... etc.
Y si no te ponen claramente en qué consiste esa "necesidad del servicio" tan urgente como para no darte tus permisos correspondientes, pues se supone que tales necesidades no están concretas, ni explicadas, y vas y demandas.
Aclaración:
los permisos retribuidos que vienen en el convenio no son algo que haya que pedir, sino que más bien se informa de que vas a ejercer ese derecho a tu empresa.
Es decir, que no se pone en el papel:
Yo Fulano solicito que se me conceda un permiso de dos días por mudanza de domicilio.
Sino que se pone:
Yo Fulano, en virtud del derecho que me confiere el artículo x del convenio sobre permisos retribuidos, les informo que voy a ejercer mi derecho a dos días de permiso retribuido por mudanza de domicilio los días 4 y 5 de mayo.
Bien redactado, claro.
No se piden, se comunican.
Pero claro, aunque solo se deban comunicar ya sabemos cómo son las empresas. Igual vamos con el papelito comunicando este derecho y en ese momento nos dicen que no señor. Que no te "dan" esos días a causa de necesidades del servicio.
Es en ese momento cuando tú debes pedir que te concreten perfectamente lo que motiva esas necesidades, en un papelito.
Y si no te "dan" el permiso, ni te concretan nada, ni ná, pues en cuanto salgas de la oficina te vas corriendo a presentar demanda.
Te tienes que fastidiar e ir a trabajar si no te firman el papelito de tu permiso. Pero así aprenden y algo sacarás en el juicio, puede que el disfrute de esos días en otras fechas, seguramente. O si es aún pronto y solicitaste el permiso con suficiente antelación, tras el juicio llegarás a disfrutar de ese permiso.
Por eso, a ser posible, pide tus permisos con antelación suficiente para que te de tiempo a demandar si llega el caso. Así no se te pasará el asunto por el cual quieres el permiso.
- permisos, excedencias, reducciones de jornada por guarda legal...
Las NECESIDADES DEL SERVICIO, entran en el tipo de conceptos jurídicos indeterminados. Es decir, ambiguos y sujetos a distintas interpretaciones (para entendernos).
Hay una sentencia: Sentencia del Tribunal Constitucional 180/96, de 12 de noviembre, que al referirse a los conceptos jurídicos indeterminados dice que deben ser dotados de contenido concreto.
Con mis palabras: no se puede alegar una "necesidad del servicio" sin decir cuál es esta necesidad, qué la motiva... etc.
Es decir, que aunque el concepto sea ambiguo, como en el caso de NECESIDADES DEL SERVICIO, se debe explicar en qué consiste esa necesidad en cada momento en que se aplique.
Esa NECESIDAD DEL SERVICIO debe justificarse y concretarse diciendo cuales son las circunstancias que concurren en ese supuesto.
Si se alega que se carece de personal para montar un servicio habrá que justificar qué tipo de servicio debe prestarse, cuántas personas son necesarias, porqué es necesaria la presencia allí de ese trabajador en concreto y no de cualquier otro...
Así que se deberá informar, motivar y explicar de manera individualizada cuáles son las necesidades que permiten denegar la petición de algún derecho.
Conclusión:
Junto a tu escrito de petición o información de acogerte a algún derecho (permiso, reducción de jornada, vacaciones...) solicita también que en caso de denegación por NECESIDADES DEL SERVICIO se indique claramente la justificación de esas necesidades.
O también, puedes presentar el escrito solamente de tu petición de permiso, y cuando te lo denieguen por "necesidades del servicio" les pides que te concreten estas necesidades en un papel. Que te pongan cuál es esa necesidad imperiosa, porqué debes ser tú y no otro el que cubra esa necesidad... etc.
Y si no te ponen claramente en qué consiste esa "necesidad del servicio" tan urgente como para no darte tus permisos correspondientes, pues se supone que tales necesidades no están concretas, ni explicadas, y vas y demandas.
Aclaración:
los permisos retribuidos que vienen en el convenio no son algo que haya que pedir, sino que más bien se informa de que vas a ejercer ese derecho a tu empresa.
Es decir, que no se pone en el papel:
Yo Fulano solicito que se me conceda un permiso de dos días por mudanza de domicilio.
Sino que se pone:
Yo Fulano, en virtud del derecho que me confiere el artículo x del convenio sobre permisos retribuidos, les informo que voy a ejercer mi derecho a dos días de permiso retribuido por mudanza de domicilio los días 4 y 5 de mayo.
Bien redactado, claro.
No se piden, se comunican.
Pero claro, aunque solo se deban comunicar ya sabemos cómo son las empresas. Igual vamos con el papelito comunicando este derecho y en ese momento nos dicen que no señor. Que no te "dan" esos días a causa de necesidades del servicio.
Es en ese momento cuando tú debes pedir que te concreten perfectamente lo que motiva esas necesidades, en un papelito.
Y si no te "dan" el permiso, ni te concretan nada, ni ná, pues en cuanto salgas de la oficina te vas corriendo a presentar demanda.
Te tienes que fastidiar e ir a trabajar si no te firman el papelito de tu permiso. Pero así aprenden y algo sacarás en el juicio, puede que el disfrute de esos días en otras fechas, seguramente. O si es aún pronto y solicitaste el permiso con suficiente antelación, tras el juicio llegarás a disfrutar de ese permiso.
Por eso, a ser posible, pide tus permisos con antelación suficiente para que te de tiempo a demandar si llega el caso. Así no se te pasará el asunto por el cual quieres el permiso.
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