- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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si una empresa no te paga a tiempo puedes pedir la resolucion del contrato
Lun 21 Abr 2014, 14:34
Fecha: 21/04/2014 [10:44] h.
Origen: Redacción NJ
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia, en unificación de doctrina, por la que establece que el incumplimiento de la empresa del deber de abonar puntualmente los salarios al trabajador, previsto en el art. 4.2 del ET, permite la declaración de extinción del contrato, a pesar de la situación de dificultad económica por la que aquella esté atravesando, pues se trata de una obligación objetiva.
El TS estima así la estimado la demanda de un trabajador de un hotel de Málaga que con 31 años en la plantilla y tras sufrir un despido improcedente comenzó a cobrar sus nóminas con retraso de más de un mes. El alto tribunal califica de grave el incumplimiento y declara la extinción del contrato con independencia de la situación económica de la empresa.
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado señor Gullón Rodríguez, revoca la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que estimó el recurso de la empresa contra una sentencia anterior que había dado la razón al trabajador y la condenaba a indemnizarle con 94.789 euros.
El reclamante, que trabajaba en el hotel desde 1974, fue despedido en noviembre de 2010 si bien esta decisión fue declarada improcedente. Inmediatamente después el trabajador comenzó a sufrir retrasos de más de un mes en el abono de sus nóminas y reclamó la extinción del contrato por incumplimiento del empleador.
En un acuerdo alcanzado con los trabajadores se aludía a la mala situación económica de la empresa por lo que se había decidido transformar los contratos fijos en temporales, bajas incentivadas y prejubilaciones aunque se hacía mención alguna a que los empleados hubiera aceptado el pago con retraso de sus salarios, según detalla el Supremo.
La jurisprudencia del alto tribunal aprecia que la gravedad del incumplimiento del deber de abonar puntualmente los salarios (artículo 4,2 del Estatuto de los Trabajadores) "es de naturaleza objetiva, al margen de cualquier elemento de culpabilidad subjetiva del empresario incumplidor".
La sentencia, que unifica doctrina, concluye que "existen unos retrasos en el pago de los salarios del trabajador demandante que tienen gravedad suficiente para constituir la causa de extinción", puesto que dichos retrasos son "continuados, persistentes en el tiempo y cuantitativamente importantes". (EUROPA PRESS)
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Origen: Redacción NJ
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia, en unificación de doctrina, por la que establece que el incumplimiento de la empresa del deber de abonar puntualmente los salarios al trabajador, previsto en el art. 4.2 del ET, permite la declaración de extinción del contrato, a pesar de la situación de dificultad económica por la que aquella esté atravesando, pues se trata de una obligación objetiva.
El TS estima así la estimado la demanda de un trabajador de un hotel de Málaga que con 31 años en la plantilla y tras sufrir un despido improcedente comenzó a cobrar sus nóminas con retraso de más de un mes. El alto tribunal califica de grave el incumplimiento y declara la extinción del contrato con independencia de la situación económica de la empresa.
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado señor Gullón Rodríguez, revoca la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que estimó el recurso de la empresa contra una sentencia anterior que había dado la razón al trabajador y la condenaba a indemnizarle con 94.789 euros.
El reclamante, que trabajaba en el hotel desde 1974, fue despedido en noviembre de 2010 si bien esta decisión fue declarada improcedente. Inmediatamente después el trabajador comenzó a sufrir retrasos de más de un mes en el abono de sus nóminas y reclamó la extinción del contrato por incumplimiento del empleador.
En un acuerdo alcanzado con los trabajadores se aludía a la mala situación económica de la empresa por lo que se había decidido transformar los contratos fijos en temporales, bajas incentivadas y prejubilaciones aunque se hacía mención alguna a que los empleados hubiera aceptado el pago con retraso de sus salarios, según detalla el Supremo.
La jurisprudencia del alto tribunal aprecia que la gravedad del incumplimiento del deber de abonar puntualmente los salarios (artículo 4,2 del Estatuto de los Trabajadores) "es de naturaleza objetiva, al margen de cualquier elemento de culpabilidad subjetiva del empresario incumplidor".
La sentencia, que unifica doctrina, concluye que "existen unos retrasos en el pago de los salarios del trabajador demandante que tienen gravedad suficiente para constituir la causa de extinción", puesto que dichos retrasos son "continuados, persistentes en el tiempo y cuantitativamente importantes". (EUROPA PRESS)
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- JusticarExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 927
Fecha de inscripción : 09/01/2014
Re: si una empresa no te paga a tiempo puedes pedir la resolucion del contrato
Lun 21 Abr 2014, 17:32
Mucho han tardado en unificar esta chorrada. Pero no muchos la utilizarán, en este gremio. Sé bien por qué lo digo.
Un saludo.
Un saludo.
- picochaUsuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 84
Fecha de inscripción : 13/02/2014
Edad : 44
Localización : teruel
Re: si una empresa no te paga a tiempo puedes pedir la resolucion del contrato
Lun 21 Abr 2014, 22:55
lo veo perfecto,del mismo modo que un trabajador si incumple cualquier cosa del contrato lo sancionan o despiden tambien el empresario tiene sus obligaciones que tiene que respetar.
saludos
saludos
- JusticarExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 927
Fecha de inscripción : 09/01/2014
Re: si una empresa no te paga a tiempo puedes pedir la resolucion del contrato
Lun 21 Abr 2014, 23:33
picocha escribió:lo veo perfecto,del mismo modo que un trabajador si incumple cualquier cosa del contrato lo sancionan o despiden tambien el empresario tiene sus obligaciones que tiene que respetar.
Al empleador también pueden sancionarle, pero no lo harán en la vida si nadie notifica sus pifias.
¿Conoce alguno de vosotros la LISOS?
De los que digáis que sí, ¿alguno se la ha leído entera?
Un saludo.
- picochaUsuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 84
Fecha de inscripción : 13/02/2014
Edad : 44
Localización : teruel
Re: si una empresa no te paga a tiempo puedes pedir la resolucion del contrato
Mar 22 Abr 2014, 00:02
yo no la conozco ni se que es, para que te voy a mentir es mas ni habia oido hablar en mi vida
sabes de algun enlace para su consulta?
sabes de algun enlace para su consulta?
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23055
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: si una empresa no te paga a tiempo puedes pedir la resolucion del contrato
Mar 22 Abr 2014, 00:17
LA LISOS. ley sobre infracciones en el orden social
Hoy no tengo tiempo ni se donde buscarla en mi pc pero mañana ,bueno hoy mas tarde en cuanto lo encuentre en el disco externo o interno la colgare aqui pero en el apartado de documentos o quizas la cuelgue en este hilo .primero tengo que encontrarla
Saludos
Hoy no tengo tiempo ni se donde buscarla en mi pc pero mañana ,bueno hoy mas tarde en cuanto lo encuentre en el disco externo o interno la colgare aqui pero en el apartado de documentos o quizas la cuelgue en este hilo .primero tengo que encontrarla
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- picochaUsuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 84
Fecha de inscripción : 13/02/2014
Edad : 44
Localización : teruel
Re: si una empresa no te paga a tiempo puedes pedir la resolucion del contrato
Mar 22 Abr 2014, 00:21
ok gracias josep
mañana lo miro
buenas noches
mañana lo miro
buenas noches
- JusticarExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 927
Fecha de inscripción : 09/01/2014
Re: si una empresa no te paga a tiempo puedes pedir la resolucion del contrato
Mar 22 Abr 2014, 00:28
picocha escribió:yo no la conozco ni se que es, para que te voy a mentir es mas ni habia oido hablar en mi vida
sabes de algun enlace para su consulta?
No te preocupes, lo normal es que casi nadie conozca su existencia.
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Ahí podéis echarle un vistazo.
Un saludo.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: si una empresa no te paga a tiempo puedes pedir la resolucion del contrato
Mar 22 Abr 2014, 07:30
puede ser interesante el conocimiento de la misma para nosotros
y para cualquier trabajador que quiera saber donde se encuentra en cuanto a derechos se refiere
muchas gracias por el enlace justicar.
saludos
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muchas gracias por el enlace justicar.
saludos
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