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La TIP de los detectives privados
Sáb 06 Feb 2016, 15:53
¿Qué es la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP)?
Acreditación necesaria para ejercer como Detective Privado en Barcelona, Madrid, Valencia...
Os explicamos qué representa este documento y quién puede obtenerlo. Por algo llevamos más de 20 años acreditados por el Ministerio del Interior.
La investigación privada en España es una actividad reconocida y regulada, reservada exclusivamente a los detectives privados legalmente habilitados, quedando en un ámbito ilegal: los peritos judiciales, los investigadores mercantiles, auxiliares de detectives, y en definitiva cualquier persona que carezca de la correspondiente habilitación oficial. A esta habilitación se la denomina TIP (Tarjeta de Identidad Profesional).
Este carácter exclusivo y excluyente se lleva a rajatabla, prohibiendo la ley que un detective privado constituya una sociedad limitada con socios que carezcan de esta habilitación. La profesión del detective privado se encuentra regulada en la Ley 23/1992 de Seguridad Privada y el Real Decreto 2364/1994.
Nuevo formato de la TIP
En febrero de 2011, el Boletín Oficial del Estado publicaba la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, la cual entró en vigor el 18 de agosto del mismo año.
En tal reglamento, el Anexo V determinaba el nuevo formato de la Tarjeta de Identidad Profesional o TIP, que unificaba en un solo documento, todas las habilitaciones, otorgadas por el Cuerpo Nacional de Policía, para profesionales de seguridad privada, incluyendo detectives.
La novedad tenía como objetivo una mayor seguridad jurídica y un mejor control administrativo de las expediciones, al tiempo que supone una racionalización y disminución del gasto.
Procedimiento y tipología
Actualmente, la Sede Electrónica de la Policía, permite al interesado la solicitud telemática de la autorización administrativa por parte de Interior para desarrollar las funciones correspondientes al personal de seguridad privada.
De esta forma se puede solicitar la Tarjeta para vigilantes de seguridad y especialidades, jefes y directores de seguridad, o para investigadores y detectives privados, esto es, el personal que cumpla los requisitos detallados en los artículos 53, 54, 62 y 63 del Reglamento de Seguridad Privada.
El documento obtenido tras la habilitación tiene validez de diez años a contar desde la fecha de su expedición, pudiendo obtener duplicados en caso de pérdida, robo o deterioro.
Requisitos para la obtención de la TIP
Ser mayor de edad.
Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Aptitud física y capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las respectivas funciones..
Carecer de antecedentes penales, incluyendo el no haber recibido condenas por intromisión ilegítima en el ámbito del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones y de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores.
No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.
No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privada, como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la solicitud.
Superar las pruebas que acrediten los conocimientos y la capacitación necesarios para el ejercicio de las respectivas funciones.
Estar en posesión del título de Bachiller, de Técnico Superior, de Técnico en las profesiones que se determinen, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
Estar en posesión del diploma de detective privado, reconocido a estos efectos en la forma que se determine por el Ministerio del Interior y obtenido después de cursar las correspondientes enseñanzas y superar las correspondientes pruebas.
Más información
Sede electrónica de la Policía: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Colegio Oficial de Detectives Privados de la Comunidad Valenciana:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Acreditación necesaria para ejercer como Detective Privado en Barcelona, Madrid, Valencia...
Os explicamos qué representa este documento y quién puede obtenerlo. Por algo llevamos más de 20 años acreditados por el Ministerio del Interior.
La investigación privada en España es una actividad reconocida y regulada, reservada exclusivamente a los detectives privados legalmente habilitados, quedando en un ámbito ilegal: los peritos judiciales, los investigadores mercantiles, auxiliares de detectives, y en definitiva cualquier persona que carezca de la correspondiente habilitación oficial. A esta habilitación se la denomina TIP (Tarjeta de Identidad Profesional).
Este carácter exclusivo y excluyente se lleva a rajatabla, prohibiendo la ley que un detective privado constituya una sociedad limitada con socios que carezcan de esta habilitación. La profesión del detective privado se encuentra regulada en la Ley 23/1992 de Seguridad Privada y el Real Decreto 2364/1994.
Nuevo formato de la TIP
En febrero de 2011, el Boletín Oficial del Estado publicaba la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, la cual entró en vigor el 18 de agosto del mismo año.
En tal reglamento, el Anexo V determinaba el nuevo formato de la Tarjeta de Identidad Profesional o TIP, que unificaba en un solo documento, todas las habilitaciones, otorgadas por el Cuerpo Nacional de Policía, para profesionales de seguridad privada, incluyendo detectives.
La novedad tenía como objetivo una mayor seguridad jurídica y un mejor control administrativo de las expediciones, al tiempo que supone una racionalización y disminución del gasto.
Procedimiento y tipología
Actualmente, la Sede Electrónica de la Policía, permite al interesado la solicitud telemática de la autorización administrativa por parte de Interior para desarrollar las funciones correspondientes al personal de seguridad privada.
De esta forma se puede solicitar la Tarjeta para vigilantes de seguridad y especialidades, jefes y directores de seguridad, o para investigadores y detectives privados, esto es, el personal que cumpla los requisitos detallados en los artículos 53, 54, 62 y 63 del Reglamento de Seguridad Privada.
El documento obtenido tras la habilitación tiene validez de diez años a contar desde la fecha de su expedición, pudiendo obtener duplicados en caso de pérdida, robo o deterioro.
Requisitos para la obtención de la TIP
Ser mayor de edad.
Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Aptitud física y capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las respectivas funciones..
Carecer de antecedentes penales, incluyendo el no haber recibido condenas por intromisión ilegítima en el ámbito del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones y de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores.
No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.
No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privada, como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la solicitud.
Superar las pruebas que acrediten los conocimientos y la capacitación necesarios para el ejercicio de las respectivas funciones.
Estar en posesión del título de Bachiller, de Técnico Superior, de Técnico en las profesiones que se determinen, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
Estar en posesión del diploma de detective privado, reconocido a estos efectos en la forma que se determine por el Ministerio del Interior y obtenido después de cursar las correspondientes enseñanzas y superar las correspondientes pruebas.
Más información
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Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada:
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Colegio Oficial de Detectives Privados de la Comunidad Valenciana:
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