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CONCILIACIÓN LABORAL FAMILIAR
Miér 15 Mar 2017, 18:29
Hola buenas tardes.
Mi nombre es Anna,os cuento mi situación.
Llevó 12 años y medio en vigilancia,con dos críos pequeños,me subrogaron el año pasado a otra empresa más pequeña,todo bien hasta que pido las vacaciones de verano que solicito doa semanas en agosto (por que no hay Esplai ni a nadie que me los cuide contestación ,que se rigen por un cuadrante vacacional y me tengo que agarrar a eso...En diciembre me dicen que no,en enero que no,en agosto que no.(las de diciembre y enero no las hice)Es en estas fechas cuando lo necesito para cuidar de mis hijos puesto que no hay ni colegio ni esplai.
Que puedo hacer?
Mi nombre es Anna,os cuento mi situación.
Llevó 12 años y medio en vigilancia,con dos críos pequeños,me subrogaron el año pasado a otra empresa más pequeña,todo bien hasta que pido las vacaciones de verano que solicito doa semanas en agosto (por que no hay Esplai ni a nadie que me los cuide contestación ,que se rigen por un cuadrante vacacional y me tengo que agarrar a eso...En diciembre me dicen que no,en enero que no,en agosto que no.(las de diciembre y enero no las hice)Es en estas fechas cuando lo necesito para cuidar de mis hijos puesto que no hay ni colegio ni esplai.
Que puedo hacer?
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Re: CONCILIACIÓN LABORAL FAMILIAR
Miér 15 Mar 2017, 21:20
Te paso un enlace del foro en el que se habla de la reducción de jornada por guarda legal, por si te interesase pedírtela. Tienes todo el derecho a pedirte una reducción de jornada para poder cuidar a tus hijos pequeños.
En tu caso te puedes quitar entre el 12,5% y el 50% de tu jornada laboral. Esto es entre 20,25 horas y 81 horas mensuales de menos.
20,25 horas de menos serían 141,75 horas al mes a realizar.
81 horas de menos serían 81 horas de jornada mensual a realizar.
Entre medias de estas cantidades puedes reducirte la jornada como quieras. Es decir que puedes quedarte con jornada de 81 horas mensuales, o 90 horas mensuales, o 100 horas mensuales, o 120 horas mensuales... hasta 141,75 horas de tope. Por ejemplo si quisieras quedarte con 150 horas al mes no podrías porque no entra dentro de ese tanto por ciento que te he mencionado.
Como pone en ese enlace, se lo tienes que pedir a la empresa con un papel firmado y diciendo cual es el porcentaje de reducción que deseas tener. Y ese porcentaje tendrás de reducción de jornada y de sueldo (por supuesto).
Con la reducción de jornada puedes elegir el horario que mejor te convenga para trabajar a diario, esa es una gran ventaja. Y además estarás protegida contra el despido.
Respecto a las vacaciones no creo que tengas preferencia de elección de fechas respecto a tus compis.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Bueno, esto era por si te interesara pedirte reducción de jornada para así tener beneficio de horarios y demás.
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Ahora te hablaré de las vacaciones:
¿Qué cuadrante vacacional tienen en tu empresa? ¿Esto qué es?
¿Tienes en tu servicio un cuadrante anual que ya estuviese confeccionado en el momento de la subrogación? ¿Tienes cuadrante mensual, anual...?
Te diré que las vacaciones se las coge uno cuando le de la gana, siempre de acuerdo con la empresa. De común acuerdo. Y como mucho te pueden pedir que no coincidas con tus otros compañeros de servicio.
Si tú quieres unas vacaciones en determinadas fechas y no te las concede tu empresa, lo único que puedes hacer es demandar. Tendrías que presentar una demanda por vacaciones 2 meses antes de las fechas que tú quieres pedir.
Por ejemplo, si quieres vacas del 1 al 15 de agosto, tendrías que presentar tu demanda sobre el mes de mayo. Si la presentases el 15 de julio, por ejemplo, pues ya no podrías porque te habrías pasado de este plazo de dos meses de anterioridad.
Así que en mayo tendrías que presentar tu demanda. Este tipo de demanda es preferente, así que va rápido, y no es necesario acto de conciliación. Y te daría el juez la fecha deseada de vacaciones. A no ser que supusiera un gravísimo perjuicio para tu empresa.
Otra cosa no puedes hacer, obviamente, que demandar.
Si me explicas a qué cuadrante vacacional se refiere tu empresa, o qué tipo de cuadrante tienes si mensual o anual... etc, te podría contestar un poco mejor.
En tu caso te puedes quitar entre el 12,5% y el 50% de tu jornada laboral. Esto es entre 20,25 horas y 81 horas mensuales de menos.
20,25 horas de menos serían 141,75 horas al mes a realizar.
81 horas de menos serían 81 horas de jornada mensual a realizar.
Entre medias de estas cantidades puedes reducirte la jornada como quieras. Es decir que puedes quedarte con jornada de 81 horas mensuales, o 90 horas mensuales, o 100 horas mensuales, o 120 horas mensuales... hasta 141,75 horas de tope. Por ejemplo si quisieras quedarte con 150 horas al mes no podrías porque no entra dentro de ese tanto por ciento que te he mencionado.
Como pone en ese enlace, se lo tienes que pedir a la empresa con un papel firmado y diciendo cual es el porcentaje de reducción que deseas tener. Y ese porcentaje tendrás de reducción de jornada y de sueldo (por supuesto).
Con la reducción de jornada puedes elegir el horario que mejor te convenga para trabajar a diario, esa es una gran ventaja. Y además estarás protegida contra el despido.
Respecto a las vacaciones no creo que tengas preferencia de elección de fechas respecto a tus compis.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Bueno, esto era por si te interesara pedirte reducción de jornada para así tener beneficio de horarios y demás.
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Ahora te hablaré de las vacaciones:
¿Qué cuadrante vacacional tienen en tu empresa? ¿Esto qué es?
¿Tienes en tu servicio un cuadrante anual que ya estuviese confeccionado en el momento de la subrogación? ¿Tienes cuadrante mensual, anual...?
Te diré que las vacaciones se las coge uno cuando le de la gana, siempre de acuerdo con la empresa. De común acuerdo. Y como mucho te pueden pedir que no coincidas con tus otros compañeros de servicio.
Si tú quieres unas vacaciones en determinadas fechas y no te las concede tu empresa, lo único que puedes hacer es demandar. Tendrías que presentar una demanda por vacaciones 2 meses antes de las fechas que tú quieres pedir.
Por ejemplo, si quieres vacas del 1 al 15 de agosto, tendrías que presentar tu demanda sobre el mes de mayo. Si la presentases el 15 de julio, por ejemplo, pues ya no podrías porque te habrías pasado de este plazo de dos meses de anterioridad.
Así que en mayo tendrías que presentar tu demanda. Este tipo de demanda es preferente, así que va rápido, y no es necesario acto de conciliación. Y te daría el juez la fecha deseada de vacaciones. A no ser que supusiera un gravísimo perjuicio para tu empresa.
Otra cosa no puedes hacer, obviamente, que demandar.
Si me explicas a qué cuadrante vacacional se refiere tu empresa, o qué tipo de cuadrante tienes si mensual o anual... etc, te podría contestar un poco mejor.
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Re: CONCILIACIÓN LABORAL FAMILIAR
Jue 16 Mar 2017, 01:37
Respecto al abogado te diré unas cosillas por si no las sabes:
- si estás afiliada a algún sindicato, el abogado que tienen allí te llevaría la demanda. Gratis normalmente, que para eso pagas tu cuota del sindicato. Aunque no se si habrá sindicatos que cobren un poco por ese servicio a su afiliado, que ya es morro, pero bueno. Ve a consultarle si este es tu caso.
- Si no estás afiliada, puedes pedir un abogado de oficio gratuito. Vete al colegio de abogados de tu ciudad y pregunta. No hacen falta requisitos, que yo sepa y es lo que me dijeron a mi misma una vez que pregunte (para otra persona). El redactaría tu demanda en 5 minutos (digo yo) y la presentaría. Otro día juicio y ya está. Tus vacaciones.
Así de fácil. Suelen ganarse todos estos juicios, a no ser casos extremos.
_ Tambien puedes redactar tu demanda tú misma copiando algún modelo de internet. Presentarla en el juzgado y luego ir a juicio tú solita, sin abogado.
Como no harà falta hacer nada en ese juicio, puesto que imagino que será llegar y besar el santo, pues no te hace falta hablar de nà ni ser una experta en leyes.
Solo conocer el artículo del convenio de seguridad que habla sobre las vacaciones, obviamente. Por si acaso.
Este juicio podría consistir solo en que le comuniquen a tu empresa tus fechas de vacaciones deseadas en el juicio. Y luego le pregunten por qué no te las concede
La empresa tendría que alegar causas de a ver por qué le perjudican tus fechas de vacaciones tanto, y como normalmente no tendrá qué narices decir que sea tan grave como para no darte esas fechas, pues juicio ganado y vacaciones.
Y no vale decir que es que si te vas de vacaciones tu servicio estaría sin cubrir, o que no tienen personal... Porque para eso están los contratos temporales.
- si estás afiliada a algún sindicato, el abogado que tienen allí te llevaría la demanda. Gratis normalmente, que para eso pagas tu cuota del sindicato. Aunque no se si habrá sindicatos que cobren un poco por ese servicio a su afiliado, que ya es morro, pero bueno. Ve a consultarle si este es tu caso.
- Si no estás afiliada, puedes pedir un abogado de oficio gratuito. Vete al colegio de abogados de tu ciudad y pregunta. No hacen falta requisitos, que yo sepa y es lo que me dijeron a mi misma una vez que pregunte (para otra persona). El redactaría tu demanda en 5 minutos (digo yo) y la presentaría. Otro día juicio y ya está. Tus vacaciones.
Así de fácil. Suelen ganarse todos estos juicios, a no ser casos extremos.
_ Tambien puedes redactar tu demanda tú misma copiando algún modelo de internet. Presentarla en el juzgado y luego ir a juicio tú solita, sin abogado.
Como no harà falta hacer nada en ese juicio, puesto que imagino que será llegar y besar el santo, pues no te hace falta hablar de nà ni ser una experta en leyes.
Solo conocer el artículo del convenio de seguridad que habla sobre las vacaciones, obviamente. Por si acaso.
Este juicio podría consistir solo en que le comuniquen a tu empresa tus fechas de vacaciones deseadas en el juicio. Y luego le pregunten por qué no te las concede
La empresa tendría que alegar causas de a ver por qué le perjudican tus fechas de vacaciones tanto, y como normalmente no tendrá qué narices decir que sea tan grave como para no darte esas fechas, pues juicio ganado y vacaciones.
Y no vale decir que es que si te vas de vacaciones tu servicio estaría sin cubrir, o que no tienen personal... Porque para eso están los contratos temporales.
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